GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 507
INFORME NEGATIVO
12 de septiembre de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y análisis somete a este Honorable Cuerpo la no aprobación del P. de la C. 507.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. de la C. 507, según radicado, tiene como propósito enmendar las Secciones 1020.08, 2082.02, 2082.03, 2082.04, 2082.05, y 2083.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como "Código de Incentivos de Puerto Rico", con el fin de aclarar las disposiciones relacionadas a los agricultores bona fide a quienes le aplicarán los beneficios de los incentivos, simplificar los requisitos de cumplimiento; y para otros fines relacionados.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Según se desprende de la Exposición de Motivos, Puerto Rico solo produce el 15% de los alimentos que consume, lo que evidencia una gran vulnerabilidad en su seguridad alimentaria, pero también una significativa oportunidad para el desarrollo de la agricultura local. Aunque ha habido avances en el uso de terreno y el tamaño promedio de las fincas, el número de agricultores ha disminuido y la edad promedio del sector es elevada, lo que plantea retos importantes.
Ante este panorama, la Administración actual propone una legislación para fortalecer el sector agrícola, con objetivos clave como: aumentar la autosuficiencia alimentaria, clarificar los criterios para acceder a incentivos contributivos, ampliar beneficios fiscales a agricultores bona fide, estructurar el proceso de certificación y mejorar la competitividad del sector agroindustrial.
La medida busca reforzar el Código de Incentivos, simplificando su aplicación y asegurando su efectividad. Así, se pretende impulsar aquellas áreas donde los incentivos están funcionando y redirigir esfuerzos en sectores prioritarios donde aún no se logran los resultados esperados.
En su memorial explicativo la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, indica que el Proyecto de la Cámara 507 (PC 507) propone enmendar varias secciones del Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para clarificar y uniformar los requisitos de elegibilidad y cumplimiento de los agricultores bona fide, facilitando su acceso a beneficios contributivos como exenciones de contribuciones sobre ingresos, propiedad, patentes, IVU y arbitrios.
Esta medida busca fortalecer la seguridad alimentaria y la autosuficiencia agrícola de Puerto Rico, que actualmente solo produce el 15% de los alimentos que consume. También pretende simplificar los procesos administrativos y fortalecer el proceso de certificación de agricultores, estableciendo una renovación cada cuatro años basada en criterios objetivos.
Desde el punto de vista fiscal, el PC 507 no representa nuevos gastos ni desbalances, ya que utiliza incentivos existentes de forma más efectiva. Está alineado con el Plan Fiscal certificado y con el Programa de Gobierno, que prioriza el desarrollo agrícola como motor de autosuficiencia y crecimiento económico. Por estas razones, la AAFAF respalda su aprobación al considerarla una medida fiscalmente responsable y coherente con la Ley PROMESA.
El Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto sometieron un memorial explicativo conjunto donde indican que esta medida busca promover la autosuficiencia alimentaria fortaleciendo la producción agrícola local y facilitando el acceso de los agricultores bona fide a incentivos contributivos. Para ello, se propone clarificar y uniformar los criterios de elegibilidad, ampliar beneficios fiscales como exenciones sobre ingresos, propiedad, patentes, arbitrios e IVU y establecer un proceso de certificación estructurado, bajo la dirección del Secretario de Agricultura.
La medida redefine el concepto de "Agricultor Bona Fide" y crea una Certificación Oficial con vigencia de cuatro años, necesaria para acceder a los incentivos. Además, propone enmiendas específicas que aseguran la aplicación uniforme de beneficios, simplifican la obtención de decretos contributivos y refuerzan el entorno fiscal del sector agroindustrial.
Desde el punto de vista presupuestario, la medida no implica asignaciones ni gastos directos, por lo que no representa impacto fiscal inmediato. A largo plazo, busca fomentar el desarrollo económico del sector agrícola, lo que podría traducirse en mayores ingresos para el Estado.
Además, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio indica que el Proyecto de la Cámara 507 propone enmendar varias secciones del Código de Incentivos para clarificar y simplificar los requisitos aplicables a los Agricultores Bona Fide. Su objetivo principal es facilitar el acceso a las exenciones contributivas mediante una Certificación expedida por el Secretario de Agricultura o, alternativamente, un decreto del Secretario del DDEC, según prefiera el agricultor.
Un cambio clave es la modificación a la sección 1020.08(a)(1), que redefine la Certificación de Agricultor Bona Fide para que tenga una vigencia de cuatro años en lugar de requerir renovación anual. Esto reduce la carga administrativa tanto para los agricultores como para el gobierno.
En síntesis, la medida busca eliminar incertidumbres sobre la disponibilidad de beneficios fiscales y agilizar su concesión, promoviendo así un entorno más favorable para el desarrollo del sector agrícola.
Sin embargo, al momento de la evaluación de esta medida legislativa, ha sido debidamente aprobada el contenido esencial de la misma a través de otra legislación, el Proyecto del Senado 495, el cual fue firmado por la Gobernadora y promulgado como la Ley Núm. 67-2025.
CONCLUSIÓN
Dado que el Proyecto de la Cámara 507 ha sido sobreseído por el Proyecto del Senado 495, promulgado como la Ley Núm. 67-2025, esta Comisión emite un informe negativo. Esta situación conlleva a una evaluación de redundancia funcional que justifica este informe.
Ya que sus objetivos han sido satisfechos por la legislación vigente, la Comisión de Hacienda somete el presente Informe Negativo en el que no recomendamos a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. de la C. 507.
Respetuosamente sometido,
Eddie Charbonier Chinea
Presidente
Comisión de HaciendaDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.