GOBIERNO DE PUERTO RICO Cámara DE REPRESENTANTES R. de la C. 333 12 DE MAYO DE 2025 Presentada por la representante González González Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones del terreno, condiciones geológicas y los riesgos y los incidentes relacionados a asociados a deslizamientos de terreno ocurridos o con potencial de ocurrir en el Distrito Representativo Núm. 18, que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca; con el fin de con el propósito de identificar las áreas vulnerables, evaluar las acciones gubernamentales vigentes, la respuesta gubernamental disponible y recomendar soluciones medidas concretas para la mitigación, manejo de riesgos y prevención de futuras emergencias. tragedias. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Puerto Rico, por su topografía montañosa y régimen de lluvias intensas, sus condiciones geográficas y climatológicas es altamente vulnerable a los deslizamientos de terreno. Esta realidad se ha intensificado en los últimos años debido a factores como el cambio climático, eventos atmosféricos extremos, la deforestación, la construcción inadecuada y el desarrollo urbano desordenado. El Distrito Representativo Núm. 18, compuesto por los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, ha sido escenario de múltiples incidentes de deslizamientos de tierra que han puesto en peligro la vida y la propiedad de cientos de residentes. enfrenta incidentes recurrentes de deslizamientos que amenazan la vida y la propiedad de sus residentes. Existen sectores en cada uno de estos municipios que históricamente han presentado inestabilidad geológica, especialmente en zonas rurales y montañosas. Muchos de estos lugares carecen de infraestructura de mitigación como muros de contención, sistemas de drenaje adecuados y planes de evacuación actualizados. En ocasiones, los residentes han reportado deslizamientos que bloquean carreteras, dañan viviendas, o generan desplazamiento de familias, sin que haya una respuesta rápida y efectiva de las autoridades competentes. Los eventos recientes de lluvias intensas han demostrado que la falta de un plan de prevención y monitoreo adecuado puede desembocar en consecuencias devastadoras. Por tanto, se hace urgente y necesario realizar un estudio detallado de las áreas propensas a deslizamientos dentro del Distrito 18, así como evaluar las acciones tomadas implementadas por las agencias pertinentes como la Oficina de Manejo de Emergencias, la Autoridad de Carreteras, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), y la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe). Es deber de esta Asamblea Legislativa velar por la seguridad de nuestras comunidades, y actuar de manera proactiva en la identificación y mitigación de riesgos geológicos. Con esta investigación, se pretende proveer información fundamentada para diseñar políticas públicas y asignaciones presupuestarias enfocadas en la seguridad, la resiliencia comunitaria y la prevención de tragedias. estrategias sostenibles de asignación de recursos que fortalezcan la seguridad, la resiliencia comunitaria y la prevención de emergencias. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.-Se ordena a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los deslizamientos de terreno ocurridos o con potencial de ocurrir en el Distrito Representativo Núm. 18, que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca. las condiciones geológicas y los riesgos asociados a deslizamientos de terreno ocurridos o con potencial de ocurrir en el Distrito Representativo Núm. 18, que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca; con el propósito de identificar las áreas vulnerables, evaluar la respuesta gubernamental disponible y recomendar medidas concretas para la mitigación, manejo de riesgos y prevención de futuras emergencias. Sección 2.-La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones, y recomendaciones, en un término no mayor de ciento ochenta (180) días luego de aprobada esta Resolución. Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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