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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 596
INFORME POSITIVO

29 de septiembre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 596, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. del S. 596 persigue “…crear la “Ley para el Fomento de la Participación de Niñas y Mujeres Jóvenes en Carreras STEAM en Puerto Rico”, mediante el establecimiento de un programa permanente en el Departamento de Educación y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) dirigido a fomentar la participación de niñas y mujeres jóvenes en carreras en los campos de Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM), mediante iniciativas de mentoría, ferias vocacionales, acceso a becas y otros; enmendar el Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de uniformarla con la presente; y para otros fines relacionados”.

De entrada, es menester señalar la importancia que reviste al proyecto de autos. Estimamos que la Exposición de Motivos de la medida, explica por sí misma lo imperativo de aprobarse, al decirnos, en su parte pertinente, que

[l]a equidad de género en los campos de la Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM, por sus siglas en inglés) es una meta fundamental para el desarrollo económico, social y educativo de Puerto Rico. A pesar de los avances en los últimos años, persisten barreras estructurales, culturales y económicas que limitan la plena participación de niñas y mujeres jóvenes en estas disciplinas.

Diversos estudios han evidenciado que las niñas, desde edades tempranas, enfrentan estereotipos que desalientan su interés por las ciencias o que socavan su confianza en sus habilidades matemáticas o tecnológicas. Esta brecha se profundiza en la adolescencia y culmina en una baja representación femenina en carreras universitarias y empleos relacionados con STEAM. A su vez, la falta de modelos a seguir, oportunidades de mentoría y apoyo financiero, contribuyen a una deserción silenciosa de mujeres talentosas en estas áreas críticas.

El Departamento de Educación tiene la responsabilidad de promover ambientes de aprendizaje inclusivos y equitativos, mientras que el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) tiene entre sus misiones estimular sectores estratégicos de crecimiento, como la tecnología, la ingeniería y la innovación. Una colaboración interagencial resulta indispensable para fomentar desde las escuelas públicas un ecosistema donde las niñas y jóvenes mujeres se visualicen como protagonistas de la ciencia, la investigación, la creatividad y la innovación en Puerto Rico.

Esta Ley propone establecer un programa permanente que integre esfuerzos educativos, vocacionales y de desarrollo económico, centrado en la equidad de género en los campos STEAM. Las actividades propuestas —tales como ferias de exploración vocacional, mentorías con profesionales destacadas, talleres prácticos y acceso a oportunidades de becas— tienen el potencial de transformar vidas, reducir brechas de representación, y fortalecer el capital humano de la Isla en áreas de alta demanda profesional.

Sin duda, esta Ley se encuentra en armonía con las disposiciones de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, la cual señala que uno de los principios esenciales de nuestro sistema educativo es desarrollar al estudiante al máximo de su capacidad y asegurar que se gradúe preparado en las materias de STEM o STEAM, para que pueda competir en la economía global. Al mismo tiempo, se le debe permitir el desarrollo pleno de su personalidad y fortalecer su aprecio a los derechos humanos. De igual manera, la Ley 85, antes citada, plantea que, la escuela debe perseguir que el estudiante desarrolle las destrezas necesarias para convertirse en motor del desarrollo económico de Puerto Rico. Esto incluye no solo el fortalecimiento del aprovechamiento académico de las STEM y STEAM, sino también conocimiento financiero, destrezas empresariales y de emprendedores, el fortalecimiento de sus destrezas lingüísticas, y la apreciación y valoración del modelo cooperativo.

Expuesto lo anterior, añade la parte expositiva de la pieza legislativa que “[l]a implementación de esta Ley, no solo responde a los principios de justicia social y equidad educativa, sino que también se alinea con las prioridades de competitividad y desarrollo sostenible para el Puerto Rico del siglo XXI”.

Así pues, se propone establecer, en conjunto con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y su Programa de Desarrollo Laboral, un programa permanente dirigido a fomentar la participación de niñas y mujeres jóvenes en carreras en los campos de Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM), mediante iniciativas de mentoría, ferias vocacionales, acceso a becas y otros.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la debida evaluación del Proyecto del Senado 596, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico contó con los comentarios de los departamentos de Desarrollo Económico y Comercio; de Educación; y con los de la Universidad Politécnica y la Universidad de Puerto Rico.

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO (DDEC)

En el caso del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, estos reconocieron la loable intención de la medida. Sin embargo, aseguraron estar “…ejecutando proyectos para fomentar la educación en Puerto Rico bajo el modelo STEAM”. Respecto a esto, indicaron contar

…con el programa del 21st Century Techforce, bajo el cual hemos desarrollado varios programas con el objetivo de garantizar la continuidad de la formación a lo largo de las diferentes etapas educativas. Dentro de la iniciativa 21st Century Techforce, hemos desarrollado varios programas con el objetivo de garantizar la continuidad de la formación a lo largo de las diferentes etapas educativas. Entre ellos:

1. El programa K-12 que busca transformar la educación tecnológica desde la base, fortaleciendo la preparación de los estudiantes en las escuelas K-12 mediante programas estructurados para despertar su interés en carreras Tecnologicas. Bajo el programa K-12 se han impactado nueve (9) instituciones educativas, y aproximadamente 3,537 estudiantes a través de los programas piloto.

2. El programa TecLab respaldado por el Puerto Rico Science, Technology & Research Trust. Este programa busca impulsar el futuro tecnológico de la juventud puertorriqueña dentro de los campos de tecnología, biotecnología y tecnologías emergentes, estableciendo los clubs TecLab en las escuelas secundarias de la isla. A través de este programa se busca fomentar: Interés en carreras tecnológicas; Habilidades transferibles y credenciales para instituciones técnicas y universidades; y Oportunidades de experiencias educativas alineadas con el mercado laboral.

3. El PR CyberHub, un programa diseñado para capacitar y apoyar a estudiantes en el sector de ciberseguridad, ayudándolos a obtener certificaciones y a iniciar negocios en esta industria. El programa ofrecerá credenciales de corta duración para estudiantes hispanos, en Puerto Rico y EE.UU., con un enfoque en acompañar a los participantes desde la formación hasta la creación de su propia empresa de servicios. A través de este programa se busca: Establecer oportunidades laborales en un campo bien remunerado; Retener el talento local; y Abrir oportunidades para atraer talento a la isla.

4. El Programa Bio Innovate tiene como objetivo aumentar la disponibilidad y calidad de credenciales técnicas de corto plazo y programas de aprendizaje en la industria de las ciencias vivas, sector prioritario para la economía de Puerto Rico. Se busca apoyar proveedores de educación de calidad y empleadores que ofrezcan formación certificada en biotecnología, biofarmacia y dispositivos médicos. A través de este programa se busca: Aumentar la inscripción en programas de credenciales de corto plazo/aprendizaje en ciencias vivas; Desarrollar nuevos programas programas alineados con las necesidades de la industria; y Facilitar el acceso a estos programas para más personas.

Aunque no se opusieron rotundamente a la medida, sostuvieron que ya implementan lo perseguido en el P. del S. 596 “…a través del programa 2lst Century Techforce, no solo dirigido a Niñas y Mujeres Jóvenes sino a toda la población”.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

De otra parte, fue la posición del Departamento de Educación favorecer el proyecto. Específicamente, mencionaron que

[e]sta iniciativa se alinea con la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, al promover la equidad de género, el desarrollo integral del estudiantado y la pertinencia del currículo escolar. También, reconoce la importancia de formar capital humano femenino en áreas de alta demanda profesional y alienta la colaboración interagencial como principio rector del desarrollo educativo y económico. El proyecto incluye componentes como mentorías, ferias vocacionales, acceso a becas, visitas a centros de innovación y la promoción de modelos a seguir, todos cónsonos con el mandato curricular de preparar a los estudiantes para el siglo XXI.

El Departamento no presenta objeción alguna al proyecto, ya que desde la Secretaría Auxiliar de Educación Ocupacional y Técnica (SAEOT) y la Secretaría Auxiliar de Servicios Académicos y Programáticos se implementan múltiples iniciativas que promueven la participación de las niñas en las disciplinas STEAM, tanto en programas ocupacionales como en programas académicos regulares. Actualmente, las féminas representan alrededor del 28 % del estudiantado en especialidades como Biotecnología, Electricidad, Electrónica, Dibujo Arquitectónico y Tecnología de Computadoras. No obstante, este porcentaje refleja un reto significativo en términos de equidad de género, lo cual hace que el proyecto legislativo sea oportuno y complementario a los esfuerzos ya vigentes. Además, el DEPR destaca la necesidad de fortalecer las actividades STEAM en escuelas regulares, no solo en las ocupacionales, por lo que esta medida puede ser un vehículo para expandir buenas prácticas a más planteles.

(Énfasis nuestro)

A tenor con lo anterior, hicieron varias recomendaciones, a saber:

  1. Que la implantación de la Ley se realice bajo la supervisión del Programa de Desarrollo de la Fuerza Laboral del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, que ya coordina esfuerzos de planificación estratégica, alianzas con el sector privado y programas de formación ocupacional.
  2. Que se incorpore una estrategia de evaluación de impacto diferenciada por género y región, con datos desagregados, para monitorear el progreso de las metas de equidad de forma continua.
  3. Que se diseñe una implantación gradual, comenzando por escuelas en regiones con alta demanda laboral en las disciplinas STEAM y con baja participación femenina.
  4. Que se articule un plan de comunicaciones para visibilizar modelos femeninos exitosos en estas áreas y romper con estereotipos culturales persistentes.

En fin, opinaron en el Departamento de Educación que “…el P. del S. 596 tiene un potencial significativo para contribuir al desarrollo de una fuerza laboral más inclusiva y preparada, siempre y cuando su estructura sea fortalecida desde el enfoque sistémico, operativo, fiscal entre el Departamento de Educación de Puerto Rico y el DDEC”. (Énfasis nuestro) Considerando esto, todas las enmiendas propuestas fueron acogidas y se encuentran debidamente incorporadas en el entirillado electrónico que acompañan a este informe.

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUERTO RICO

Respecto a la Universidad Politécnica, puntualizaron que “[e]ste proyecto aborda la brecha de género en los campos de STEAM, promoviendo la participación de niñas y mujeres jóvenes, lo cual es esencial para una representación equitativa en estas áreas fundamentales”. Agregaron que, fomenta “…el interés y la participación en carreras STEAM contribuirá directamente al desarrollo económico de Puerto Rico, generando una fuerza laboral bien preparada para enfrentar los desafíos tecnológicos y de innovación del futuro”. Además, que del mismo se destaca “…la importancia de incluir a todas las universidades especializadas en STEAM en el desarrollo e implementación del programa. La colaboración entre instituciones educativas puede enriquecer las iniciativas propuestas, asegurando un impacto más amplio y efectivo”.

Al igual que, el Departamento de Educación, hicieron varias recomendaciones, a saber:

  1. Crear un consorcio que involucre a universidades con especializaciones en STEAM para maximizar recursos y experticia.
  2. Establecer indicadores claros de éxito para evaluar el progreso del programa y su impacto en el tiempo.
  3. Fomentar alianzas con el sector empresarial para garantizar la relevancia y actualización continua del contenido educativo y de las oportunidades profesionalizantes.

Concluyen respaldando “…firmemente el Proyecto del Senado P de S 596, reconociendo su potencial para transformar la educación en Puerto Rico y fortalecer las oportunidades para las futuras generaciones de lideres en STEAM. Esta iniciativa no solo generará beneficios educativos y económicos, sino que también promoverá un cambio cultural hacia la equidad de genera en áreas clave para el progreso de la Isla”. Todas las enmiendas propuestas fueron acogidas y se encuentran debidamente incorporadas en el entirillado electrónico que acompañan a este informe.

UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO

La Universidad de Puerto Rico, por su parte, reconoció “…los méritos de la política pública promovida por el P. del S. 596, pues fomenta la participación de niñas y mujeres jóvenes en carreras STEAM en Puerto Rico como pieza clave para impulsar la equidad de género, los avances educativos y el desarrollo tecnológico en nuestra Isla. La baja participación de mujeres en STEAM limita su acceso a empleos especializados, bien remunerados y oportunidades de liderazgo, por lo cual, la promoción de su inclusión ayuda a cerrar esta brecha y a lograr una igualdad formal y práctica entre toda la población. Iniciativas como las propuestas, incluyendo mentorías y ferias vocacionales, pueden ser clave para aumentar su participación en estos campos”.

Incluso, afirmaron que

[a] través de los años, la Universidad se ha destacado, y es considerada como líder, en investigación en diversas disciplinas, tales como las ciencias, tecnologías, ingeniería, artes y matemáticas (en adelante, STEAM). De igual manera, la UPR cuenta con equipo especializado, así como un gran número de facilidades que se utilizan en la Isla para continuar innovando con investigaciones de calibre mundial. Nuestra Institución como el centro de actividad científica para estudiantes subgraduados y graduados de la Isla, representa el principal promotor de personal altamente capacitado, el cual es más solicitado y reclutado por corporaciones, industrias y el propio gobierno.

La Universidad ha incursionado en diversos proyectos e iniciativas dirigidas a promover la participación de la juventud y de estudiantes en general en actividades académicas relacionadas a STEAM. Como parte de las iniciativas, la institución ha promovido programas de verano para niños y adolescentes, a fin de que incursionen y/o despierten su interés en estas áreas. Asimismo, estas actividades son desarrolladas para derribar barreras de acceso y establecer enlaces que promuevan la creación de oportunidades para estudiantes de diversos contextos y trasfondos sociales. A modo de ejemplo, el programa Upward Bound ha desarrollado actividades de colaboración para acercar a los participantes a carreras STEAM. El Upward Bound es un programa educativo creado para estudiantes de escuela superior desde el noveno grade que provienen de familias de primera generación de universitarios y que sus ingresos económicos son limitados. Los interesados en participar de este programa deben aspirar a una carrera universitaria y tener interés por mejorar sus destrezas académicas para lograr esta meta.

Ciertamente, la aprobación del P. de. S. 596, y el desarrollo del Programa propuesto en este, podría ser de utilidad, directa e indirectamente, para aumentar la matrícula de estudiantes en nuestros recintos. En cuanto al rol de colaboración de las universidades con el DDEC, a fin de dar cumplimiento a las responsabilidades de la agencia, la Universidad se hace disponible para apoyar los esfuerzos que se realicen con el fin de viabilizar oportunidades, talleres y proveer el apoyo necesario a las participantes del programa. De igual manera, la institución plácidamente apoyaría las iniciativas mediante la participación de sus recurses académicos, así como, el uso de sus facilidades. Por otra parte, consideramos viable la colaboración de la Universidad para la orientación y concesión de becas dirigidas a mujeres en carreras STEAM. Asimismo, reconocemos la importancia que esta Asamblea Legislativa identifique los fondos necesarios para lograr el éxito del Programa.

(Énfasis nuestro)

Culminan exponiendo que “…la Universidad favorece la aprobación del P. del S. 596. Para lo cual, consideramos como punto de partida el dialogo entre los actos involucrados para el establecimiento de los acuerdos de colaboración pertinentes y la determinación de los compromisos que pueden contraer las partes, considerando los recursos y las alternativas disponibles. (…)”. (Énfasis nuestro).

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

De la evaluación realizada por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, no surge que la medida tenga impacto fiscal sobre las finanzas municipales.

CONCLUSIÓN

Analizado el proyecto en sus méritos, entendemos que el mismo requiere ser aprobado con prontitud. En apretada síntesis, el P. del S. 596 busca crear un programa permanente en el Departamento de Educación y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio dirigido a fomentar la participación de niñas y mujeres jóvenes en carreras en los campos de Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM), mediante iniciativas de mentoría, ferias vocacionales, acceso a becas y otros.

El proyecto de ley se fundamenta en la conclusión de que la equidad de género en los campos de la Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM, por sus siglas en inglés) es una meta fundamental para el desarrollo económico, social y educativo de Puerto Rico. A pesar de los avances en los últimos años, persisten barreras estructurales, culturales y económicas que limitan la plena participación de niñas y mujeres jóvenes en estas disciplinas. En consecuencia, este proyecto de ley responde a la necesidad de transformar vidas, reducir brechas de representación, y fortalecer el capital humano de la Isla en áreas de alta demanda profesional.

Al igual que el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, esta Comisión Informante entiende que, el modelo STEAM es fundamental para la transformación económica de Puerto Rico, ya que permite la creación de una fuerza laboral mas calificada y diversa, impulsa la innovación y el emprendimiento, y posiciona a la Isla como un centro atractivo para la inversión en sectores tecnológicos. La integración de las ciencias, la tecnología, la ingeniería, las artes y las matemáticas es un camino clave para asegurar un futuro próspero y sostenible para Puerto Rico en un mundo globalizado. Por ello, no cabe duda de que esta legislación se encuentra armoniosamente alineada con la política pública del Gobierno de Puerto Rico orientada al desarrollo económico, la atracción de inversiones y el fomento del emprendimiento.

Para terminar, es preciso indicar que la Sección 1 del Artículo III de la Constitución de Puerto Rico[1], delega a la Rama Legislativa la potestad de aprobar leyes. Por su parte, la Sección 17 del referido Artículo III[2], delinea el proceso legislativo a observarse para que una legislación presentada se convierta en ley. Asimismo, la Sección 19 del mismo Artículo[3], establece los requisitos constitucionales relativos a la aprobación de proyectos de ley, por los Cuerpos Legislativos y el Gobernador de Puerto Rico.

De conformidad con los preceptos constitucionales antes descritos, es imperativo reconocer que la aprobación del P. del S. 596 es un ejercicio válido de la facultad de esta Asamblea Legislativa, según es aquí fundamentado.

Sin lugar a dudas, es tarea de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico crear y aprobar política pública, la cual surge como respuesta a los cambios sociales que motivan la actualización del estado de derecho que rige el destino de todos los que aquí residimos. Por ello, podemos concluir que el propósito que origina la presentación de la medida ante nuestra consideración, es una acción cobijada dentro del amplio poder que tiene esta Rama, la cual fuera conferida por nuestros constituyentes.

Por todo lo anterior, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 596, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

Respetuosamente sometido,

_________________________

Hon. Nitza Moran Trinidad

Presidenta

Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo

  1. Esta Sección, específicamente, dispone que “[e]l Poder Legislativo se ejercerá por una Asamblea Legislativa, que se compondrá de dos Cámaras -el Senado y la Cámara de Representantes- cuyos miembros serán elegidos por votación directa en cada elección general.”

  2. Esta Sección, específicamente, dispone que “[n]ingún proyecto de ley se convertirá en ley a menos que se imprima, se lea, se remita a comisión y ésta lo devuelva con un informe escrito; pero la cámara correspondiente podrá descargar a la comisión del estudio e informe de cualquier proyecto y proceder a la consideración del mismo. Las cámaras llevarán libros de actas donde harán constar lo relativo al trámite de los proyectos y las votaciones emitidas a favor y en contra de los mismos. Se dará publicidad a los procedimientos legislativos en un diario de sesiones, en la forma que se determine por ley. No se aprobará ningún proyecto de ley, con excepción de los de presupuesto general, que contenga más de un asunto, el cual deberá ser claramente expresado en su título, y toda aquella parte de una ley cuyo asunto no haya sido expresado en el título será nula. La ley de presupuesto general sólo podrá contener asignaciones y reglas para el desembolso de las mismas. Ningún proyecto de ley será enmendado de manera que cambie su propósito original o incorpore materias extrañas al mismo. Al enmendar cualquier artículo o sección de una ley, dicho artículo sección será promulgado en su totalidad tal como haya quedado enmendado. Todo proyecto de ley para obtener rentas se originará en la Cámara de Representantes, pero el Senado podrá proponer enmiendas o convenir en ellas como si se tratara de cualquier otro proyecto de ley.”

  3. Esta Sección, específicamente, dispone que “[c]ualquier proyecto de ley que sea aprobado por una mayoría del número total de los miembros que componen cada cámara se someterá al Gobernador y se convertirá en ley si éste lo firma o si no lo devuelve con sus objeciones a la cámara de origen dentro de diez días (exceptuando los domingos) contados a partir de la fecha en que lo hubiese recibido.

    Cuando el Gobernador devuelva un proyecto, la cámara que lo reciba consignará las objeciones del Gobernador en el libro de actas y ambas cámaras podrán reconsiderar el proyecto, que de ser aprobado por dos terceras partes del número total de los miembros que componen cada una de ellas, se convertirá en ley.

    Si la Asamblea Legislativa levanta sus sesiones antes de expirar el plazo de diez días de haberse sometido un proyecto al Gobernador, éste quedará relevado de la obligación de devolverlo con sus objeciones, y el proyecto sólo se convertirá en ley de firmarlo el Gobernador dentro de los treinta días de haberlo recibido.

    Toda aprobación final o reconsideración de un proyecto será en votación por lista.”

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