GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 337 19 DE MAYO DE 2025 Presentada por el representante Pérez Ortiz Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor llevar a cabo una investigación sobre el desglose de costos y cargos que realizan las aplicaciones de envió como Uber Eats y Door Dash; evaluar prácticas que podrían resultar engañosas para los consumidores; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En los últimos años, las aplicaciones de entrega de alimentos como Uber Eats y DoorDash han transformado la manera en que los consumidores acceden a productos de restaurantes locales. Estas plataformas han tenido un auge significativo en Puerto Rico desde su llegada, particularmente tras el impacto de la pandemia del COVID-19, momento en el cual su uso se convirtió en una herramienta esencial para miles de ciudadanos. Según información publicada, tan solo Uber Eats ha registrado sobre 11 millones de entregas en la isla desde el inicio de sus operaciones en el año 2018, contando actualmente con más de 5,000 conductores activos. Sin embargo, este crecimiento ha venido acompañado de serias preocupaciones por parte de consumidores, comercios locales y entidades defensoras de derechos del consumidor, especialmente en torno a la transparencia del modelo de precios y cargos que aplican estas plataformas. Uno de los problemas más frecuentes es que el precio anunciado inicialmente por estas aplicaciones no representa el precio final que paga el consumidor. De hecho, no es hasta que el consumidor completa la orden y los cargos son aplicados contra su tarjeta de crédito que puede ver el desglose completo de costos adicionales, tales como tarifas de servicio, cargos por entrega, recargos por alta demanda, impuestos entre otros. Esto impide que el usuario tenga una expectativa clara y certera del costo real desde el inicio del proceso de compra. A su vez, los restaurantes adscritos a estas plataformas han denunciado que se les imponen comisiones elevadas por transacción, lo que podría afectar su rentabilidad, especialmente en el caso de negocios locales o familiares. Este modelo de operación puede tener efectos negativos tanto en la economía del consumidor como en el ecosistema de pequeños y medianos comerciantes de la Isla. Dado el alcance masivo de estas plataformas y su impacto económico y social, resulta imperativo que la Cámara de Representantes, a través de su Comisión de Asuntos del Consumidor, lleve a cabo una investigación exhaustiva sobre los mecanismos de fijación de precios, los cargos aplicados a consumidores y comerciantes, y la transparencia de la información provista a los usuarios. Esta evaluación también deberá considerar si las prácticas actuales cumplen con los parámetros establecidos por las leyes de protección al consumidor de Puerto Rico y si existe la necesidad de promover legislación que regule más estrictamente estas plataformas en beneficio del interés público. Por tanto, esta medida persigue salvaguardar los derechos del consumidor, fomentar la competencia justa y transparente, y velar por que tanto usuarios como comercios locales puedan beneficiarse equitativamente del uso de tecnologías emergentes dentro del marco legal vigente. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Asuntos del Consumidor llevar a cabo una investigación sobre el desglose de costos y cargos que realizan las aplicaciones de envió como Uber Eats y Door Dash; evaluar prácticas que podrían resultar engañosas para los consumidores. Sección 2.- La Comisión de Asuntos del Consumidor podrá realizar todos los estudios, investigaciones, reuniones, citaciones, solicitudes de producción de documentos, solicitudes de información, requerimientos, e informes que entienda necesarios y podrá investigar cualquier asunto que entienda pertinente para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución. Sección 3.- La Comisión de Asuntos del Consumidor, someterá a la Cámara de Representantes un informe final conteniendo los hallazgos, conclusiones, y recomendaciones, que estime pertinentes, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, dentro del término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la aprobación de la presente medida. Sección 4.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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