GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
P. de la C. 654
INFORME POSITIVO
18 _ de junio de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender todo asunto dirigido a responder efectivamente a las necesidades de la población y promover el bienestar social en Puerto Rico somete el presente Informe. Luego de realizar la evaluación correspondiente, atemperando la legislación a nuestra realidad actual, se presentan ante este honorable Cuerpo legislativo Informe Positivo del P. de la C. 654, con enmiendas en el entirillado electrónico que se acompaña.
El Proyecto de la Cámara 654 tiene el propósito de:
Para crear la “Ley para la Educación Obligatoria de Crianza Responsable”, a lo fines de promulgar el ofrecimiento de talleres obligatorios de crianza responsable a todas las madres y padres para brindar orientación temprana a los padres o persona custodia para prevenir el maltrato infantil y promover entornos familiares seguros conforme el marco jurídico vigente, como parte del alta hospitalaria y como requisito a servicios de etapa prescolar.
La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en el ejercicio de sus facultades legislativas y en cumplimiento con su encomienda de evaluar medidas dirigidas a promover el bienestar general de la ciudadanía, somete ante este Honorable Cuerpo el presente Informe sobre el Proyecto de la Cámara 654. Esta medida legislativa, responde a una necesidad urgente en nuestra sociedad: la prevención del maltrato infantil mediante el fortalecimiento de las capacidades parentales desde las primeras etapas de vida del menor.
En las últimas décadas, la literatura científica, así como la experiencia de múltiples jurisdicciones a nivel mundial, han demostrado que las intervenciones educativas tempranas dirigidas a madres, padres, tutores y personas custodias pueden tener un efecto transformador en el entorno familiar y en la calidad de vida de la niñez. A pesar de los esfuerzos existentes por parte del Estado y de organizaciones sin fines de lucro, en Puerto Rico no existe, al presente, un mecanismo obligatorio que garantice que toda persona responsable del cuido de un menor reciba orientación formal e integral sobre crianza responsable.
De primera instancia, este proyecto de ley pretende llenar ese vacío normativo, estableciendo un requisito general aplicable en momentos estratégicos como el alta hospitalaria de recién nacidos, procesos de adopción y procedimientos judiciales relacionados con custodia o patria potestad. Además, contempla que el cumplimiento de este taller educativo sea un requisito para la matrícula en programas de educación temprana del gobierno. De esta manera, la medida se alinea con el mandato constitucional de proteger a la niñez y con la política pública adoptada por la Ley Núm. 57-2023, que promueve la intervención temprana y la prevención del maltrato infantil.
Tras analizar en detalle el contenido del proyecto y sus implicaciones legales, sociales y operacionales, esta Comisión emite un informe positivo con enmiendas, conforme al texto revisado que se presenta en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 654 tiene como propósito establecer la “Ley para la Educación Obligatoria de Crianza Responsable” y, con ello, institucionalizar un mecanismo educativo dirigido a toda persona que asuma la responsabilidad legal y afectiva sobre un menor de edad. La medida dispone que, como requisito previo al alta hospitalaria, los hospitales públicos y privados deberán ofrecer un taller de orientación sobre crianza responsable a los padres y madres de recién nacidos. Igualmente, el Departamento de la Familia deberá proveer dicho taller como parte del proceso de adopción y en cualquier trámite relacionado con la custodia o patria potestad.
El contenido del taller será diseñado y estandarizado por el Departamento de la Familia, e incluirá, entre otros temas, el cuidado básico del recién nacido, la prevención del síndrome de muerte súbita infantil (SIDS), prevención del síndrome del bebé sacudido, lactancia y nutrición segura, disciplina positiva, manejo del estrés parental, y una explicación clara sobre los deberes legales de los padres y las implicaciones del maltrato o negligencia conforme a la Ley Núm. 57-2023.
La medida establece además que, una vez completado el taller, los padres recibirán un certificado de participación. Aunque la ley no condicionará el registro del menor en el Registro Demográfico al cumplimiento con este requisito, sí dispondrá que el certificado sea obligatorio para la inscripción en programas educativos tempranos, como Head Start, Early Head Start y otros programas preescolares administrados por el Departamento de Educación. Esto busca asegurar una continuidad en la preparación y orientación parental más allá del nacimiento.
Asimismo, se establece que el Departamento de Salud será la entidad encargada de supervisar la implantación de esta política pública, así como de imponer sanciones administrativas a las instituciones hospitalarias que no cumplan con el mandato legal. Los fondos recaudados mediante dichas multas serán utilizados para financiar programas de prevención del maltrato infantil.
En conjunto, esta medida busca fomentar entornos seguros y saludables para la niñez puertorriqueña, promoviendo la crianza respetuosa, informada y libre de violencia desde el inicio del proceso de formación familiar.
Como parte del proceso de evaluación solicitaron memoriales explicativos al Departamento de Salud, Departamento de la Familia, Departamento de Educación, Red por los Derechos de la Niñez y la Juventud y Dr. Juan Carlos Malavé Rexach, especialista en Maltrato a Menores y Abuso Sexual. Además, se convocó a vista pública en donde se escucharon las ponencias de todos los antes mencionados, con excepción del Departamento de Salud y la Red por los Derechos de la Niñez y la Juventud, quienes se excusaron.
A continuación, presentamos la opinión de dicha agencia.
Departamento de Salud
En cumplimiento con la solicitud de la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, el Departamento de Salud de Puerto Rico sometió un memorial explicativo detallando su posición en torno al Proyecto de la Cámara 654, que propone la creación de la “Ley para la Educación Obligatoria de Crianza Responsable”. Aunque el Departamento reconoce el objetivo loable de la medida y la importancia de promover la orientación temprana en materia de crianza, expresó preocupaciones respecto a su implementación.
El Departamento, argumentó que a través de la División de Salud Familiar e Infantil, actualmente ofrece un curso de "Crianza Responsable" en dos modalidades: una dirigida a familias con niños de 0 a 5 años, ofrecida en cuatro sesiones; y otra dirigida a niños de 6 a 11 años, impartida en una sola sesión. Durante el año anterior, se ofrecieron 143 cursos de la primera modalidad e impactaron a 349 personas, mientras que la segunda modalidad alcanzó a 601 participantes mediante 121 cursos.
El memorial señala que el tiempo de hospitalización tras el nacimiento de un menor es limitado y está cargado de procesos médicos y emocionales significativos para la madre y su recién nacido. Expresaron que, añadir un curso obligatorio durante este periodo podría resultar en una sobrecarga de información. Además, advierte que no todas las familias cuentan con la presencia de ambos padres en el hospital al momento del parto, lo que limita el alcance uniforme del taller en ese contexto. Por ello, el Departamento sugiere que la función de los hospitales se limite a referir a las familias a las agencias correspondientes para recibir el taller, en lugar de impartirlo durante la hospitalización.
También se expresó preocupación sobre la disposición que asigna la coordinación, oferta y certificación del curso exclusivamente a trabajadoras sociales licenciadas, indicando que estas profesionales ya cumplen con múltiples funciones complejas que podrían limitar la viabilidad operacional de esa encomienda.
De igual forma, se recomendó a la Comisión revisar el requisito de presentar el certificado del taller como condición para matricular menores en programas educativos como Head Start y Early Head Start, ya que estos están regidos por criterios federales específicos basados en evaluaciones comunitarias.
En cuanto a la facultad del Departamento para imponer sanciones administrativas a hospitales que incumplan con esta Ley, el Departamento reconoció su valor, pero advirtió que la implementación de un sistema efectivo de monitoreo y fiscalización requiere de una infraestructura adecuada y recursos suficientes. Por ello, recomendó que la medida incluya una asignación presupuestaria recurrente que permita establecer esa capacidad institucional.
En conclusión, el Departamento de Salud no endosa el Proyecto de la Cámara 654 en su forma actual y recomendó que los talleres de crianza responsable continúen impartiéndose luego del alta hospitalaria, bajo coordinación de las agencias pertinentes, sin imponer una carga adicional al entorno clínico inmediato del nacimiento.
Dr. Juan Carlos Malavé Rexach
La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social recibió la ponencia del Dr. Juan Carlos Malavé-Rexach, sexólogo forense y sexopedagogo con más de veintiocho años de experiencia profesional en el tratamiento y prevención del maltrato infantil y el abuso sexual. El doctor compareció ante la Comisión en calidad de perito para presentar evidencia académica, científica y clínica en respaldo al Proyecto de la Cámara 654, el cual propone establecer la “Ley para la Educación Obligatoria de Crianza Responsable”.
En su exposición, el Dr. Malavé-Rexach fundamentó su endoso al proyecto destacando tres ejes principales: la necesidad social y científica de la medida, su eficacia en la prevención del maltrato infantil y su pertinencia jurídica y ética. Resaltó que la infancia es una etapa crítica en la formación del ser humano y que el maltrato infantil representa una crisis urgente de salud pública en Puerto Rico. Respaldado en estudios internacionales, señaló que los programas de orientación parental obligatorios han demostrado reducir significativamente las tasas de negligencia y abuso, al fortalecer las capacidades parentales, reducir el estrés y fomentar estilos de crianza saludables.
La ponencia incluyó una amplia referencia a modelos implementados en países como Alemania, Francia, Suecia, los Países Bajos y Estados Unidos, donde la intervención temprana con talleres de crianza ha demostrado ser una estrategia efectiva de prevención multisectorial. Además, enfatizó que el contenido del taller propuesto en el proyecto es pertinente y suficiente, alineándose con las recomendaciones del CDC y la Academia Americana de Pediatría. Temas como lactancia, disciplina sin violencia, prevención del síndrome del bebé sacudido, manejo del estrés y educación en sexualidad saludable fueron señalados como componentes esenciales.
El Dr. Malavé-Rexach también subrayó el valor del proyecto como herramienta de prevención del abuso sexual infantil. Explicó que la mayoría de los casos de abuso no ocurren en contextos desconocidos, sino en entornos familiares donde los cuidadores fallan en identificar señales de riesgo o establecer límites protectores. Por ello, sostuvo que la educación obligatoria a padres representa una primera línea de defensa contra este tipo de violencia, al promover el conocimiento, la regulación emocional y la supervisión activa de las interacciones con menores.
En su sección de recomendaciones, el doctor sugirió:
Finalmente, concluyó que la aprobación del P. de la C. 654 es un paso urgente y éticamente necesario para garantizar entornos seguros y afectivos desde los primeros días de vida. Afirmó que educar en crianza no solo previene el daño, sino que construye ciudadanía, reduce la violencia estructural y fortalece el tejido social.
Departamento de la Familia
El Departamento de la Familia, presentó un memorial explicativo sobre el Proyecto de la Cámara 654, el cual propone la creación de la “Ley para la Educación Obligatoria de Crianza Responsable”. En su comunicación, la agencia reconoció el valor de la medida como una herramienta dirigida a prevenir el maltrato infantil mediante talleres educativos para madres, padres y personas custodias. No obstante, expresó reservas sobre ciertas disposiciones específicas contenidas en la legislación.
El Departamento destacó que esta medida se alinea con su política pública y mandato institucional, que prioriza la prevención de problemas sociales y el fortalecimiento de la convivencia familiar y comunitaria. Señaló que, a través de la Administración Auxiliar de Servicios de Prevención (ADAFAN), ya se desarrollan múltiples iniciativas educativas, entre ellas:
Estas iniciativas buscan empoderar a los cuidadores, promover el desarrollo de destrezas parentales, y reducir factores de riesgo asociados al maltrato infantil, todo dentro de un marco de prevención y apoyo a familias en situación de vulnerabilidad social.
Además, se detalla que la agencia administra fondos federales bajo leyes como el Family Violence Prevention and Services Act (FVPSA), el Child Abuse Prevention and Treatment Act (CAPTA) y el Promoting Safe and Stable Families (PSSF), los cuales financian servicios de prevención, educación y fortalecimiento familiar. Solo en el año fiscal 2024-2025, se asignaron más de $3 millones para estos fines.
Sin embargo, el Departamento expresó preocupación por la disposición que condiciona la inscripción de menores en programas educativos públicos como Head Start y Early Head Start a la presentación del certificado del taller. Señaló que dicha exigencia podría contradecir los principios de universalidad y equidad que rigen estos programas federales, afectando la participación de menores en contextos de vulnerabilidad. Citó estudios que demuestran que el acceso temprano a programas educativos mejora el desarrollo cognitivo, social y emocional, y advirtió que imponer barreras a esa participación podría ir en detrimento del bienestar infantil.
Finalmente, el Departamento reiteró su respaldo a la educación estructurada para padres como una herramienta crucial para prevenir el maltrato y promover entornos seguros, y afirmó estar trabajando en una nueva política pública estatal para la niñez temprana. Recomendó que cualquier legislación sobre este tema sea evaluada con una visión integral y atemperada a los retos actuales, promoviendo la eficiencia, la innovación y la integración de servicios gubernamentales.
Departamento de Educación
El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR), presentó memorial explicativo ante la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, en el que expresó su posición en torno al Proyecto de la Cámara 654. La agencia respaldó expresamente la medida, reconociendo su enfoque preventivo, educativo y su potencial para fortalecer las capacidades parentales desde las primeras etapas del desarrollo infantil.
El Departamento destacó que la propuesta legislativa se alinea con los objetivos de su Oficina para la Integración de la Familia y la Comunidad, adscrita a la Secretaría Auxiliar de Apoyo Integrado, que promueve la participación activa de las familias en el proceso educativo. Coincidió en que una orientación formal ofrecida desde el inicio de la vida del menor puede tener un impacto significativo en su bienestar, seguridad y rendimiento académico.
Además, el DEPR reconoció que esta legislación refuerza la conexión entre escuela y familia, y que puede integrarse efectivamente con sus iniciativas ya en curso. No obstante, advirtió que para su implementación efectiva será necesario realizar una evaluación del impacto presupuestario en las agencias involucradas, particularmente en lo concerniente a la capacitación de personal y la asignación de recursos.
El Departamento también ofreció varias recomendaciones para garantizar una implantación adecuada:
Finalmente, el DEPR reiteró su disposición para colaborar activamente en la implantación de la medida, en coordinación con el Departamento de la Familia y el Departamento de Salud, con el objetivo común de promover el desarrollo integral de la niñez en Puerto Rico.
Red por los Derechos de la Niñez y la Juventud de Puerto Rico
La Red por los Derechos de la Niñez y la Juventud de Puerto Rico, organización sin fines de lucro dedicada a la prevención de la violencia infantil y juvenil, sometió memorial explicativo ante la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social en respaldo al Proyecto de la Cámara 654. Reconoció que la creación de la “Ley para la Educación Obligatoria de Crianza Responsable” representa una herramienta poderosa de política pública para promover entornos familiares seguros y prevenir el maltrato infantil.
La organización destacó que su modelo basado en evidencia, educación temprana, salud, vivienda y apoyo familiar ha demostrado efectividad para romper ciclos intergeneracionales de violencia. En 2024, mediante iniciativas como Head Start y Comenzando Bien, atendieron a 391 menores junto a 1,173 cuidadores. Subrayaron que comenzar la educación y el acompañamiento desde el embarazo permite mejorar la salud materno infantil, fortalecer la estabilidad familiar y fomentar la movilidad social desde la primera infancia.
A pesar de su respaldo, la Red propuso una serie de enmiendas para asegurar que la medida sea accesible y efectiva para todas las familias, entre las cuales se destacan:
En su mensaje final, la Red instó a la Asamblea Legislativa a considerar sus recomendaciones y reiteró su compromiso con la construcción de un país donde todos los niños y niñas vivan seguros, libres de violencia y con acceso pleno a sus derechos.
RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES
Luego de recibir y analizar los comentarios del Departamento de Salud, el Departamento de la Familia, el Departamento de Educación, la Red por los Derechos de la Niñez y la Juventud de Puerto Rico, así como la ponencia experta del Dr. Juan Carlos Malavé-Rexach, esta Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social concluye que el Proyecto de la Cámara 654 es una medida necesaria, coherente con la política pública vigente, y fundamental para la prevención del maltrato infantil en Puerto Rico.
Si bien el Departamento de Salud manifestó reservas sobre la logística del ofrecimiento del taller durante la hospitalización, esta Comisión considera que, en una ponderación de intereses, debe prevalecer el bienestar superior del menor y el objetivo preventivo de la legislación. Las preocupaciones operacionales pueden ser atendidas mediante enmiendas que no alteran el propósito esencial del proyecto y que fortalecen su implantación práctica.
Por lo tanto, esta Comisión recomienda la aprobación del Proyecto de la Cámara 654 con enmiendas, que se detallan a continuación:
En síntesis, esta Comisión emite un Informe Positivo con Enmiendas al Proyecto de la Cámara 654. Esta medida representa un paso afirmativo y urgente en la protección de la niñez, reconociendo el rol fundamental de la educación parental en la prevención de la violencia y la construcción de entornos familiares seguros, saludables y respetuosos de los derechos de los menores. Prevenir el maltrato infantil no solo es una política efectiva: es una responsabilidad moral del Estado.
En consideración a lo antes expuesto, esta Comisión recomienda la aprobación del Proyecto de la Cámara 654 con enmiendas en el entirillado electrónico que se acompaña.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. de la C. 654, con las enmiendas que se acompañan en el entirillado electrónico.
RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos Presidente Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social |
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