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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

R. de la C. 201

INFORME FINAL

15 de octubre de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico somete Informe Final en cumplimiento de la encomienda dispuesta en la Resolución de la Cámara 201.

ALCANCE DE LA MEDIDA

R. de la C. 201:

Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el nivel de cumplimiento por parte de las diferentes agencias del gobierno, con el mandato impuesto en la Ley 163-2024, conocida como: “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”; y para otros fines relacionados.

ANALISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara 201 encomienda examinar la ejecución de las responsabilidades gubernamentales establecidas en la Ley 163-2024. La investigación comprende la revisión normativa, la coordinación de servicios, la capacitación del personal, los recursos presupuestarios y la atención de las personas con trastorno del espectro autista (TEA) durante las distintas etapas de su vida.

La evaluación de cumplimiento requiere conocer qué acciones se han ejecutado, qué población recibe los servicios y cuáles obligaciones permanecen pendientes. La existencia de un programa general, una guía o un comité constituye información pertinente, pero su alcance debe examinarse junto con la disponibilidad real de los apoyos, las condiciones de acceso y los resultados obtenidos.

ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN

La Comisión examinó información sobre servicios educativos y relacionados, apoyos conductuales, transición y empleo, orientación y protección familiar, respiro, cuidado diurno y alternativas de vivienda y cuidado prolongado. También consideró la organización de los comités interinstitucionales, la participación comunitaria y la capacidad de las agencias para documentar el cumplimiento de sus responsabilidades.

El expediente permite identificar acciones informadas por Educación, Familia y Rehabilitación Vocacional, así como señalamientos de organizaciones y cuidadores.

Se llevaron a cabo dos vistas públicas en atención a esta medida: 21 de septiembre de 2026 y 8 de octubre de 2026.

METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

Se examinó documentación recibida para la vista pública del 21 de septiembre de 2026 de la Administración de Rehabilitación Vocacional (ARV). Se consideraron el memorial de esa agencia del 17 de septiembre de 2026; los memoriales de Educación, Familia y la Defensoría de las Personas con Impedimentos del 18 de septiembre de 2026; y la ponencia del Instituto Psicopedagógico de Puerto Rico identificada con fecha del 21 de septiembre de 2026.

También se examinó la respuesta al requerimiento de información adicional realizado en vista pública a la ARV y la expresión escrita de VADPA, que se excusaron de participación presencial en la vista pública.

La Comisión comparó los planteamientos institucionales y comunitarios, distinguió acciones completadas de iniciativas en desarrollo y examinó los períodos y poblaciones correspondientes a los datos.

RESUMEN DE PONENCIAS E INFORMACIÓN RECIBIDA

Administración de Rehabilitación Vocacional

La ARV explicó que ofrece servicios conforme a criterios de elegibilidad y necesidades funcionales dirigidos a la preparación, obtención y retención de empleo. Informó una estructura de seis regiones y veintiuna oficinas satélites, y señaló que el financiamiento de su programa combina fondos federales y estatales sujetos a las condiciones correspondientes.

En su memorial reportó 3,015 casos activos de solicitantes y consumidores con diagnóstico de TEA en distintas etapas del proceso de servicios. De estos, 2,303 correspondían a personas de 14 a 24 años y 672 a personas de 25 a 35 años. Esta distribución describe la población activa de la agencia y no representa el universo de personas con TEA en Puerto Rico.

Para el período iniciado el 1 de julio de 2024 y hasta la entrega de su memorial, la agencia informó 783 consumidores con TEA en estudios postsecundarios. Presentó, además, un total de 1,194 en actividades de transición de preempleo, distribuido entre experiencias de aprendizaje basadas en trabajo, el proyecto Agro Edu y campamentos.

En materia de empleo, informó 223 casos ubicados bajo la modalidad de empleo con apoyo. Separadamente, reportó 196 participantes con autismo cuyos casos fueron cerrados exitosamente por empleo y otros 21 empleados bajo seguimiento de retención.

La agencia describió también incentivos salariales y un programa de experiencia laboral. Informó un banco de talentos con 32 consumidores con TEA listos para empleo y un banco general de 743 patronos que emplean consumidores con impedimentos. Ese último total no equivale a 743 patronos que necesariamente hayan contratado a personas con TEA.

Respecto de capacitación, reportó 346 empleados adiestrados, con actividades adicionales programadas, y 408 patronos y participantes alcanzados por orientaciones. Informó el desarrollo de una guía dirigida a patronos públicos y privados sobre entrevistas, integración al trabajo y acomodos razonables, y la distribución de 119 guías. Se entregó la misma a la Comisión.

La ARV identificó comunicaciones normativas sobre prestación de servicios a personas con TEA, empleo con apoyo, incentivos, clubes de empleo y divulgación de la guía. En la respuesta suplementaria según requerida en la vista pública, la ARV, el 28 de septiembre de 2026, reconoció que la Universidad de Puerto Rico no había sido incluida inicialmente entre los destinatarios de la guía. Informó que subsanó esa omisión mediante su envío a funcionarios universitarios e indicó que mantiene colaboración con la Escuela Graduada de Consejería en Rehabilitación y la Oficina de Servicios a Estudiantes con Impedimentos.

Departamento de Educación

El Departamento de Educación sostuvo que la prestación de servicios debe responder a las necesidades individuales del estudiante, mediante evaluación, participación familiar y determinaciones del Comité de Programación y Ubicación (ComPU) recogidas en el Programa Educativo Individualizado (PEI). Describió sus acciones bajo la Ley 163-2024 y el marco de educación especial aplicable.

Informó que desde agosto de 2026 atiende a 106,173 estudiantes del Programa de Educación Especial, de los cuales 17,402 tienen diagnóstico de TEA. El desglose incluye 3,348 de cinco años o menos, 14,027 de seis a veintiún años y 27 mayores de veintiún años. Para el año escolar 2025-2026 reportó 11,333 estudiantes con TEA en servicios de habla y lenguaje, 10,987 en servicios psicológicos, 9,221 en terapia ocupacional y 2,588 en terapia física. Un estudiante puede recibir varios servicios, por lo que estos totales no deben sumarse como personas distintas.

La agencia informó la emisión de la Guía para la Atención Educativa de Estudiantes con TEA el 26 de agosto de 2026, una guía de apoyos conductuales divulgada en 2025 y un manual complementario para situaciones de crisis.

En preparación especializada, reportó 485 maestros de Educación Especial que completaron la certificación en autismo; talleres para 550 maestros y 563 directores sobre prevención y manejo de crisis; y 125 funcionarios que completaron un curso de cuarenta horas para preparación como técnicos de conducta. También describió talleres para maestros de Educación Física Adaptada y asistentes de servicios, y capacitación para más de 2,300 guardias escolares. El nuevo ciclo de recertificación iniciado el 14 de septiembre de 2026 contemplaba aproximadamente 315 profesionales; esa cifra era una proyección y no un resultado de culminación.

La agencia informó la Academia de Apoyo a la Familia del Estudiante con Diversidad Funcional, orientaciones sobre rutinas funcionales y actividades dirigidas a fortalecer la participación familiar. Para transición, reportó nueve evaluadores vocacionales certificados, una segunda academia para veintiún consejeros escolares y experiencias de aprendizaje basadas en trabajo en coordinación con la ARV que alcanzaron a más de trescientos estudiantes. No se informó que todos esos participantes tuvieran diagnóstico de TEA.

Sobre ABA, Educación describió un subcomité interagencial con Salud establecido mediante la Carta Circular 005-2025-2026 y gestiones en desarrollo para coordinar la provisión de servicios. La creación del subcomité no acredita por sí sola que todos los estudiantes que necesitan esta intervención la estén recibiendo.

Departamento de la Familia

El Departamento de la Familia describió los servicios de sus administraciones, su participación en el Comité presidido por Salud y la coordinación del Comité Interinstitucional de Servicios para Adultos con TEA. Informó que la revisión de normas y servicios continúa y que varios protocolos y currículos requieren adaptaciones específicas para esta población.

Entre los recursos identificados mencionó servicios de protección y preservación familiar, cuidado sustituto, orientación y apoyo psicológico. Describió los Centros Innovadores para Jóvenes con Autismo I y II, dirigidos a varones bajo custodia estatal de 13 a 17 y de 18 a 21 años, respectivamente. También identificó PAUSA 360, del Centro Margarita, como recurso de respiro para familias sin apoyo con niños de 2 a 12 años con diversidad funcional, incluido TEA. Estos recursos atienden poblaciones delimitadas y no acreditan cobertura para todas las edades y necesidades de apoyo.

La revisión programática reconoció limitaciones de personal y cobertura regional en los Servicios Intensivos de Preservación en el Hogar y la necesidad de adaptar servicios para adultos a las características comunicativas, sensoriales y conductuales de las personas con TEA. El Departamento propuso continuar la capacitación y desarrollar protocolos conjuntos.

Informó que el Comité de Adultos quedó formalmente constituido el 29 de mayo de 2026. Describió la capacitación de coordinadores de las diez regiones el 10 de junio de 2026 y trabajos para integrar la línea de orientación familiar con los enlaces regionales. El Manual de Normas y Procedimientos Internos, el catálogo interinstitucional de servicios y el proyecto de censo de necesidades de adultos permanecían en desarrollo.

Familia señaló que no cuenta con fondos estatales o federales asignados específicamente para las responsabilidades de la Ley 163-2024. Informó que solicitó $2,170,000 para el año fiscal 2025-2026, destinados a una estructura de coordinación, herramientas tecnológicas, capacitación y monitoreo, pero la solicitud no fue aprobada. Esta cantidad representa una solicitud presupuestaria y no fondos asignados ni desembolsados.

La agencia reconoció que quedan trabajos pendientes para completar la implantación de sus mandatos.

Alianza de Autismo de Puerto Rico

En su memorial actualizado del 3 de octubre de 2026, la Alianza reclamó la implantación efectiva de la Ley 163-2024. Señaló controversias entre agencias sobre responsabilidad económica, resistencia a ajustar normas internas y diferencias de interpretación que, a su juicio, obstaculizan los servicios. También cuestionó la suficiencia de la divulgación y la coordinación interagencial.

En el componente denunció deficiencias en evaluaciones, espacios sensoriales y de seguridad, personal especializado, asistentes, transportación, alimentación, servicios ABA y transición a la vida adulta. Estos planteamientos se consideran reclamos de la organización y requieren examen específico de las escuelas, servicios y expedientes concernidos para determinar su extensión.

La Alianza citó una matrícula de 15,537 estudiantes inscritos bajo autismo como impedimento principal en 2025-2026, frente a 3,434 en 2012-2013. Esa serie se refiere a una clasificación administrativa y un período distintos del dato de 17,402 estudiantes con diagnóstico de TEA informado por Educación desde agosto de 2026.

El memorial también destacó la insuficiencia de servicios para adultos y recordó que las necesidades continúan después de la etapa escolar. Sus planteamientos colocan en primer plano la experiencia de las familias y justifican exigir evidencia de acceso y prestación efectiva, además de informes sobre actividades institucionales.

Defensoría de las Personas con Impedimentos

La Defensoría respaldó la investigación y sostuvo que la fiscalización legislativa debe verificar la ejecución efectiva de la política pública. Indicó que conoce avances preliminares del Comité Interinstitucional por su participación como asesor en reuniones y otras fuentes, pero destacó que hace falta corroborar su efecto en los servicios de diagnóstico, intervención temprana y apoyo familiar.

Recomendó solicitar informes detallados de cumplimiento a las entidades que integran el Comité, incluyendo Salud, Educación, Familia, Vivienda, ARV, la Universidad de Puerto Rico, OPPEA y la Alianza. Su memorial no constituye una certificación de cumplimiento de esas entidades; propone ampliar la evidencia disponible para evaluar sus responsabilidades.

Instituto Psicopedagógico de Puerto Rico

El Instituto respaldó el ejercicio de fiscalización y recalcó que la existencia de la Ley debe acompañarse de una ejecución diligente. Recomendó examinar reglamentos, protocolos y guías; desgloses presupuestarios; planes de transición a la vida adulta; y estadísticas de capacitación para educadores, policías y personal de emergencias.

VADPA

La expresión escrita de VADPA comunica una excusa de participación presencial y presenta preocupaciones desde la experiencia de una cuidadora. Identifica tres prioridades: centros diurnos para adultos mayores de veintiún años, programas regulares de respiro y alternativas de vivienda y cuidado de larga duración para quienes requieren apoyos continuos.

La autora relata que su hijo lleva aproximadamente dos años en una lista de espera relacionada con servicios del Departamento de Salud para personas con discapacidad intelectual. El informe recoge esa experiencia como testimonio personal; no permite establecer el tiempo de espera de todos los participantes ni atribuir el mismo resultado a cada programa.

HALLAZGOS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

La documentación examinada demuestra que existen servicios, capacitación, guías y mecanismos de coordinación relacionados con la Ley 163-2024. La ARV presenta información sobre transición y empleo; Educación describe formación y herramientas de atención; y Familia informa recursos de apoyo y la organización del Comité de Adultos. Estos esfuerzos deben reconocerse y evaluarse por sus resultados.

El propio expediente muestra que la implantación continúa incompleta. Familia mantiene trabajos normativos, un catálogo y un censo en preparación; Educación describe coordinaciones pendientes sobre ABA; y la ARV identifica iniciativas adicionales en desarrollo. No se presentó a esta Comisión la evidencia suficiente para certificar que todos los mandatos aplicables se ejecuten de manera uniforme y oportuna.

La revisión normativa requiere especial atención e incorporación inmediata de todas las agencias. El Artículo 26 de la Ley 163-2024 fijó un término de noventa días desde la vigencia de la Ley para atemperar normas y reglamentación. Los trabajos en curso deben culminar y documentarse. Una comunicación normativa puede acreditar una acción concreta, pero hace falta identificar qué disposiciones fueron revisadas, cuáles se modificaron y cuáles siguen pendientes.

Los reclamos de la Alianza y los datos de Educación deben examinarse conjuntamente. La agencia informa capacitación y certificaciones, mientras la organización denuncia su insuficiencia o ausencia en las escuelas. La evidencia nos impide concluir que no se ha realizado actividad alguna, pero los totales agregados tampoco demuestran que todo estudiante cuente con personal preparado y los servicios requeridos.

La verificación por escuela, puesto y servicio permitirá precisar las deficiencias y corregirlas.

En ABA, los apoyos conductuales generales, los talleres y la formación técnica no deben confundirse con la prestación de una intervención individualizada cuando corresponda. El expediente no contiene un desglose suficiente de estudiantes evaluados, servicios recomendados, servicios iniciados y tiempos de espera. E

La transición a la vida adulta es una preocupación común y continua. Las experiencias laborales y el empleo con apoyo reportados por la ARV muestran oportunidades existentes, pero no resuelven todas las necesidades de quienes egresan de la escuela. Las personas que requieren apoyos significativos también necesitan continuidad terapéutica, actividades comunitarias, cuidado, transportación y alternativas de vivienda. La planificación debe contemplar a quienes no ingresan inmediatamente a estudios o empleo.

La información de Familia y la experiencia relatada por VADPA justifican priorizar el respiro, el cuidado diurno y prolongado y la planificación ante el envejecimiento del cuidador. Los recursos dirigidos a niños pequeños o jóvenes bajo custodia estatal no permiten acreditar una respuesta suficiente para adultos que viven con sus familias. Hace falta conocer cobertura, elegibilidad, cupos y listas de espera por región y nivel de apoyo.

La ausencia de una asignación específica informada por Familia plantea una dificultad para ampliar servicios y personal. La Comisión entiende necesario evaluar las solicitudes y los recursos disponibles con sus costos y resultados esperados. El expediente no permite atribuir todas las deficiencias exclusivamente al presupuesto ni establecer el costo completo de implantación; tampoco debe tratarse la solicitud no aprobada como dinero recibido.

Los comités ofrecen una estructura para coordinar agencias y participación comunitaria. Su funcionamiento debe permitir conocer acuerdos, responsables, fechas de cumplimiento y resultados. Celebrar reuniones o constituir subcomités no acredita, por sí solo, que una persona haya recibido un servicio. La participación de las personas con TEA, las familias y sus representantes debe tener efecto en las decisiones y su seguimiento.

Por último, la falta de informes del Departamento de Salud y de otras entidades limita la evaluación integral de obligaciones como diagnóstico, registro, coordinación de planes, cubierta, vivienda y respuesta de emergencia.

RECOMENDACIONES

Documentar el cumplimiento de cada obligación

La Comisión recomienda que cada entidad prepare una bitácora de sus responsabilidades, con la acción ejecutada, evidencia documental, unidad responsable, población atendida y fecha de culminación de los trabajos pendientes. Los informes deben distinguir servicios disponibles, proyectos en desarrollo y propuestas que todavía no tienen recursos aprobados.

Culminar y acreditar la revisión normativa

Se recomienda completar el inventario y revisión de reglamentos, cartas circulares, órdenes y protocolos aplicables, identificando los cambios aprobados y los pendientes. Cuando una agencia entienda que una disposición vigente satisface el mandato, debe explicarlo así y presentar la evidencia de implantación.

Verificar los servicios educativos y relacionados

Educación debe documentar, mediante revisión de expedientes y controles regionales, la correspondencia entre las evaluaciones, las determinaciones del ComPU, el PEI y los servicios efectivamente prestados. Se recomienda identificar interrupciones de terapias, falta de asistentes, transportación y otros apoyos, con acciones correctivas y seguimiento.

Asegurar continuidad después de la etapa escolar

Se recomienda que Educación, Salud, Familia y ARV coordinen una ruta de transición individual con enlaces identificados, referidos, confirmación de aceptación y seguimiento hasta el comienzo del servicio siguiente. Las alternativas deben considerar empleo, educación postsecundaria, vida independiente y apoyos para quienes requieren cuidado continuo. La salida del sistema escolar no debe dejar a la persona sin orientación ni una respuesta identificable.

Priorizar el apoyo a familias y cuidadores

Familia, en coordinación con Salud y Vivienda dentro de sus competencias, debe presentar un inventario de respiro, cuidado diurno y prolongado, apoyos en el hogar y alternativas residenciales, con elegibilidad, capacidad y cobertura. Se recomienda identificar las listas de espera y los casos con riesgo de pérdida del cuidador principal para orientar medidas de continuidad. Los servicios deben responder a la necesidad individual y favorecer la participación y la autonomía de la persona.

Fortalecer la coordinación y la participación comunitaria

Se recomienda a los comités presididos por Salud y Familia documentar acuerdos y pendientes, mantener enlaces actualizados y facilitar la participación de personas con TEA, familias y organizaciones. Los trabajos deben producir información accesible sobre servicios y vías de referido. El catálogo y el proyecto de censo deben culminarse con metodología definida, protección de datos y mecanismos de actualización, evitando duplicar información que ya exista.

Mejorar los datos y mantener el seguimiento legislativo

Educación, ARV y las demás entidades deben precisar fechas de corte, clasificaciones y participantes únicos, y documentar resultados de servicio y empleo sin duplicidades. La Comisión recomienda dar continuidad al examen de los informes institucionales y de los acuerdos pendientes, con indicadores de acceso, espera, continuidad y satisfacción. El informe anual del Comité debe servir de base para comprobar avances y determinar si hacen falta medidas administrativas, presupuestarias o legislativas adicionales.

CONCLUSIÓN

La investigación permite reconocer acciones concretas y, a la vez, identificar obligaciones y servicios cuya ejecución completa no ha sido acreditada. La Comisión concluye que la implantación de la Ley 163-2024 requiere culminar los trabajos pendientes y fortalecer la evidencia sobre el acceso real de la población a los apoyos. El seguimiento debe atender especialmente las necesidades de la adultez y de quienes brindan cuidado continuo.

Las personas con TEA y sus familias necesitan una respuesta que puedan utilizar en su vida diaria: profesionales preparados, servicios disponibles, orientación clara y continuidad entre agencias. La Comisión reafirma su compromiso con esa finalidad y con la fiscalización de las acciones necesarias para alcanzarla.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, luego de examinar la información recopilada tiene a bien someter el Informe Final, con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,

Rep. Ricardo R. Ocasio Ramos

Presidente

Comisión de Adultos Mayores y

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