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GOBIERNO DE PUERTO RICO

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SENADO DE PUERTO RICO
P. de la C. 396

INFORME POSITIVO 

7 de abril de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 396, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación, sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 396 propone enmendar los Artículos 2, 4, 5 y 6, y añadir un nuevo Artículo 13, y reenumerar los siguientes artículos de la Ley 168-2018, según enmendada, conocida como la "Ley para el Uso de la Telemedicina y la Telesalud en Puerto Rico"; para enmendar los Artículos 2, 4 y 5 de la Ley 48-2020, según enmendada, conocida como la "Ley para Regular la Ciberterapia en Puerto Rico"; a los fines de establecer que cualquier médico o profesional de la salud con licencia vigente en Puerto Rico no requerirá una certificación para ejercer la Telemedicina, la Telesalud ni las profesiones afines a la Ciberterapia; para ordenar al Departamento de Salud y demás organismos rectores, la enmienda de los reglamentos correspondientes; y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Según se desprende de la Exposición de Motivos de la medida, la salud es un derecho fundamental de todos los ciudadanos y el Estado tiene la responsabilidad indelegable de garantizar un acceso oportuno y eficiente a los servicios de salud. La evolución tecnológica ha transformado significativamente la prestación de estos servicios, consolidando la Telemedicina, la Telesalud y la Ciberterapia como herramientas innovadoras, y esenciales para mejorar la accesibilidad, eficiencia y continuidad del cuidado médico en Puerto Rico. En este contexto, se hace imperativo enmendar la Ley 168-2018, según enmendada, conocida como la "Ley para el Uso de la Telemedicina y la Telesalud en Puerto Rico" (en adelante, "Ley 168-2018") y la Ley para Regular la Ciberterapia de Puerto Rico (en adelante, "Ley 48-2020"), con el propósito de eliminar barreras regulatorias innecesarias que obstaculizan su implementación plena.

Destaca también la Exposición de Motivos, que tanto la Telemedicina, la Telesalud y la Ciberterapia, juegan un papel clave al facilitar la comunicación efectiva entre pacientes y proveedores de salud, optimizando la eficiencia de los servicios y reduciendo las desigualdades en el acceso a la atención médica, además de que la integración de tecnologías digitales permite llevar la atención médica a comunidades vulnerables y a poblaciones con limitaciones de movilidad, facilitando el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de manera remota, sin comprometer la calidad del servicio.

Actualmente, la Ley 168-2018 exige que los médicos y otros profesionales de la salud, debidamente autorizados a ejercer en Puerto Rico, obtengan una certificación adicional para la práctica de la Telemedicina y Telesalud, a pesar de contar con las licencias válidas otorgadas por los organismos reguladores pertinentes. Por su parte, la Ley 48-2020, le impone a los profesionales debidamente licenciados y autorizados en Puerto Rico en disciplinas como: fisioterapia, terapia ocupacional, terapia del habla-lenguaje, psicología, consejería, trabajador social, consejería en rehabilitación y terapia educativa, la obligación de obtener una certificación particular para ejercer la ciberterapia. Esta duplicidad de requisitos impone trabas innecesarias a la adopción y práctica de estas modalidades, limitando el acceso de los pacientes a servicios médicos más eficientes y accesibles.

Buscando solucionar esta situación, esta pieza legislativa propone que cualquier médico o profesional de la salud con licencia vigente en Puerto Rico, según corresponda, pueda ejercer la Telemedicina, la Telesalud y/o la Ciberterapia sin necesidad de una certificación adicional. Además, ordena al Departamento de Salud y demás organismos rectores, revisar y enmendar los reglamentos aplicables para armonizarlos con esta disposición, eliminando obstáculos administrativos innecesarios y promoviendo el uso efectivo de estas tecnologías en beneficio de la ciudadanía.

ALCANCE DEL INFORME

Atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación del presente Proyecto, la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico evaluó el Memorial Explicativo remitido por el Departamento de Salud el cual resulta relevante al proceso de análisis de la medida ante nos. Cabe destacar, que el Memorial utilizado fue remitido a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes. Asimismo, examinamos los memoriales remitidos por la Asociación Médica de Puerto Rico y la Asociación de Hospitales de Puerto Rico, los cuales se expresaron en torno al P. del S. 415, medida homóloga presentada ante el Senado de Puerto Rico. Finalmente, examinamos el Informe Positivo y el Entirillado Electrónico cursado por el Cuerpo Hermano sobre la medida. 

Resaltamos, que la presente pieza legislativa es un proyecto de Administración, por lo que el asunto atendido forma parte del Programa de Gobierno propuesto por la Gobernadora y avalado por el Pueblo de Puerto Rico.

A continuación, presentaremos un resumen de los argumentos y comentarios esbozados por las diferentes agencias y entidades consultadas durante el proceso de evaluación de la medida en referencia.  

DEPARTAMENTO DE SALUD

Luego de examinar la pieza legislativa de referencia, el Departamento de Salud presentó su Memorial Explicativo por conducto de su Secretario, Víctor Ramos Otero, expresando su endoso a favor de la aprobación de la medida. 

El Departamento de Salud resaltó ser la única entidad cuya obligación ineludible es garantizar la salud de toda la población, siendo responsable de la regulación de la política pública del Gobierno de Puerto Rico en relación con los asuntos de salud integral en la Isla. Enfatizó, que esta labor no se limita a la intervención a través de la implementación de políticas públicas, sino que también abarca un enfoque preventivo al examinar los factores que constituyen los determinantes sociales de la salud, los cuales influyen en el desarrollo de dichas políticas. Desde esta óptica, reconoce y defiende la salud como un derecho fundamental de todos los individuos en todas las dimensiones que abarca.

En cuanto al Proyecto, destacó que representa un avance significativo hacia la modernización del sistema de salud en Puerto Rico al eliminar barreras regulatorias, se espera una mayor adopción de tecnologías digitales, lo que puede mejorar la eficiencia y el acceso a la atención médica. Considera, que la eliminación de requisitos de certificación adicionales facilitará el acceso a servicios médicos para los pacientes, especialmente en áreas rurales o comunidades vulnerables, donde la atención médica puede ser limitada.

Basado en lo anterior, el Departamento de Salud expuso que la pieza legislativa representa una iniciativa fundamental con el potencial de revolucionar la provisión de servicios de salud en Puerto Rico. Asimismo, es de la opinión que al promover el uso de Telemedicina y Ciberterapia, se pretende aumentar la accesibilidad, la calidad y la continuidad de la atención médica, lo que resultará en beneficios para una amplia porción de la población.

Asociación Médica de puerto rico

Esta Ilustre Comisión tuvo la oportunidad de examinar los comentarios remitidos por la Asociación Médica de Puerto Rico quien presentó su Memorial Explicativo por conducto de su Presidente, Yussef Galib-Frangie Fiol, expresando un firme endoso a favor de la aprobación de la medida, al considerar que facilita el ejercicio de la telemedicina y la ciber-terapia en nuestra isla. En un contexto donde el acceso a servicios médicos es vital, esta medida representa un paso crucial hacia la modernización y mejora en la atención sanitaria de nuestro pueblo.
La Asociación Médica enumeró las razones que, a su entender, justifican la aprobación de esta pieza legislativa:
Facilitación del Acceso a la Atención Médica: Puerto Rico enfrenta un reto significativo en la disponibilidad de profesionales de la salud. La escasez de médicos, especialmente en áreas rurales y desatendidas, limita el acceso a atención médica oportuna para muchos ciudadanos. Al eliminar la necesidad de certificaciones adicionales para ejercer telemedicina y ciber-terapia, se facilitará que más profesionales puedan ofrecer sus servicios de manera inmediata y efectiva, asegurando que las personas reciban la atención que necesitan sin demoras innecesarias.
Adaptación a las Nuevas Realidades Sanitarias: La pandemia del COVID-19 subrayó la necesidad de servicios de salud flexibles y accesibles. La telemedicina se ha establecido como una herramienta clave para mantener la continuidad de la atención. Al permitir que cualquier médico con licencia vigente en Puerto Rico ofrezca estos servicios, garantizamos que nuestra infraestructura de salud esté mejor preparada para enfrentar futuros desafíos y emergencias sanitarias.
Mejora en la Calidad de Vida: La salud mental y el bienestar son igualmente importantes en el contexto de la ciber-terapia. Al permitir que más profesionales se integren en este ámbito, se pueden ofrecer servicios de salud mental de manera más accesible, lo que contribuye a una mejor calidad de vida para los puertorriqueños. La eliminación de barreras regulatorias permitirá que más personas accedan a la ayuda que necesitan, especialmente en un momento en el que la salud mental se ha vuelto una prioridad.
Regulación y Supervisión Adecuada: Este proyecto también establece un marco para que el Departamento de Salud y otros organismos reguladores actualicen los reglamentos necesarios. Esto asegura que, aunque se eliminen ciertas barreras, se mantenga un estándar de calidad y seguridad en la prestación de servicios de salud, protegiendo a la población y garantizando la integridad del ejercicio profesional.
La Asociación Médica concluyó sus comentarios reiterando que el proyecto representa una oportunidad invaluable para fortalecer nuestro sistema de salud. Añadió, que al facilitar el acceso a la telemedicina y la ciber-terapia, estaríamos, no solo respondiendo a una necesidad urgente, sino también adaptándonos a un futuro donde la tecnología y la salud se entrelazan de manera insoslayable.

Asociación de Hospitales de Puerto Rico

La Asociación de Hospitales de Puerto Rico cursó sus comentarios a esta Distinguida Comisión, representados por su Director Ejecutivo, Jaime Plá Cortés, expresando su firme apoyo a la aprobación de esta piza legislativa. 
La Asociación expuso, que esta iniciativa no solo representa un avance significativo hacia la modernización del sistema de salud en la isla, eliminando barreras burocráticas innecesarias que han limitado el acceso a servicios médicos esenciales, sino que también constituye una herramienta clave para retener y atraer talento médico en Puerto Rico. Es de la opinión que, al simplificar los requisitos para la práctica de estas modalidades, el proyecto permite a los profesionales ampliar su alcance y flexibilidad, incentivándolos a permanecer y desarrollar sus carreras en nuestro sistema de salud.

Indicó, que actualmente, la Ley 168-2018 exige que los profesionales obtengan una certificación adicional para practicar la Telemedicina y Telesalud, a pesar de contar con licencias vigentes otorgadas por los organismos reguladores correspondientes. De manera similar, la Ley 48-2020 impone requisitos duplicativos para disciplinas como fisioterapia, psicología y trabajo social, entre otras. En cuanto a esto, considera que estas exigencias no solo representan un obstáculo administrativo que desincentiva la adopción de tecnologías innovadoras, sino que también contribuyen a la fuga de profesionales que buscan entornos con menos trabas regulatorias para ejercer. Añadió,
 que la eliminación de estos trámites redundantes es fundamental para crear un marco más atractivo que retenga a nuestros médicos, terapeutas y especialistas, permitiéndoles expandir sus prácticas sin cargas burocráticas injustificadas.

La Asociación de Hospitales señaló, además, que estos profesionales ya han demostrado su competencia a través de los procesos de licenciamiento existentes, por lo que esta medida ofrece a los profesionales nuevas oportunidades de crecimiento y colaboración, factores clave para su permanencia en el sistema local.

No obstante, enfatizó, que materializar plenamente estos beneficios, es imprescindible garantizar que las aseguradoras cubran de forma consistente estos servicios y en igualdad de condiciones que las consultas presenciales. Destacó, que la certidumbre en la remuneración es esencial tanto para la sostenibilidad financiera de las instituciones como para la estabilidad laboral de los profesionales.

Concluyó, resaltando que la aprobación de esta medida, no solo modernizará nuestro sistema de salud, sino que sentará las bases para un entorno más favorable al talento médico, donde los profesionales puedan desarrollarse sin limitaciones innecesarias. 


IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno certifica que el P. de la C. 396 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES

La tecnología juega un papel crucial en la salud de los puertorriqueños al mejorar el diagnóstico, tratamiento, acceso a servicios y la calidad de vida de los pacientes, permitiendo diagnósticos más precisos y tratamientos más efectivos, así como la Telesalud y Telemedicina para comunidades remotas.

La Telesalud consiste en el uso de las tecnologías digitales de la información y la comunicación para acceder a servicios de atención médica de forma remota y gestionar cuidados médicos a los pacientes. Por su parte, la Telemedicina es solo una parte de los servicios de Telesalud. Aunque la Telemedicina se centra en la atención médica, la Telesalud utiliza la misma tecnología para proporcionar una mayor variedad de servicios de salud de una gama más amplia de proveedores. 

Entre los beneficios se destacan:
Mayor acceso a la atención, al permitir a las personas recibir atención médica desde cualquier lugar;
Garantizar que los servicios se brinden con mayor facilidad o estén más al alcance de las personas con capacidades limitadas de movimiento, tiempo o transporte;
Atención más segura, toda vez que ayuda a reducir la exposición al riesgo de contagio de enfermedades infecciosas, al permitir que los pacientes reciban atención médica sin tener que acudir a un centro de salud;
Brindar servicios de atención médica primaria para muchas afecciones;
Mejor gestión de enfermedades crónicas, a través de monitoreo remoto y consultas virtuales;
Reducción de costos, al evitar desplazamientos y consultas innecesarias; 
Facilita la continuidad del cuidado, toda vez que le permite a los profesionales de la salud seguir el progreso de los pacientes entre consultas, lo que puede mejorar la calidad de la atención y la satisfacción del paciente;
Mejorar la comunicación y la coordinación del cuidado médico entre los miembros de un equipo de atención médica y el paciente;
Apoyo a la salud pública, ayudando a controlar epidemias, monitorear la salud de la población y responder a emergencias;
Además, se puede ofrecer orientación nutricional para problemas de alimentación o peso, consejería en salud mental para ansiedad, depresión u otros problemas, entre otros.

A través de este Proyecto, se reafirma el compromiso con la modernización del sistema de salud, eliminando barreras burocráticas que limitan el acceso a los servicios médicos y fomentando el uso de tecnologías innovadoras para garantizar una atención médica accesible, eficiente y de calidad. Además, se crean condiciones más atractivas que viabilicen la retención de nuestros médicos, terapeutas y especialistas.

A raíz de lo anterior, esta Ilustre Comisión coincide con lo propuesto en la presente pieza legislativa, toda vez que su aprobación constituye un avance en la modernización de los procesos para facilitar que los pacientes puedan recibir servicios de Telemedicina, Telesalud y Ciberterapia, eliminando la duplicidad de requisitos y trabas innecesarias a la adopción y práctica de estas modalidades. 
CONCLUSIÓN

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, luego de la consideración correspondiente, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe, RECOMENDANDO LA APROBACIÓN del Proyecto de la Cámara 396 sin enmiendas. 

Respetuosamente sometido,

Juan Oscar Morales
Presidente
Comisión de Salud

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