GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 131
12 DE MAYO DE 2025
Presentada por la representante Lebrón Rodríguez
Referida a la Comisión de Educación
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transacción propuesta para que se transfiera, venda, arriende, conceda el usufructo o se lleve a cabo cualquier otro negocio jurídico contemplado en la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, el predio de terreno en desuso de la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora, en el Municipio de Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
National Talent Academy, es una institución sin fines de lucro que forma parte del Proyecto Centro de Apoyo Sustentable al Estudiante, mejor conocida como CASA. Este programa consiste en una escuela alternativa acelerada, que atiende a jóvenes de catorce (14) a veintiún (21) años; considerados de alto riesgo porque se encuentran fuera de las escuelas del Departamento de Educación.
La misión de la mencionada organización sin fines de lucro es brindarles a estos jóvenes las herramientas necesarias para completar sus estudios, sacarlos de las calles, proveerles un ambiente seguro y motivarlos a superarse. Por otro lado, National Talent Academy tiene el compromiso de que cada joven adquiera altas competencias académicas y liderazgo para así crear un compromiso personal que los lleve a ser ciudadanos de bien dentro y fuera de sus comunidades. Este compromiso los ha llevado a establecerse en los municipios de Arecibo y su más reciente plantel en Bayamón.
En el Municipio de Bayamón, inauguraron sus facilidades durante el 2015 con el propósito de brindar servicios a estudiantes del área metropolitana. Las facilidades están localizadas en la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora. El compromiso de los directivos del National Talent Academy con la educación de los jóvenes de Puerto Rico, se va reafirmando día a día.
Esta Asamblea Legislativa está comprometida con la aportación de instituciones sin fines de lucro que promueven programas de educación para nuestros niños. Como sociedad, debemos invertir todos nuestros recursos para que nuestros niños y jóvenes tengan acceso a una educación, apoyando su entusiasmo y talento. Por lo que la transferencia de las instalaciones de la antigua Escuela William Rivera Ponce, al National Talent Academy, redundará en mejores servicios a nuestros jóvenes.
Sin embargo, la situación fiscal y la realidad histórica de Puerto Rico han hecho que esta Asamblea Legislativa, por medio de la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, adopte una política pública destinada a la disposición de bienes inmuebles con el propósito de hacerle llegar mayores recursos al erario público. En ella se establece que “se propicia que aquellas propiedades inmuebles que en la actualidad están en total desuso, puedan dedicarse a actividades para el bienestar común, ya sean para usos sin fines de lucro, comerciales o residenciales que promuevan la activación del mercado de bienes inmuebles y la economía en general”. Es de gran relevancia hacer valer la política pública que esta Asamblea Legislativa ha propiciado. En el balance de intereses, se puede lograr cumplir con ambas políticas públicas al referir la evaluación del asunto del que trata esta medida al Subcomité Evaluador de Traspaso de Planteles Escolares en Desuso al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transacción propuesta para que se transfiera, venda, arriende, conceda el usufructo o se lleve a cabo cualquier otro negocio jurídico contemplado en la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, el predio de terreno en desuso y la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora, en el Municipio de Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.; y para otros fines relacionados.
Sección 2.-El Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles deberá cumplir con lo ordenado en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta dentro de un término no mayor de noventa (90) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 3.-De resultar favorable la evaluación del Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc., ésta utilizará los terrenos descritos en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta para ofrecer su programa académico alternativo y de apoyo biopsicosocial.
Sección 4.-Si el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, aprueba la cesión, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, será responsable de realizar toda gestión necesaria para dar fiel cumplimiento a la determinación del Comité.
Sección 5.-Si el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada aprueba la cesión, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, en coordinación con las entidades públicas necesarias, transferirá los terrenos y la estructura descritos en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.
Sección 6.-De aprobarse la cesión, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, podrá imponer aquellas condiciones restrictivas necesarias para asegurar que las propiedades descritas en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta sean utilizadas únicamente para los propósitos establecidos en la Sección 3 de esta medida, con la consecuencia de que, de no utilizarse para estos propósitos, el título de propiedad revertirá de inmediato al Gobierno de Puerto Rico.
Sección 7.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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