GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 206
SEGUNDO INFORME POSITIVO
7 de mayo de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 206, presentada por el representante Santiago Guzmán, tiene a bien someter su segundo informe recomendando la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
“Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de las agencias, corporaciones e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico con las disposiciones y beneficios de la ley federal COBRA que le son extensivos a los servidores públicos, evaluar estadísticas existentes sobre empleados que se han beneficiado de la continuidad de cubierta médica, identificar el cumplimiento de las compañías aseguradoras con los requerimientos de notificación a los asegurados para que conozcan sus derechos bajo las disposiciones de la mencionada ley; y para otros fines relacionados.”
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 206 tiene el propósito de realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de las agencias, corporaciones e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico con las disposiciones y beneficios de la ley federal COBRA que le son extensivos a los servidores públicos, evaluar estadísticas existentes sobre empleados que se han beneficiado de la continuidad de cubierta médica, identificar el cumplimiento de las compañías aseguradoras con los requerimientos de notificación a los asegurados para que conozcan sus derechos bajo las disposiciones de la mencionada ley.
La Exposición de Motivos de la medida hace referencia a la Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria (COBRA, por sus siglas en inglés) es una ley federal que permite a los empleados mantener su seguro médico grupal por un tiempo limitado después de dejar su trabajo, indicando que la misma se aplica a la mayoría de las empresas privadas con 20 o más empleados y a los gobiernos estatales y locales. La Ley exige que la cobertura del plan de seguro médico grupal de la empresa continúe después de que se produzcan eventos de vida que califiquen.
No obstante, se indica que existe poca información sobre la aplicabilidad de dicho estatuto a los empleados públicos del Gobierno de Puerto Rico. Por ello, estiman necesario realizar una investigación sobre el particular.
La Comisión presenta un Segundo Informe Positivo a los fines de realizar unas enmiendas técnicas en el entirillado electrónico que se le había realizado a la medida. En particular, para subrayar el texto de un párrafo que se había incluido en su exposición de motivos.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
En atención a lo expuesto, la Comisión de Asuntos Internos concluye que la medida propuesta tiene un fin loable y cumple con los requisitos legales y constitucionales necesarios para su aprobación.
Por tal razón, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 206, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este segundo informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos
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