ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 20 ma Asamblea 1 ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO R. del S. 202 19 de mayo de 2025 Presentada por el señor Rivera Schatz Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para adoptar el Programa de Becas Universitarias del Senado de Puerto Rico, que se conocerá como "Te Queremos Preparado', a los fines de incentivar a nuestros jóvenes a continuar sus estudios universitarios y brindarles una ayuda económica para sufragar los costos relacionados a su educación y, por consiguiente, al desarrollo personal y profesional de estos. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La educación es la herramienta social que permite al individuo su crecimiento y desarrollo personal, emocional y es fundamental como pieza de movilidad social. Dentro de la estructura educativa, una vez nuestros jóvenes obtienen su grado de escuela superior, resulta fundamental continuar incentivando y maximizando sus talentos a través de la promoción de títulos y carreras universitarias. Consciente de las necesidades económicas que afectan a nuestros jóvenes y sus respectivas familias, este Senado tiene un compromiso ineludible con fomentar el desarrollo educativo y los valores de nuestros jóvenes, proveyendo una ayuda económica a los estudiantes destacados académicamente del sistema de educación pública para que puedan obtener un grado universitario a nivel de bachillerato en cualquier institución universitaria acreditada de Puerto Rico. Es por ello, que este Senado entiende meritorio y pertinente crear el Programa de Becas Universitarias del Senado de Puerto Rico, que se conocerá como el Programa "Te Queremos Preparado". RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO: SECCION I -TÍTULO Se establece el Programa de Becas Universitarias del Senado de Puerto Rico, que se conocerá como el Programa "Te Queremos Preparado". SECCION II - PROPÓSITO Se crea el Programa de Becas Universitarias del Senado de Puerto Rico "Te Queremos Preparado" (en adelante "Programa") a los fines de incentivar a nuestros jóvenes a continuar sus estudios universitarios y procurar brindarles una ayuda económica para sufragar los costos relacionados a su educación. Mediante este Programa se provee una ayuda económica para aquellos jóvenes de nuestra Isla destacados académicamente en el sistema de educación pública que desean obtener un grado universitario a nivel de bachillerato en cualquier institución universitaria acreditada de Puerto Rico. SECCION III - COMITÉ PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA Se crea el Comité del Programa de Becas Universitarias del Senado de Puerto Rico "Te Queremos Preparado", el cual tendrá la encomienda de crear, administrar e implementar los reglamentos y determinaciones pertinentes para la operación del Programa que se establece mediante esta Resolución. Dicho Comité estará integrado por tres (3) miembros a ser designados por el Presidente del Senado, entre éstos, un (1) miembro con capacidad profesional, probidad moral y conocimiento especializado en el campo de la educación en Puerto Rico, y un (1) notario público autorizado en Puerto Rico. Entre sus facultades, tendrán la encomienda de evaluar a los candidatos que participarán del Programa, administrar los fondos asignados para su funcionamiento y establecer la reglamentación necesaria para cumplir con los fines de esta Resolución. El Comité tendrá un término no mayor de (15) días, a partir de la aprobación de esta Resolución, para establecer la reglamentación pertinente para el funcionamiento del Programa y radicarla ante la Secretaría del Senado. SECCION IV - BECAS Mediante el Programa "Te Queremos Preparado" se otorgará una aportación de mil dólares ($1,000.00) a todo estudiante previamente seleccionado por el Comité, con el propósito de brindarles una ayuda económica para sufragar los gastos de matrícula, hospedaje, libros y otros gastos relacionados a sus estudios universitarios. Las becas se otorgarán anualmente, y se seleccionará hasta cuatro (4) estudiantes por cada municipio de Puerto Rico. La otorgación de esta Beca estará sujeta a la disponibilidad de fondos. SECCION V - REQUISITOS PARA PARTICIPAR DEL PROGRAMA Las becas serán otorgadas exclusivamente a los estudiantes de una escuela superior del sistema de educación pública de Puerto Rico admitidos en cualquier institución universitaria acreditada de Puerto Rico, en un programa de estudios sub-graduados conducentes a iniciar un grado de bachillerato. Serán elegibles para participar del Programa los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos: a. Haber sido admitido en cualquier institución universitaria acreditada de Puerto Rico y matriculado en un programa de estudios sub-graduados en cualquier disciplina; b. haber obtenido su diploma de cuarto año de una escuela superior del sistema de educación pública de Puerto Rico con un índice académico anual acumulativo de cuatro puntos (4.00); c. ser residente de Puerto Rico; d. ser ciudadano americano; y e. cualquier otro requisito establecido por el Comité mediante reglamento. Todos los estudiantes interesados en participar del Programa deberán cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en esta Resolución y cualquier otro requisito establecido por el Comité mediante reglamentación. SECCION VI - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN El Comité le solicitará una certificación al Departamento de Educación de Puerto Rico, la cual deberá contener un listado oficial de todos los estudiantes graduados de cuarto año de una escuela superior del sistema de educación pública de Puerto Rico con un índice académico anual acumulativo de cuatro puntos (4.00), según dispone el inciso (b) de la Sección V. El Departamento de Educación tendrá un término de diez (10) días para proveer dicha certificación, contados a partir de la fecha en que reciba la solicitud por escrito a estos efectos. Posterior al recibo de la certificación emitida por el Departamento de Educación, el Comité continuará con el proceso de evaluación y selección los participantes, de conformidad con los requisitos establecidos en esta Resolución y la reglamentación adoptada a estos fines. En aquellos casos en que la cantidad de estudiantes elegibles sea mayor de cuatro (4) estudiantes por Municipio, se tomará en consideración además los resultados obtenidos en la prueba de aptitud académica "College Board" o su equivalente. De haber más de cuatro (4) estudiantes en un Municipio con los mismos resultados, el Comité realizará un sorteo entre estos para seleccionar los participantes del Programa. SECCION VII - FONDOS Los fondos necesarios para el funcionamiento del Programa provendrán de los fondos asignados del Presupuestos General para la operación del Senado de Puerto Rico. SECCION - VIGENCIA Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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