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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea	 	  1ra. Sesión
         Legislativa		       Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. de la C. 506
  INFORME POSITIVO 
12 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
	La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. de la C. 506, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación sin enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 506, (en adelante "P. de la C. 506"), según radicado, tiene como propósito, enmendar la Sección 6080.14, de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011" con el fin de establecer el marco conceptual para el acuerdo colaborativo entre el Departamento de Hacienda y los municipios con el fin de uniformar el cobro del impuesto sobre ventas y uso y simplificar el cumplimiento a los contribuyentes mediante la consolidación de la radicación y pago en el Sistema Unificado de Rentas Internas ("SURI"); y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA

	La medida bajo evaluación propone una enmienda a la Sección 6080.14 a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", con el fin de establecer el marco legal que permita acuerdos colaborativos entre el Departamento de Hacienda y los municipios para uniformar el cobro del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) municipal. Esta iniciativa busca consolidar la radicación y el pago del impuesto a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), con el propósito de simplificar los procesos contributivos tanto para los municipios como para los contribuyentes.

El proyecto parte del reconocimiento legal y social de la importancia de las estructuras municipales como el ente gubernamental más cercano al pueblo, según lo establece el Código Municipal de Puerto Rico. En la actualidad, muchos municipios enfrentan restricciones fiscales significativas, por lo que resulta apremiante identificar herramientas que les permitan fortalecer su autosuficiencia, mejorar la captación de ingresos y garantizar la prestación de servicios esenciales. 

Como muy bien se presenta en la Exposición de Motivos, la medida atiende los siguientes objetivos fundamentales:

Facilitar el cumplimiento contributivo de comerciantes y empresas al consolidar procesos en un solo sistema digital, reduciendo así la duplicidad de esfuerzos. 
Promover la uniformidad en la administración del IVU municipal, eliminando discrepancias operacionales entre jurisdicciones.
Fortalecer la autonomía fiscal municipal mediante la transferencia directa y sin retenciones de los recaudos. 
Contribuir a una fiscalización más eficiente y a un acceso más amplio a la información contributiva.
 Reducir la carga administrativa sobre los negocios, lo cual incide positivamente en el ambiente de inversión y desarrollo económico.

Por consiguiente, se establecerán las estructuras que sean necesarias para que los recaudos que correspondan a los municipios se mantengan separados de los recaudos del Gobierno Central y sean remitidos directamente a los municipios.

La medida, además, permite que, para periodos comenzados a partir del 1 de julio de 2024, los municipios puedan optar voluntariamente por formalizar acuerdos con el Departamento de Hacienda para que este administre el IVU municipal a través de SURI, o un sistema sucesor. Como garantía de autonomía y transparencia, se establece que, el Departamento de Hacienda deberá remitir íntegramente los recaudos municipales a las cuentas correspondientes sin retenciones, y que cualquier mecanismo de cobro o plan de pago deberá contar con el consentimiento del municipio.  También, deberá compartir con los gobiernos municipales información detallada sobre los negocios en sus respectivas jurisdicciones y establecer un procedimiento uniforme para que los contribuyentes puedan objetar cargos indebidos.

En términos generales, el P. de la C. 506 representa un paso significativo hacia la modernización del sistema contributivo municipal, promoviendo eficiencia, transparencia y uniformidad, sin menoscabar la autonomía fiscal ni la capacidad operativa de los municipios. Asimismo, constituye una herramienta que mejorará la experiencia del contribuyente, elevará el cumplimiento voluntario y optimizará la captación de recursos esenciales para el desarrollo y bienestar de nuestras comunidades.

La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA, como parte del estudio y evaluación del P. de la C. 506, solicitó comentarios a las siguientes agencias, la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico; el Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto.  A continuación, exponemos lo presentado por estas.


AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL DE PUERTO RICO

La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (en adelante, "AAFAF") se expresó a favor del P. de la C. 506. Indicó que, el objetivo principal de la medida es permitir la consolidación voluntaria del IVU municipal en el Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), a través de un marco colaborativo entre el Departamento de Hacienda y los municipios.

La AAFAF respaldó esta iniciativa porque contribuye a la eficiencia operativa, transparencia fiscal, y simplificación del cumplimiento contributivo, al centralizar el proceso de radicación, fiscalización y cobro del IVU municipal en una única plataforma digital. Asimismo, destacó que, el proyecto no impone esta integración de manera obligatoria, sino que respeta la autonomía municipal, ofreciendo una herramienta moderna y voluntaria.

Desde la perspectiva fiscal, señaló que, la medida promueve la mejor captación de ingresos municipales, sin permitir que los fondos sean retenidos por el Gobierno Central, lo cual garantiza la integridad de los recaudos municipales. Además, explicó que, no genera gastos nuevos ni requiere asignaciones presupuestarias adicionales, ya que utiliza la infraestructura tecnológica existente.

AAFAF consideró que la propuesta está alineada con el Plan Fiscal certificado el 5 de junio de 2024, al fomentar la simplificación del sistema tributario, reducir los costos de cumplimiento y fortalecer la colaboración intergubernamental. Así como, también cumple con los principios del Programa de Gobierno vigente y los requisitos de la Ley PROMESA.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA; Y OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO

El Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto mediante un memorial explicativo en conjunto expresaron que, desde la perspectiva presupuestaria, esta medida no representa un impacto presupuestario. Ello, en consideración a que la misma no dispone para asignaciones de fondos públicos ni de gastos directos, tampoco representa impacto en el Gobierno Estatal.  Mencionaron que, la medida es una de eficiencia en la administración de fondos públicos sin imponer gastos adicionales y utilizando los recursos tecnológicos existentes. 

Estos también añadieron que, considerando que se trata de enmiendas para simplificar los procesos y facilitar el cumplimiento, no se estima impacto fiscal alguno. Por tal razón, recomendaron la aprobación del P. de la C. 506.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. de la C. 506 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN 

Ante los retos económicos que enfrentan nuestros municipios, reconocemos la necesidad de identificar alternativas fiscalmente responsables, que permitan a estos continuar ofreciendo sus servicios sin que se vean afectados.  Esto con el fin de garantizar una mejor calidad de vida a sus ciudadanos.  Por lo que, el P. de la C. 506, representa el compromiso de esta Asamblea Legislativa y de esta Administración de proponer soluciones de política pública, que promuevan la autosuficiencia de los municipios, asegurando que puedan gestionar sus recursos de manera eficaz, contribuyendo así al bienestar colectivo.  
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. de la C. 506, sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,

Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA

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