GOBIERNO DE PUERTO RICO
20.ma Asamblea 4.ta Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 415
INFORME NEGATIVO
28 de septiembre de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 415 (P. de la C. 415), no recomienda su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El 18 de marzo de 2025 se presentó el P. de la C. 415, la cual fue referida a esta comisión el día 20 de marzo de 2025. La misma propone enmendar los Artículos 3 y 8 de la Ley Núm. 29-2009, según enmendada,[1] mejor conocida como “Ley de las Alianzas Público Privadas” con el propósito de incluir como objeto para convertirse en Contrato de Alianza la construcción, mantenimiento u operación de edificaciones cuyo único propósito sea albergar a mujeres víctimas de algún delito de violencia doméstica en Puerto Rico; establecer la composición del Comité de Alianza para este propósito; y para otros fines relacionados.
Ahora bien, por ser una medida de administración, simultáneamente se presentó el Proyecto del Senado 430.[2] Esta comisión atendió la referida medida, la cual el 23 de julio de 2026 se convirtió en la Ley Núm. 143-2026. Este suceso, común en medidas de administración —las que presenta la Gobernadora— hizo innecesario continuar con el trámite del P. de la C. 415 por academicidad.
Por lo anterior, esta comisión no recomienda que se apruebe el P. de la C. 415.
Respetuosamente presentado,
Víctor L. Parés Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
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