GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 496
4 DE ABRIL DE 2025
Presentada por el representante Torres Cruz
por Petición de Valeria S. Velázquez Cotto
Referido a las Comisiones de Asuntos Internos; y de Hacienda
LEY
Para crear la “Comisión Especial de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre la Ley de Cabotaje de 1920"; a los fines de establecer un instrumento permanente encargado de realizar todas las acciones necesarias para que se excluya de la aplicación de la "Ley de Cabotaje Federal" a Puerto Rico, en particular como mecanismo para reducir los precios de la importación de productos alimenticios que promueva e incentive la producción y el consumo local dentro de un contexto que exige compromiso por parte de este Poder Legislativo que garantice nuestra seguridad alimentaria; crear grupos de trabajo de ciudadanos, del sector académico y otros sectores comunitarios y profesionales de la sociedad, con el propósito de servir de fuente de conocimiento y asesoría para los asuntos en los cuales se estarán trabajando y los mecanismos a implementar; así como las medidas relacionadas a la importación de productos y servicios bajo el nuevo marco legal; establecer la composición, deberes, facultades y responsabilidades de dicha comisión; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los alimentos esenciales y de calidad en Puerto Rico se han convertido en un lujo, donde el salario mínimo apenas da abasto para poder sustentarse de manera saludable. Productos como los huevos, carnes y lácteos continúan aumentando su costo, dificultando el acceso de muchas familias, lo cual impacta directamente la salud del Pueblo, atentando a su vez con el vital aspecto de nuestra seguridad alimentaria. Evidentemente, una alimentación inadecuada puede generar problemas físicos, mentales y emocionales que limitan las capacidades de un individuo. Se estima que el 33.2% de la población de 18 años o más en Puerto Rico presentó deficiencias alimentarias y el 9.0% de ese mismo sector poblacional de 18 años, se encuentra en la categoría de “muy baja seguridad alimentaria”. El 21.7% de las personas indican que, en los últimos 12 meses, hubo ocasiones en las cuales tuvieron que servirse menos cantidad de alimentos o dejar de comer una de sus comidas diarias por falta de dinero[1].
La seguridad alimentaria en Puerto Rico se encuentra en riesgo debido a nuestra alta dependencia de productos importados, los cuales representan aproximadamente el 85% de los alimentos consumidos en la isla. Esta situación, se ve agravada por la aplicación de la Ley de Cabotaje, también conocida como la Ley Jones de 1920 (Ley Jones 46 U.S.C. 55102), según se ha reclamado consistentemente. La misma establece restricciones sobre el transporte marítimo de mercancías entre puertos en Estados Unidos y Puerto Rico, imponiendo costos adicionales al transporte marítimo de mercancías, encareciendo los alimentos e impactando negativamente la economía de los consumidores y productores locales, como se ha señalado. A través de los años se han realizado varias exoneraciones completas y parciales a la aplicación de la Ley Jones de 1920, en torno a los territorios y posesiones de Estados Unidos. Las exoneraciones vigentes y su justificación son las siguientes: Islas Vírgenes fue exenta de la aplicación de la legislación de la marina mercante estadounidense desde la Primera Guerra Mundial (1914-1918), como parte del acuerdo de compra de dichas Islas al Gobierno de Dinamarca; la Samoa Americana fue exenta de la aplicación de la Ley, a consecuencia de la Convención Tripartita de 1899, entre Estados Unidos, Alemania y el Reino Unido (Inglaterra); la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte fueron eximidas de las normas federales de cabotaje en su pacto de libre asociación con Estados Unidos; mientras que a Guam se le excluyó del requisito de que los barcos que se utilicen hacia su territorio desde Estados Unidos fuesen de construcción estadounidense. Lo anterior, implica que Puerto Rico es la única jurisdicción con una aplicación completa de la imposición de las restricciones, en cuanto al movimiento de carga, establecidas en las leyes de cabotaje.
La Comisión de Derechos Civiles, Participación Ciudadana y Economía Social del Senado de Puerto Rico presentó durante la 17ma. Asamblea Legislativa, específicamente el día 13 de abril de 2015, ante la consideración del Cuerpo los hallazgos, conclusiones y recomendaciones contenidos en el Informe Final a la Resolución del Senado Núm. 237. Dicha Resolución encomendó a la relacionada Comisión legislativa realizar un abarcador estudio sobre el impacto de la Ley Jones de 1920 en nuestra Isla, tomando como base el estudio de la GAO de 2013. En el Informe de dicha Comisión, se analizaron cerca de una docena de estudios que versan sobre el tema del cabotaje estadounidense y todos excepto uno, coinciden en el nefasto resultado económico que ha tenido el mantenimiento de esta draconiana legislación federal para Puerto Rico y los estados y territorios afectados por esta. Véase Informe Final, sobre la Resolución del Senado Núm. 237 de 12 de abril de 2013. Además, durante el cuatrienio 2021-2024 se radicó la Resolución del Senado 19, cuyo fin era crear una comisión especial del Senado de Puerto Rico sobre la Ley Jones de 1920; para que se atendiera por el Congreso Federal la aplicación de la Ley Federal de Cabotaje y se lograra su exclusión.
Es importante destacar, que el marco legal de Puerto Rico ya incluye medidas para proteger la seguridad alimentaria por medio de incentivos para el uso productivo de la tierra, fomentar prácticas sustentables, entre otros principios. No obstante, la imposición de limitaciones marítimas que establece la Ley Jones, entendemos establece un obstáculo para que las disposiciones que presenta el Plan de Reorganización de Agricultura, Ley-4-2010, según enmendada, y otras iniciativas rindan frutos que realmente impacten la agricultura y el consumo local.[2] Dicho lo anterior, corresponde a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico establezca mediante Ley una Comisión Especial sobre la Ley Jones de 1920; la cual será el organismo encargado de tramitar todo asunto relacionado para lograr la exención total de la aplicación de la legislación federal sobre la Marina Mercante de 1920. En consecuencia, que los consumidores de nuestro país puedan elegir libremente el transporte marítimo que consideren oportuno para importar o exportar bienes, materias primas y alimentos a Puerto Rico, lo cual redundará en una apertura completa del comercio y se podrá beneficiar de tarifas más competitivas en el mercado del tráfico marítimo, con el fin de estimular el desarrollo económico de Puerto Rico.
Cabe señalar, que varios estudios han confirmado el impacto negativo de las leyes de cabotaje sobre la economía y el costo de vida en la Isla. Algunos de los estudios más recientes fueron dirigidos por la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA) junto a la Cámara de Comercio, la Asociación de Restaurantes (ASORE), el Centro Unido de Detallistas, la Asociación de Productos de Puerto Rico y el Colegio de Abogados y Abogadas. Según el economista Vicente Feliciano de ABC, se decidió preparar un cuestionario e ir directamente a una muestra representativa de importadores de alimentos, bebidas y productos generales para obtener datos reales sobre los costos de transportación. En ese cuestionario se solicitó información de transportación hacia Puerto Rico no sólo desde los EE. UU. sino igualmente de diversos puertos internacionales con los que Puerto Rico comercia frecuentemente. El porciento de respuesta de la muestra fue extremadamente alto con 70% representando 32 empresas que importaron alrededor de 40 mil furgones en nueve meses. Según los datos obtenidos, transportar furgones desde los Estados Unidos, cuesta en promedio 2.5 veces o un 151% más que transportar desde puertos no estadounidenses ($3,027 de US vs. $1,206 Non US). Esto después de haberse realizado los correspondientes ajustes por tamaño de furgón y distancia. Con esos datos la firma calculó un impacto equivalente a un impuesto de cabotaje de 7.2% que se traduce en un incremento de $367 millones solamente en la importación de bebidas y alimentos a Puerto Rico. 'Esto equivale a un costo de $300 por hogar o $107 por persona solamente en alimentos y bebidas.' indicó Feliciano.[3]
Adicional a esto, en el 2023 el empresario José González Freyre, quien es el propietario de la empresa importadora y procesadora de granos Pan American Grain, sostuvo que las justificaciones económicas planteadas por el secretario de Agricultura para organizar una cooperativa de granos en Puerto Rico son erradas y advirtió que el proyecto agrícola podría tener un resultado adverso debido a que la historia de las cooperativas agrícolas en Puerto Rico es una de reiterados fracasos financieros. El exsecretario de Agricultura, Ramón González Beiró dijo que el alto costo de los granos afecta el precio de los productos agrícolas locales y destacó que la iniciativa de la cooperativa agrícola tiene como objetivo ofrecer costos más competitivos a los agricultores y aumentar la producción agrícola. Sin embargo, González Freyre dijo que los planes del secretario parten de premisas erradas porque el alto precio de los granos en la isla obedece a que las empresas locales se ven obligadas a traer ese producto desde países europeos y asiáticos, lo que representa destinos muy lejanos que implican una importación muy costosa, que se refleja en los precios a nivel de los agricultores en el mercado local. Agregó que la Ley de Cabotaje obliga a las empresas locales a usar barcos de bandera estadounidense y actualmente en Estados Unidos no existen embarcaciones especializadas en la transportación de granos (uno de los productos de mayor consumo en la Isla), lo cual causa que los importadores locales de granos recurran a comprar ese tipo de producto en países muy distantes y a utilizar los servicios de empresas mercantes extranjeras, lo que eleva el costo de la importación. “Mientras Puerto Rico dependa de la ley de Cabotaje todo saldrá más caro. El mercado de granos más cercano es Estados Unidos. Y si no puedo comprarle al que me queda más cerca, pues tengo que comprarle al que me queda más lejos y tiene que ser más caro”, dijo González Freyre.[4]
Así, Puerto Rico está a merced de los estragos del cambio climático en los países que le suplen alimentos. Los incendios forestales en Canadá, las lluvias torrenciales en China e India, las sequías en España y Costa Rica y el calor extremo en República Dominicana y México son solo los ejemplos más recientes de que la crisis climática no es exclusiva del archipiélago, sino planetaria. Según un informe publicado, en abril, por el Departamento de Agricultura federal (USDA, en inglés), son, precisamente, estas jurisdicciones las de mayor protagonismo en la exportación de alimentos a Puerto Rico. Arroz, carnes, café y plátanos, principales en la dieta básica boricua, están en la lista. Por lo tanto, cualquier restricción que impongan los gobiernos –por ejemplo, para asegurar el consumo local–, o la interrupción en la producción tras un evento climático extremo, pondría en riesgo la seguridad alimentaria en Puerto Rico y expondría aún más la vulnerabilidad. La respuesta –casi inmediata– de los consumidores al abarrotar los supermercados, cuando se alerta de la cercanía de algún evento atmosférico, es un ejemplo del planteamiento de Colón Ramos, pues la población conoce –porque lo ha vivido– que fenómenos como estos pueden alterar la estabilidad de la distribución de alimentos, tal como ocurrió tras el huracán María, en 2017. “Cuando hablamos de nuestra vulnerabilidad (de nutrición), no se determina mirando solamente las fronteras de Puerto Rico, sino que se estira hasta donde vengan y procedan los productos que consumimos en Puerto Rico”, indicó el investigador y experto en Salud Ambiental, Pablo Méndez Lázaro, integrante del Comité de Expertos y Asesores sobre Cambio Climático (Ceacc).
La doctora y profesora boricua Uriyoán Colón Ramos, quien se desempeña como investigadora de seguridad nutricional y salud pública a nivel global, aseveró, por su parte, que, para encaminar cambios que garanticen una mejor posición de Puerto Rico frente a las amenazas en el suplido de alimentos, la sociedad tiene que aceptar que el sistema de la cadena alimentaria actual “no puede continuar así, porque ha estado empeorando”. Fuera de Estados Unidos, la mayoría de las importaciones a Puerto Rico provienen de la Unión Europea (UE), según el USDA. Como manifestación evidente del cambio climático, los gobiernos de la UE advirtieron, el año pasado, que el 64% de la extensión del bloque atravesaba la peor sequía desde, al menos, quinientos (500) años. El climatólogo Rafael Méndez Tejeda enfatizó que “la productividad de estos países (exportadores) se puede ver afectada” por fenómenos como El Niño. “Por lo tanto, si ellos no tienen (productos), no nos pueden vender”, señaló. Analizó que, aunque Puerto Rico mantenga en 15% la producción de alimentos, su dependencia de la importación pone la capacidad nutricional de la isla en desventaja, y declaró que “negarlo no va a hacer que desaparezca”.[5]
A tenor con lo anteriormente expuesto, no podemos soslayar los múltiples reclamos y controversias sobre este vital asunto. El tema de las leyes de cabotaje ha sido presentado a la Asamblea Legislativa de distintas maneras en varias ocasiones, y ninguna de ellas se ha logrado implementar de manera efectiva. A través de los años se han comenzado planes para mejorar la sostenibilidad agrícola, se han programado incentivos monetarios para apoyar la producción de agricultores y empresarios locales, entre muchas otras iniciativas, pero mientras se continue operando bajo las obligaciones decretadas en dicha ley no se verá ninguna mejora en el desarrollo económico de la Isla y en nuestra seguridad alimenticia.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se crea la “Comisión Especial de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre la Ley de Cabotaje de 1920"; a los fines de establecer un instrumento permanente encargado de realizar todas las acciones necesarias para que se excluya de la aplicación de la "Ley de Cabotaje Federal" a Puerto Rico, en particular como mecanismo para reducir los precios de la importación de productos alimenticios que promueva e incentive la producción y el consumo local, así como aquellas medidas a implantarse una vez se elimine la aplicación de dicha Ley Federal de Cabotaje; y para otros fines relacionados.
Artículo 2.- La “Comisión Especial de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre la Ley de Cabotaje de 1920"; estará compuesta por siete (7) representantes designados por el Presidente de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, así como siete (7) senadores designados por el Presidente del Senado de Puerto Rico de los cuales serán miembros respectivos los Presidentes de la Comisión de Gobierno de la Cámara y el Senado. Tanto por la Cámara de Representantes, como por el Senado de Puerto Rico, se designarán como miembros de esta Comisión a los respectivos Portavoces de las Delegaciones Parlamentarias de todas las delegaciones de minorías, así como Legisladores Independientes electos, si alguno. La Comisión será co-presidida por los Presidentes de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico, quienes dispondrán las reglas para su funcionamiento.
Artículo 3. – La Comisión Especial, sin que se entienda como una limitación, queda autorizada a ejercer todas las facultades y prerrogativas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, incluyendo, pero sin limitarse a, la facultad de celebrar vistas públicas, recibir testimonios, requerir la comparecencia de testigos y la presentación de documentos, entre otros poderes legislativos. La Comisión queda facultada para recibir, estudiar y analizar cualquier asunto o medida que se le lleve a su atención, así como para investigar cualquier asunto relacionado al tema del Cabotaje estadounidense y su aplicación a nuestra jurisdicción, a través de la Ley de la Marina Mercante de 1920.
La Comisión Especial sobre la Ley Jones de 1920, sin que se entienda como una limitación, tendrá las siguientes funciones y facultades:
La Comisión tendrá la facultad de celebrar vistas públicas, recibir testimonios, requerir la comparecencia de testigos y la presentación de documentos, entre otros poderes legislativos.
1- estudiar y analizar cualquier asunto o medida que se le lleve a su atención, así como para investigar cualquier asunto relacionado al tema del cabotaje estadounidense y su aplicación a nuestra jurisdicción, a través de la Ley de la Marina Mercante de 1920;
2- crear grupos de trabajo de ciudadanos, del sector académico y otros sectores comunitarios y profesionales de la sociedad, con el propósito de servir de fuente de conocimiento y asesoría para los asuntos en los cuales se estarán trabajando y los mecanismos a implementar a estos fines
Artículo 4.- La Comisión Especial, deberá presentar informes parciales conteniendo las recomendaciones a los respectivos cuerpos legislativos, sobre el curso a seguir para la consecución de la eliminación total de la aplicación de la Ley federal de Marina Mercante de 1920 a Puerto Rico, así como las medidas relacionadas a la importación de productos y servicios bajo el nuevo marco legal.
Artículo 5. – Se asigna a la Comisión, la cantidad de cincuenta mil dólares ($50,000.00) para su funcionamiento de manera recurrente de las partidas de gasto de funcionamiento de la Cámara de Representantes y el Senado de Puerto Rico a razón de veinticinco mil dólares ($25,000.00) respectivamente a partir del año fiscal 2025-2026.
Artículo 6.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación
Estadísticas.PR Encuesta de Seguridad Alimentaria en Puerto Rico 2015 https://estadisticas.pr/en/media/3266#:~:text=De%20los%20datos%20más%20relevantes,Puerto%20Rico%20presentó%20inseguridad%20alimentaria. ↑
“Plan de Reorganización del Departamento de Agricultura de 2010” [Plan 4-2010 Núm.4 de 26 de Julio de 2010, según enmendado. Biblioteca Virtual de OGP ↑
NotiCel (2019). Nuevos estudios confirman impacto negativo de leyes de cabotaje. Nuevos estudios confirman impacto negativo de leyes de cabotaje – NotiCel – La verdad como es – Noticias de Puerto Rico – NOTICEL ↑
Díaz Román, Miguel (2023). “Todas Las Cooperativas Agrícolas Han Quebrado en Puerto Rico”: Sintesisnoticiosa https://www.sintesisnoticiosa.com/todas-las-cooperativas-agricolas-han-quebrado-en-puerto-rico/ ↑
Tolentino Rosario, Carlos; Pérez Pintado, Amanda (2023). “El cambio climático amenaza las importaciones y aumenta la vulnerabilidad alimentaria de Puerto Rico”: Ciencia PR. El cambio climático amenaza las importaciones y aumenta la vulnerabilidad alimentaria de Puerto Rico | Ciencia Puerto Rico
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.