GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 600
INFORME NEGATIVO
26 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Gobierno, previo estudio y consideración del P. del S. 600, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 600, tiene como propósito enmendar la Ley Núm. 17-2019, conocida como la "Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico", a los fines de establecer metas regionales de generación con fuentes de energía renovable a ser cumplidas por LUMA Energy, Genera PR y cualquier otra entidad contratada; facultar al Negociado de Energía de Puerto Rico para su fiscalización; y para otros fines relacionados.
AnÁlisis de la Medida
La Ley 17-2019, según enmendada, conocida como "Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico" (Ley 17-2019) marcó el inicio de un proceso de transición energética en Puerto Rico, con el compromiso de aumentar progresivamente el uso de fuentes renovables. No obstante, a cinco años de su aprobación, los avances han sido limitados y desiguales. En muchas comunidades, especialmente las del centro de la Isla, la implantación de soluciones como microrredes o sistemas solares sigue siendo mínima. Aunque el sistema eléctrico ahora está en manos de operadores privados como LUMA Energy (LUMA) y Genera PR (Genera), ninguna de estas entidades tiene la obligación de cumplir metas específicas por región. Esa ausencia de responsabilidad territorial ha contribuido a una planificación fragmentada, sin tomar en cuenta las necesidades particulares de cada zona. La medida bajo análisis propone establecer metas regionales obligatorias, tomando en consideración factores como el consumo, la vulnerabilidad y el potencial energético local, con el fin de asegurar una transición más justa y fiscalizable.
ALCANCE DEL INFORME
La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico toma conocimiento de que el Proyecto del Senado 586, medida con iguales propósitos a la evaluada en el presente Informe, ha sido evaluada debidamente por esta Comisión. Habida cuenta de que la Comisión de Gobierno evaluó, analizó y trabajó sobre el Proyecto del Senado 586 y para evitar la duplicidad en el trámite legislativo de la medida, esta Comisión concluye que no existe mérito para continuar con su consideración.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno certifica que el P. del S. 600 no impone una obligación económica adicional en los presupuestos de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
Conforme a lo antes expuesto, la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, no recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 600.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisiónprevio estudio y consideración, tiene a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Negativo sobre el Proyecto del Senado 600.
Respetuosamente sometido,
SEN. ÁNGEL TOLEDO LÓPEZ
Presidente
Comisión de Gobierno del
Senado de Puerto RicoDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.