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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma.	Asamblea	1 ra.	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 171
6 de mayo de 2025
Presentado por el señor Rosa Ramos
Referido a Comisión de Asuntos Internos

LEY

Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estatus y funcionamiento actual del Programa de Educación Agrícola del Departamento de Educación de Puerto Rico, incluyendo datos sobre matrícula, cantidad de escuelas participantes, currículo académico, asignación y uso de fondos presupuestarios, personal docente y técnico, así como las proyecciones del Departamento para fortalecer o modificar dicho programa; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Según el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA), más del 85% de los productos alimenticios que se consumen en la isla se traen de los Estados Unidos continentales y otros países. Esta fuerte dependencia de las importaciones se debe principalmente a varios factores interconectados. Dicho esto,  es imperativo incentivar y visibilizar las trayectorias agrícolas desde edades tempranas. El Programa de Educación Agrícola del Departamento de Educación de Puerto Rico ha sido, históricamente, un componente clave para promover el conocimiento técnico y práctico en el campo de la agricultura entre la juventud puertorriqueña. A través de este programa, miles de estudiantes han tenido acceso a experiencias educativas dirigidas al desarrollo de destrezas en producción agrícola, manejo de recursos naturales, agronegocios, liderazgo y desarrollo comunitario.
No obstante, en los últimos años se ha observado un aparente descenso en el alcance del programa. Informes preliminares apuntan a una posible reducción en la cantidad de escuelas que ofrecen el programa, limitaciones en el número de maestros especializados disponibles, recortes presupuestarios y falta de actualización curricular.
A su vez, el desarrollo de la agricultura sustentable, el relevo generacional en el campo agrícola y la necesidad de fortalecer la seguridad alimentaria local, son temas estratégicos para la recuperación económica y ambiental de Puerto Rico. En este contexto, la educación agrícola escolar se posiciona como una herramienta fundamental para crear conciencia, capacitar y encaminar a nuevas generaciones hacia profesiones vinculadas a la agricultura, la agroindustria y la sostenibilidad ambiental.
Es deber de la Asamblea Legislativa fiscalizar y promover el fortalecimiento de programas educativos que estén alineados con las necesidades actuales y futuras del país. Por ello, resulta imperativo evaluar el estado actual del Programa de Educación Agrícola, su implantación a nivel isla, y las proyecciones del Departamento de Educación en torno a su desarrollo, expansión o reestructuración.
RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:
    Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estatus del Programa de Educación Agrícola del Departamento de Educación de Puerto Rico.
     Sección 2.- Como parte de esta investigación, la Comisión deberá:
 Destacar la cantidad de escuelas públicas que actualmente ofrecen el programa de educación agrícola, desglosado por región educativa;
Destacar el número de estudiantes matriculados en el programa por año escolar, desde el 2018 al presente;
Indagar cuánto presupuesto ha sido asignado para el programa y cuánto ha sido utilizado durante los últimos cuatro (4) años fiscales, detallando las fuentes de financiamiento y su distribución;
Describir el currículo académico actual, certificaciones disponibles y oportunidades de prácticas o alianzas;
Desarrollar un inventario del personal docente y técnico asignado, incluyendo cualificaciones y áreas de especialidad;
Describir los planes y estrategias del Departamento de Educación para expandir o modificar el programa en el futuro;
Evaluar los retos operacionales y necesidades identificadas por las escuelas participantes;
Analizar  los posibles impactos del programa en el desarrollo económico y agrícola de Puerto Rico.
    Sección 3.-La Comisión de Educación, Arte y Cultura podrá celebrar vistas públicas y requerir la comparecencia de funcionarios y partes interesadas; requerir información, documentos y realizar inspecciones oculares con el fin de recopilar información precisa y actualizada; y cumplir con el mandato de esta Resolución de conformidad con el Artículo 31 del Código Político de Puerto Rico de 1902, según enmendado. 
     Sección 4.- La Comisión de Educación, Arte y Cultura, deberá rendir un informe detallado con los hallazgos, conclusiones y recomendaciones al Pleno del Senado dentro de un término de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta Resolución.
     Sección 5.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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