GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 200 13 DE MARZO DE 2025 Presentada por el representante Muriel Sánchez Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado en que se encuentran la carreteras, avenidas, caminos, calles, autopistas, puentes, túneles y cualquier otra infraestructura vehicular en los municipios de Yabucoa, Maunabo, Patillas y San Lorenzo que componen el Distrito Representativo Núm. 34; proponer acciones para su rehabilitación y estrategias preventivas de mantenimiento; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Es política pública del Gobierno de Puerto Rico mantener en óptimas condiciones las carreteras públicas de nuestra Isla para el bienestar y seguridad de las personas que transitan las diferentes vías de rodaje. En el Artículo 2 de la Ley 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, conocida como "Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico", se establece la creación de dicha Autoridad, con el propósito de "continuar la obra de gobierno de dar al pueblo las mejores carreteras y medios de transportación, facilitar el movimiento de vehículos y personas, aliviar en todo lo posible los peligros e inconvenientes que trae la congestión en las carreteras". Sin embargo, las condiciones de las carreteras no son las óptimas. Es por lo que resulta indispensable que la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico investigue las condiciones de las carreteras de dichos municipios con énfasis en carreteras impactadas por los derrumbes ocasionados por los huracanes que recientemente nos han afectado y por la falta de postes y alumbrados (infraestructura eléctrica) producto de éstos . Es necesario indagar, sobre los planes de trabajo para la reparación y mantenimiento de estas, de manera que los ciudadanos de dicho distrito puedan contar con una verdadera calidad de vida y puedan transitar seguros por las carreteras de nuestro país. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes, realizar una investigación sobre el estado en que se encuentran las carreteras, avenidas, caminos, calles, autopistas, puentes, túneles, y cualquier otra infraestructura vehicular bajo la jurisdicción estatal, en los municipios de Yabucoa, Maunabo, Patillas y San Lorenzo, que componen el Distrito Representativo Núm. 34, con énfasis en la Carr. PR-901 que discurre de Yabucoa a Maunabo (Bo. Camino Nuevo) al igual que la Carr. PR-184 (Patillas), la Carr. PR- 745 del Bo. Espino (San Lorenzo) y además proponer acciones para su rehabilitación y estrategias preventivas de mantenimiento. De igual forma, tomando en consideración los accidentes ocurridos en la red de túneles Vicente Morales PR-53. Lo cual presenta un asunto de seguridad en las carreteras que representa un asunto a considerar. Como también la iluminaria de la Carr. PR-53 con intersección en la Carr. PR-906 (Bo. Aguacate, Yabucoa). Sección 2.- La Comisión deberá auscultar, entre otros, las gestiones realizadas por la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, y sus funcionarios, en cuanto a los planes, estrategias y proyectos identificados como necesarios y prioritarios para las facilidades de tránsito y transportación en los municipios de Yabucoa, Maunabo, Patillas y San Lorenzo; las condiciones actuales, la necesidad de mejoras y el mantenimiento provisto a la infraestructura de las carreteras, avenidas, caminos, calles, autopistas, puentes, túneles, y cualquier otra facilidad relacionada con el movimiento de vehículos en dichos municipios que sean de jurisdicción estatal; e identificar prioridades para el desarrollo de proyectos críticos, tanto para la reparación como para las mejoras en la infraestructura de todas estas vías de rodaje, que discurren por los municipios que componen el Distrito Representativo Núm. 34. Sección 3.- La Comisión, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en esta Resolución, podrá realizar requerimientos, solicitudes de información y/o de producción de documentos, citaciones, reuniones, vistas oculares, así como podrá realizar cualquier otra gestión que entienda pertinente y se encuentre bajo el alcance de la investigación de esta Resolución. Sección 4.- La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes que estime necesarios o convenientes en los que incluyan los hallazgos, conclusiones y recomendaciones. Además, rendirá un informe final dentro del término de la Vigésima Asamblea Legislativa. Sección 5.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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