(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA)
(25 DE JUNIO DE 2025)
GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 131
12 DE MAYO DE 2025
Presentada por la representante Lebrón Rodríguez
Referida a la Comisión de Educación
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transacción propuesta para que se transfiera, venda, arriende, conceda el usufructo o se lleve a cabo cualquier otro negocio jurídico contemplado en la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, el predio de terreno en desuso de la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora, en el Municipio de Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
National Talent Academy, es una institución sin fines de lucro que forma parte del Proyecto Centro de Apoyo Sustentable al Estudiante, mejor conocida como CASA. Este programa consiste en una escuela alternativa acelerada, que atiende a jóvenes de catorce (14) a veintiún (21) años; considerados de alto riesgo porque se encuentran fuera de las escuelas del Departamento de Educación.
La misión de dicha organización sin fines de lucro es proporcionar a estos jóvenes las herramientas necesarias para completar sus estudios, alejarlos de las calles, ofrecerles un ambiente seguro y motivarlos a superarse. Asimismo, National Talent Academy está comprometida con que cada joven desarrolle sólidas competencias académicas y de liderazgo, fomentando así un sentido de responsabilidad personal que los convierta en ciudadanos de bien, tanto dentro como fuera de sus comunidades. Este compromiso ha llevado a la institución a establecerse en los municipios de Arecibo y, más recientemente, en Bayamón.
En el Municipio de Bayamón, la institución inauguró sus facilidades en el año 2015 con el propósito de ofrecer servicios educativos a estudiantes del área metropolitana. Las facilidades están localizadas en la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora. El compromiso de los directivos del National Talent Academy con la educación de los jóvenes de Puerto Rico, se Reafirma día tras día.
Esta Asamblea Legislativa reafirma su compromiso con las instituciones sin fines de lucro que promueven programas educativos para nuestros niños y jóvenes. Como sociedad, debemos invertir todos nuestros recursos para, garantizar el acceso a una educación de calidad, apoyando el entusiasmo y talento de las nuevas generaciones. Por ello, la transferencia de las instalaciones de la antigua Escuela William Rivera Ponce, al National Talent Academy, redundará en mejores servicios para nuestra juventud.
No obstante, la situación fiscal y la realidad histórica de Puerto Rico han llevado a esta Asamblea Legislativa, mediante la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, a adoptar una política pública dirigida a la disposición de bienes inmuebles con el propósito de hacerle llegar mayores recursos al erario. Dicha ley establece que “se propicia que aquellas propiedades inmuebles que en la actualidad están en total desuso, puedan dedicarse a actividades para el bienestar común, ya sean para usos sin fines de lucro, comerciales o residenciales que promuevan la activación del mercado de bienes inmuebles y la economía en general”. Es fundamental hacer valer la política pública que esta Asamblea Legislativa ha propiciado. En el balance de intereses, se puede lograr cumplir con ambas políticas públicas al referir la evaluación del asunto del que trata esta medida al Subcomité Evaluador de Traspaso de Planteles Escolares en Desuso al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transacción propuesta para que se transfiera, venda, arriende, conceda el usufructo o se lleve a cabo cualquier otro negocio jurídico contemplado en la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, el predio de terreno en desuso y la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora, en el Municipio de Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.; y para otros fines relacionados.
Sección 2.-El Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles deberá cumplir con lo ordenado en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta dentro de un término no mayor de noventa (90) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 3.-De resultar favorable la evaluación del Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc., ésta utilizará los terrenos descritos en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta para ofrecer su programa académico alternativo y de apoyo biopsicosocial.
Sección 4.-Si el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, aprueba la cesión, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, será responsable de realizar toda gestión necesaria para dar fiel cumplimiento a la determinación del Comité.
Sección 5.-Si el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada aprueba la cesión, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, en coordinación con las entidades públicas necesarias, transferirá los terrenos y la estructura descritos en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.
Sección 6.-De aprobarse la cesión, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, podrá imponer aquellas condiciones restrictivas necesarias para asegurar que las propiedades descritas en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta sean utilizadas únicamente para los propósitos establecidos en la Sección 3 de esta medida, con la consecuencia de que, de no utilizarse para estos propósitos, el título de propiedad revertirá de inmediato al Gobierno de Puerto Rico.
Sección 7.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.