GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 490
INFORME NEGATIVO
23 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 490, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 490, (en adelante "P. del S. 490"), según radicado, tiene como propósito, enmendar la Sección 1101.01, de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el fin de flexibilizar y agilizar la aprobación de solicitudes de exención contributiva de entidades sin fines de lucro a nivel estatal y las asociaciones de propietarios, atemperar dicho proceso con las disposiciones de la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas Federal; y para otros fines relacionados.
ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 490 propone una enmienda al Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el propósito de establecer un acuerdo colaborativo entre el Departamento de Hacienda y los municipios para uniformar el cobro del Impuesto sobre Ventas y Uso municipal. La medida busca simplificar el cumplimiento contributivo de los comerciantes y empresas mediante la consolidación de la radicación y pago en el Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), lo que permitiría a los municipios delegar la administración del cobro al Departamento de Hacienda, asegurando que los recaudos sean transferidos íntegramente a las cuentas municipales sin intervención del Gobierno Central.
El análisis de la propuesta destaca la importancia de fortalecer la autonomía fiscal de los municipios, asegurando que los ingresos generados por el IVU municipal sean administrados de manera eficiente y transparente. La medida también busca reducir la carga administrativa para los comerciantes, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones contributivas y promoviendo un entorno más competitivo para el desarrollo económico. La simplificación del sistema tributario mediante la integración de los recaudos municipales en SURI permitiría una mayor fiscalización y captación de ingresos, optimizando los procesos de cobro sin afectar la independencia financiera de los municipios.
En el proceso de evaluación del P. del S. 490, diversas entidades gubernamentales y organizaciones presentaron ponencias para analizar el impacto y viabilidad de la medida. Entre los participantes se encuentran la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), el Departamento de Hacienda, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y representantes de los municipios.
Las ponencias coincidieron en la importancia de establecer un mecanismo que garantice la estabilidad fiscal de los municipios y la eficiencia en la administración de los recaudos del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) municipal. Se destacó que la consolidación del cobro a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI) facilitaría el cumplimiento contributivo de los comerciantes y permitiría una mayor captación de ingresos sin afectar la autonomía fiscal de los municipios.
El Departamento de Hacienda expresó que la medida contribuiría a la simplificación del sistema tributario, reduciendo la carga administrativa para los contribuyentes y optimizando los procesos de fiscalización. La AAFAF, por su parte, indicó que la propuesta no representa un impacto presupuestario significativo, ya que no requiere asignaciones de fondos adicionales ni impone costos adicionales al Gobierno Central.
Los municipios que participaron en el proceso resaltaron la necesidad de contar con herramientas que les permitan gestionar sus ingresos de manera efectiva, asegurando que los recaudos sean transferidos íntegramente a sus cuentas sin intervención del Gobierno Central. También se enfatizó la importancia de establecer procedimientos administrativos uniformes para garantizar la transparencia en la gestión de los fondos municipales.
En cumplimiento de su responsabilidad y deber ministerial en el análisis y evaluación de la presente medida, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico ha determinado que el propósito de esta pieza legislativa ya fue atendido previamente por esta Comisión, a través de su medida homóloga presentada en la Cámara de Representantes.
El día 4 de abril de 2025, en la Cámara de Representantes de Puerto Rico se radicó el Proyecto de la Cámara 506 (P. de la C. 506), el cual propone enmendar el "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011" para establecer un acuerdo colaborativo entre el Departamento de Hacienda y los municipios, permitiendo que el cobro del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) municipal se realice a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI).
La mencionada pieza legislativa fue referida a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA, donde se atendió con la diligencia que corresponde, considerando su impacto en la administración fiscal y tributaria del país. Luego de evaluar los memoriales explicativos recibidos de las agencias pertinentes, la Comisión concluyó que el P. de la C. 506 cuenta con el aval del Departamento de Hacienda, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), quienes han expresado que la medida fortalece la autonomía fiscal de los municipios y optimiza la captación de ingresos a nivel municipal.
Dado que las medidas de administración suelen radicarse en ambos cuerpos legislativos, la Comisión recomienda que el trámite continúe con la versión presentada en la Cámara de Representantes, evitando la duplicidad legislativa y asegurando que el objetivo de la propuesta se cumpla bajo el marco de gestión fiscal previamente establecido.
Por lo tanto, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico somete el presente Informe Negativo sobre el P. del S. 490, estableciendo que la iniciativa ya está siendo atendida mediante el P. de la C. 506, el cual ha sido trabajado dentro del trámite legislativo correspondiente.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 490 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
Luego de evaluar el P. del S. 490 en el contexto legislativo y administrativo vigente, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico ha determinado que la medida ya ha sido atendida mediante el trámite del P. de la C. 498, el cual persigue los mismos objetivos y se encuentra en proceso legislativo.
Dado que se trata de una medida de administración, es práctica común que se radique en ambos cuerpos legislativos, pero se trabaje únicamente una de las versiones presentadas para evitar redundancias dentro de la Asamblea Legislativa. En este caso, el trámite ha continuado con el P. de la C. 498, por lo que la Comisión se ve imposibilitada de recomendar la aprobación del P. del S. 490, reconociendo que la propuesta ya ha sido consolidada en la medida presentada en la Cámara de Representantes.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, NO RECOMIENDA la aprobación del P. del S. 490.
Respetuosamente sometido,
Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESADocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.