RCC0073-i.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 3era Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 73

INFORME POSITIVO

30 de abril de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, tras un estudio y análisis de la Resolución Conjunta de la Cámara 73, rinde un Informe Positivo con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La Resolución Conjunta de la Cámara 73 (R.C. de la C. 73) propone ordenar a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR), en conjunto con la Junta Reguladora de los Centros para la Protección, Investigación, Tratamiento e Intervención, diseñar y ofrecer una campaña educativa dirigida a las madres, padres y encargados de la niñez sobre el problema del abuso sexual a menores de edad.

La medida dispone, además, que dicha campaña incluya información relacionada a las características físicas y emocionales de los menores víctimas de abuso sexual, los contextos en los cuales suelen ocurrir estos eventos y las características de posibles agresores, así como la participación de profesionales con preparación teórica y experiencia práctica conforme a la legislación vigente.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Exposición de Motivos de la medida plantea la necesidad de atender el problema del abuso sexual de menores mediante el fortalecimiento de los esfuerzos educativos dirigidos a madres, padres y encargados.

La Comisión reconoce que la intención de la medida es loable, toda vez que atiende un problema social de gran importancia y promueve la educación como herramienta esencial de prevención.

Asimismo, la evidencia presentada por las entidades consultadas, incluyendo el Departamento de la Familia y la Universidad de Puerto Rico, reafirma la necesidad de continuar desarrollando estrategias educativas de amplio alcance que permitan la detección temprana, la intervención oportuna y la reducción de riesgos asociados al abuso sexual infantil.

No obstante, la Comisión observa que la medida, en su redacción original, presenta áreas susceptibles de perfeccionamiento en cuanto a su delimitación operativa y consideraciones fiscales. En particular, la redacción inicial establecía un mandato directo a una entidad pública sin una asignación presupuestaria específica, lo que podría afectar su viabilidad y ejecución.

En atención a ello, mediante el entirillado que se acompaña, la Comisión propone modificar el lenguaje de la medida a los fines de sustituir el carácter mandatorio por uno exhortativo, permitiendo así que la implementación de la campaña educativa se realice conforme a la disponibilidad de recursos y en armonía con la capacidad operacional de las entidades concernidas.

De igual forma, las enmiendas propuestas atienden las preocupaciones sobre delimitación y ejecución, promoviendo una implementación más flexible, coordinada y consistente con la política pública vigente.

En ese sentido, la Comisión concluye que, con las enmiendas introducidas, la medida resulta viable y constituye un mecanismo adecuado para fortalecer los esfuerzos educativos dirigidos a la prevención del abuso sexual de menores.

ALCANCE DEL INFORME

Para el estudio y evaluación de la Resolución Conjunta de la Cámara 73, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes solicitó comentarios y ponencias a las siguientes entidades:

  1. Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR)
  2. Departamento de la Familia
  3. Universidad de Puerto Rico
  4. Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL)

Se recibieron y consideraron memoriales de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR), del Departamento de la Familia, de la Universidad de Puerto Rico (Presidencia), del Departamento de Psicología del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico y de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL).

Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR)

WIPR expresó su aval a la intención de la medida, reconociendo la importancia de desarrollar iniciativas educativas dirigidas a prevenir el abuso sexual de menores y fortalecer la orientación a madres, padres y encargados.

No obstante, advirtió que su capacidad para cumplir con el mandato propuesto está condicionada a la asignación de fondos específicos para su ejecución. En ese sentido, señaló que actualmente no recibe asignaciones del Fondo General, lo que limita significativamente su capacidad operativa y la producción de proyectos educativos adicionales.

Asimismo, indicó que la creación de una campaña de esta naturaleza conlleva costos asociados a la investigación, desarrollo de contenido especializado, contratación de profesionales clínicos, producción audiovisual, difusión multimedios y medición de impacto, los cuales no pueden ser absorbidos dentro de su presupuesto corriente.

En consecuencia, WIPR advirtió que, en ausencia de una asignación presupuestaria específica, el cumplimiento del mandato sería inviable.

Departamento de la Familia

El Departamento de la Familia respaldó la intención de la medida, destacando la importancia de fortalecer los esfuerzos de prevención y orientación en torno al abuso sexual de menores, a la luz del aumento en los casos reportados y su impacto en la salud física y emocional de la niñez.

En su memorial, enfatizó que la educación dirigida a madres, padres y encargados constituye una herramienta esencial para la detección temprana, la intervención oportuna y la reducción de riesgos asociados a este tipo de conductas.

No obstante, formuló recomendaciones dirigidas a mejorar la redacción de la medida, incluyendo la necesidad de utilizar lenguaje inclusivo y revisar disposiciones relacionadas a los requisitos aplicables a los profesionales que participen en la campaña.

Asimismo, su análisis refleja que ya existen programas, protocolos y esfuerzos interagenciales dirigidos a la prevención y manejo de casos de abuso sexual infantil, lo que sugiere la necesidad de armonizar la medida con la política pública vigente.

Universidad de Puerto Rico – Presidencia

La Universidad de Puerto Rico, a través de su Presidencia, expresó su respaldo a la medida, destacando la gravedad del problema del abuso sexual infantil y su impacto en el bienestar físico, emocional y social de las víctimas.

En su memorial, subrayó la importancia de adoptar estrategias educativas de amplio alcance dirigidas a la prevención, la identificación temprana de señales de abuso y la intervención oportuna, enfatizando el rol del Estado en la protección integral de la niñez.

Universidad de Puerto Rico, Departamento de Psicología (Recinto de Río Piedras)

El Departamento de Psicología del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico respaldó la medida desde una perspectiva clínica y de salud pública, destacando que el abuso sexual infantil constituye una de las formas más severas de violencia contra la niñez y tiene consecuencias profundas y duraderas en el desarrollo emocional, cognitivo y social de las víctimas.

En su memorial, enfatizó que la prevención y la educación comunitaria son herramientas fundamentales para reducir la incidencia de estos casos, señalando que la falta de información en los hogares contribuye a la invisibilidad del problema y dificulta su detección temprana.

Asimismo, presentó evidencia científica que demuestra que las intervenciones preventivas dirigidas a madres, padres y encargados pueden reducir el riesgo de maltrato infantil y mejorar la capacidad de respuesta ante situaciones de abuso.

De igual forma, destacó la responsabilidad del Estado de promover campañas educativas masivas como parte de su deber de proteger a la niñez, resaltando que la educación preventiva resulta más efectiva y menos costosa que la intervención posterior al daño ya consumado.

IMPACTO FISCAL

La medida no contiene una asignación presupuestaria específica ni un estimado del costo asociado a su implementación. Según el análisis de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), la propuesta podría generar costos asociados a la planificación, diseño, producción y difusión de la campaña educativa, los cuales dependen de factores variables como el alcance y los medios utilizados.

No obstante, las enmiendas introducidas mediante el entirillado permiten que la implementación de la medida se realice conforme a la disponibilidad de recursos, sin imponer obligaciones fiscales inmediatas ni compromisos presupuestarios adicionales al Estado. En ese sentido, la Comisión entiende que la medida, según enmendada, no representa un impacto fiscal significativo.

CONCLUSIÓN

Luego de evaluar la medida y los memoriales recibidos, esta Comisión concluye que la propuesta constituye una iniciativa meritoria dirigida a fortalecer la educación y prevención del abuso sexual de menores en Puerto Rico. La evidencia presentada por las entidades consultadas reafirma la importancia de promover estrategias educativas dirigidas a madres, padres y encargados como mecanismo esencial para la detección temprana y la protección de la niñez.

Si bien la medida presentaba limitaciones en su redacción original, las enmiendas incorporadas mediante el entirillado atienden de forma adecuada dichas preocupaciones, particularmente al ajustar su carácter mandatorio y permitir una implementación más viable y flexible. La Comisión reconoce, además, que este tipo de iniciativas constituye un ejercicio legítimo de las facultades de la Asamblea Legislativa para promover la educación, la prevención y el bienestar social.

En consideración a lo anterior, esta Comisión concluye que la medida, según enmendada, es viable y consistente con la política pública del Gobierno de Puerto Rico.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tras un estudio y análisis de la Resolución Conjunta de la Cámara 73, rinde un Informe Positivo con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido.

Hon. Víctor L. Parés-Otero

Presidente

Comisión de Gobierno

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.