GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 237
1 DE ABRIL DE 2025
Presentada por el representante Aponte Hernández
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a las comisiones de Turismo; y de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la práctica del senderismo en Puerto Rico; conocer los esfuerzos gubernamentales realizados para promover dicha actividad e identificar las medidas administrativas o legislativas necesarias que fomenten la misma; llevar a cabo una investigación sobre el potencial del senderismo como actividad recreativa, turística y de bienestar físico; examinar los esfuerzos gubernamentales dirigidos a su promoción; e identificar las medidas administrativas y legislativas que propicien su desarrollo como motor de recreación, salud y economía; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El senderismo es un tipo de actividad física que combina el deporte, aunque no en su fase competitiva, con el turismo, el medio ambiente y también la cultura. Su práctica se realiza en un entorno natural y consiste en caminatas que se realizan principalmente por senderos y caminos sobre escenarios naturales como sierras, montañas, valles y quebradas, bosques, playas, orillas de arroyos, ríos, lagos y lagunas, entre otros.
Aunque el senderismo tiene sus orígenes en Europa, hoy día existen rutas en todas partes del mundo. Hay senderos clásicos o rutas populares como, por ejemplo: el Camino de Santiago (el cual tiene diferentes rutas), Camino Inca, el Sendero o Ruta de los Apalaches (Appalachian Trail), la Gran Ruta del Himalaya y la Ruta Yoshida en el monte Fuji en Japón. En Puerto Rico, el lugar más popular para practicar senderismo es el Yunque, el cual cuenta con más de una docena de caminos y zonas.
El senderismo brinda la oportunidad de conocer destinos, a la vez que te permite ejercitarte, convirtiéndolo en una gran actividad aeróbica con excelentes beneficios para la salud.
Además, en conjunto con el senderismo se pueden realizar otras actividades como la fotografía, el dibujo, correr bicicletas, labor de investigación, etc. También, el senderismo resulta muy provechoso en los lugares en los cuales se practica, ya que promueve la economía turística, con el surgimiento de otros negocios relacionados como son los sitios para acampar, hospederías y restaurantes.
En Puerto Rico se han gestionado iniciativas para fomentar esta actividad. A través de la Ley 314-2000, se estableció la política pública sobre veredas de viandantes, ciclistas de montaña, veredas acuáticas y ecuestres, y se ordenó al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), la creación de un Registro de Veredas Naturales (Registro). La Ley pretendía que el estado facilitara lugares para que los ciudadanos pudiesen llevar a cabo estas actividades en un ambiente natural. El Registro ordenado podía incluir caminos o veredas en terrenos privados, siempre que los dueños solicitaran la inclusión en el mismo y el Secretario del DRNA certificara el terreno cuando el dueño conviniera cumplir con los requisitos establecidos por dicha ley y la reglamentación aprobada al amparo de ésta.
Siendo la actividad del senderismo, una que promueve la recreación y la salud física, además de contribuir al desarrollo económico y turístico, esta Cámara de Representantes entiende pertinente que se realice una investigación sobre la práctica del senderismo en Puerto Rico; conocer los esfuerzos gubernamentales realizados para promover dicha actividad e identificar las medidas administrativas o legislativas necesarias que fomenten la misma.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a las comisiones de Turismo; y de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la práctica del senderismo en Puerto Rico; conocer los esfuerzos gubernamentales realizados para promover dicha actividad e identificar las medidas administrativas o legislativas necesarias que fomenten la misma; llevar a cabo una investigación sobre el potencial del senderismo como actividad recreativa, turística y de bienestar físico; examinar los esfuerzos gubernamentales dirigidos a su promoción; e identificar las medidas administrativas y legislativas que propicien su desarrollo como motor de recreación, salud y economía.
Sección 2.- Las comisiones, conforme dispone el Reglamento de la Cámara de Representantes, pueden citar a cualquier persona natural o jurídica, o entidad gubernamental, organizaciones con o sin fines de lucro, que haya tenido o tenga cualquier clase de relación o conexión en los asuntos especificados en la Sección 1 de esta Resolución.
Sección 3.-Las comisiones, además, podrán realizar todos los estudios, investigaciones, reuniones, citaciones, solicitudes de producción de documentos, solicitudes de información, requerimientos, e informes que entiendan necesarios y podrán investigar cualquier asunto que entiendan pertinente para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución.
Sección 4.- Las comisiones rendirán a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estimen necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterán un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 5.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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