rs0174-25.doc Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗
GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma.	Asamblea	1 ra.	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 174
8 de mayo de 2025

Presentada por la señora Santiago Negrón y el señor González Costa
Referida a la Comisión de

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la existencia, accesibilidad, asequibilidad y suficiencia en Puerto Rico de: salas de parto y unidades materno-infantiles en cada distrito senatorial, en atención a la necesidad y realidad demográfica de cada comunidad; servicios perinatales, obstétricos y de maternidad; profesionales de la ginecología y obstetricia; y la viabilidad de revisar la legislación y reglamentación existente para permitir una participación mayor de las doulas y enfermeras parteras en los procesos de parto, y de expandir la cubierta de los planes de seguros de salud para incluyan esos servicios.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La maternidad y los derechos humanos están íntimamente ligados. Asegurar el bienestar de las personas gestantes, las criaturas y de las familias es una política de alto interés público. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, por ejemplo, dispone que "[l]a maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social". En el mismo espíritu, la Constitución de Puerto Rico reconoció "[e]l derecho de toda mujer en estado grávido o en época de lactancia y el derecho de todo niño, a recibir cuidados y ayudas especiales". 
A su vez, durante el periodo de gestación y el parto, los derechos humanos abarcan aspectos particulares como los estándares de atención médica; el trato digno y respetuoso; la privacidad; la provisión de información clara, veraz y oportuna sobre el proceso; y la posibilidad de elegir el tipo de parto, cuando resulte viable. La atención médica debe partir de una visión integral e interdisciplinaria, garantizando servicios oportunos y de calidad durante todo el embarazo, el parto y el posparto, incluyendo atención de emergencia. Ésta, además, debe desarrollarse en un ambiente digno y respetuoso, bajo el cargo de un personal que salvaguarde la dignidad de las mujeres y que provea espacio para expresar sus dudas, emociones y necesidades. 
El respeto a la intimidad y a la confidencialidad en los procedimientos médicos y administrativos también es esencial. A las personas gestantes no se les debe coartar la posibilidad de elegir el lugar donde dar a luz o de solicitar la presencia de uno o varios acompañantes durante el parto, siempre que no interfiera con el proceso médico. Asimismo, las mejores prácticas prestan atención a la salud mental de las madres durante el embarazo y el posparto, brindando apoyo y orientación para prevenir trastornos de salud mental perinatal, como la depresión postparto. Finalmente, es importante subrayar que las mujeres no claudican a sus derechos humanos cuando quedan embarazadas. La maternidad debe abordarse desde una perspectiva crítica, reconociendo las desigualdades y discriminaciones que enfrentan las mujeres y otras personas gestantes, especialmente en situaciones de vulnerabilidad.
En medio de una crisis demográfica, confrontando un éxodo masivo de profesionales de la salud, y reconociendo las deficiencias de un sistema de salud diseñado con fines de lucro, cuya prioridad no parecen ser las pacientes ni las proveedoras de servicios, hoy se hace más difícil que nunca honrar los derechos aquí expuestos y planificar para la provisión de servicios futuros. En aras de identificar nuevos cursos de acción legislativa, necesitamos un diagnóstico certero del estado de situación actual del sistema de atención obstétrica, perinatal y maternal del Archipiélago. Consecuentemente, procede que ordenemos la investigación correspondiente.

RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la existencia, accesibilidad, asequibilidad y suficiencia en Puerto Rico de: 
salas de parto y unidades materno-infantiles en cada distrito senatorial, en atención a la necesidad y realidad demográfica de cada comunidad;
servicios perinatales, obstétricos y de maternidad, incluyendo, pero sin limitarse a:
la provisión de información certera y apoyo con relación al embarazo, parto y posparto, así como ofrecer la oportunidad de visitar las instalaciones del centro de nacimiento;
la provisión de información basada en evidencia sobre las opciones de atención que permita procurar el consentimiento informado de la persona gestante o su representante para cada evaluación y procedimiento;
la divulgación oportuna de una filosofía de cuidados escrita y pública donde se deje constancia de los valores, creencias, metas y procesos instituidos en cada centro de servicios o sala de parto;
talleres de parto activo, talleres y grupos de lactancia y talleres de crianza para nuevos padres, madres y otras personas progenitoras;
la provisión de servicios interdisciplinarios, incluyendo el cernimineto, detección y tratamiento de la salud mental perinatal;
ambientes de respeto e inclusión, libres de violencia obstétrica o restricciones innecesarias, que reconozcan la autonomía de la gestante y que protejan la privacidad y la dignidad;
personal sanitario cualificado y debidamente licenciado o certificado;
planificación coordinada con los servicios de atención primaria y hospitalaria, así como entre servicios especializados adyacentes cuando sea necesario;
la disponibilidad de medicación pertinente y recomendable contra el dolor;
protocolos operativos de transportación y traslado que fomenten la integración de los servicios, así como la continuidad de cuidados para las mujeres y otras personas gestantes;
permitir la presencia y asistencia de las personas que acompañan a la gestante durante el trabajo de parto; y
atención posparto y apoyo a la lactancia;
profesionales de la ginecología y obstetricia que cubran las necesidades de la población; y 
la viabilidad de revisar la legislación y reglamentación existente para permitir una participación mayor de las doulas y enfermeras parteras en los procesos de parto, y de expandir la cubierta de los planes de seguros de salud para que incluyan esos servicios.
Sección 2.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de ciento veinte (120) días después de la aprobación de esta Resolución.
Sección 3.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.