GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 619
INFORME POSITIVO
22 de agosto de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 619, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con las enmiendas incluidas en el Entirillado Electrónico que lo acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 619 tiene como propósito declarar el primer domingo de mayo de cada año como el "Día de las Madres en Duelo" en Puerto Rico, reconociendo la maternidad continua de las mujeres que han perdido a un hijo o hija, visibilizando su dolor y promoviendo acciones de apoyo emocional y social por parte del Gobierno de Puerto Rico.
INTRODUCCIÓN
El Proyecto del Senado 619 propone declarar el primer domingo de mayo de cada año como el "Día de las Madres en Duelo" en Puerto Rico. Esta conmemoración tiene como propósito reconocer la experiencia de las mujeres que han perdido a sus hijos o hijas, en cualquier etapa de la vida, incluyendo la gestación, el parto, la niñez, la adolescencia o la adultez. La medida establece que la fecha no constituirá un día feriado, pero será incluida en el calendario oficial de conmemoraciones del Gobierno de Puerto Rico.
La iniciativa asigna responsabilidades específicas a varias agencias públicas. El Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) y otras entidades pertinentes deberán coordinar, en conjunto con los municipios y organizaciones sin fines de lucro, el desarrollo de actividades dirigidas a brindar acompañamiento y apoyo emocional a las madres en duelo. Entre estas actividades se contemplan campañas educativas, actos simbólicos, materiales informativos y servicios psicosociales culturalmente pertinentes.
Asimismo, se exhorta a las entidades públicas y privadas a unirse a esta conmemoración mediante iniciativas que promuevan la inclusión, el reconocimiento y el respeto hacia las madres en duelo, fomentando espacios institucionales que visibilicen su maternidad y les ofrezcan acompañamiento digno.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, en estricto cumplimiento de su responsabilidad constitucional y su deber ministerial de evaluar las medidas ante su consideración, cursó solicitudes formales de memoriales explicativos a diversas agencias concernidas, con el propósito de allegar insumos técnicos y administrativos que permitieran realizar un análisis ponderado del contenido del Proyecto del Senado 518. En específico, se solicitó la comparecencia escrita de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, Departamento de Estado, Departamento de la Familia, Oficina de Servicios Legislativos, Oficina de Procuradora de las Mujeres, y Departamento de Salud, entre otras entidades con jurisdicción incidental sobre los temas que aborda la presente medida. A continuación, se expone lo expresado por estas entidades.
DEPARTAMENTO DE ESTADO
El Departamento de Estado de Puerto Rico compareció mediante memorial explicativo, suscrito por su Subsecretaria Interina, para expresar su posición en torno al P. del S. 619. La agencia se expresa a favor de la aprobación de la medida y la considera compatible con la política pública vigente en materia de fortalecimiento familiar y reconocimiento institucional del duelo como vivencia legítima.
El P. del S. 619 propone declarar el primer domingo de mayo de cada año como el "Día de las Madres en Duelo" en Puerto Rico, con el propósito de honrar a las mujeres que han perdido hijos o hijas, reconocer su maternidad continua y promover acciones de acompañamiento emocional, sensibilización social y apoyo institucional.
Según se indica en el memorial, la medida busca fomentar campañas educativas, desarrollar materiales sobre el duelo, impulsar actividades comunitarias de apoyo y abrir espacios públicos que legitimen la experiencia del duelo materno. El Departamento de Estado valora estas disposiciones como pertinentes y necesarias, al considerar que responden a una dimensión de la experiencia materna históricamente invisibilizada en los marcos institucionales.
La agencia interpreta el reconocimiento propuesto como un acto de justicia simbólica hacia una población que ha permanecido al margen de los discursos oficiales, y como una forma de reafirmar la presencia del Estado en situaciones de pérdida y dolor profundo. Considera, además, que la medida refuerza una cultura gubernamental empática, inclusiva y sensible al impacto que la pérdida filial tiene en la estructura emocional y social de las familias.
El memorial no formula objeciones de carácter técnico, jurídico ni presupuestario, lo cual sugiere que la implementación de la medida podría realizarse sin requerir la creación de estructuras nuevas ni implicar cargas fiscales sustantivas.
El Departamento de Estado respalda el P. del S. 619 por entender que representa una acción afirmativa necesaria para visibilizar la realidad de miles de madres puertorriqueñas afectadas por la pérdida de sus hijos. A juicio de la agencia, el reconocimiento propuesto contribuye a fortalecer una cultura institucional que legitima el duelo como parte del quehacer público, promueve el acompañamiento desde el aparato gubernamental y refuerza el compromiso del Estado con el bienestar emocional de las familias. En ese sentido, considera que la medida se integra legítimamente al marco normativo y programático vigente.
DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
La Oficina del Departamento de la Familia compareció mediante memorial explicativo, suscrito por su Secretaria, la Hon. Suzanne Roig Fuertes, para expresar su posición institucional en torno al P. del S. 619. La agencia manifiesta su respaldo a la medida y la considera compatible con el marco legal y programático que rige sus funciones esenciales.
El Departamento plantea que el proyecto armoniza con su ley habilitadora, la Ley Núm. 171-1968, la cual le encomienda diseñar programas integrales de diagnóstico, tratamiento y prevención de problemáticas sociales, mediante la participación ciudadana y con el objetivo de fortalecer la justicia social. Subraya que la propuesta se enmarca en ese propósito al reconocer públicamente el duelo de madres que han perdido a sus hijos, atendiendo una dimensión psicosocial que históricamente ha sido invisibilizada en las estructuras gubernamentales.
La agencia afirma que la institucionalización del "Día de las Madres en Duelo" constituye una expresión concreta de empatía estatal, la cual permite desarrollar estrategias de acompañamiento emocional en coordinación con otras dependencias públicas como el Departamento de Salud y ASSMCA. Indica además que esta medida se vincula directamente con las metas del Ejecutivo en torno al fortalecimiento de los servicios de salud mental y la creación de redes de apoyo para poblaciones vulnerables, en especial aquellas marcadas por experiencias de pérdida.
El memorial aclara que el proyecto no altera la operabilidad del Departamento ni impone deberes que contradigan sus funciones ordinarias. Por el contrario, la agencia valora que podrá integrar acciones intersectoriales, campañas de sensibilización y actividades conmemorativas que respondan a su misión institucional y que sirvan de punto de encuentro entre el Estado y las comunidades impactadas por el duelo materno.
El Departamento de la Familia respalda la aprobación del P. del S. 619, al considerar que la medida fortalece una política pública inclusiva, humanizada y respetuosa de la diversidad de experiencias que coexisten en el entramado social puertorriqueño. La agencia reafirma su compromiso con toda iniciativa que promueva el bienestar emocional, la validación institucional y la dignidad de las familias en sus múltiples formas.
OFICINA DE LA PROCURADORA DE LAS MUJERES
La Oficina de la Procuradora de las Mujeres compareció mediante memorial explicativo, suscrito por su Procuradora, Lcda. Astrid Piñeiro Vázquez, para expresar su posición institucional en torno al P. del S. 619. La agencia manifiesta su respaldo a la medida y la considera una acción afirmativa cónsona con su misión legal y programática.
La OPM sostiene que la medida propuesta armoniza con su ley habilitadora, la Ley 20-2001, la cual le asigna responsabilidades en materia de educación, orientación y campañas de sensibilización sobre los derechos y problemáticas que afectan a las mujeres. Subraya que, como parte de su política pública, debe promover valores de equidad, inclusión y respeto a la diversidad de experiencias femeninas.
La agencia señala que el reconocimiento público al duelo materno constituye un acto de validación institucional que permite visibilizar realidades tradicionalmente excluidas del discurso oficial. Desde su perspectiva, la medida representa una oportunidad para incorporar un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género en la formulación de conmemoraciones estatales.
Asimismo, el memorial aclara que la medida no interfiere con sus deberes ministeriales y que su contenido es coherente con las funciones delegadas por ley. Por el contrario, reconoce que la OPM podrá integrarse a las campañas, ceremonias y actividades propuestas en coordinación con otras agencias como el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, ASSMCA, los municipios y organizaciones del tercer sector.
La Oficina de la Procuradora de las Mujeres respalda la aprobación del P. del S. 619, al entender que se trata de una propuesta coherente con su mandato institucional y con los principios rectores de la política pública dirigida a promover el respeto, la igualdad y la dignidad de todas las mujeres. La agencia considera que la iniciativa atiende un vacío simbólico y programático, y se muestra disponible para colaborar en su ejecución conforme a las disposiciones que se aprueben.
OFICINA DE SERVICIOS LEGISLATIVOS
La Oficina de Servicios Legislativos compareció mediante memorial explicativo, suscrito por su Directora, Lcda. Olga E. López Iglesias, para expresar su posición institucional en torno al P. del S. 619. La agencia sostiene que la medida es jurídicamente viable y está amparada en la facultad legislativa reconocida por la Constitución de Puerto Rico.
La OSL expone que el Artículo III del ordenamiento constitucional faculta a la Asamblea Legislativa para adoptar medidas que promuevan el bienestar colectivo mediante la creación de fechas conmemorativas, tal como se ha hecho históricamente con diversas causas sociales, culturales y comunitarias. Señala que el proyecto se inscribe en esa práctica legislativa, y propone institucionalizar una fecha dedicada a visibilizar la maternidad marcada por el duelo filial.
La agencia afirma que el reconocimiento público de las madres en duelo no solo valida una vivencia emocional profunda, sino que permite fomentar campañas educativas, promover acciones interagenciales y generar espacios de acompañamiento. Destaca además que el proyecto responde a una tendencia internacional iniciada en Australia y acogida por países como Estados Unidos y Canadá, donde se celebra el "Día de las Madres en Duelo" el primer domingo de mayo. Añade que en Puerto Rico existen entidades sin fines de lucro que impulsan actividades afines, aunque sin reconocimiento legal.
El memorial aclara que declarar esta fecha no interfiere con otras conmemoraciones existentes ni crea una obligación operativa para la agencia. Por el contrario, considera que su implantación puede fortalecer la cultura institucional en torno a la salud emocional, la empatía social y la inclusión simbólica de todas las formas de maternidad.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 619 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
Tras examinar el contenido sustantivo de la pieza legislativa, así como los memoriales explicativos presentados por las agencias con responsabilidad directa o indirecta en la materia, esta Comisión concluye que la medida en evaluación propone un mecanismo de reconocimiento normativo que incorpora, con la seriedad jurídica que corresponde, una dimensión humana que históricamente ha estado ausente en el diseño institucional: la maternidad que persiste más allá de la pérdida de un hijo o hija. Esta inclusión no se limita a un gesto simbólico, sino que representa una validación concreta de la memoria, el dolor y el vínculo materno que permanece a pesar de la ausencia.
La designación de una fecha conmemorativa dedicada a las madres en duelo responde a una necesidad social evidente, sin generar obligaciones fiscales ni imponer mandatos operacionales al aparato gubernamental. La medida ha sido redactada de manera que las iniciativas sugeridas puedan ser adoptadas con flexibilidad por las agencias pertinentes, permitiendo así su integración sin rigideces administrativas ni impacto presupuestario directo. Por el contrario, se fomenta un modelo de colaboración que integra a los municipios, las entidades sin fines de lucro y las organizaciones comunitarias en el diseño de actividades educativas, conmemorativas y de apoyo psicosocial.
Desde el punto de vista legislativo, la pieza está estructurada de forma clara y coherente, sin conflictos con normas constitucionales, conmemoraciones previamente establecidas ni disposiciones legales vigentes. En lugar de crear redundancias o interferencias, amplía el marco de reconocimiento institucional hacia una experiencia íntima, pero de alto impacto social, cuya visibilidad puede contribuir al bienestar emocional de la ciudadanía y a una política pública más cercana a la realidad de las personas.
Este tipo de legislación no es aislado. Existen otras jurisdicciones que han adoptado medidas similares, ya sea mediante ley, orden ejecutiva o reglamentación, estableciendo un precedente favorable para el desarrollo de iniciativas que validen experiencias emocionales comúnmente excluidas del discurso legal. La propuesta aquí evaluada se inserta dentro de esa misma dirección, sin imponer cargas fiscales, y preservando la naturaleza voluntaria de las actividades sugeridas.
Esta Comisión entiende que la medida es jurídicamente adecuada, socialmente pertinente y emocionalmente justa. La misma armoniza con principios contemporáneos de dignidad, equidad y respeto, y afirma el compromiso del Gobierno de Puerto Rico con visibilizar y acompañar experiencias humanas cuya profundidad merece un espacio dentro del calendario oficial de conmemoraciones.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 619 con las enmiendas introducidas en el entirillado electrónico que lo acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Ángel Toledo López
Presidente
Comisión de GobiernoDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.