GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 486
3 de abril de 2025
Presentado por el representante Méndez Núñez; la representante Lebrón Rodríguez; los representantes Peña Ramírez, Torres Zamora, Román López, Aponte Hernández, Carlo Acosta, Charbonier Chinea, Colón Rodríguez; la representante del Valle Correa; los representantes Estévez Vélez, Franqui Atiles; las representantes González Aguayo, González González; los representantes Hernández Concepción, Jiménez Torres; las representantes Martínez Vázquez, Medina Calderón; los representantes Morey Noble, Muriel Sánchez, Navarro Suárez, Nieves Rosario, Ocasio Ramos, Pacheco Burgos, Parés Otero; la representante Peña Dávila; los representantes Pérez Cordero, Pérez Ortiz; las representantes Pérez Ramírez, Ramos Rivera; los representantes Robles Rivera, Rodríguez Aguiló, Rodríguez Torres, Roque Gracia, Sanabria Colón y Santiago Guzmán
Referido a la Comisión de Asuntos Federales y Veteranos
LEY
Para enmendar la Ley Núm. 270-2011, según enmendada, conocida como “Ley del Día del Veterano de Vietnam”, a los fines de atemperar la fecha oficial de dicha conmemoración conforme al reconocimiento dispuesto a nivel nacional; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Congreso de los Estados Unidos aprobó el “Vietnam War Veterans Recognition Act of 2017”, mediante la Ley Pública 115–15, en la cual se designa oficialmente el 29 de marzo como el Día Nacional de los Veteranos de la Guerra de Vietnam. Dicha Ley reconoce de manera solemne y permanente la valentía, el sacrificio y la entrega de los hombres y mujeres que sirvieron durante uno de los conflictos más complejos del siglo XX.
En consonancia con esta designación federal, y con el propósito de honrar a nuestros veteranos puertorriqueños, es necesario atemperar la legislación estatal con la normativa federal, trasladando la conmemoración del “Día del Veterano de Vietnam” en Puerto Rico al 29 de marzo. Esta Ley no solo asegura uniformidad en el reconocimiento de nuestros héroes, sino que también promueve una celebración conjunta, a nivel estatal y nacional, que realce la memoria histórica, fortalezca el sentido de gratitud colectiva y rinda el más alto tributo a quienes defendieron los principios de libertad y democracia en suelo extranjero.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1. – Se enmienda el Artículo 1 de la Ley Núm. 270-2011, para que lea como sigue:
“Artículo 1.
Se designa el día 29 [30] de marzo de cada año como “Día del Veterano de Vietnam”, en Puerto Rico, para honrar a todos los veteranos participantes de esta Guerra.”
Sección 2. – Se enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 270-2011, para que lea como sigue:
“Artículo 2.
Se declara el día 29 [30] de marzo de cada año como “Día del Veterano de Vietnam”, en Puerto Rico. El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama y por lo menos diez (10) días de antelación al 29 [30] de marzo de cada año, recordará al pueblo puertorriqueño la importancia de las actividades propias que se deban llevar a cabo con motivo de la proclama.”
Sección 3.- Disposiciones en Pugna Quedan sin Efecto.
En los casos en que las disposiciones de esta Ley estén en pugna con las disposiciones de cualquier otra ley aprobada por la Asamblea Legislativa, prevalecerán las disposiciones de esta Ley a menos que las disposiciones de dicha otra ley enmienden alguna o todas las disposiciones de esta Ley.
Sección 4.- Cláusula de Separabilidad.
Si cualquier cláusula, párrafo, artículo, sección, título o parte de esta Ley fuere declarada inconstitucional o defectuosa por un Tribunal competente, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado exclusivamente a la cláusula, párrafo, artículo, sección, título o parte de la misma que así hubiere sido declarada inconstitucional o defectuosa.
Sección 5.- Vigencia
Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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