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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. del S. 172

INFORME FINAL

31 de octubre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, presenta ante este Alto Cuerpo, el Informe Final sobre la Resolución del Senado 172, con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La medida que origina la presente investigación, la Resolución del Senado 172, tiene el propósito de ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico, “realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley 22-2021, conocida como "Ley de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico", por parte de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Gobierno de Puerto Rico, con el propósito de garantizar su cumplimiento efectivo y su impacto en la comunidad sorda del país; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

En un contexto de crecientes desafíos sociales, económicos y demográficos que afectan a la comunidad sorda puertorriqueña —desde la discriminación lingüística y cultural hasta la falta de acceso equitativo a servicios gubernamentales, exacerbada por barreras como la ausencia de interpretación en lenguaje de señas y la limitada concienciación institucional—, la Resolución del Senado 172 (R. del S. 172) emerge como un instrumento para fortalecer el rol de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico (OECS) como pilar del bienestar colectivo. Esta medida, ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley Núm. 22-2021, conocida como "Ley de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico", adscrita a la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI), con el objetivo inquebrantable de optimizar sus servicios, identificar necesidades críticas y superar dificultades operativas.

Este Informe Final, elaborado al amparo de la Sección 1 de la citada Resolución y basado en las ponencias recibidas de la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) y la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico (OECS) en respuesta a un requerimiento de información realizado, representa un paso decisivo hacia la transparencia y la eficiencia gubernamental. A través de un análisis riguroso, se desglosan avances notables en accesibilidad lingüística e inclusión cultural, junto a retos persistentes que demandan acción inmediata, como déficits presupuestarios influenciados por la Junta de Control Fiscal, vacantes críticas en personal especializado y brechas tecnológicas que afectan a la comunidad sorda. Con un enfoque en el mejoramiento continuo y la participación ciudadana, este informe no solo diagnostica el estado actual de la OECS, sino que propone recomendaciones concretas para garantizar que cada miembro de la comunidad sorda en Puerto Rico reciba el acceso equitativo y efectivo que merece, reafirmando el compromiso del Senado con una política pública inclusiva y resiliente.

ALCANCE DEL INFORME

Para la redacción de este Informe la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos solicitó y recibió las ponencias de la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) y de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda del Gobierno de Puerto Rico (OECS).

PONENCIAS

  1. Oficina Enlace de la Comunidad Sorda (OECS)

La Defensoría de las Personas con Impedimentos, a través de su Oficina Enlace de la Comunidad Sorda (OECS), inició su ponencia subrayando su alineación plena con los mandatos establecidos en la Resolución del Senado 172. En ese marco, destacó la necesidad urgente de garantizar el acceso equitativo a los servicios públicos como un derecho fundamental, independiente del tipo de impedimento que presente la persona.

Durante la exposición, la OECS abordó la existencia persistente de barreras estructurales que han afectado históricamente a la comunidad sorda. Entre estas, se señaló la falta de mecanismos adecuados de interpretación, así como la escasa sensibilización institucional, factores que han contribuido a una exclusión lingüística y cultural sistemática. La entidad coincidió expresamente con los fundamentos de la Resolución, en particular con la afirmación de que la Ley Núm. 22-2021 fue concebida para establecer la OECS como organismo adscrito a la DPI, con el propósito de diseñar y ejecutar políticas públicas que garanticen la accesibilidad gubernamental, promuevan la concienciación sobre los derechos de las personas sordas, y faciliten la comunicación entre esta comunidad y las agencias públicas.

En el contexto de la R. del S. 172, la intervención también abordó el marco normativo que dio origen a la Ley Núm. 22-2021, promulgada el 5 de agosto de 2021, la cual representa un instrumento legislativo de vanguardia a nivel internacional. Esta ley fue concebida con el objetivo de implementar políticas inclusivas que reviertan el aislamiento sistémico sufrido por una comunidad estimada en más de 250,000 personas sordas en Puerto Rico.

La OECS reafirmó su compromiso institucional como entidad dotada de autonomía fiscal, programática y administrativa, encargada de ofrecer servicios esenciales como interpretación, enlace interagencial, gestoría, referidos y coordinación dentro de las agencias gubernamentales. Todas estas funciones están orientadas a incorporar el lenguaje de señas —con su propia estructura gramatical visual, corporal y manual— como componente esencial en los procesos de interacción, reconociéndolo como el tercer idioma en la práctica puertorriqueña y un derecho humano de las personas sordas.

Para ilustrar las consecuencias de la exclusión institucional, se mencionó el caso de Janet Viera Grau, una joven sorda de Vega Alta, quien enfrentó la pérdida de la custodia de sus hijos sin contar con una interpretación adecuada, lo que culminó en su fallecimiento. Este caso se presentó como un reflejo de décadas de marginación, y como argumento a favor de la necesidad de reformas estructurales que reconozcan y respeten la cultura sorda y su idioma, permitiendo así su plena participación en los asuntos públicos.

Asimismo, la OECS consideró que la Ley Núm. 22-2021 constituye una iniciativa legislativa histórica, dirigida a beneficiar a una ciudadanía con identidad cultural e idioma gestual propios. La aplicación de esta ley exige transformaciones profundas en las estructuras gubernamentales, para asegurar un acceso efectivo tanto visual como lingüístico, mediante la creación desde cero de los mecanismos requeridos, dado que no existían precedentes previos.

Durante la presentación, se citaron directamente fragmentos de la exposición de motivos de la Ley Núm. 22-2021, destacando el reconocimiento de la desventaja sistémica que enfrentan las personas sordas en el acceso a servicios gubernamentales. También se señaló la existencia de barreras estructurales no intencionales, pero insuperables, y se trajo a colación una afirmación de la Federación de Alcaldes de Puerto Rico, que llegó a calificar esta situación como un "estado de apartheid" por la ausencia de interpretación adecuada.

La intervención resaltó también el compromiso asumido por la Asamblea Legislativa al responsabilizarse, por primera vez, de atender las necesidades de comunidades vulnerables desde un enfoque de justicia social. En este proceso se reconoció el trabajo de organizaciones como SAL por los SORD@S, de la Sociedad para la Asistencia Legal, que durante más de una década impulsaron proyectos de defensa de los derechos lingüísticos y facilitaron el acceso legal de la comunidad sorda. Se reconoció, además, que esta población ha sido objeto de opresión debido a la falta de políticas públicas eficaces, lo cual ha generado brechas, desconfianza institucional y una profunda laceración en su dignidad.

El lenguaje de señas fue reafirmado como un derecho humano con gramática propia, y se señaló que su implementación debe incluir la participación directa de personas sordas y profesionales especializados. Esta participación es esencial, dada la escasez y complejidad de los servicios requeridos, así como la diversidad lingüística que caracteriza a la comunidad sorda. Se identificó, además, la necesidad de desarrollar acomodos razonables, cambios estructurales, programas de capacitación, reglamentación específica, sensibilización institucional y recursos tecnológicos apropiados.

Por otro lado, la OECS advirtió que un amplio sector de la comunidad sorda aún desconoce la existencia de la Oficina, debido a la falta de acceso efectivo a la información. Para respaldar la importancia de un liderazgo idóneo, se citó el Artículo 3(a) de la Ley Núm. 22-2021, el cual establece que el Director Ejecutivo debe poseer un historial probado de colaboración con la comunidad sorda y dominio del lenguaje de señas. Entre sus funciones se incluye la estructuración de la oficina, creación de manuales, reglamentación, establecimiento de enlaces con agencias públicas, análisis de las necesidades de la comunidad y elaboración de informes anuales sobre el cumplimiento de la ley.

En este contexto, se mencionó el nombramiento del Lcdo. Juan José Troche Villeneuve, efectuado el 16 de septiembre de 2022, quien ha liderado los procesos de organización interna conforme a la Carta Circular Núm. 93-11 de la Oficina de Gerencia y Presupuesto. La aprobación de la estructura se logró en octubre de 2023, y el 7 de marzo de 2025 se sometió oficialmente el planteamiento de puestos (número 202545637), cuya autorización está pendiente. Esta acción permitirá avanzar en el reclutamiento de personal clave y en la prestación de servicios altamente especializados, diseñados con enfoque en una comunidad con identidad lingüística y cultural particular.

La ponencia concluyó con un respaldo firme e inequívoco a la Resolución del Senado 172, la cual fue valorada como un mecanismo esencial para documentar los avances en la creación de protocolos inéditos, diseñados desde sus cimientos con participación comunitaria. Además, se resaltó su utilidad para identificar áreas de intervención clave, tales como la ampliación de recursos que permitan superar la desconfianza histórica y avanzar hacia una inclusión real y profunda, que vaya más allá de la simple provisión de servicios interpretativos.

  1. Defensoría de las Personas con Impedimentos

La Defensoría de las Personas con Impedimentos dio inicio a su ponencia reconociendo el requerimiento de información cursado el 2 de julio de 2025 y reiterando su respaldo a la Resolución del Senado 172. Esta fue valorada como una herramienta meritoria y necesaria para documentar el avance en la implantación de servicios gubernamentales dirigidos a una comunidad que requiere atención especializada, compleja y sensible. Como parte del análisis, se integró por referencia la ponencia del 23 de julio de 2025, complementada con respuestas detalladas a 21 interrogantes específicas, destacando el carácter jurídico innovador de la Ley Núm. 22-2021, única a nivel internacional, orientada a garantizar los derechos humanos de las personas sordas mediante una gobernanza inclusiva que trasciende la interpretación lingüística y abarca las implicaciones de la sordera a lo largo de la vida.

En el contexto de dicha resolución, la institución reconoció la sensibilidad del Senado hacia comunidades vulnerables, resaltando la importancia de visibilizar y consolidar la política pública integradora que representa esta legislación. Se expuso el desarrollo institucional de la OECS, iniciado con el nombramiento del Lcdo. Juan José Troche Villeneuve como Director Ejecutivo por el Gobernador Pedro Pierluisi el 5 de agosto de 2022, con funciones asumidas formalmente el 16 de septiembre del mismo año. El establecimiento de la oficina culminó a finales de 2022 con la habilitación de un espacio físico adscrito a la DPI.

El proceso administrativo enfrentó retos significativos ante la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en conformidad con la Carta Circular Núm. 93-11. Entre ellos, se presentó una solicitud de reunión para estructuración organizacional el 3 de octubre de 2022 y una advertencia sobre posibles conflictos de interés el 1 de noviembre de ese año, debido a la dualidad entre el rol fiscalizador de la DPI (Ley Núm. 158-2015) y la naturaleza prestadora de servicios de la OECS. Esta complejidad se vio agravada por la ausencia de actualizaciones estructurales en la DPI desde 2015, y por el proceso de sindicatura bajo la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), finalizado en junio de 2024, lo que dilató la independencia operativa y complicó la separación de fondos federales y la identificación administrativa de la OECS dentro de la agencia.

En cuanto a la preparación del Director Ejecutivo, cuenta con:

Respecto a la infraestructura física, la OECS cuenta con su sede central en la Torre Sur del Centro Gubernamental Minillas (Piso 2, Oficina 204), compartiendo un espacio limitado de 20x10 pies con la DPI, equipado con los recursos mínimos (escritorio, computadora, teléfono). Además, existen oficinas regionales proyectadas en Humacao, Arecibo, Ponce y Mayagüez, compartidas con la DPI, mientras que en Guayama aún no se ha logrado establecer una oficina por limitaciones presupuestarias. Se describió, además, el esfuerzo por adquirir la antigua Escuela República de México como sede permanente, respaldado por una asignación de $1.2 millones en fondos CAPEX aprobados por la Junta de Supervisión Fiscal. Sin embargo, el trámite permanece detenido debido a cambios administrativos, a pesar de múltiples comunicaciones formales con autoridades, incluyendo la Secretaría del DTOP (julio 2023) y de la Gobernación (marzo 2025).

En términos de recursos humanos, la OECS aún no cuenta con empleados de carrera permanente. Opera mediante contratos de servicios profesionales y con apoyo limitado de personal de la DPI. El planteamiento estructural presentado a la OGP contempla alrededor de 25 posiciones especializadas —como intérpretes y coordinadores— cuya naturaleza no se encuentra contemplada en el actual Plan de Clasificación del Gobierno. Esto ha requerido establecer grupos de trabajo con la OATRH para desarrollar nuevas clasificaciones conforme a las funciones requeridas.

Los presupuestos asignados han sido gestionados en conjunto con la DPI (agencia 153). La OECS comenzó operaciones en 2022 con $300,000 en fondos internos, incrementando a $1,000,000 para el año fiscal 2023-2024 (con $600,000 utilizados y $400,000 en remanente), $1,500,000 para 2024-2025 y $2,000,000 para 2025-2026. Estos fondos, aunque significativos, resultan insuficientes para garantizar una autonomía fiscal plena. Por ello, se propuso un acuerdo colaborativo que permita mayor transparencia y eficacia administrativa.

Entre las gestiones realizadas para la operacionalización de la OECS, la agencia enumeró acciones como la habilitación de correos institucionales (e.g., oecs@dpi.pr.gov), el acondicionamiento del espacio físico, apoyo administrativo en áreas clave, integración en planteamientos presupuestarios, ajustes fiscales prioritarios, contratación de personal por servicios profesionales, sometimiento de la estructura organizacional, identificación de planteles para expansión, y la construcción de un estudio de grabación en las facilidades de NMEAD para la producción de material audiovisual informativo. También se adquirieron vehículos mediante fondos CAPEX para facilitar la movilidad del personal en oficinas regionales.

Para garantizar una comunicación efectiva, se desarrollaron varias cartas circulares orientadoras, como la OECS-2024-001 (implantación general), OECS-2024-002 (estructura organizacional), OECS-2024-003 (orden de implantación), OECS-2024-004 (funciones de enlaces interagenciales), y OECS-2024-005 (servicios disponibles y exclusiones). Además, se implementó un plan piloto con el Departamento de la Familia que incluyó la instalación de VRI en 95 oficinas, nombramiento de 250 enlaces institucionales y capacitaciones diseñadas por la DECEP-UPR y la Alianza UPR. Estas capacitaciones —centradas en lenguaje de señas, cultura sorda y sensibilización— se adaptaron a las nuevas disposiciones de la Ley 22-2021, reemplazando las prácticas masivas ineficaces del pasado.

Uno de los desafíos más relevantes es la inexistencia de un directorio de intérpretes certificados, debido a la ausencia de reglamentación profesional y la falta de funcionamiento de una Junta Examinadora. Actualmente, solo hay cerca de 50 intérpretes cualificados disponibles en la isla. Como respuesta, se propuso establecer un comité multisectorial para desarrollar recomendaciones normativas.

Durante el período informado, se capacitaron más de 1,000 funcionarios públicos en 43 sesiones específicas, documentadas con fechas, participantes y contenidos. Estas incluyeron actividades como: sesión sobre cultura sorda y abecedario para personal de PRITS (diciembre de 2022), adiestramiento a trabajadores sociales del Departamento de Educación (enero de 2023), formación al personal de ASSMCA (septiembre de 2024), y el primer conversatorio comunitario realizado en Guayanilla (junio de 2025), con la participación de 100 personas sordas y aliadas.

Se atendieron directamente a 373 personas sordas y se proveyeron 177 servicios de interpretación, con un impacto indirecto en más de 1,000 personas a través de eventos y alianzas con entidades como Sordos Unidos y el Colegio San Gabriel. Aunque no existen estudios formales de percepción comunitaria, se proyectan conversatorios, consultas, estrategias de redes sociales y métricas mediante "Projects Charts", sujetos a disponibilidad presupuestaria.

Los informes anuales de los años 2022, 2023 y 2024 fueron adjuntados, con el más reciente presentado junto con esta ponencia. Su retraso respondió a limitaciones estructurales y de personal. Entre los logros más significativos se incluyeron la respuesta a emergencias (huracanes Fiona y Ernesto), el establecimiento de servicios VRI/VRS (como en Línea PAS de ASSMCA), cambios estructurales en páginas web gubernamentales, reclutamiento de una influenciadora sorda parcial (Celimar Rivera Cosme), campañas de concienciación, reclutamiento de una influenciadora sorda parcial (Celimar Rivera Cosme), campañas de concienciación, creación de cápsulas informativas en lenguaje de señas mediante el estudio en NMEAD, y el ofrecimiento del primer curso de lengua de señas para familias de personas sordas, llevado a cabo en octubre de 2024. También se resaltó el logro de garantizar accesibilidad durante las elecciones del 2024, mediante servicios de interpretación para personas sordociegas a través de VRS, así como el cumplimiento con el Plan de Acción Correctiva (PAC) de la Oficina del Inspector General (OIG) y la celebración del primer conversatorio comunitario en Guayanilla, con una participación diversa de la comunidad sorda y sus aliados.

En cuanto a los desafíos enfrentados, se identificaron once (11) retos principales. Entre ellos: la ausencia de personal de carrera, lo que ha limitado el ritmo de implantación; la insuficiencia del espacio físico actual para albergar una estructura con al menos 25 empleados; el desconocimiento generalizado sobre la sordera y la cultura sorda, que continúa siendo la primera barrera institucional; la alta rotación en las agencias, que ha dificultado la continuidad de las capacitaciones; la falta de integración interagencial, lo que ha planteado la necesidad de una centralización parcial para facilitar procesos mediante tecnología como VRI/VRS; la falta de regulación del ejercicio profesional de los intérpretes; limitaciones presupuestarias que impiden una autonomía operativa real; ausencia de uniformidad reglamentaria en los contratos de servicios profesionales; exclusión de la OECS de planes estratégicos gubernamentales; falta de reconocimiento de estos servicios como esenciales bajo PROMESA; y una débil inserción en estructuras de gobernanza, lo cual requiere mayor respaldo de las autoridades nominadoras.

En cuanto a colaboraciones, se documentaron alianzas estratégicas con 19 entidades, entre ellas: Sordos Unidos de Puerto Rico (eventos comunitarios); Colegio San Gabriel (congresos educativos); Universidad de Puerto Rico (capacitaciones y diseño curricular); Asociación de Sordos Ciegos de Puerto Rico (accesibilidad dual); Ministerio EFATA (atención a población religiosa sorda); DECEP-UPR (currículos formativos); Oficina del Procurador del Ciudadano (defensa de derechos); Organización de Patólogos del Habla de Puerto Rico (servicios terapéuticos); Centro Comprensivo de Cáncer (educación en salud); Consejo Avanzando Juntos (intervención temprana); Universidad Gallaudet (colaboración internacional); APNI (apoyo a familias); diversas escuelas de Derecho; Fundación Miracle Hearing (donación de audífonos); y la Universidad Ana G. Méndez (capacitación de intérpretes).

Finalmente, la ponencia presentó doce (12) recomendaciones puntuales dirigidas a fortalecer la implantación efectiva de la Ley Núm. 22-2021. Entre ellas, se propuso: asegurar espacios físicos adecuados para una operación digna y eficiente; aprobación formal de la estructura organizacional pendiente ante la OGP; enmiendas legislativas para establecer enlaces interagenciales permanentes, similares a la Ley 238-2004; otorgar autonomía administrativa plena a la OECS como organismo independiente; asignar un presupuesto propio, fijo y recurrente; garantizar la inclusión formal de la OECS en estructuras de gobernanza y toma de decisiones; clasificación de sus servicios como esenciales bajo PROMESA y FOMB; establecer reglamentos uniformes para los contratos de personal especializado; reevaluar mecanismos para una centralización funcional mediante tecnología; enmendar la Ley para fijar término y salario del Director Ejecutivo, equiparando condiciones laborales con las de personal especializado; y regular de manera urgente el ejercicio profesional de intérpretes mediante una Junta Examinadora que establezca estándares, licencias y un directorio formal.

La presentación culminó destacando que, a pesar de los desafíos, la OECS ha cumplido con los propósitos legislativos establecidos por la Asamblea Legislativa. Sus acciones han tenido impactos tangibles en áreas críticas como el acceso a vivienda, justicia, salud y servicios sociales. La Ley Núm. 22-2021 fue reconocida no solo como un logro normativo sin precedentes, sino también como un instrumento de sanación social y restauración de la dignidad de una comunidad históricamente marginada. A pesar del camino que aún queda por recorrer, la implementación en curso sienta bases sólidas para una inclusión sustantiva y sostenible de la comunidad sorda en la vida pública del país.

ANÁLISIS Y HALLAZGOS

El análisis de las ponencias recibidas en respuesta al requerimiento de información del 2 de julio de 2025 revela un panorama integral de la implementación de la Ley Núm. 22-2021, destacando tanto avances significativos en la estructuración de servicios especializados para la comunidad sorda como retos persistentes en aspectos presupuestarios, administrativos y operacionales. Las ponencias, provenientes de la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) a través de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda (OECS), proporcionan datos detallados que permiten identificar fortalezas, debilidades y oportunidades para mejoramiento, alineados con el mandato de la R. del S. 172 de evaluar el cumplimiento efectivo de la ley, su impacto en la comunidad sorda y la formulación de recomendaciones para garantizar acceso equitativo a servicios gubernamentales. A continuación, se desglosa el análisis por áreas temáticas, integrando hallazgos claves derivados directamente de la información suministrada, con énfasis en la protección de derechos lingüísticos y culturales de la comunidad sorda.

  1. Análisis de Postura Institucional y Trasfondo Normativo

Las ponencias confirman una postura institucional favorable y unánime hacia la R. del S. 172, reconociéndola como una herramienta saludable, meritoria y necesaria para exponer el trabajo realizado en la implantación de servicios complejos y especializados, visibilizando una legislación innovadora que no existe en ninguna otra jurisdicción y que pretende garantizar los derechos humanos de las personas sordas. Se destaca la coincidencia con la exposición de motivos de la resolución, particularmente en la afirmación de que el acceso equitativo a servicios gubernamentales es un derecho fundamental, y se resalta la persistencia de barreras históricas como la falta de accesibilidad en agencias, carencia de interpretación en lengua de señas e insuficiente concienciación, lo que ha perpetuado marginación, audismo y discriminación institucional.

Un hallazgo clave es el trasfondo detallado de la Ley Núm. 22-2021, promulgada el 5 de agosto de 2021, que crea la OECS como entidad adscrita a la DPI con autonomía fiscal, programática y administrativa, encargada de ejecutar política pública en favor de las personas sordas (estimadas en 250,000, cerca del 8% de la población según IEPR 2018), brindando servicios de interpretación, enlace, gestoría, referidos y coordinación para evitar exclusión por sordera. Se enfatiza su misión en capacitar personal gubernamental, recopilar informes sobre necesidades específicas por agencia, documentar prestación de servicios y ofrecer talleres a la comunidad sorda sobre interacción efectiva con entidades públicas. La ley se describe como histórica y única, implicando la estructuración de servicios para una comunidad con cultura especial e idioma gestual-visual (lengua de señas como tercer idioma práctico, con gramática propia), requiriendo cambios estructurales en agencias para acceso visual, creados desde cero ante ausencia de precedentes.

Se invocan precedentes de discriminación, citando textualmente la exposición de motivos: la comunidad enfrenta desventajas en acceso a servicios, con consecuencias graves como el caso de Janet Viera Grau (suicidio tras remoción de hijos sin interpretación), ilustrando urgencia en reformular atención como asunto de derechos humanos para salvar vidas y erradicar ignorancia institucional. Se resalta que el andamiaje gubernamental no consideró necesidades inherentes a la sordera, generando barreras insuperables, y se menciona la afirmación de la Federación de Alcaldes sobre un "estado de apartheid". Se argumenta que la ley responde a reclamos históricos, fruto de lucha comunitaria a través de proyectos como SAL por los SORD@S, reconociendo opresión por falta de políticas certeras, generando brechas, desconfianza y laceración de dignidad. Se enfatiza la necesidad de participación directa de la comunidad y profesionales para servicios especializados, considerando la diversidad lingüística, acomodos razonables, cambios estructurales, capacitación, reglamentación, sensibilidad y herramientas tecnológicas.

Se detalla el nombramiento del Director Ejecutivo el 16 de septiembre de 2022, iniciando estructuración ante OGP conforme Carta Circular 93-11, con aprobación en octubre de 2023 y sometimiento de puestos el 7 de marzo de 2025 (202545637), pendiente para reclutamientos. Se resalta que un sector sordo desconoce la OECS por falta de acceso a información, y se cita el Artículo 3(a) sobre composición, requiriendo un Director Ejecutivo con historial probo en vínculos comunitarios y dominio de lengua de señas, responsable de estructurar la oficina, manuales, reglamentos, enlaces, estudios de necesidades, informes anuales y funciones inherentes. Estos hallazgos indican una legislación pionera, pero con una implementación compleja, requiriendo apoyo para superar la ignorancia y opresión, garantizando su inclusión sustantiva.

  1. Análisis Administrativo: Estructura, Procesos y Recursos Humanos

La estructura organizacional de la Oficina de Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico (OECS) se configura como una entidad adscrita a la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI), conforme a la autonomía fiscal, programática y administrativa establecida en su ley habilitadora; no obstante, los hallazgos evidencian complejidades administrativas, tales como la determinación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) de integrar la OECS dentro de la estructura de la DPI (agencia 153), lo cual genera potenciales conflictos de intereses entre la función fiscalizadora de la DPI —regulada por la Ley 158-2015— y la prestación directa de servicios de la OECS, agravados por el proceso de sindicatura bajo la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), culminado en junio de 2024, que dilataron la consecución de su independencia operativa plena. Se detalla el cronograma correspondiente: el nombramiento del Director Ejecutivo se efectuó el 5 de agosto de 2022, asumiendo funciones el 16 de septiembre del mismo año; la habilitación del espacio físico adscrito a la DPI se concretó a finales de 2022; la solicitud de estructuración organizacional ante la OGP se cursó el 3 de octubre de 2022; la advertencia sobre posibles conflictos se notificó el 1 de noviembre de 2022; la aprobación se otorgó en octubre de 2023; y el sometimiento del planteamiento de puestos se realizó en marzo de 2025, permaneciendo pendiente de resolución.

Un hallazgo clave consiste en la ausencia de personal permanente de carrera, operando la entidad mediante contratos de servicios profesionales y con un apoyo limitado de la DPI —restringido por la propia escasez de recursos humanos en dicha Defensoría—, con un planteamiento para aproximadamente veinticinco (25) puestos (incluyendo intérpretes y coordinadores) pendiente de aprobación en la OGP, el cual requiere la conformación de un grupo de trabajo con la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) para la creación de clasificaciones nuevas no contempladas en el Plan de Clasificación del Gobierno. Se resalta la necesidad imperiosa de facilidades físicas adecuadas, con esfuerzos documentados para adquirir la Escuela República de México (aprobación de $1.2 millones en fondos CAPEX por la Junta de Supervisión Fiscal). Actualmente, el trámite se encuentra suspendido por cambios administrativos, lo que limita la expansión a las oficinas regionales (Humacao, Arecibo, Ponce y Mayagüez, compartidas con la DPI; Guayama, pendiente de gestiones).

Se detallan las acciones emprendidas por la DPI para operacionalizar la OECS: la habilitación de correos electrónicos institucionales; la provisión de espacio físico equipado; la asignación inicial de $300,000; el apoyo administrativo en contabilidad y recursos humanos; la inclusión en planteamientos presupuestarios; los ajustes fiscales; el otorgamiento de contratos; los sometimientos ante la OGP; la identificación de planteles escolares; la construcción de un estudio de grabación en el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (NMEAD); y la provisión de vehículos. Estos hallazgos indican una estructura funcional en esencia, pero afectada por atascos administrativos que exigen la consecución de independencia para asegurar la transparencia y la agilidad operativa.

  1. Análisis Operacional: Prestación de Servicios, Capacitaciones y Transparencia

Operacionalmente, las ponencias resaltan servicios como la interpretación presencial y remota, los sistemas de Video Relevo (VRS) y Video Remoto de Interpretación (VRI), talleres de capacitación, enlaces interinstitucionales, con un plan piloto en el Departamento de la Familia que incluye VRI en 95 oficinas, 250 enlaces designados (principal y alterno por oficina), y capacitaciones coordinadas con el DECEP-UPR. Se listan 43 capacitaciones detalladas (por ejemplo, el 16 de diciembre de 2022 a funcionarios de PRITS sobre cultura sorda y abecedario; el 21 de junio de 2025, conversatorio en Guayanilla con 100 participantes sordos y aliados), impactando a más de 1,000 funcionarios en agencias como el Departamento de Educación, Justicia y Salud. Se reportan 373 personas atendidas directamente, 177 interpretaciones realizadas, y un impacto colateral en más de 1,000 individuos a través de eventos y coauspicios.

Hallazgos claves incluyen la ausencia de un directorio de intérpretes por desregulación profesional (con solo 50 cualificados disponibles), protocolos en borradores pendientes (por ejemplo, el Manual de Implantación, adoptando el modelo del Departamento de la Familia), métricas mediante "Projects Charts" (limitadas por restricciones presupuestarias), planes para conversatorios y consultas comunitarias, y la ausencia de estudios formales de percepción, aunque con intención de avanzar mediante mercadeo en redes sociales. Los informes anuales adjuntos (2022-2024), con el de 2024 atrasado por limitaciones operacionales, detallan 30 logros específicos: respuesta a emergencias (Fiona 2023, Ernesto 2024), cartas circulares normativas, implementación de VRI/VRS, cambios estructurales en agencias, aprobación de estructuras organizacionales, estructuración presupuestaria, reclutamiento de persona sorda parcial como influencer, capacitaciones masivas, estudio de grabación en NMEAD, campañas publicitarias, curso para familias en octubre de 2024, accesibilidad en elecciones 2024, cumplimiento de PAC de la OIG, y conversatorio en Guayanilla.

En materia de transparencia, se evidencia la ausencia de querellas contra la OECS. Los retos identificados incluyen limitaciones en personal y facilidades físicas, ignorancia sobre sordera como barrera inicial, complejidad en capacitaciones (con reinicios por cambios administrativos), ausencia de integración interagencial, desregulación de intérpretes y contratos, presupuestos insuficientes, no inclusión en planes de gobernanza, y necesidad de mayor apoyo a nominadores. Estos hallazgos indican avances operacionales notables, pero con barreras persistentes que requieren regulación profesional y centralización estratégica para mayor eficiencia.

  1. Análisis de Retos y Logros

Las ponencias identifican retos operacionales y administrativos que han impedido una implantación más acelerada de la Ley 22-2021, pero también destacan logros concretos en la prestación de servicios y la sensibilización, junto con recomendaciones específicas para fortalecer la ejecución. A continuación, se enumeran cada uno de manera detallada y precisa, derivados directamente de la información suministrada.

  1. Retos Principales:
  2. La necesidad de contar con los recursos humanos pertinentes: La ausencia de empleados de carrera permanente obliga a operar con contratos de servicios profesionales limitados, lo que retrasa la implantación total y depende de apoyo insuficiente de la DPI, que también enfrenta escasez de personal.
  3. Necesidad de facilidades físicas apropiadas: El espacio actual (aproximadamente 20x10 pies) es insuficiente para la estructura prevista de 25 empleados, estudio de grabación, centro de llamadas y centro de interpretación, limitando la expansión a oficinas regionales y el cumplimiento del Artículo 6 de la ley sobre sedes en planteles escolares en desuso.
  4. La ignorancia sobre la sordera, la lengua de señas y los acomodos razonables: Esta barrera inicial entre oyentes y gobierno perpetúa la exclusión, requiriendo educación continua para superar desconfianza comunitaria y autodefensa constante de la comunidad sorda.
  5. El proceso de capacitación es uno complejo: Requiere múltiples sesiones y continuidad de funcionarios enlaces, pero cambios administrativos frecuentes obligan a reinicios, resultando oneroso y dilatando la sensibilización en agencias.
  6. Falta de integración interagencial en los servicios: La implantación individual por agencia es compleja; se sugiere centralización en la OECS para ciertas dependencias, ya que es físicamente imposible tener intérpretes presenciales en todas, y la tecnología VRS/VRI ofrece alternativas eficientes.
  7. Ausencia de reglamentación de la profesión de intérpretes de lengua de señas: Sin Junta Examinadora, no hay garantía de profesionales cualificados, con solo aproximadamente 50 intérpretes disponibles, afectando la calidad y disponibilidad de servicios.
  8. Necesidad de contar con un mayor presupuesto y separado: El presupuesto integrado con el de la DPI (agencia 153) es insuficiente y carece de autonomía, sujeto a decisiones externas, limitando operaciones y expansión.
  9. Ausencia de reglamentación en materia de contratos de servicios profesionales de intérprete de lengua de señas: Sin normas uniformes (subastas, RFP), no se garantiza debido proceso ni equidad en participación de proveedores, impactando presupuestos ante creciente demanda.
  10. La necesidad de incluir los servicios de intérprete de lengua de señas como servicios esenciales y de primera necesidad: No catalogados como tales bajo PROMESA, carecen de prelación presupuestaria, afectando estabilidad y recurrencia de fondos.
  11. No insertar la implantación de la Ley 22-2021 en los planes de trabajo de administración gubernamental: Falta de instrucciones desde la Gobernación a jefes de agencias dilata cumplimiento y coordinación.
  12. Mayor apoyo de las Autoridades Nominadoras de cada entidad gubernamental: La falta de compromiso de nominadores en agencias objeto de implantación retrasa cambios estructurales y sensibilización.
  13. Logros Más Importantes:
  14. Atención directa y respuesta en el huracán Fiona en septiembre de 2023 y la tormenta Ernesto 2024 a la comunidad sorda: Provisión de interpretación y coordinación inmediata para garantizar acceso a servicios de emergencia.
  15. Cartas Circulares sobre procedimiento de implantación de la Ley 22-2021, Ley Habilitadora de la OECS, en las agencias gubernamentales adscritas al Poder Ejecutivo: Establecimiento de guías normativas para uniformar procesos.
  16. Estructuración de servicios de interpretación, presencial, video remoto VRI, DI, VRS y otros: Implementación de modalidades múltiples para accesibilidad remota y presencial.
  17. Cambios estructurales en Agencias Gubernamentales para garantizar servicios y accesibilidad a la comunidad sorda de Puerto Rico: Reformas en dependencias como Familia y ASSMCA para integración lingüística.
  18. La OECS logró la aprobación de su estructura organizacional conforme Carta Circular de OGP, el pasado mes de octubre de 2023: Paso clave para formalizar operaciones.
  19. La OECS logró estructurar sus primeros dos (2) presupuestos y garantizando así la implantación de la Ley22-2021, por facetas: Asignaciones escaladas para fases iniciales.
  20. Servicios profesionales de interpretación en lengua de señas, en especial el uso de la tecnología para servicios en las agencias, mediante servicios de interpretación remota (VRI): Mejora en eficiencia y cobertura.
  21. Se adquirió equipo de grabación de alta calidad mediante transferencia de propiedad interagencial de parte de PRITS, para un estudio de grabación visual: Facilita producción de contenido accesible.
  22. Se construyó un estudio de grabación, dentro de las facilidades de la sede de Manejo de Emergencias, para la producción de información en lengua de señas: Herramienta para divulgación visual.
  23. Se reclutó laboralmente a una persona sorda parcial mediante servicios profesionales: Contratación de Celimar Rivera Cosme como influencer para puente comunitario.
  24. Se han ofrecido más de veinte (20) capacitaciones en agencias gubernamentales: Impacto en sensibilización.
  25. Servicios especializados de interpretación en lenguaje de señas conforme dispone la Ley 22-2021: Cumplimiento directo del mandato.
  26. Instalación de sistema de comunicación telefónica visual (VRS) en la línea PAS de ASSMCA y la OECS: Acceso inmediato para crisis.
  27. Estructuración del Plan piloto en el Departamento de la Familia, para garantizar intérpretes y servicios a la comunidad en las agencias: Modelo replicable.
  28. Fondos de la Junta de Supervisión Fiscal por $1.2 millones de dólares para iniciar la construcción y preparación del plantel escolar en desuso para las instalaciones físicas de la agencia: Avance en infraestructura.
  29. Actividades comunitarias tipo conversatorio, de vinculación y de divulgación de información: Fortalecimiento de lazos.
  30. Se han alcanzado acuerdos colaborativos con DECEP-UPR, entre otros, para la capacitación de los empleados públicos que serán enlaces de la Ley 22-2021: Alianzas educativas.
  31. Estructuración de puestos necesaria para el completo funcionamiento de la OECS: Preparación para expansión.
  32. Implantación total de los servicios en el Departamento de la Familia, como agencia piloto en la implementación de la Ley 22-2021
  33. Accesibilidad plena a los servicios de emergencias de NMEAD: Integración en manejo de desastres.
  34. Producción de cápsulas e información pública en lengua de señas: Divulgación accesible.
  35. Cambios estructurales en las páginas web, para hacerlas accesibles y que cuente con un espacio para comunicaciones visuales: Mejora digital.
  36. Campañas publicitarias de concienciación a la ciudadanía sobre los derechos y la cultura de la comunidad sorda: Promoción pública.
  37. En octubre 2024 el primer curso de lenguaje de señas a padres y familiares de personas y niños sordos: Apoyo familiar.
  38. Se ha brindado servicios de interpretación y orientación a más de 100 personas sordas: Atención directa.
  39. Promulgación de nuevas políticas públicas y desarrollo de atención e intervención temprana en los niños con sordera: Enfoque preventivo.
  40. Instalación de VRS, interpretación remota, atención personas ciegas y cualquier necesidad que surja a una persona con impedimentos en la CEE durante las elecciones generales celebrados en noviembre de 2024: Primera vez con accesibilidad plena.
  41. Cumplimiento con la radicación de los informes anuales de la OECS: Transparencia reportada.
  42. Cumplimiento con PAC de la OIG: Corrección de deficiencias.
  43. Celebración del Primer Conversatorio con la Comunidad Sorda el pasado 21 de junio de 2025 en Guayanilla: Participación comunitaria.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

La investigación realizada por la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico, en cumplimiento con la Resolución del Senado Núm. 172 (R. del S. 172), revela un panorama complejo pero prometedor sobre la implementación de la Ley Núm. 22-2021, conocida como "Ley de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico". A través del análisis detallado de las ponencias presentadas por la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) y la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda (OECS), se evidencia un compromiso institucional sólido con la protección y el bienestar de la comunidad sorda, estimada en aproximadamente 250,000 personas en Puerto Rico, reconociendo el lenguaje de señas como un derecho humano fundamental y elemento esencial para erradicar décadas de marginación, audismo y discriminación institucional. Sin embargo, este compromiso se ve obstaculizado por retos estructurales, tales como limitaciones presupuestarias, administrativas y operacionales, que demandan intervenciones urgentes y estratégicas para optimizar la prestación de servicios y garantizar una utilización eficiente de los recursos públicos, promoviendo una gobernanza inclusiva que integre la diversidad lingüística y cultural como pilar del desarrollo social.

  1. Recomendaciones:
  2. La OECS necesita un espacio físico apropiado en donde pueda implantar su eventual estructura de puestos, que contempla una plantilla de aproximadamente veinticinco (25) empleados fijos. También, se requiere un espacio para tener un estudio de grabación, centro de llamadas y centro de interpretación, priorizando la adquisición de planteles escolares en desuso como la Escuela República de México, con fondos CAPEX ya aprobados por $1.2 millones.
  3. Que se considere el Planteamiento de Estructura de Puestos sometido ante la OGP, permitiendo proceder con reclutamientos de personal especializado, adaptado a necesidades únicas no existentes en el Plan de Clasificación del Gobierno.
  4. Que se contemple la posibilidad de incorporar en la Ley 22-2021 la figura de los enlaces con la OECS y establecerle deberes específicos, como marco de referencia trabajando legislación parecida a las recientes enmiendas a la Ley 238-2004, mejor conocida como Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos.
  5. Se recomineda considerar la opción de incorporar en la Ley 22-2021 que la OECS, aunque adscrita a la DPI para compartir funciones administrativas, tenga su propia identidad administrativa y separada de la DPI; ya que actualmente opera bajo la misma identidad de la DPI, lo que genera conflictos entre fiscalización y servicios directos, permitiendo mayor claridad y transparencia en el uso de fondos públicos para una sana administración.
  6. Que una vez la OECS tenga identidad administrativa independiente, se le asigne su propia partida presupuestaria y separada, aunque esté integrada en el presupuesto general de la DPI, para garantizar el mandato de autonomía fiscal, programática y administrativa, con un presupuesto suficiente para operaciones y servicios, escalando más allá de los $2,000,000 actuales para cubrir demandas crecientes.
  7. Recomendamos la regulación y establecimiento de procesos uniformes en la celebración de contratos de servicios de intérpretes de lengua de señas; actualmente sin normativa, no sujetos a subastas o RFP; analizar para equidad y libre competencia ante creciente demanda e impactos presupuestarios.
  8. Se recomienda que se enmiende la Ley 22-2021 para establecer un término fijo de tiempo para ejercer el cargo de Director Ejecutivo y su salario fijo; actualmente el mismo es de $60,000 anuales, establecido bajo sindicatura, generando desigualdad con empleados bajo el nuevo plan de clasificación de la OATRH.
  9. Regular la profesión de intérpretes de lenguaje de señas, actualmente sin Junta Examinadora para cualificación; proponer comité representativo del gremio para estudiar y formular recomendaciones de política pública.
  10. Mayor apoyo de las Autoridades Nominadoras de cada entidad gubernamental para acelerar cambios estructurales y sensibilización en agencias objeto de implantación.

En síntesis, la investigación legislativa reafirma la importancia de fortalecer la OECS como una herramienta esencial para garantizar el acceso de la comunidad sorda en Puerto Rico. Las recomendaciones aquí presentadas surgen de un análisis riguroso del estado actual de implementación de la Ley 22-2021 y buscan atender con urgencia las deficiencias estructurales que limitan su alcance. A través de una acción legislativa decidida y colaboraciones interagenciales sostenidas, se podrá avanzar hacia un modelo de gobernanza verdaderamente inclusivo, que reconozca la lengua de señas como vehículo de equidad, participación y justicia social.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico, a tenor con los hallazgos, conclusiones y recomendaciones en torno a la R. del S. 172, presenta ante este Alto Cuerpo su Informe Final sobre la medida de referencia.

Respetuosamente sometido,

Hon. Wanda “Wandy” Soto Tolentino

Presidenta

Comisión de Familia, Mujer

Personas de la Tercera Edad y

Población con Diversidad Funcional e Impedimentos

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