(R. C. del S. 59) RESOLUCIÓN CONJUNTA Para designar con el nombre de Delia Santana Nieves el tramo desde la intersección de la Carretera Estatal PR-659 de la Comunidad Santa Rosa del Barrio Magüayo de Dorado, hasta su intersección con la Carretera Estatal PR-693; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Doña Delia Santana Nieves nació el 9 de marzo de 1930, en el barrio Santa Rosa del Municipio de Dorado. Dotada de una inteligencia natural, un interés muy especial en el estudio y una sostenida vocación para la enseñanza, fue la primera mujer de su barrio en completar un bachillerato en Educación de la Universidad de Puerto Rico en Río Piedras. De su preparación académica se beneficiaron alumnos de diversas escuelas del pueblo de Dorado, y muy especialmente los de la escuela del barrio Santa Rosa, de la que siendo su primera maestra, encabezó la iniciativa de construir un salón de concreto. Doña Delia fue también uno de los recursos pedagógicos más influyentes y apreciados en la institución Pueblo del Niño en Dorado. Fue, además, una excelente líder comunitaria desempeñándose como secretaria de la asociación recreativa de Santa Rosa, pilar invaluable del Comité por un Santa Rosa Mejor y columna fuerte de la Iglesia Cristiana Discípulos de Cristo. Además, trabajó en el programa "ACTÍVATE" que brindaba ayuda a niños con necesidades especiales. Madre de 3 hijos: Edwin, Miriam y Brunilda Montañés Santana, a sus 95 años doña Delia no ha predicado la ética de la vida con la palabra, sino con su ejemplo. Nunca ha pregonado su vocación, la ha ejercido con un singular sentido de compromiso y nunca se ha vanagloriado de su fe, la ha puesto a servicio de su familia y de su comunidad. RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se designa con el nombre de Delia Santana Nieves el tramo desde la intersección de la Carretera Estatal PR-659, de la Comunidad Santa Rosa del Barrio Magüayo del Municipio de Dorado, hasta su intersección con la Carretera Estatal PR-693 Sección 2.- El Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, la Autoridad de Carreteras y Transportación y el Municipio de Dorado tomarán las medidas necesarias para la rotulación correspondiente en un término no mayor de sesenta (60) días luego de aprobada la misma, conforme a la designación establecida en esta Resolución Conjunta. Sección 3.- Se faculta al Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico y el Municipio de Dorado a peticionar, aceptar, recibir, preparar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos de fuentes públicas y privadas; parear cualesquiera fondos disponibles con aportaciones federales, estatales, municipales o del sector privado; así como a entrar en acuerdos colaborativos con cualquier ente, publico o privado, dispuesto a participar en el financiamiento de esta rotulación. Sección 4.- Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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