GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 224
INFORME POSITIVO
20 de mayo de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 224, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
“Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la otorgación de los permisos para el desarrollo de una nueva gasolinera en la PR-183 km 11.1 Int. PR-916 Bo. Cerro Gordo de San Lorenzo; corroborar que se cumplió con todos los requisitos dispuestos mediante ley y la reglamentación aplicable; y para otros fines relacionados.”
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 224 tiene como propósito corroborar que se cumplió con todos los requisitos dispuestos mediante ley y la reglamentación aplicable en el desarrollo de una nueva gasolinera en la PR-183 km 11.1 Int. PR-916 Bo. Cerro Gordo de San Lorenzo.
Según lo expresado en la Exposición de Motivos, la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), aprobó los siguientes permisos: 2023-472416-PCOC-309290, 2023-472416-PCOC-031919 y 2017-211527-PCOC-018739. Los referidos permisos fueron otorgados para el desarrollo y/o construcción de una nueva gasolinera en la PR-183 km 11.1 Int. PR-916 Bo. Cerro Gordo de San Lorenzo. Además de la gasolinera, el establecimiento incluirá una tienda de conveniencia o “mini market”. Las obras proyectadas inciden sobre las regulaciones impuestas por la Ley Núm. 73 de 23 de junio de 1978, según enmendada, mediante la cual se determinó que la construcción y establecimiento de estaciones de servicios de venta al detal de gasolina y/o combustibles especiales se lleve a cabo dentro de los estrictos criterios de planificación integral, de forma que se mantenga un adecuado balance que evite en todo momento su proliferación irrazonable.
Resulta meritorio que, ante la preocupación ciudadana y en ánimo de garantizar el desarrollo ordenado de nuestros entornos, se pueda realizar una investigación para corroborar que el mencionado desarrollo cumple con nuestro ordenamiento vigente. Sobre todo, considerando que se trata de la operación de una estación de gasolina adyacente a un cuerpo de agua.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
En atención a lo expuesto, la Comisión de Asuntos Internos concluye que la medida propuesta tiene un fin loable y cumple con los requisitos legales y constitucionales necesarios para su aprobación. Por nuestra parte, como comisión cameral, entendemos que la Resolución objeto de análisis cumple con los requisitos constitucionales, estatutarios y jurisprudenciales aplicables para su aprobación.
Por tal razón, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 224, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos
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