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(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA)

(18 DE AGOSTO DE 2025)

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 335

12 DE MAYO DE 2025

Presentada por la representante González González

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la disponibilidad, distribución, condiciones operacionales, cumplimiento regulatorio y capacidad de respuesta de los Centros de Cuidado Diurno, Establecimientos de Cuidado Prolongado, Instituciones, Hogares Sustitutos y Hospicios para personas de edad avanzada y auscultar las brechas y limitaciones en servicios complementarios tales como Amas de Llave existentes en el Distrito Representativo Núm. 18 que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, con el propósito de identificar fortalezas, deficiencias y necesidades prioritarias que permitan atender efectivamente el bienestar y calidad de vida de esta población.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El envejecimiento de la población en Puerto Rico es una realidad demográfica que plantea nuevos y urgentes retos a nivel social, económico y gubernamental. El Distrito Representativo Núm. 18, compuesto por los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, no es la excepción. Este distrito, al igual que muchas otras regiones del país, ha visto un crecimiento sostenido en su población de adultos mayores, quienes requieren servicios especializados para garantizar su bienestar, seguridad y calidad de vida.

Los Centros de Cuidado Diurno, Establecimientos de Cuidado Prolongado, Instituciones, Hogares Sustitutos y Hospicios son piezas fundamentales dentro de la red de apoyo a esta población. Sin embargo, la disponibilidad, accesibilidad y calidad de estos servicios varía de municipio en municipio. Además, servicios complementarios como el de las Amas de Llave, que permiten que muchas personas de edad avanzada puedan permanecer en sus hogares con dignidad y apoyo adecuado, también enfrentan limitaciones en su alcance y asignación.

En la actualidad, no se cuenta con un inventario claro y actualizado de la cantidad y distribución de estos centros en los municipios del Distrito 18, ni se ha realizado un análisis riguroso de sus condiciones operacionales, niveles de ocupación, capacidad de respuesta ante emergencias o cumplimiento con los reglamentos estatales y federales. Esta ausencia de datos impide la formulación de políticas públicas efectivas y el uso eficiente de los recursos.

Además, en medio de fenómenos atmosféricos, terremotos y emergencias sanitarias como la pandemia del COVID-19, se ha evidenciado la necesidad de reforzar el apoyo a estas instituciones para garantizar la continuidad de sus servicios. Es fundamental conocer las brechas existentes en personal, equipos médicos, instalaciones físicas y servicios esenciales.

Por tal razón, esta Cámara de Representantes considera apremiante ordenar a la Comisión de la Región Oeste realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de los servicios para la población de edad avanzada en el Distrito Representativo Núm. 18. Esta investigación debe identificar tanto las fortalezas como las debilidades del sistema actual, así como recomendaciones concretas para atender las necesidades de este sector tan valioso de nuestra sociedad.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1. Se ordena a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la disponibilidad, distribución, condiciones operacionales, cumplimiento regulatorio y capacidad de respuesta de los Centros de Cuidado Diurno, de Establecimientos de Cuidado Prolongado, Instituciones, Hogares Sustitutos y Hospicios para personas de edad avanzada y auscultar las brechas y limitaciones en servicios complementarios tales como Amas de Llave existentes en el Distrito Representativo Núm. 18 que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, con el propósito de identificar fortalezas, deficiencias y necesidades prioritarias que permitan atender efectivamente el bienestar y calidad de vida de esta población.

Sección 2.-La Comisión rendirá un Informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, no más tarde de los ciento ochenta (180) días siguientes a la aprobación de esta Resolución.

Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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