ESTADO LIBRE ASOCIADO DE DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO R. C. del S. 52 8 de mayo de 2025 Presentada por la señora Álvarez Conde Referida a RESOLUCIÓN CONJUNTA Para ordenar al Departamento de Educación diseñar y ejecutar un plan para el acondicionamiento de los planteles escolares del sistema público de enseñanza, a los fines de garantizar la seguridad del estudiantado y el personal escolar durante periodos de intenso calor; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Puerto Rico siempre se ha caracterizado por un clima cálido debido a su localización en el trópico y la abundante humedad que le rodea. No obstante, con el pasar de los años estas temperaturas han ido aumentando. Se han duplicado la cantidad de días al año de calor intenso, excediendo los ochenta y nueve grados Fahrenheit. Estas condiciones exponen a las personas a riesgos sobre su salud como la deshidratación, insolación e incluso golpes de calor. Estas temperaturas también pueden exacerbar síntomas de otras condiciones preexistentes como el asma, enfermedades en los riñones, la piel y cardiovasculares, incluso representar una emergencia como lo son los infartos. El efecto invernadero es una de las principales razones de las altas temperaturas, y este ocurre cuando se sobre acumulan ciertos gases producto de la quema desmedida de combustibles fósiles y prácticas agrícolas no sustentables. Gases como el dióxido de carbono y el metano atrapan la energía solar en forma de calor, aumentando entonces nuestra temperatura global. Nuestro archipiélago es particularmente vulnerable debido a su localización, los fenómenos atmosféricos que enfrenta y el estado de su infraestructura. Sin duda alguna, el calor intenso es una nueva realidad que tendremos que enfrentar como sociedad. En tan solo una década, desde 2013 hasta 2023, la temperatura promedio en Puerto Rico aumentó 5.6 grados Fahrenheit. El 2023 terminó como el tercer año más caliente en la historia documentada del archipiélago con índices de calor alcanzando los 115 grados. Mientras que el 2024 culminó como el año más caliente en la historia de Puerto Rico con más de 30 avisos de calor excesivo y 80 advertencias de calor emitidas a lo largo del año. La preocupación se agrava más en el contexto de los planteles escolares. Muchos centros educativos no cuentan con infraestructura que permita continuar el ofrecimiento de clases bajo calor intenso sin exponer la seguridad del estudiantado y el personal escolar. Es necesario que el gobierno tome acción urgente y considere alternativas que no representen un costo adicional para los padres, madres, tutores y los estudiantes afectados. A manera de ejemplo, el Departamento de Educación podría facilitar el uso de uniformes de pantalón corto o el uso de uniformes de educación física que permitan un mejor acondicionamiento al estudiante. A pesar de que el Departamento de Educación promulga cartas circulares para una diversidad de asuntos administrativos, es apremiante que aquellas iniciativas que promuevan la seguridad del estudiantado y del personal escolar, se consigne con fuerza de ley. Esta Asamblea Legislativa promueve el estableciendo un plan para lidiar con la situación del calor intenso en las escuelas y mitigar sus efectos sobre la comunidad escolar. RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Sección 1. - Se ordena al Departamento de Educación diseñar y ejecutar un plan para el acondicionamiento de los planteles escolares del sistema público de enseñanza, con miras a mitigar los efectos de periodos de calor intenso. El Departamento de Educación tomará en cuenta estrategias administrativas para combatir el calor intenso en las escuelas, que no conlleven costos adicionales ni actividades onerosas para los padres, madres y tutores de los estudiantes, como la siembra de árboles alrededor de los planteles escolares, el uso de espacios alternativos con mayor acondicionamiento para el ofrecimiento del currículo de enseñanza; la aplicación de horarios rotativos o "interlocking"; la instalación de fuentes de agua, abanicos y consolas de acondicionamiento de aire; el establecimiento de métodos de enseñanza de manera remota; así como cualquier otra alternativa que garantice la seguridad de la comunidad escolar, y permita la continuidad de la agenda y demás actividades académicas. Sección 2.-El Departamento de Educación deberá radicar ante la Secretaría de ambos Cuerpos Legislativos, no más tarde de sesenta (60) días naturales luego de aprobada esta Resolución Conjunta, una certificación de que ha cumplido con lo aquí dispuesto. Sección 3. - Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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