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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 684

19 DE MAYO DE 2025

Presentado por el representante Franqui Atiles

Referido a la Comisión de Turismo

LEY

Para declarar monumento histórico el “Túnel Oscuro” o “Túnel Negro”, localizado en el barrio Terranova del Municipio de Quebradillas, con el fin de preservar el mismo; incluir el mismo en el Registro de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico; realizar todos los trámites conducentes a zonificar la calificación del área e identificarlo en los mapas correspondientes como tal; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Salvaguardar el patrimonio histórico es responsabilidad gubernamental, como lo establece la Constitución de Puerto Rico, en la Sección 19 del Artículo VI:

“Será política pública del Estado Libre Asociado la más eficaz conservación de sus recursos naturales, así como el mayor desarrollo y aprovechamiento de los mismos para el beneficio general de la comunidad; la conservación y mantenimiento de los edificios y lugares que sean declarados de valor histórico o artístico por la Asamblea Legislativa.”

De igual forma, el Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo y Uso de Terrenos con Vigencia del 24 de marzo de 2015, de la Junta de Planificación, define “declaración” como pronunciación de la Asamblea Legislativa, según dispone la Sección 19 del Articulo VI de la Constitución de Puerto Rico, antes mencionada, donde determina que una propiedad tiene valor histórico o artístico excepcional otorgándole la distinción de monumento histórico. Asimismo, dicho Reglamento define al Registro de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico, como un inventario de las propiedades históricas conocidas que han sido nominadas y designadas por la Junta de Planificación, en conjunto con el Instituto de Cultura Puertorriqueña y por la Asamblea Legislativa, entre otros. En el mismo se incluyen edificios, estructuras, yacimientos, objetos y lugares que poseen importancia histórica, arquitectónica, de ingeniería, arqueológica o cultural. El Registro Nacional es administrado por la Junta de Planificación y copia del mismo se mantiene en el Instituto de Cultura Puertorriqueña.

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), definió en uno de sus primeros documentos el término “patrimonio” como el conjunto de bienes culturales y naturales, tangibles e intangibles, generados localmente, que una generación hereda y transmite con el propósito de preservar, continuar y acrecentar dicha herencia. Según la UNESCO, el patrimonio se sub-clasifica en diversos patrimonios con la finalidad de agrupar los distintos tipos de bienes y facilitar su estudio y tratamiento. Sus dos clasificaciones más conocidas son el patrimonio cultural material y el inmaterial. Ante esto, la importancia del patrimonio cultural inmaterial no solo estriba en la manifestación cultural en sí, sino en el acervo de conocimientos y técnicas que se transmiten de generación en generación. A su vez, el patrimonio cultural material abarca monumentos (obras arquitectónicas, esculturas, pinturas y obras de carácter arqueológico), conjuntos (construcciones aisladas o reunidas), lugares (obras del hombre y la naturaleza) y artefactos culturales que han sido inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial.

En Puerto Rico, el compromiso de resguardar y proteger el patrimonio histórico y cultural, además de ser una obligación de cada puertorriqueño, es menester del Gobierno. Ante esto, la declaración de monumento histórico nacional es una distinción y reconocimiento a dicho patrimonio por su importancia histórica y cultural, que puede representar una otorgación de fondos y planificación para su preservación. Actualmente, existen dos inventarios de patrimonio de edificaciones históricas, el Registro de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico (designados por la Junta de Planificación e Instituto de Cultura Puertorriqueña) y el Registro Nacional de Lugares Históricos (designado por la Oficina Estatal de Conservación Histórica y el Servicio Nacional de Parques del Departamento de lo Interior de los Estados Unidos de América).

El Túnel Negro posee una gran longitud, como su geometría curva se unen para evitar que se pueda ver el otro extremo desde sus entradas creando total oscuridad en algunos puntos a lo largo del túnel. Esta característica es la razón por la cual se le conoce como el Túnel Obscuro o Túnel Negro. La Oficina Estatal de Conservación Histórica (OECH) ha explicado que este recurso, de valor histórico como obra de la ingeniería, tiene alrededor de 6 metros de altura, 5 metros de ancho y 142 metros de longitud. El túnel se dejó de usar en el año 1953 cuando la American Railroad Company descontinuo sus servicios de carga y de pasajeros del ferrocarril. El Túnel Negro (también conocido como el Túnel de Quebradillas) fue documentado inicialmente por el Dr. Luis Pumarada, en agosto de 1978, para el “Inventario Histórico e Industria de Puerto Rico” que se preparó para la Oficina del Presidente de la Universidad de Puerto Rico.

En 1988, el Dr. Luis Pumarada, como parte del estudio “Contexto histórico del ferrocarril en Puerto Rico e inventario del ferrocarril de circunvalación”, vuelve a documentar el túnel. Este estudio fue preparado por el Centro de Investigaciones de Ingeniería, Departamento de Ingeniería de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayagüez, con el auspicio de la OECH. En este momento (hace 27 años) se encontró que el túnel estaba en condición regular y que el mismo le pertenecía al Sr. Juan Otero del Municipio de Quebradillas.

De igual forma, el Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) ha indicado que la “International Committe For The Industrial Heritage”, define el término de patrimonio industrial como aquel que se compone de los restos de la cultura industrial que poseen un valor histórico, tecnológico, social, arquitectónico o científico. También, el ICP ha indicado que estos restos de patrimonio industrial consisten en edificios, maquinarias, talleres, molinos, fábricas, minas y sitios para procesar y refinar, almacenes y depósitos, lugares donde se genera, se transmite y se usa energía, medios de transporte y toda su infraestructura, así como los sitios donde se desarrollan las actividades sociales relacionadas con la industria, tales como la vivienda, el culto religioso o la educación. Lo industrial, por tanto, abarca no solo los inmuebles (centrales, fabricas, talleres, almacenes…), estructuras arquitectónicas y maquinaria de producción (cambijas, castilletes, chimeneas, locomotoras, etc.). Además, las vías de comunicación y transporte, a través de las que llegaban las materias primas y se comercializaban los productos (túneles, atajeas, puentes, ferrocarriles, estaciones, etc.), las residencias, centros asociativos (ateneos, clubes, centros culturales, etc.) y asistenciales de los trabajadores (hospitales, sanatorios, etc.) los servicios públicos (mercados, escuelas, bibliotecas, iglesias, correos, etc.), y en última instancia, los propios paisajes modificados por la actividad extractiva e industrial.

Asimismo, el ICP ha detallado en el pasado que el diseño de estos túneles y su conexión con el puente fue uno lleno de retos de ingeniería y diseño estructural (materiales y métodos de construcción). El Túnel Negro se adentra en el macizo de caliza, curvea dentro de este y sale nuevamente al mismo lado, para que el puente pudiera ser recto y quedar perpendicular al cañón del río. El túnel tiene una sección transversal en forma de herradura, con un ancho de 4 metros en la base. Toda su longitud de 142 metros tiene bóveda de hormigón y paredes de mampostería. Las entradas tienen bordes en piedra labrada. Tienen una curvatura de aproximadamente 75 grados y posee un refugio peatonal a mitad de su longitud. Es precisamente su curvatura y longitud las que le han conferido el nombre de Túnel Negro ya que las mismas no permiten ver desde su entrada el otro extremo generando zonas de total obscuridad a través del recorrido. El recorrido de esta ruta donde se atravesaban las montañas y casi se volaba sobre el rio a través del puente metal era y es único si a esta experiencia se une el marco escénico del exuberante paisaje natural donde enclava (bosque, rio, mar y playa).

Se conoce por demás que la estructura del Túnel Negro tiene elementos históricos y arquitectónicos que pueden ser examinados para la declaración de zona y área histórica, y así poder incluirse en los registros nacionales y federales.

Esta Asamblea Legislativa considera importante que se declare monumento histórico el “Túnel Oscuro” o “Túnel Negro” ubicado en Quebradillas.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se declara monumento histórico el “Túnel Oscuro” o “Túnel Negro”, localizado en el barrio Terranova del Municipio de Quebradillas.

Artículo 2.-La Junta de Planificación, el Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Oficina Estatal de Preservación Histórica y el Municipio de Quebradillas realizarán las gestiones necesarias para el fiel cumplimiento de esta Ley.

Artículo 3.-La Junta de Planificación deberá incluir el “Túnel Oscuro” o “Túnel Negro” en el Registro de Sitios y Zonas Históricas, según lo estipulado por el correspondiente Reglamento.

Artículo 4.-La Oficina Estatal de Preservación Histórica, mediante la prestación del asesoramiento técnico a su alcance y el Gobierno Municipal de Quebradillas realizarán todas las gestiones necesarias para preservar el “Túnel Oscuro” o “Túnel Negro”.

Artículo 5.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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