GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 223
26 DE MARZO DE 2025
Presentada por el representante Román López
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión las comisiones de Transportación e Infraestructura; y de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar un estudio sobre el estado de los trabajos progreso y ejecución de las obras de construcción de la pista de aterrizaje y el del terminal de pasajeros en el Aeropuerto Internacional Rafael Hernández en Aguadilla bajo la asignación de fondos federales y estatales provenientes subvencionados con fondos federales y estatales asignados por de la Administración de Aviación Federal, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de Estados Unidos y la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El pasado 19 de diciembre de 2024, el Gobierno de Puerto Rico anunció el inicio de la construcción de una nueva pista de aterrizaje para el Aeropuerto Rafael Hernández en Aguadilla. Para dicha construcción se asignó un total de $265 millones de dólares; $141 millones provientes provenientes de fondos federales de parte asignados por de la Administración Federal de Aviación (FAA, por sus siglas en inglés), amparándose en la Infrastructure Investment and Jobs Act (también conocida por Bipartisan Infrastructure Law Public Law 117-58), y los restantes $124 millones de dólares fueron asignados por el Gobierno de Puerto Rico y la Autoridad de Puertos.
Por otro lado, también se anunció que se destinarían se anunció la asignación adicional de $100 millones de dólares adicionales en fondos federales provenientes del del programa Community Development Block Grant Mitigation Program (CDBG-MIT) de parte del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de Estados Unidos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano federal (HUD, por sus siglas en inglés) para la expansión del terminal de pasajeros de dicho aeropuerto. del Aeropuerto Rafael Hernández. El proyecto conlleva la rehabilitación del terminal, la construcción de un vestíbulo de salida con cuatro puertas de abordaje y una instalación para Aduanas y Protección Fornteriza Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) para manejar llegadas internacionales.
Ambos proyectos de construcción tienen fecha estimada de conclusión para el año 2029 y representan un paso hacia la modernización del aeropuerto aguadillano y el fortalecimiento de la infraestructura aeroportuaria en la Isla. Asimismo, este proyecto aporta al desarrollo económico local y la competitividad de la región oeste, toda vez que contribuye millones de dólares a la economía local e impulsa sectores económicos clave como la manufactura, la industria aeroespacial y el turismo en la región. Esta inversión se considera estratégica para potenciar el desarrollo económico de la región oeste, al fortalecer sectores clave como la manufactura, la industria aeroespacial y el turismo. Con las mejoras al aeropuerto, el área oeste de Puerto Rico se posiciona como un centro importante para el transporte aéreo y la logística aeroportuaria.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a la Comisión las comisiones de Transportación e Infraestructura; y de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar un estudio sobre el estado de los trabajos progreso y ejecución de las obras de construcción de la pista de aterrizaje y el del terminal de pasajeros en el Aeropuerto Internacional Rafael Hernández en Aguadilla bajo la asignación de fondos federales y estatales provenientes subvencionados con fondos federales y estatales asignados por de la Administración de Aviación Federal, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de Estados Unidos y la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico.
Sección 2.-La Comisión Desarrollo Económico rendirá Las comisiones rendirán a la Cámara de Representantes un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, en un término de tiempo no mayor de ciento ochenta (180) días, luego de aprobada esta Resolución.
Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.