GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 384
INFORME POSITIVO
24 DE JUNIO DE 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tras el correspondiente análisis y evaluación, recomienda a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto del Senado número 384 (en adelante, P. del S. 384), mediante el presente Informe Positivo, incorporando, además, las enmiendas sugeridas en el título y contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.
Para añadir un nuevo inciso (24) al Artículo 6 de la Ley 51-1996, según enmendada, conocida como “Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos”, con el propósito de conferirle al Departamento de Educación, en coordinación con el Departamento de la Familia y el Departamento de Recreación y Deportes, la responsabilidad de ofrecer campamentos de verano para niños con impedimentos en igualdad de condiciones que la población general, durante los meses de junio y julio de cada año. Disponer que los referidos campamentos, estarán sujetos a las disposiciones legales y reglamentarias promulgadas al amparo de la Ley 163-2016, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Licenciamiento y Supervisión de Campamentos Públicos y Privados y de Actividades Deportivas y Recreativas en Puerto Rico”, y a cualquier otra aplicable; y para otros fines relacionados; para añadir un nuevo inciso (i) al Artículo 19 de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de especificar qué cosas deben incluirse en la planificación y desarrollo de áreas recreativas y parques habilitados para niños con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
La Exposición de Motivos de la pieza legislativa presentada destaca que, en Puerto Rico, las personas con diversidad funcional y aquellas con condiciones del espectro del autismo enfrentan desafíos significativos y persistentes que afectan su calidad de vida, su acceso a oportunidades y su inclusión plena en la sociedad. Actualmente, los servicios dirigidos a esta población se ofrecen desde estructuras y programas que, en gran medida, operan de forma aislada entre sí y separados de los sistemas que atienden a la población general. Esta fragmentación limita la efectividad de los esfuerzos gubernamentales y comunitarios, crea duplicidad de funciones, y dificulta una atención integral, continua y coordinada a lo largo del ciclo de vida de las personas con diversidad funcional.
En contraste, la tendencia en la mayoría de los estados y jurisdicciones de los Estados Unidos ha sido consolidar estas funciones bajo estructuras integradas, lo cual permite una mejor coordinación de servicios, mayor eficiencia en el uso de los recursos y, sobre todo, una atención equitativa para esta población. La realidad demográfica de Puerto Rico hace impostergable una transformación similar. Según datos del American Community Survey del 2022, aproximadamente 784,567 personas —el 24.6% de la población en la Isla— viven con algún tipo de reto funcional. De estas, solo el 19% cuenta con empleo a tiempo completo durante todo el año, una cifra considerablemente más baja que el promedio nacional de 30%. Además, un alarmante 49% de esta población vive bajo el nivel de pobreza, comparado con el 28% a nivel nacional.
Este panorama evidencia una clara desventaja estructural que requiere atención urgente. La falta de una política pública coherente y de un sistema interagencial coordinado ha perpetuado la exclusión y ha limitado el potencial de estas personas para desarrollarse plenamente y vivir de manera independiente y digna. Por tanto, el P. del S. 384 representa un paso crucial hacia la equidad y justicia social para esta población históricamente marginada, al proponer la inclusión y el desarrollo de campamentos de verano accesibles para todo tipo de estudiante, incluyendo a niños y niñas con diversidad funcional, en igualdad de condiciones que la población general.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El P. del S. 384 fue radicado el 4 de marzo de 2025 y referido a la Comisión de Educación el mismo día, 10 de junio de 2025.
Para la evaluación y análisis de la referida medida fue realizada una vista pública, así como, presentado Memoriales Explicativos de: Departamento de Educación de Puerto Rico, Departamento de la Familia, Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico y la Asociación de Maestros de Puerto Rico.
En cumplimiento con nuestra responsabilidad legislativa y con el propósito de obtener el aporte necesario dichos memoriales fueron evaluados y analizados para propósitos de la redacción de este informe bajo nuestra consideración, además fueron acogidas las recomendaciones vertidas y surgidas de la vista pública celebrada para estos fines.
A continuación, se presenta un resumen detallado de los comentarios proporcionados por el Departamento de Educación de Puerto Rico y entidades antes mencionadas.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
La medida busca conferirle al Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante, D.E.P.R.), en colaboración con el Departamentos de la Familia y el Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico (en adelante, D.R.D.), la responsabilidad de ofrecer campamentos de verano para niños con impedimentos durante los meses de junio y julio, garantizando igualdad de condiciones con la población general. Esta iniciativa se basa en el éxito de programas anteriores, como el "Verano Educativo", que ha abordado el rezago académico mediante diversas ofertas recreativas y educativas. Además, el programa de Educación Especial proporciona servicios más allá del calendario escolar regular para evitar regresiones significativas en los estudiantes con discapacidades.
La implementación de estos campamentos podría impactar positivamente a un mayor número de estudiantes, utilizando centros de formación deportiva adaptada como sedes. Sin embargo, se debe considerar el impacto presupuestario que conllevaría, incluyendo la necesidad de personal adicional y servicios de transporte. El D.E.P.R. se compromete a evaluar medidas que mejoren los servicios educativos, añade que la medida debe establecer que el ofrecimiento de estos campamentos de verano recreativo se realiza en el periodo de veinte (20) días. El D.E.P.R. indica estar listo para trabajar en conjunto con las demás agencias para mediante acuerdos colaborativos cumplir con la referida medida legislativa.
DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
El memorial del Departamento de la Familia presenta una evaluación de la medida que busca establecer campamentos de verano para niños con impedimentos, destacando tanto sus beneficios como sus desafíos. Se reconoce que la implementación de estos campamentos podría ofrecer oportunidades significativas para el desarrollo y la inclusión de estos niños en actividades recreativas y educativas, alineándose con el objetivo de garantizar igualdad de condiciones con la población general. Sin embargo, el Departamento también señala preocupaciones sobre el impacto presupuestario que conllevaría la medida, incluyendo la necesidad de reclutar personal adicional y asegurar recursos para transporte y seguridad.
En conclusión, aunque la recomendación es positiva en términos de los beneficios potenciales para los niños con impedimentos, se sugiere que se realicen evaluaciones exhaustivas sobre la viabilidad financiera y logística antes de proceder con la implementación. El Departamento de la Familia dejó claramente establecida su intención de participar activamente en el desarrollo e implementación de la medida en cuestión, reiterando su plena disposición para colaborar y formalizar acuerdos interagenciales que viabilicen su ejecución de manera eficaz y coordinada.
DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES
El memorial del Departamento de Recreación y Deportes (en adelante, D.R.D.) destaca la importancia de los 39 Centros de Formación Deportiva adaptada que operan actualmente, los cuales fomentan la actividad física en personas con diversidad funcional. Esta infraestructura proporciona una base sólida para la expansión de servicios a través de campamentos inclusivos durante el verano.
El D.R.D. cuenta con experiencia y personal capacitado para implementar estos programas de manera inmediata. Además, se establecen parámetros específicos para el desarrollo de parques inclusivos que aseguran la accesibilidad y la integración social, alineándose con los estándares de la Americans with Disabilities Act (ADA). Sin embargo, se enfatiza la necesidad de una colaboración estrecha entre el Departamento de Educación, el Departamento de la Familia y el D.R.D., así como la asignación de recursos adecuados para garantizar la sostenibilidad del programa. Se recomienda la creación de un Comité Interagencial Permanente para coordinar los esfuerzos, definir criterios uniformes para la acreditación de campamentos y asegurar recursos específicos para esta iniciativa. En conclusión, el D.R.D. apoya la medida, considerándola una oportunidad para fortalecer la política pública sobre accesibilidad y justicia social a través de la recreación.
ASOCIACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO
El memorial de la Asociación de Maestros de Puerto Rico (en adelante, A.M.P.R.) expresa su apoyo a las modificaciones a la Ley Núm. 51-1996, destacando la urgencia de atender a una población que ha enfrentado históricamente el abandono sistémico. La A.M.P.R. favorece el P. del S. 384, siempre que se identifiquen las partidas económicas necesarias para su implementación. Se reconoce que las personas con discapacidades y deficiencias en el desarrollo enfrentan serias dificultades en áreas como movilidad, educación y servicios recreativos, debido a la falta de inclusión en los procesos existentes.
El proyecto promueve la coordinación entre agencias para ofrecer campamentos de verano, utilizando instalaciones ya adaptadas, lo que evitaría la duplicación de esfuerzos y facilitaría el acceso a servicios integrales. Además, se valora el enfoque en el desarrollo emocional, social y cultural de los participantes, lo que simplificaría la vida de estas familias. La A.M.P.R. subraya la importancia de que los fondos para este esfuerzo provengan de fuentes legislativas y no del presupuesto del Departamento de Educación de Puerto Rico, asegurando así la sostenibilidad del programa. En conclusión, la A.M.P.R. apoya esta iniciativa, considerándola esencial para promover la equidad y el bienestar de las poblaciones con diversidad funcional.
DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO
Conforme el análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Educación entiende que la aprobación de esta medida no tendrá impacto fiscal sobre los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades, o corporaciones públicas, que amerite certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, toda vez que las agencias utilizaran recursos existentes, realizaran acuerdos colaborativos, todo como parte de sus ofrecimientos y responsabilidades.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
La Comisión de Educación ha realizado un análisis de todas las comunicaciones recibidas en torno al P. del S. 384. Luego de analizar detenidamente el contenido del P. del S. 384, así como las ponencias recibidas por parte del Departamento de Educación de Puerto Rico, Departamento de Recreación y Deportes, Departamento de la Familia y Asociación de Maestros de Puerto Rico, esta Comisión concluye que la medida propuesta es necesaria, meritoria y está justificada en su propósito de atender un esfuerzo legislativo integral y visionario para atender de forma coordinada y equitativa las necesidades de la población con diversidad funcional en Puerto Rico. Esta medida reconoce la urgencia de romper con el modelo fragmentado de servicios, y propone una estructura más eficiente y centralizada que favorezca la inclusión, la continuidad en los servicios, y la equidad en el acceso a oportunidades educativas, recreativas y sociales.
La propuesta de establecer campamentos de verano inclusivos bajo la coordinación del Departamento de Educación de Puerto Rico, en colaboración con el Departamento de la Familia y el Departamento de Recreación y Deportes, es beneficioso para lograr el objetivo de la medida. Estos campamentos no solo reforzarían el desarrollo académico y emocional de los niños con impedimentos, sino que también facilitarían su integración plena en la sociedad, utilizando recursos existentes como los Centros de Formación Deportiva adaptada del Departamento de Recreación y Deportes.
Las agencias concernidas han expresado su disposición a identificar, colaborar y reconocen el valor social y educativo de la medida. Además, la creación de un Comité Interagencial, como sugieren las agencias, contribuiría a una implementación ordenada, sostenible y alineada con los principios de accesibilidad e inclusión establecidos por las leyes federales y estatales.
La Asociación de Maestros de Puerto Rico también respalda la iniciativa, considerándola esencial para promover la equidad y el bienestar de las poblaciones con diversidad funcional.
Como parte de este insumo y análisis fueron acogidas varias de las recomendaciones interagenciales, para asegurar el éxito y la sostenibilidad de esta medida que es parte de la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico.
Por tanto, a la luz de los beneficios sociales, educativos y de inclusión que ofrece esta medida, así como del apoyo expresado por las agencias pertinentes y las organizaciones profesionales, la Comisión de Educación recomienda favorablemente la aprobación de la P. del S. 384, mediante el presente Informe Positivo, incorporando, además, las enmiendas sugeridas en el título y contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Tatiana Pérez Ramírez
Presidenta
Comisión de Educación
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