GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 389
INFORME POSITIVO
12 de mayo de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, (en adelante "Comisión") previo estudio y consideración del P. del S. 389, recomienda su aprobación, con las enmiendas, en el Entirillado Electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 389 tiene como propósito enmendar el apartado (a)(3)(L) inciso (iii) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, a los fines de conferirle exención contributiva a las obligaciones emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan, una entidad sin fines de lucro, cuyos fondos serán utilizados en la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan; y para otros fines relacionados.
ALCANCE DEL INFORME
Este informe tiene como objetivo enmendar el apartado (a)(3)(L), inciso (iii) de la Sección 1031.02 del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico. Con esta propuesta, se pretende incluir al Patronato de Monumentos de San Juan como entidad emisora de obligaciones cuyos intereses estarán libres de tributación, facilitando así la captación de recursos para la restauración y preservación de la Catedral Metropolitana Basílica de San Juan Bautista.
El análisis parte de la relevancia histórica y cultural de la Catedral, destacándola como un baluarte de la historia y cultura puertorriqueña. Fundada en 1521 y reconstruida en 1529, la Catedral ha enfrentado retos significativos, especialmente tras los daños ocasionados por los huracanes Irma y María. Estos eventos climáticos comprometieron su estructura y provocaron pérdidas importantes en su patrimonio, subrayando la urgencia de implementar medidas que aseguren su conservación.
Desde el punto de vista fiscal, el impacto de la exención contributiva en los recaudos públicos es analizado cuidadosamente. Aunque la renuncia a ingresos generados por estas obligaciones es mínima, los posibles beneficios derivados de la medida son sustanciales. Entre ellos se destaca el potencial de dinamizar el turismo cultural y religioso, un sector clave que podría fortalecerse con una Catedral restaurada y accesible. Además, se proyecta la creación de empleos especializados en la restauración patrimonial, contribuyendo así al desarrollo económico local.
Otro aspecto importante del análisis se enfoca en la capacidad de la medida para atraer inversión. La inclusión de exenciones tributarias hace más atractivas las obligaciones emitidas por el Patronato, motivando la participación de inversionistas privados y entidades filantrópicas que estén interesadas en apoyar la conservación de este monumento histórico. Este mecanismo financiero no solo garantiza la continuidad de los trabajos de restauración, sino que también fomenta una colaboración sólida entre el Estado y las organizaciones sin fines de lucro dedicadas a la protección del patrimonio.
ANALISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA
La Catedral Metropolitana Basílica de San Juan Bautista, construida originalmente en 1521 y reconstruida en 1529, es uno de los símbolos históricos, arquitectónicos y religiosos más destacados, con gran relevancia para Puerto Rico y toda América. Este emblemático monumento alberga los restos del explorador Juan Ponce de León y ha sido reconocido como Patrimonio de la Humanidad por el gobierno de los Estados Unidos desde 1977. Sin embargo, su conservación ha sido una tarea monumental debido al paso del tiempo y, más recientemente, a los daños significativos ocasionados por los huracanes Irma y María en 2017, que afectaron su estructura y ocasionaron pérdidas patrimoniales irreparables en ciertas áreas.
A pesar de los avances logrados a través de iniciativas comunitarias y donaciones privadas lideradas por el Patronato de Monumentos de San Juan, la magnitud del proyecto de restauración y mantenimiento requiere herramientas adicionales que aseguren su sostenibilidad. Esto incluye mecanismos fiscales que permitan canalizar mayores recursos, garantizar la preservación de la Catedral y culminar las etapas pendientes de restauración con éxito.
El Proyecto del Senado 389 busca abordar estas necesidades mediante una enmienda al apartado (a)(3)(L), inciso (iii) de la Sección 1031.02 del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, que propone incluir al Patronato de Monumentos de San Juan como entidad emisora de obligaciones exentas de tributación. La medida estipula que los ingresos generados por estas obligaciones estarán excluidos del ingreso bruto, preservando la exención contributiva independientemente del origen de los fondos utilizados para el pago de intereses. Esto no solo proporciona seguridad jurídica a los emisores y atractivos fiscales para los inversionistas, sino que también promueve la colaboración entre el Estado y las entidades sin fines de lucro en la gestión de patrimonio histórico.
En términos fiscales, esta enmienda representa una renuncia mínima de recaudos públicos, limitada únicamente a ingresos provenientes de obligaciones específicas emitidas con propósitos no lucrativos. Por el contrario, tiene el potencial de generar beneficios económicos indirectos significativos, como el aumento del turismo cultural y religioso, la creación de empleos especializados en restauración patrimonial y el fortalecimiento de la identidad cultural. El impacto positivo en estas áreas puede superar ampliamente cualquier pérdida marginal de ingresos tributarios.
La medida también refuerza la política pública de promoción del patrimonio histórico mediante la creación de instrumentos financieros que atraigan recursos privados hacia proyectos de alto interés cultural. Al incluir al Patronato de Monumentos de San Juan en el listado de entidades emisoras de obligaciones exentas, se legitima y fortalece su capacidad de gestión y recaudación, lo que contribuye directamente al progreso y sostenibilidad de sus iniciativas.
Desde una perspectiva estratégica, el Proyecto del Senado 389 se posiciona como un modelo para incentivar el desarrollo cultural y social mediante la articulación de mecanismos fiscales responsables. Su enfoque no solo resuelve las necesidades urgentes de restauración de la Catedral, sino que establece un precedente legislativo para atender proyectos similares en el futuro.
Por último, la medida garantiza que la Catedral Metropolitana Basílica de San Juan Bautista siga siendo un símbolo de resiliencia y legado histórico para las generaciones actuales y futuras. Su protección no solo es un deber patrimonial, sino una oportunidad para integrar la riqueza cultural de Puerto Rico al desarrollo económico a través de programas de turismo cultural y religioso, beneficiando tanto a la economía local como a la proyección internacional del país.
MEMORIAL EXPLICATIVO
PATRONATO DE MONUMENTOS DE SAN JUAN
RICARDO F. GONZÁLEZ - PRESIDENTE
El Patronato de Monumentos de San Juan compareció ante la Comisión para expresar su apoyo firme y entusiasta a la aprobación del Proyecto del Senado 389. En su memorial explicativo, destacó la importancia de contar con herramientas fiscales que faciliten la captación de recursos para proteger la Catedral Metropolitana Basílica de San Juan Bautista, una estructura icónica con más de 500 años de historia.
La entidad subrayó que la medida propuesta es fundamental para culminar las etapas pendientes de restauración y garantizar la preservación del monumento para las generaciones futuras. Además, enfatizó que la exención contributiva planteada no representa un impacto fiscal significativo para el gobierno, pero sí puede generar beneficios indirectos importantes, como el desarrollo del turismo cultural y religioso, la creación de empleos en el ámbito de la restauración patrimonial y el fortalecimiento del sentido de identidad cultural.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico certifica que el P. del S. 389 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 389, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que le acompaña.
Respetuosamente sometido,
Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESADocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.