GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. de la C. 419 INFORME POSITIVO 7 de abril de 2025 AL SENADO DE PUERTO RICO La Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 419, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación, sin enmiendas. ALCANCE DE LA MEDIDA El Proyecto de la Cámara 419 propone crear la "Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico", a los fines de que el Departamento de Salud en colaboración con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, implementen una campaña educativa sobre la importancia del consumo de ácido fólico, elaboren material informativo y lo distribuyan en consultorios de ginecología y obstetricia en todo Puerto Rico, dirigido a mujeres embarazadas o en edad reproductiva; ordenar la facultad de reglamentación; establecer sanciones por incumplimiento; y para otros fines relacionados. ANÁLISIS DE LA MEDIDA Según se desprende de la Exposición de Motivos de la medida, el ácido fólico es una vitamina del complejo B esencial para la prevención de defectos congénitos graves en el cerebro y la médula espinal, conocidos como defectos del tubo neural. Su consumo antes del embarazo y durante las primeras semanas de gestación puede marcar la diferencia entre el nacimiento de un bebé sano y la aparición de anomalías como la espina bífida y la anencefalia. Los defectos del tubo neural son las malformaciones congénitas más comunes del sistema nervioso central. La espina bífida se produce cuando la médula espinal y la columna vertebral no se cierran completamente, mientras que la anencefalia ocurre cuando el cerebro no se desarrolla adecuadamente. Estos defectos se originan en las primeras cuatro semanas del embarazo, a menudo antes de que la mujer sepa que está embarazada. Por esta razón, es fundamental que todas las mujeres en edad reproductiva consuman ácido fólico de forma regular, y no solo aquellas que planean concebir. Esta vitamina es esencial para el crecimiento y desarrollo saludable del bebé. Destaca también la Exposición de Motivos, que el riesgo de padecer estos defectos congénitos no distingue nivel socioeconómico ni origen. Sin embargo, su prevención es posible. Se ha demostrado que la ingesta diaria de al menos 400 de ácido fólico reduce entre un 50% y un 70% el riesgo de espina bífida. Además de su papel en la prevención de defectos congénitos, el ácido fólico desempeña funciones esenciales en el embarazo, como favorecer el desarrollo adecuado de la placenta y del feto, así como la producción de ADN, indispensable para la multiplicación celular. Una deficiencia de esta vitamina podría afectar la división celular, comprometiendo el desarrollo del bebé y la placenta. La educación y orientación sobre este tema son fundamentales para la prevención de estos defectos. A través de esta Ley, esta Administración reafirma su compromiso con la salud y el desarrollo integral de los niños, promoviendo la información y el consumo de ácido fólico entre todas las mujeres en edad reproductiva, con el objetivo de reducir la incidencia de defectos congénitos como la espina bífida y la anencefalia. ALCANCE DEL INFORME Atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación del presente Proyecto, la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico evaluó los Memoriales Explicativos remitidos por el Departamento de Salud y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, los cuales resultan relevantes al proceso de análisis de la medida ante nos. Cabe destacar, que los Memoriales utilizados fueron remitidos a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes. Asimismo, examinamos el Informe Positivo y el Entirillado Electrónico cursado por el Cuerpo Hermano sobre la medida. Resaltamos, que la presente pieza legislativa es un proyecto de Administración, por lo que el asunto atendido forma parte del Programa de Gobierno propuesto por la Gobernadora y avalado por el Pueblo de Puerto Rico. A continuación, presentaremos un resumen de los argumentos y comentarios esbozados por las diferentes agencias y entidades consultadas durante el proceso de evaluación de la medida en referencia. DEPARTAMENTO DE SALUD Luego de examinar la pieza legislativa de referencia, el Departamento de Salud presentó su Memorial Explicativo por conducto de su Secretario, Víctor Ramos Otero, expresando su endoso a favor de la aprobación de la medida. El Departamento de Salud destacó ser la única entidad cuya obligación ineludible es garantizar la salud de toda la población, siendo responsable de la regulación de la política pública del Gobierno de Puerto Rico en relación con los asuntos de salud integral en la Isla. Indicó que esta labor no se limita a la intervención a través de la implementación de políticas públicas, sino que también abarca un enfoque preventivo al examinar los factores que constituyen los determinantes sociales de la salud, los cuales influyen en el desarrollo de dichas políticas. Desde esta óptica, reconoce y defiende la salud como un derecho fundamental de todos los individuos en todas las dimensiones que abarca. Subrayó, que medida propuesta sugiere la creación de la "Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico" y adecuadamente se definen términos clave para su aplicación, tales como "ginecólogos y obstetras" y "material informativo". En el aspecto sustantivo, esbozó, que el ácido fólico es indudablemente esencial para el desarrollo del feto y la prevención de malformaciones congénitas. Recalcó, que la legislación se fundamenta en la evidencia científica que acentúa la importancia de su ingesta adecuada, lo que, a su vez, refleja un enfoque proactivo hacia la salud pública. El Departamento de Salud es de la opinión que este proyecto evidencia el compromiso del Gobierno de Puerto Rico con la salud de las mujeres y el bienestar infantil. Comentó, además, que a través de campañas educativas y la provisión de recursos informativos, se pretende empoderar a las mujeres para que tomen decisiones informadas sobre su salud reproductiva. No obstante, advirtió, que, aunque la legislación proporciona un marco definido para la educación y la difusión de información, su eficacia dependerá de la colaboración activa entre el Departamento de Salud y las oficinas de ginecología y obstetricia. Añadió, que la capacidad de estas entidades para cumplir con las normativas legales, así como la disposición de las mujeres para recibir y actuar según la información ofrecida, serán factores cruciales. Tras un análisis exhaustivo de la medida en su totalidad, el Departamento de Salud manifestó que el P. de la C. 419 constituye un avance significativo dirigido a mejorar la salud reproductiva en Puerto Rico, enfocándose en la prevención de defectos congénitos a través de la educación y el acceso a información sobre el ácido fólico. Destacó, que la implementación efectiva de esta legislación podría generar un impacto positivo en la salud de las generaciones futuras. Por lo tanto, se comprometió a llevar a cabo la implementación adecuada de esta medida una vez que se convierta en ley. Oficina de la procuradora de la mujer (OPM) Esta Ilustre Comisión tuvo la oportunidad de examinar los comentarios presentados por la Oficina de la Procuradora de la Mujer quien presentó su Memorial Explicativo expresando un firme endoso a favor de cualquier política pública del Gobierno de Puerto Rico que promueva la salud de todas las mujeres en cualquiera de sus etapas, en lo pertinente, en la edad reproductiva. Además, reconoció el esfuerzo loable de esta Asamblea Legislativa en su compromiso con la salud y el desarrollo integral de los niños a través de la promoción de la información y el consumo de ácido fólico. La OPM reconoció el impacto positivo que tienen las campañas educativas como herramienta preventiva para evitar defectos congénitos y que el consumo adecuado de ácido fólico, antes y durante las primeras etapas del embarazo, puede prevenir hasta un 70% de los defectos del tubo neural. Asimismo, considera que esta información debe estar disponible para todas las mujeres, independientemente de su trasfondo socioeconómico o ubicación geográfica, y su diseminación debe ser parte de una política pública. En atención a lo anterior, la OPM detalló ciertos aspectos que consideran pertinentes: El "material informativo" que propone la medida en su Artículo 2(b), deberá incorporar un lenguaje claro, inclusivo y culturalmente sensible, reconociendo las diversas realidades de las mujeres en Puerto Rico, en donde se tenga en consideración, la población de adolescentes, mujeres de comunidades rurales, y aquellas con barreras de acceso a servicios de salud. Que la OPM sea considerada como entidad colaboradora del Departamento de Salud en el diseño y distribución de la campaña educativa, a fin de garantizar que se atiendan adecuadamente los aspectos de equidad y accesibilidad. Que se considere la distribución digital del material informativo a través de redes sociales, páginas "web" gubernamentales y plataformas comunitarias, facilitando así su acceso a mujeres jóvenes y poblaciones conectadas digitalmente. Que se incorpore en la medida la obligatoriedad de establecer métricas para que el Departamento de Salud y sus entidades colaboradoras evalúen el impacto de la campaña, mediante indicadores de distribución, acceso y conocimiento del público meta. Concluyó la OPM, reiterando su aval a la pieza legislativa objeto de evaluación con las recomendaciones expresadas. IMPACTO FISCAL MUNICIPAL En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno certifica que el P. de la C. 419 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales. HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES Uno de los actos más importantes que puede hacer una mujer para ayudar a prevenir deformaciones congénitas graves en su bebé es consumir suficiente ácido fólico todos los días, especialmente antes de la concepción y durante la primera etapa del embarazo. Los estudios consistentemente han demostrado que esto reduce significativamente el riesgo de que un bebé tenga defectos del tubo neural. A raíz de lo anterior, esta Ilustre Comisión coincide con lo propuesto en la presente pieza legislativa, toda vez que del análisis llevado a cabo se desprende que su finalidad es la implementación de una campaña educativa sobre la importancia del consumo de ácido fólico, lo que resultaría en la reducción de la incidencia de defectos congénitos como la espina bífida y la anencefalia. Además, se reafirma el compromiso de la presente Administración con la salud y el desarrollo integral de los niños. En cuanto a las enmiendas propuestas por la Oficina de la Procuradora de la Mujer, las mismas fueron previamente atendidas en la Cámara de Representantes y forman parte del texto del proyecto. CONCLUSIÓN POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, luego de la consideración correspondiente, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe, RECOMENDANDO LA APROBACIÓN del Proyecto de la Cámara 419 sin enmiendas. Respetuosamente sometido, Juan Oscar Morales Presidente Comisión de Salud
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.