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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 382
INFORME POSITIVO

25 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Agricultura; y de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución de Estatus del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 382, sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. del S. 382 tiene como propósito “Para enmendar la sección 1, de la Ley Núm. 77 de 5 de mayo de 1931, según enmendada, conocida como “Ley para Imponer un Derecho de Aportación al Café Extranjero que para Uso, Consumo y Venta se Importe en Puerto Rico”, a los fines de modificar las cantidades de los aranceles impuestos”.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la debida evaluación del proyecto de ley en cuestión, la Comisión de Agricultura del Senado de Puerto Rico solicitó los comentarios del Departamento de Agricultura, el Departamento de Hacienda y la entidad Empresas de Café LLC. Al momento de la redacción de este informe, únicamente se ha recibido comunicación por parte de Empresas de Café LLC. Ante la falta de expresión por parte del Departamento de Agricultura y del Departamento de Hacienda, se entenderá que dichas agencias no tienen objeción a la medida.

Empresas de Café LLC expresó su respaldo firme y categórico al proyecto de ley radicado el 14 de enero de 2025, que propone enmendar la Ley Núm. 77 de 5 de mayo de 1931 para modificar los aranceles al café importado en su forma cruda o semi-tostada.

La entidad considera que esta medida es estratégica y urgente para proteger a la industria local de torrefacción, el único eslabón funcional de la cadena de valor del café en Puerto Rico.

Entre las razones que fundamentan su apoyo destacan:

  1. Impulso a la industria local: La torrefacción genera empleos y tiene capacidad instalada con potencial de crecimiento, siempre que se garantice acceso competitivo a materia prima.
  2. Arancel estratégico: Se favorece un arancel reducido al café crudo y semi-tostado, mientras se mantiene uno mayor para el café ya tostado e instantáneo, protegiendo así la producción local.
  3. Neutralidad fiscal: La medida no representa pérdida de ingresos para el Gobierno de Puerto Rico, ya que los aranceles son recaudados por el Servicio de Aduanas Federal.
  4. Realismo agrícola: Ante la insuficiencia de café local para suplir el mercado, imponer altos aranceles al café importado afectaría negativamente a la industria sin beneficiar significativamente al agricultor.
  5. Estabilidad ante mercados internacionales: La medida ayudaría a mitigar el impacto de las fluctuaciones globales en los precios del café, fortaleciendo la competitividad de las empresas locales frente a corporaciones extranjeras.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

Del análisis realizado por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, no surge que la medida tenga impacto fiscal sobre las finanzas municipales.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Agricultura, tras evaluar los argumentos presentados, concluye que el Proyecto del Senado 382 cumple con el objetivo de fortalecer la industria local de torrefacción, promover el valor añadido en Puerto Rico y responder de manera responsable a la realidad agrícola y económica actual. La propuesta de ajuste arancelario no representa una carga fiscal para el Gobierno de Puerto Rico y, por el contrario, ofrece una herramienta estratégica para mejorar la competitividad de nuestras empresas frente a los retos del mercado internacional.

Por todo lo anterior, la Comisión de Agricultura; y de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución de Estatus del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 382, sin enmiendas.

Respetuosamente Sometido,

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Hon. Jeison Rosa Ramos Hon. Carmelo Ríos Santiago

Presidente Presidente

Comisión de Agricultura Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución de Estatus.

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