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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. de la C. 504

INFORME POSITIVO

13 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. de la C. 504, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. de la C. 504 tiene como objetivo enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08, 1040.02, 1061.03, 1061.04, 1061.09, 1061.16, 1061.17, 1061.25, 1063.05, 1063.15, 1063.16, 1078.02, 4010.01, 6041.10, 6051.21, 6055.03, y 6055.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar los Artículos 7.135 y 7.207 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico de 2011”; enmendar las Secciones 6011.05, 6020.09, 6020.10, 6060.05 y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; con el fin de simplificar y uniformar fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, reducir el cumplimiento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas.[1]

INTRODUCIÓN

La medida ante nuestra consideración tiene como objetivo promover la eficiencia gubernamental mediante la digitalización de procesos y la simplificación administrativa. Además, busca uniformar las fechas de radicación de las planillas requeridas a los negocios, lo que permitirá reducir cargas operacionales, evitar duplicidad de esfuerzos y fomentar el cumplimiento contributivo.

Asimismo, se busca reforzar la fiscalización del sistema contributivo mediante el intercambio rápido de datos entre agencias gubernamentales y el Departamento de Hacienda, particularmente en lo relacionado con propiedades y gastos reportados. Este enfoque responde a las metas del Plan Fiscal certificado por la Junta de Supervisión Fiscal, al promover estructuras tributarias más simples, una base contributiva más amplia y mayor transparencia.

Del mismo modo, se establece un esfuerzo conjunto entre Hacienda y el Departamento del Trabajo para consolidar, en un solo formulario, las planillas relacionadas a impuestos de nómina. Esta iniciativa representa un alivio a la carga administrativa de los patronos, mejora el acceso a la información y respalda el desarrollo económico. En conjunto, el proyecto representa un paso importante hacia la modernización del sistema contributivo y administrativo del Gobierno de Puerto Rico.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Como parte del estudio y evaluación del P. de la C. 504, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, tomó en consideración los comentarios sometidos por el Departamento de Hacienda, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico, la Federación de Alcaldes de Puerto Rico y la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico. Contando con los memoriales explicativos de la mayoría de las agencias pertinentes se expone a continuación un breve resumen de estos.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Con relación a la medida el Departamento de Hacienda, expresó que esta: “tiene como fin el facilitar el cumplimiento contributivo a través de herramientas digitales, incluyendo la integración de información para simplificar el proceso de preparación y radicación de planillas. De igual pretende, reducir costos operacionales de los negocios al consolidar y uniformar los reportes al gobierno, y a su vez, llevar a cabo esfuerzos para la transferencia digital de datos entre agencias. Además, se propone modernizar el tratamiento de entidades como LLC, fideicomisos y otras entidades, así como cumplir con las métricas del Plan Fiscal certificado por la Junta de Supervisión Fiscal.”[2]

Además, el Departamento continuó añadiendo que: “mediante este proyecto de ley se uniforman las fechas de radicación para todas las planillas, ya sea de individuos, corporaciones, entidades conducto y fideicomisos. También, y en aras de transparencia y fiscalización, se exige que las deducciones por alquiler, publicidad, telecomunicaciones, seguros y cargos bancarios estén debidamente informadas en declaraciones informativas.[3]

Por último, el Departamento resaltó que la medida de autos no representa impacto fiscal alguno, debido a que se tratan de enmiendas para simplificar procesos y facilitar cumplimiento.[4]

En fin, el Secretario, expresó su endosó al Proyecto de la Cámara 504.

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO

El Departamento de Desarrollo Económico, en relación al P. de la C. 504, expresó que: “[a]ctualmente los concesionarios de decretos, según las disposiciones del Código de Incentivos, vienen obligados a radicar anualmente un informe en la OIN que refleje su cumplimiento con el decreto que ostentan. Ahora bien, el P. del S. 497 propone enmendar la referida disposición para que el informe anual requerido y luego del 31 de diciembre de 2023, el concesionario deberá radicar el informe anual en el Departamento de Hacienda en conjunto con la planilla de contribución sobre ingresos del Negocio Exento. Aun cuando reconocemos la intención loable de la medida, recomendamos que los informes anuales de los concesionarios de decretos bajo las disposiciones del Código de Incentivo, se continúen radicando en la OIN ya que esto permite que la OIN tenga visibilidad para poder realizar los informes de impacto de los incentivos y para poder evaluar el cumplimento de los negocios exentos con los términos y condiciones de sus decretos.”[5]

El departamento continuó expresando que: “[e]n cuanto a las demás enmiendas propuestas a la sección 6070.66 del Código de Incentivos, no tenemos objeción y recomendamos su aprobación.” [6]

En fin, el Departamento, expresó su endoso al Proyecto de la Cámara 504.

DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con relación al P. de la C. 504, expresó que, en Puerto Rico, “[c]ada patrono paga contribuciones a base del sistema de experiencia sobre los primeros siete mil dólares ($7, 000) de salarios pagados por el a cada empleado durante cada año contributivo.”[7] Además, continuó expresando que cada patrono sujeto al pago de contribuciones tiene que completar y presentar un informe de “Declaración Trimestral de Salarios Pagados”.[8]

Por ello, según los propuesto por la medida de autos, estas prestaciones se llevarían a cabo a través del Departamento de Hacienda, lo cual para el “DTRH, vemos esta medida como una excelente oportunidad para simplificar los trámites que deben realizar los patronos, promover un mayor cumplimiento y apoyarles en la gestión eficiente de sus negocios dentro de nuestra jurisdicción, propulsando así el desarrollo económico sostenible en Puerto Rico.”[9]

En fin, el Departamento, expresó su endoso al Proyecto de la Cámara 504.

FEDERACIÓN DE ALCALDES DE PUERTO RICO

La Federación de Alcaldes con relación a la medida de autos, expresó que: “[e]n lo que respecta a los municipios entendemos que lo propuesto provee herramientas para que los contribuyentes cumplan con su responsabilidad contributiva. Además, atempera las fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, en particular aquellos que están cubiertos por un decreto de exención contributiva y que están sujetos a la radicación de la Planilla de contribución sobre Ingresos. Como es de saber, la información contenida en la planilla de contribución sobre ingresos es considerada para la preparación de la Declaración sobre Volumen de Negocios, por lo tanto, resulta conveniente para los contribuyentes y para los municipios que aquellos negocios cubiertos por un decreto de exención contributiva y que están sujetos a la radicación de la Planilla de Contribución sobre Ingresos se establezca que la fecha límite para la radicación de dicha planilla será cinco (5) días laborables siguientes al 15 de junio de cada año contributivo.”[10]

Según continuó exponiendo la Federación, la “[e]xposición de Motivos de la medida propuesta el panorama económico actual requiere que se realicen reformas profundas y comprensivas en diferentes áreas de nuestra realidad fiscal, como lo es una reforma contributiva. Por tal razón, entendemos que se debe establecer procesos que puedan fiscalizar, simplificar y agilizar los procesos para preparar una planilla y remitir los informes anuales electrónicamente. Además, facilitar la transferencia de información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas.”[11]

Por lo antes expresado, la Federación de Alcaldes de Puerto Rico ENDOSA el Proyecto de la Cámara 504.

ASOCIACIÓN DE ALCALDES DE PUERTO RICO

En relación con el P. de la C. 504, la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico, expresó que: “el propósito del proyecto es mejorar la situación económica de toda nuestra clase trabajadora, por tanto, propone con el fin de simplificar y uniformar las fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, reducir el cumplimiento contributivo en Puerto Rico. Además, la presente medida mejorara la fiscalización, facilitando la transferencia de información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades d personas.”[12]

La Asociación continuó exponiendo que el objetivo principal de la presente medida es reducir la carga de cumplimiento para los contribuyentes, uniformar fechas de radicación de planillas y facilitar el intercambio de información entre agencias gubernamentales.[13]

Finalmente, la Asociación expresó que la medida: “cumple con el Programa de Gobierno de la presente administración, que promueve la modernización del sistema contributivo como parte clave del desarrollo económico y la transformación del gobierno.”[14]

Por lo antes expresado, la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico ENDOSA el Proyecto de la Cámara 504.

HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES

La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, para realizar su análisis del P. de la C. 504, evaluó la” Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011; la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como, “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, así como, la Constitución de Puerto Rico; la Constitución de los Estados Unidos de América, y los memoriales explicativos recibidos.

El P. de la C. 504 tiene como propósito crear los mecanismos necesarios para una mayor eficiencia gubernamental, a través de la simplificación de procesos y eliminación de burocracia. Específicamente, la medida ante nos, propone:

En resumen, esta comisión reconoce que esta medida cumple con los objetivos de política pública de fomentar la eficiencia, la transparencia y la rendición de cuentas en el sistema contributivo y fiscal de Puerto Rico.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.0007 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como, “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, certifica que el P. de la C. 504, no impone una carga económica negativa en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La aprobación del P. de la C. 504, responde al compromiso de la Administracion de turno de modernizar al Gobierno de Puerto Rico, a través de la eliminación de trámites innecesarios que crean mayor burocracia. Esto con el fin de ofrecer un servicio más ágil y eficiente a nuestros contribuyentes.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. de la C. 504, según presentado.

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO.

Thomas Rivera Schatz

Presidente de la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico

  1. Véase, título del P. de la C. 504

  2. Véase, Memorial Explicativo del Departamento de Hacienda, pág. 3

  3. Id. pág. 4

  4. Id. pág. 4

  5. Véase, Memorial del Departamento de Desarrollo Económico, pág. 3

  6. Id. pág. 4

  7. Véase, Memorial de DTRH, pág. 4

  8. Id. pág. 4

  9. Id. pág. 4

  10. Véase, Memorial Explicativo de la Federación de Alcaldes, pág. 2

  11. Id. pág. 2

  12. Véase, Memorial Explicativo del P. de la C. 504 de la Asociación de Alcaldes, pag.1

  13. Id. pág. 2

  14. Id. pág. 2

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