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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma.	Asamblea	1 ra.	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 197
 19 de mayo de 2025
Presentada por la señora Soto Aguilú
Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la posibilidad de extender a los Médicos Generalistas los beneficios contributivos e incentivos fiscales que actualmente se consideran para los Médicos Especialistas, incluyendo el incentivo de 4%; la viabilidad de reconocer legalmente la experiencia prolongada de Médicos Generalistas en Salas de Emergencia para propósitos de clasificación profesional, compensación e incentivos;  la estructura actual de categorías profesionales, distribución por sector y escalas salariales de las enfermeras en Puerto Rico, a los fines de identificar posibles disparidades, inequidades o vacíos normativos; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El sistema de salud en Puerto Rico enfrenta múltiples retos que exigen atención legislativa, particularmente en lo relativo a la retención, compensación e incentivos a profesionales de la salud esenciales como médicos y personal de enfermería. En ese contexto, se han recibido preocupaciones sustantivas por parte de Médicos Generalistas y profesionales de la enfermería que merecen ser investigadas desde este Cuerpo Legislativo con el propósito de promover legislación equitativa, sustentable y coherente con la realidad de los servicios médicos en la Isla.

En primer lugar, varios Médicos Generalistas han planteado que las políticas públicas actuales en torno a los incentivos fiscales contemplan otorgar un beneficio contributivo de cuatro por ciento (4%) a Médicos Especialistas, excluyendo de dicho tratamiento a los Generalistas, a pesar de que estos últimos también son fundamentales en la prestación de servicios esenciales de salud primaria, en áreas rurales y en instituciones sin suficiente cobertura de especialistas. La exclusión de los Médicos Generalistas podría estar provocando inequidades no justificadas dentro del sistema de incentivos, que deben ser revisadas a la luz de principios de razonabilidad, equidad contributiva y eficiencia del sistema de salud.
Asimismo, un grupo significativo de Médicos Generalistas ha manifestado su interés en que se reconozca legal y reglamentariamente su experiencia prolongada en la prestación de servicios en Salas de Emergencia, a los fines de efectos clasificatorios, salariales y de acceso a incentivos contributivos o profesionales. Estos profesionales han ejercido funciones críticas en entornos clínicos de alta complejidad por décadas, sin que ello se haya traducido en un reconocimiento formal en términos de categoría profesional, lo cual limita sus oportunidades de acceso a programas institucionales que exigen acreditaciones específicas. Esta situación merece ser evaluada con base en criterios clínicos, administrativos y jurídicos, a fin de determinar si resulta viable y conforme al interés público reconocer su trayectoria para propósitos de política pública.
Por otro lado, en relación con el personal de enfermería, recientemente el Secretario de Salud expresó públicamente que se habían equiparado los salarios en dos categorías de enfermeras en el sistema público. Esta información ha suscitado mayor interés sobre el estado actual de la estructura profesional de la enfermería en Puerto Rico. Resulta de interés público y legislativo conocer cuántas y cuáles son las categorías profesionales de enfermeras reconocidas en el sistema de salud; cuál es la distribución de estas categorías entre el sector público y el privado; si existe un salario base uniforme para cada categoría; y si no lo hay, conocer las razones, criterios normativos o administrativos para dicha disparidad.
La falta de transparencia o consistencia en la remuneración del personal de enfermería podría tener efectos directos en la retención del talento humano en el sistema de salud, en la motivación laboral del recurso y en la sostenibilidad del sistema hospitalario. Evaluar si resulta viable establecer mediante legislación un salario base uniforme para todo el personal de enfermería, independientemente de la categoría profesional, es una discusión que este Cuerpo Legislativo debe atender con urgencia, con fundamento en datos empíricos y la colaboración del Departamento de Salud.
Por todo lo anterior, esta Resolución tiene como propósito ordenar una investigación dirigida al Departamento de Salud para que provea información detallada, actualizada y verificable sobre estas tres áreas neurálgicas, con el fin de promover la formulación de política pública justa, equitativa y fiscalmente responsable que beneficie tanto a los profesionales de la salud como al sistema de salud en su conjunto. 
RESUELVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la posibilidad de extender a los Médicos Generalistas los beneficios contributivos e incentivos fiscales que actualmente se consideran para los Médicos Especialistas, incluyendo el incentivo de 4%; la viabilidad de reconocer legalmente la experiencia prolongada de Médicos Generalistas en Salas de Emergencia para propósitos de clasificación profesional, compensación e incentivos;  la estructura actual de categorías profesionales, distribución por sector y escalas salariales de las enfermeras en Puerto Rico, a los fines de identificar posibles disparidades, inequidades o vacíos normativos.
      Sección 2.- La investigación incluirá, pero sin limitarse a:
a) La posibilidad de extender a los Médicos Generalistas el beneficio contributivo del cuatro por ciento (4%) que se contempla o se otorga actualmente a los Médicos Especialistas, así como cualquier otro programa de incentivos vigente o propuesto en el cual los Generalistas pudieran ser incluidos;
b) La viabilidad de reconocer legal y reglamentariamente la experiencia prolongada de Médicos Generalistas en Salas de Emergencia para propósitos de clasificación profesional, compensación e inclusión en programas de incentivos;
c) La estructura vigente de categorías de enfermería reconocidas en Puerto Rico, su definición profesional, su numeración actual, y su distribución entre el sector público y privado;
d) El análisis de las escalas salariales asociadas a cada categoría de enfermería, incluyendo si existe un salario base uniforme para todas, las razones por las cuales puede no existir un tope o base común, y la viabilidad de legislar un salario mínimo estándar para todo el personal de enfermería en Puerto Rico.
Sección 3.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, en un término no mayor de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta Resolución.
	Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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