GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 3ra Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
INFORME NEGATIVO
16 de enero de 2026
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo al estudio y consideración del R. C. del S. 64, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
La Resolución Conjunta del Senado 64, tiene como objetivo de ordenar a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y al Departamento de Hacienda a identificar los fondos de ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 (HR 13-19-117) (“ARPA”, por sus siglas en inglés) y asignarle a la Fundación A-Mar para Niños Quemados Inc., la cantidad de quinientos mil dólares ($500,0000) para poder realizar mejoras a facilidades ambulatorias para tratamiento de personas quemadas y costear equipo especializado de tratamiento.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución Conjunta del Senado 64 tiene como propósito ordenar a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y al Departamento de Hacienda que identifiquen y asignen la cantidad de quinientos mil dólares ($500,000.00) a la Fundación A-Mar para Niños Quemados Inc., utilizando fondos provenientes de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 (ARPA, por sus siglas en inglés) esta Ley es un plan de emergencia federal para combatir los efectos del COVID-19 y sus consecuencias económicas, cuyo fin es ayudar a la gente, a los negocios y a invertir en infraestructura.
El objetivo de esta asignación es permitir que la Fundación realice mejoras a sus facilidades ambulatorias para el tratamiento de personas quemadas y sufrague el costo de equipo de tratamiento especializado. La medida destaca que, a pesar de la alta incidencia de quemaduras en Puerto Rico, la atención especializada y la rehabilitación integral son esenciales y que la Fundación A-Mar ha demostrado la capacidad para llevar a cabo este proyecto, por lo que se requiere el desembolso de los fondos en un término máximo de treinta (30) días a partir de la vigencia de la Resolución, y la presentación de informes trimestrales sobre su uso.
Como parte del proceso de evaluación de la Resolución Conjunta del Senado 64, esta Comisión solicitó los correspondientes memoriales e informes al Departamento de Hacienda, Oficina Gerencia y Presupuesto (OGP), Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) y Oficina de Presupuesto y Análisis Legislativo (OPAL), Al momento de la redacción del informe, se ha recibido memoriales e informes de la AAFAF, OPAL y la Fundación A-Mar.
OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (OPAL)
El Informe 2026-172 de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), emitido en octubre de 2025, presenta la evaluación del efecto fiscal de la Resolución Conjunta del Senado 64, confirma que el costo fiscal de la medida asciende a la cantidad propuesta de $500,000. No obstante, la OPAL establece la salvedad, que la implementación de esta asignación está supeditada al cumplimiento de los requisitos de la legislación federal del Plan de Rescate Estadounidense ARPA y, además, advierte que el programa Coronavirus State Fiscal Recovery Fund (CSFRF) para Puerto Rico bajo la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 (ARPA, por sus siglas en inglés), el cual es la fuente principal de estos fondos, ha culminado ya su proceso de distribución y desembolso.
AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL (AAFAF)
El Memorial de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), en respuesta a la Resolución Conjunta del Senado 64 (R.C. del S. 64), establece que, aunque la medida persigue un fin loable y de alto interés social al destinar $500,000 a la Fundación A-Mar para Niños Quemados, la AAFAF está legalmente impedida de contraer nuevas obligaciones con cargo a los fondos del Plan de Rescate Estadounidense (ARPA). La agencia explica que el Gobierno de Puerto Rico cumplió cabalmente con la obligación de comprometer la totalidad de los $2,470 millones asignados bajo ARPA antes del 31 de diciembre de 2024, y ahora se encuentra en la fase de ejecución y desembolso, por lo que el programa de asignación de nuevos fondos ha culminado.
En consecuencia, la AAFAF sugiere que las entidades con competencia presupuestaria, como la Oficina de Gerencia y Presupuesto y el Departamento de Hacienda, deben evaluar la posibilidad de identificar recursos alternos que no contravengan el marco normativo federal vigente, asegurando que cualquier recomendación se ajuste a los parámetros legales y fiscales.
FUNDACIÓN A-MAR PARA NIÑOS QUEMADOS, INC.
El Memorial Explicativo de la Fundación A-Mar para Niños Quemados, Inc. sostiene que esta inversión es necesaria para abordar un problema de salud pública en Puerto Rico y que cumple con las categorías de uso elegible de los fondos Plan de Rescate Estadounidense (ARPA), ya que representa una inversión en infraestructura de salud pública y un abordaje de los impactos negativos de la emergencia. La Fundación A-Mar recomienda formalmente la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 64, validando su viabilidad técnica, fiscal y de salud pública.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA señala que, al no recomendar la aprobación del R. C. del S. 64, no corresponde emitir una certificación afirmativa sobre la ausencia de impacto fiscal en los gobiernos municipales
CONCLUSIÓN
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA, evaluó la Resolución Conjunta del Senado 64 (R.C. del S. 64), la cual ordena la asignación de quinientos mil dólares ($500,000) de los fondos federales del Plan de Rescate Estadounidense (ARPA) a la Fundación A-Mar para Niños Quemados Inc., con el propósito de mejorar sus facilidades ambulatorias para el tratamiento especializado de quemaduras.
La Comisión reconoce el propósito loable de la medida de brindar ayuda a la Fundación A-Mar para realizar mejoras a facilidades ambulatorias para tratamiento de personas quemadas y costear equipo especializado de tratamiento. Sin embargo, según establece el Informe de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) y el Memorial de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) concurren en que, a pesar del fin social loable de la R.C. del S. 64, el programa de asignación del Coronavirus State Fiscal Recovery Fund (CSFRF) ha culminado, y la AAFAF está legalmente impedida de contraer nuevas obligaciones, dado que la totalidad de los fondos ARPA asignados al Gobierno Central fueron comprometidos antes de la fecha límite federal del 31 de diciembre de 2024.
De igual forma, ante la ausencia de una fuente de financiamiento alterna que se ajuste al marco legal y fiscal vigente, la Comisión determina que la aprobación de la R.C. del S. 64 no es recomendable en esta etapa, sugiriendo la identificación de otros recursos presupuestarios para atender esta vital petición de salud pública.
Finalmente, se hace constar que la Gobernadora ha conformado un Comité Evaluador con el objetivo de evaluar las tasas contributivas vigentes y proponer soluciones dirigidas a la simplificación y equidad del sistema contributivo de Puerto Rico.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomienda la aprobación del R. C. del S. 64.
Respetuosamente sometido,
Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión Hacienda, Presupuesto y PROMESA
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