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GOBIERNO DE PUERTO RICO

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SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 508

INFORME POSITIVO 

16 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 508, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación, con las enmiendas que se incluyen en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 508 propone enmendar los Artículos 2, 3, 4, 7, 8, 10, 17, 21, 22 y 27 de la Ley 139-2008, según enmendada, conocida como "Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica", a los fines de facilitar el proceso de obtención de documentos que son requeridos para solicitud o recertificación de la licencia provistos por instituciones, universidades o entidades autorizadas por medios electrónicos; eliminar la premédica como requisito para la solicitud de la reválida; facilitar la obtención de la licencia de Puerto Rico a médicos que cuenten con licencia de en la jurisdicción federal y desean establecerse en Puerto Rico para ejercer la medicina; facultar a los abogados de la Junta a atender los casos de impericia profesional; y para otros fines relacionados. 

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Según se desprende de la Exposición de Motivos de la medida, durante los últimos años, Puerto Rico ha enfrentado una serie de desafíos que han debilitado significativamente su sistema de salud. La isla ha sido golpeada por una combinación de factores, incluyendo la quiebra gubernamental, los devastadores huracanes Irma y María, los terremotos de 2020, la pandemia de COVID-19 y un éxodo masivo de profesionales en el área de la medicina. Estos eventos han puesto en grave riesgo la salud, el bienestar y la seguridad de los puertorriqueños.

A partir de 2017, el Gobierno de Puerto Rico ha implementado diversas medidas para abordar esta crisis, pero las mismas han resultado insuficientes para mitigar los efectos adversos. Ante esta realidad, resulta imperativo que el Gobierno de Puerto Rico continúe promoviendo y ejecutando iniciativas que no solo retengan a los médicos que actualmente se encuentran ejerciendo la profesión, sino que también incentiven la llegada de nuevo talento a la isla.

Cabe destacar que, durante el lapso de 2009 a 2017, se registró una reducción significativa en el número de médicos en Puerto Rico, pasando de 13,452 a 11,088. Esta disminución se traduce en una merma promedio anual de 472 facultativos, según los datos proporcionados por el Custom Research Center, Inc. Esta tendencia representa una reducción del 17.5% en la población médica de la isla.

Por otro lado, de acuerdo con un informe preparado por la Dra. Jennifer Wolff, directora del Buró de Madrid del Centro de Nueva Economía, publicado el 5 de marzo de 2023 bajo el título "Éxodo de Médicos: Un Problema que rehúye las soluciones simples", se ha constatado que más de 8,000 profesionales de la medicina han cesado su práctica en Puerto Rico durante los últimos trece años. Esta cifra, según las estadísticas proporcionadas por el Departamento de Salud, representa una disminución del 46% en el número de facultativos médicos en Puerto Rico, lo cual subraya la magnitud y gravedad de la situación actual.

Este fenómeno se ha intensificado en años recientes, con pronósticos que sugieren un escenario de falta de profesionales en la salud aún más crítico para el futuro próximo. Según una investigación llevada a cabo por FARO, LLC, a solicitud de la Asociación de la Industria Farmacéutica de Puerto Rico (PIA, por sus siglas en ingles), se estima que para el año 2030, aproximadamente el 50% de los médicos especialistas que actualmente están ejerciendo la profesión en Puerto Rico habrán cesado su práctica. Esta situación se torna particularmente crítica en ciertas especialidades médicas que son esenciales. Por ejemplo, de acuerdo con los datos recopilados por la Oficina de Informática y Avances Tecnológicos (OIAT), en el campo de la endocrinología, se anticipa una demanda de 379 especialistas para el año 2030, contrastando drásticamente con los 84 médicos activos que existen en la actualidad. Otro campo que enfrenta una escasez significativa es la cardiología, con solo 95 cardiólogos ejerciendo en toda la isla. Esto se traduce en una proporción de un cardiólogo por cada 17,500 adultos, posicionando a Puerto Rico como la jurisdicción con la menor disponibilidad de estos especialistas en comparación con todos los territorios de los Estados Unidos. Por su parte, la neumología pediátrica es una de las especialidades que verán una merma significativa, con proyecciones que indican que para 2030 solo se contará con el 8% de los especialistas requeridos en esta área.

Existen varios factores que inciden en la merma de estos profesionales en Puerto Rico. Entre estos destaca el envejecimiento de la fuerza laboral médica, ya que el 47% de los médicos activos en la isla tienen 60 años o más, lo que representa la tasa más alta entre todos los estados y territorios de Estados Unidos. Esta situación plantea serias preocupaciones sobre la sostenibilidad del sistema de salud a medida que estos profesionales se acercan a la jubilación. Además, la retención de médicos jóvenes es alarmantemente baja. Esta fuga de talento médico joven agrava aún más la crisis. 

Otro factor que afecta la disponibilidad de médicos especialistas en la isla es la capacidad limitada de los programas de formación médica en Puerto Rico, lo que resulta en un número de egresados insuficiente para satisfacer las necesidades de nuestro sistema de salud. A su vez, los requisitos con los que tienen que cumplir los aspirantes al examen de reválida de medicina en Puerto Rico, así como los médicos que provienen de otras jurisdicciones a nivel federal, para obtener su licencia, representan un obstáculo para que estos profesionales se establezcan y practiquen la medicina en la isla.  La combinación de estos factores no solo amenaza con desestabilizar el acceso a la atención médica, sino que también pone en riesgo la calidad de los servicios disponibles para nuestros ciudadanos.

Uno de los retos más significativos que enfrenta la clase médica de Puerto Rico consiste en los requisitos que impone la Ley 139-2008, según enmendada, denominada "Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica", para que los aspirantes puedan obtener su licencia. La referida Ley exige que los aspirantes al examen de reválida de medicina en Puerto Rico hayan obtenido un grado de bachillerato en ciencias, además de haber completado un curso de premédica o su equivalente. La responsabilidad de verificar estas credenciales académicas recae, primordialmente, en las escuelas de medicina que confieren el título al candidato. 

En contraste, el United States Medical Licensing Examination (USMLE), programa de tres etapas utilizado para evaluar a estudiantes de medicina y médicos que desean ejercer en los Estados Unidos, no estipula como requisito el haber completado un grado de bachillerato en ciencias ni créditos en premédica para que los aspirantes puedan tomar el examen y, consecuentemente, obtener su licencia médica. Sin duda, este desfase entre los requisitos locales y estatales presentan un obstáculo para que médicos que ya cuentan con su licencia para practicar la medicina en otras jurisdicciones de Estados Unidos puedan establecerse en Puerto Rico. 

Ante esta realidad, entendemos que la eliminación de los requisitos de bachillerato en ciencias y créditos de premédica para los aspirantes a la licencia médica en Puerto Rico redundaría en dos beneficios significativos. En primer lugar, esta medida aumentará las posibilidades de integrar a nuestro sistema de salud médicos cualificados interesados en establecerse en Puerto Rico, quienes, al no contar con el requisito de créditos de premédica, actualmente optan por ejercer su profesión en otras jurisdicciones. Esto a pesar de poseer un grado de Doctor en Medicina de una escuela o institución universitaria reconocida. En segundo lugar, agiliza y facilita el proceso de obtención de la licencia médica para los candidatos locales. Esta flexibilización de los requisitos tiene el potencial de fortalecer y diversificar la fuerza laboral médica en la isla, al tiempo que reduce las barreras que obstaculizan el ingreso de profesionales cualificados. Por otro lado, entendemos que eximir a los aspirantes de estos requisitos permitirá a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica concentrar sus esfuerzos y recursos en su función primordial de otorgar licencias y regular la profesión médica en Puerto Rico. Además, el cumplimiento académico de una premédica o bachillerato en Ciencias Naturales debe ser de la competencia exclusiva de las Escuelas de Medicina y no del ente regulador.

Sin duda, la emigración masiva de profesionales médicos ha desencadenado una crisis de salud pública sin precedentes en Puerto Rico, obstaculizando el acceso de nuestros ciudadanos a servicios médicos adecuados, tanto básicos como especializados. Esta situación no solo compromete el sistema de salud, sino que también amenaza el desarrollo económico de la isla, ya que podría provocar un incremento en el costo de la atención médica, una disminución en la productividad y dificultades en la disponibilidad de la fuerza laboral.

Ante esta coyuntura, resulta imperativo implementar medidas legislativas que simplifiquen los procesos de obtención y renovación de licencias médicas, eliminen obstáculos innecesarios para el ejercicio de la profesión, y establezcan incentivos para retener y atraer médicos a Puerto Rico. Por otro lado, para garantizar que la ciudadanía siempre reciba un cuidado médico de primera es menester realizar una serie de enmiendas técnicas a los fines de facilitar el proceso de investigación y de fiscalización de aquellos médicos acusados de infringir la ley. Por todo lo antes expuesto, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico entiende necesario la aprobación y ejecución rápida de esta Ley.
ALCANCE DEL INFORME

Como parte del proceso de análisis y evaluación del P. del S. 508, la Honorable Comisión de Salud del Senado solicitó los comentarios sobre la medida a diversos componentes gubernamentales y no gubernamentales. Los memoriales recibidos y utilizados para el análisis de esta pieza legislativa son: el Departamento de Salud el cual integra también la posición de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica, la Asociación Médica de Puerto Rico, la Asociación de Hospitales, la Asociación de IPAS y los doctores Jorge L. Rivera y Rosa Rodríguez.

Igualmente, se solicitaron los comentarios al el Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico, el Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico, la Escuela de Medicina San Juan Bautista y la Universidad Central del Caribe; no obstante, al momento de redactar este Informe, estos no han remitido los mismos. De igual forma, la Honorable Comisión de Salud, realizó una Vista Pública el pasado 3 de junio de 2025 para discutir en mayor detalle los propósitos y pertinencia de la pieza legislativa.

A continuación, presentaremos un resumen de los argumentos y comentarios esbozados por las diferentes agencias y entidades consultadas durante el proceso de evaluación de la medida en referencia.  

DEPARTAMENTO DE SALUD

Luego de examinar la pieza legislativa de referencia, el Departamento de Salud presentó su Memorial Explicativo por conducto de su Secretario, Dr. Victor Ramos Otero expresándose a favor de la aprobación de la medida. El mismo recoge también la posición de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica (Junta), adscrita a la Agencia. 

Destacó, que la Ley Núm. 11 del 23 de junio de 1976, según enmendada, es conocida como la "Ley de la Reforma Integral de los Servicios de Salud de Puerto Rico" introdujo cambios significativos en la forma en que se brindan los servicios de salud y asignó al Departamento de Salud la tarea de regular y supervisar las profesiones de la salud en Puerto Rico a través de diversas juntas examinadoras. Indicó, que en este marco, la "División de Licenciamiento de Médicos y Profesionales de la Salud" (DLMPS), que opera bajo la Secretaría Auxiliar para la Regulación de la Salud Pública (SARSP) del Departamento de Salud, ofrece apoyo administrativo y operativo a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica de Puerto Rico, así como a las diferentes juntas examinadoras de profesionales de la salud en la isla. Resaltó, que estas juntas examinadoras tienen la facultad de autorizar la práctica de las profesiones de la salud de acuerdo con la legislación vigente.

Detalló, que las funciones y responsabilidades de la DLMPS abarcan la provisión de servicios de apoyo a los miembros de las diversas juntas examinadoras; la tramitación de las solicitudes de licencias de los profesionales de la salud regulados por estas juntas; la asistencia en la administración de los exámenes de reválida; el mantenimiento de un registro de las licencias otorgadas a los profesionales de la salud; la custodia de los archivos de los profesionales licenciados; la provisión de servicios legales y profesionales necesarios para las juntas; y la ejecución de todas las actividades requeridas para llevar a cabo la política pública del Departamento de Salud.

Tras revisar la propuesta legislativa, el Departamento de Salud destacó su apoyo y respeto a la autonomía de las Juntas Examinadoras en relación con los requisitos que establecen para sus profesionales y la manera en que implementan la legislación relacionada a la profesión que reglamentan, por tal motivo el Departamento de Salud confirió deferencia a la posición expresada por esta y compartió la posición esbozada por la a Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica de Puerto Rico.  

En primer lugar, abundó en cuanto a la creación de la Junta mediante la Ley Núm. 139-2008, según enmendada, con el objetivo de profesionalizar y centralizar la supervisión del ejercicio de la medicina en Puerto Rico. Explicó, que esta legislación reemplazó al entonces obsoleto Tribunal Examinador de Médicos, creado por la Ley Núm. 22 de 1938, el cual fue objeto de múltiples señalamientos públicos y profesionales por su ineficiencia, discrecionalidad en los procesos de reválida, demoras injustificadas, y alegaciones de politización. Resaltó, que la creación de la Junta respondió a la necesidad de restaurar la confianza del país en su sistema de licenciamiento médico, y de asegurar procesos más transparentes, objetivos y técnicamente fundamentados.

Enfatizó, que mediante el nuevo marco legal se reconoció la importancia de separar el rol fiscalizador del rol evaluador, por lo que, en la práctica institucional vigente, la administración del examen de reválida médica no recae en la Junta, sino que ha sido delegada a una universidad privada de medicina autorizada por el Estado, entidad académica que posee el peritaje para diseñar y aplicar pruebas clínicas y teóricas conforme a estándares científicos reconocidos. Acentuó, que esta división de funciones permite garantizar independencia, reducir riesgos de parcialidad y alinear los criterios de evaluación con las prácticas más modernas en educación médica.

El Departamento adujo, que los aspectos que se pretenden enmendar mediante el P. del S. 508 son no solo pertinentes, sino absolutamente necesarios. Recalcó, que las disposiciones que flexibilizan los requisitos formales para el licenciamiento, que reconocen licencias médicas federales, que digitalizan trámites administrativos y que robustecen la autoridad disciplinaria de la Junta, son medidas urgentes y razonables para atender la grave escasez de médicos y especialistas que enfrenta Puerto Rico. Aclaró, que dichas enmiendas no socavan los controles éticos ni clínicos, sino que actualizan el sistema conforme a prácticas regulatorias modernas y necesidades locales, refuerzan la respuesta institucional ante faltas a la ley y fomentan la integración de talento médico cualificado.

Recomendó la adopción de las siguientes enmiendas adicionales a los fines de reforzar la eficiencia institucional de la Junta:
Artículo 22- Requisitos para licencia Regular

"En el caso de los médicos que tengan licencia vigente en cualquier jurisdicción federal o estatal de los Estados Unidos y deseen obtener una licencia permanente para ejercer la medicina en Puerto Rico, deberán presentar:

Certificación de "Good Standing" expedida por cada estado o jurisdicción en la que posea licencia médica,
Certificación del Federation Credentials Verification Service (FCVS),
Historial criminal actualizado, y
Cualquier otro documento que la Junta estime necesario para validar la veracidad de las certificaciones."

Artículo 26 -Acciones Disciplinarias contra los Médicos
[…]

"(i) La Junta, en adición a cualquier otra medida disciplinaria que estime procedente, podrá imponer una multa administrativa que no excederá de cinco mil (5,000) dólares por cada violación a esta Ley o a cualquier reglamento adoptado en virtud de la misma, sujeto al debido proceso de ley. La Junta podrá, a su discreción, imponer dicha sanción luego de un proceso investigativo informal, sin necesidad de celebrar una vista formal, siempre que previo a dicha sanción se notifique por escrito al médico y se le brinde la oportunidad de presentar alegaciones y evidencia por escrito ante cualquier proceso investigativo que se lleve a cabo en su contra. La Junta establecerá por reglamento los mecanismos de dicho procedimiento."

Concluyó, que la pieza legislativa objetó de evaluación constituye una respuesta legislativa sensata, jurídicamente viable y necesaria para atender la grave crisis médica que enfrenta Puerto Rico. Sostuvo, que al eliminar barreras innecesarias y reforzar los controles institucionales, se promueve una mayor disponibilidad de médicos en la Isla sin sacrificar los estándares éticos ni técnicos de la profesión. 

ASOCIACIÓN DE HOSPITALES DE PUERTO RICO

La Asociación de Hospitales de Puerto Rico, también remitió su Memorial Explicativo a la Comisión de Salud, suscrito por su Presidente Ejecutivo, Jaime Plá Cortés, manifestándose a favor de la aprobación de la medida. Expuso, que en momentos en que nuestro sistema de salud enfrenta una crisis profunda, caracterizada por la escasez creciente de médicos y especialistas, es imperativo adoptar medidas legislativas que simplifiquen los procesos de licenciamiento y promuevan el acceso de profesionales de la salud a nuestro mercado laboral.
Ilustró, que, durante la última década, se ha observado una merma preocupante en la cantidad de médicos ejerciendo en Puerto Rico. Sustentó, que las cifras evidencian que muchos facultativos han abandonado la isla en busca de mejores condiciones profesionales, y que una gran proporción de los médicos que permanecen están próximos a la jubilación. Además, señaló que enfrentamos una baja retención de los egresados de nuestras escuelas de medicina. Agregó, que esta pérdida de capital humano ha tenido un impacto directo en la operación de los hospitales, dificultando la cobertura de turnos, el acceso a especialistas, y la continuidad de servicios esenciales para la población.

La Asociación de Hospitales es de la opinión que las enmiendas contempladas en el Proyecto constituyen un paso en la dirección correcta, toda vez que facilitan el proceso para que médicos con licencia en otras jurisdicciones puedan obtener la suya en Puerto Rico, eliminan requisitos académicos como la premédica, permiten el uso de tecnologías para la entrega de documentos y otorga licencias provisionales más accesibles. Añadió, que estas medidas fortalecen la capacidad de la Isla para atraer y retener médicos sin menoscabar los estándares de calidad profesional, así como eliminan trabas innecesarias, modernizan el proceso de licenciamiento y lo alinean con prácticas razonables y vigentes en otras jurisdicciones.

Desde la perspectiva hospitalaria, considera evidente que uno de los obstáculos principales para garantizar una atención adecuada y oportuna es precisamente la escasez de médicos. Destacó, que el efecto acumulativo de esta escasez ha llevado a la merma en el ofrecimiento de servicios, al aumento en los tiempos de espera para los pacientes, y a una carga excesiva sobre el personal médico restante. Por lo tanto, enfatizó que un esfuerzo que contribuya a ampliar la oferta de médicos disponibles debe ser bienvenido y apoyado.

Añadió, que medidas como las aquí propuestas envían un mensaje positivo a médicos puertorriqueños en la diáspora y a profesionales extranjeros con interés en servir en nuestra Isla, toda vez que crean un ambiente regulatorio menos burocrático, más ágil y justo, incentivamos la inversión en el sector salud, promovemos el regreso de talento local, y fortalecemos la sostenibilidad de nuestros hospitales. Resaltó, que el sistema de salud de Puerto Rico no puede depender de reglas que alejan a quienes desean aportar y servir.

En vista de lo anterior, la Asociación de Hospitales de Puerto Rico reiteró su endoso a la aprobación de la pieza legislativa por entender que representa una respuesta responsable, necesaria y urgente a la realidad médica de nuestro país. 

ASOCIACIÓN MÉDICA DE PUERTO RICO

De igual forma, esta Ilustre Comisión tuvo la oportunidad de examinar los comentarios presentados por la Asociación Médica de Puerto Rico quien presentó su Memorial Explicativo por conducto de su Presidente, Yussef Galib-Frangie Fiol, expresándose a favor de la aprobación de la medida. 

Planteó, que el propósito principal de esta legislación es reconocer y aceptar modelos educativos internacionales, particularmente aquellos que siguen el formato europeo, que llevan a los estudiantes desde la escuela secundaria directamente a la facultad de medicina, sin necesidad de créditos de premédica o un bachillerato en ciencias en una universidad acreditada. Añadió, que este proyecto no altera ni afecta la estructura educativa en Puerto Rico ni en las jurisdicciones norteamericanas, donde los requisitos de premédica o bachillerato en ciencias son prerrequisitos inalterables para ingresar a las escuelas de medicina y que así continuará siendo.  Al contrario, sustentó que la propuesta busca, en cambio, facilitar la validación de profesionales que cumplen con estándares internacionales y que han sido certificados por organismos acreditadores reconocidos en sus países de origen para que puedan acceder al examen de reválida de Puerto Rico.

La Asociación Médica enumeró los objetivos del proyecto:
Reconocer los estándares internacionales y las acreditaciones que muchos países utilizan para la formación y certificación de médicos.
Permitir que profesionales extranjeros, certificados y acreditados en sus países de origen, puedan obtener licencias en Puerto Rico sin cumplir con los requisitos de créditos previos en premédica o bachillerato en ciencias.
No modificar la estructura educativa en Puerto Rico ni los requisitos de ingreso a las escuelas de medicina en Puerto Rico o en Estados Unidos, que mantienen los prerrequisitos de créditos en premédica o bachillerato en ciencias.

Asimismo, detalló ciertas implicaciones y aclaraciones sobre la medida:
Que esta ley no afectará la estructura educativa ni las acreditaciones.
Que la ley no modifica los requisitos de ingreso a las escuelas de medicina en Puerto Rico ni en Estados Unidos, que continuaran exigiendo créditos en premédica o bachillerato en ciencias en instituciones acreditadas.
Que los programas de residencia en especialidades médicas en Puerto Rico continúan manteniendo sus estándares de acreditación y rigurosidad, sin ser afectados por esta modalidad de licenciamiento.

Argumentó, que la propuesta busca que médicos formados en países que siguen modelos equivalentes, y que han sido certificados por organismos acreditadores internacionales, puedan presentar sus certificaciones profesionales para obtener la licencia en Puerto Rico. Según explicó, estos profesionales, en lugar de cumplir con los requisitos de créditos en Puerto Rico, deberán demostrar que su formación profesional médica cumple con estándares internacionales y que han sido certificados en sus países de origen, según las leyes internacionales para ser sometidos a un riguroso examen de reválida médica local que asegure su calidad y competencia profesional que les permita ejercer la medicina de manera segura, sin riesgos para los pacientes en Puerto Rico. 

De manera similar, manifestó, que los médicos que obtengan la licencia mediante este proceso no podrán ser candidatos a programas de residencia en especialidades médicas en Puerto Rico, según las normas federales, asegurando así que la formación en especialidades siga manteniendo los estándares propios del sistema local como hasta el presente, sin alteración. 

En cuanto a las recomendaciones presentadas por la Asociación Médica se destaca:
Reconocer formalmente las acreditaciones internacionales y certificaciones de países que siguen modelos equivalentes.
Establecer mecanismos claros para la evaluación y aceptación de estas certificaciones profesionales del extranjero en Puerto Rico.
Mantener los requisitos vigentes de ingreso a las escuelas de medicina en Puerto Rico y en Estados Unidos, requiriendo los créditos universitarios en premédica o bachillerato en ciencias asegurando que la estructura educativa y las acreditaciones de dichas instituciones no se vean afectadas.
Asegurar que el examen de reválida médica en Puerto Rico sea riguroso como hasta ahora, convirtiéndose en una herramienta válida y útil en el cernimiento de las capacidades y destrezas de estos candidatos para el ejercicio de la Medicina en Puerto Rico. 
Dejar explícito que los profesionales licenciados bajo esta modalidad no podrán acceder a programas de residencia en especialidades médicas en Puerto Rico según lo establecido por las agencias acreditadoras nacionales aplicables. 

Reiteró la Asociación Médica su endoso a la pieza legislativa por representar un avance importante para adaptar a Puerto Rico a los estándares internacionales y facilitar la incorporación de profesionales calificados en un contexto global, sin comprometer la estructura educativa ni la calidad del sistema de salud, ni afectar las acreditaciones existentes. 

ASOCIACIÓN DE IPAS DE PUERTO RICO

Recibimos, de igual forma, la ponencia de la Asociación de IPAS de Puerto Rico la cual presentó su memorial explicativo en el cual se expresó a favor de la aprobación de la medida. 

Recalcó, que en actualmente Puerto Rico se encuentra en medio de una crisis sostenida en el sistema de salud donde la reducción drástica en la disponibilidad de médicos, el envejecimiento de la fuerza laboral médica, la fuga de talento joven y la rigidez en los procesos regulatorios han generado un estado de vulnerabilidad que amenaza la continuidad de servicios clínicos esenciales en muchas regiones de la Isla. Manifestó, que esta realidad afecta directamente a las estructuras clínicas comunitarias como las IPAs y GMPs, que constituyen la infraestructura base de los servicios primarios en Puerto Rico, particularmente bajo el modelo del Plan Vital.

Resaltó, que como parte de los serios retos operacionales que enfrentan la escasez de médicos ha limitado su capacidad para cumplir con las métricas contractuales exigidas por las aseguradoras. Añadió, que la dificultad para reclutar médicos jóvenes, especialmente aquellos formados en el exterior o en la diáspora, ha restringido el crecimiento clínico en zonas con alta necesidad. A esto se suma una carga administrativa compleja y costosa, que obstaculiza la incorporación de nuevos profesionales. Exteriorizó, que estas limitaciones, además de reducir la capacidad de respuesta en las comunidades, aumentan la presión sobre el personal médico actual, afectando la sostenibilidad clínica y financiera de las organizaciones.
La Asociación de IPAS considera que el P. del S. 508 atiende, con enfoque estructural y pragmático, muchas de estas problemáticas. Destacó, que la eliminación de requisitos académicos desfasados, como la exigencia de premédica o de un bachillerato en ciencias, y la aceptación del USMLE como ruta válida para la reválida, facilitarán enormemente el acceso al ejercicio médico en Puerto Rico a cientos de profesionales cualificados. Sustentó, que esta medida será especialmente beneficiosa para las IPAs y GMPs que hoy carecen de suficientes médicos para cumplir con sus obligaciones contractuales, pues les permitirá atraer e integrar talento médico con mayor rapidez, incluyendo médicos puertorriqueños formados en el exterior o que ya están practicando en otras jurisdicciones de Estados Unidos.

En cuanto a la propuesta de simplificar el proceso de licenciamiento para médicos con licencia vigente en otras jurisdicciones federales, limitando los requisitos a verificaciones esenciales como el "Good Standing", FCVS y antecedentes penales, subrayó, que agiliza significativamente el proceso de contratación para estas redes clínicas, toda vez que podrán incorporar médicos con experiencia, listos para ejercer, sin los retrasos que actualmente dificultan o desincentivan su incorporación a la práctica en Puerto Rico.

Referente a la digitalización de procesos administrativos, la Asociación de IPAS indicó, que, no solo reducirá la carga burocrática para el profesional, sino también para las IPAs, que hoy enfrentan demoras prolongadas y altos costos asociados a trámites físicos, lo que a su vez, aumentará la eficiencia del sistema y mejorará la experiencia de los proveedores.

Asimismo, opinó, que el proyecto fortalece el componente de disciplina médica sin sacrificar agilidad, ya que al crear la figura del Oficial Investigador Auxiliar y la autorización para imponer penalidades por procesos informales, fortalecen el rol fiscalizador de la Junta y ofrecen mayor transparencia y control, sin detener procesos de licenciamiento, renovación o incorporación de personal clínico en momentos de alta necesidad.

De manera similar, destacó, que a extensión de licencias provisionales a médicos voluntarios por un periodo de hasta un año, también representa una herramienta valiosa, especialmente en contextos de escasez o emergencia, donde las IPAs podrán beneficiarse de esta figura para facilitar misiones médicas, programas de relevo clínico o brigadas especiales, aportando recursos humanos temporales a comunidades desprovistas de acceso regular.
Recalcó la Asociación de IPAS, que el efecto acumulativo de estas reformas será una red de salud primaria más fuerte, más amplia, y más estable. Añadió, que las IPAs podrán reestructurar su plantilla médica con mayor flexibilidad, mejorar el cumplimiento de métricas de acceso y continuidad, reducir la presión sobre los médicos existentes, y garantizar un acceso clínico más justo y eficiente a lo largo de la Isla. Además, resaltó, que esta legislación permitirá una reintegración efectiva del talento médico puertorriqueño disperso en la diáspora, ofreciendo condiciones comparables a las de otras jurisdicciones.

Instó a la aprobación de la medida, por entender que, no solo flexibiliza el marco normativo del ejercicio médico en la Isla, sino que responde de manera directa a las necesidades concretas de las estructuras clínicas que sostienen el sistema de salud.

Dr. Jorge L. Rivera y Dra. Rosa RodrÍguez

En contraste a lo esbozado previamente, esta Comisión recibió los comentarios de los doctores Jorge L. Rivera y Rosa Rodríguez, los cuales se expresaron en contra de la aprobación de la medida por considerar que flexibilizar los requisitos de licenciamiento y formación profesional para los profesionales de la salud podría comprometer la calidad de la atención y la seguridad de los pacientes.

Planteron, que diversos estudios académicos y revisiones internacionales (Institute of Medicine, 2000; The Lancet, 2010; OMS, 2016; Cochrane Library, 2023) evidencian que la formación profesional rigurosa y la educación continua son esenciales para garantizar servicios de salud seguros y de alta calidad. Reducir estándares educativos puede provocar un aumento en errores clínicos, prácticas inadecuadas y reclamaciones legales.

Especificaron que, en la odontología, los estándares de formación profesional son especialmente importantes, toda vez que su reducción amenazaría el ejercicio ético y responsable de la profesión y podría impactar negativamente los acuerdos de reciprocidad con otros estados y jurisdicciones, acuerdos que actualmente se basan en criterios de acreditación académica comunes. Enfatizaron, haber luchado por esta reciprocidad durante más de treinta (30) años, logrando acuerdos de reciprocidad con 48 estados en la actualidad, lo que, a su vez, puede ayudar grandemente a que dentistas licenciados en otras jurisdicciones regresen a Puerto Rico sin tener que tomar revalidas ni otros contrapesos que impongan cargas adicionales, lo cual facilita la movilidad profesional y fortalece el sistema de salud en la isla. Puntualizaron, que para proteger estos acuerdos y fomentar el retorno de dentistas a la isla, es fundamental mantener la consistencia y el rigor de los requisitos académicos y de licenciamiento.

Los doctores trajeron ante la Comisión la preocupación de que el P. del S. 508 no especifica de manera clara y detallada a qué profesionales de la salud incluye, por lo que podría generar interpretaciones erróneas y aplicar sus disposiciones a áreas que requieren un tratamiento diferenciado, como la es odontología. Destacaron, que, aunque no se menciona directamente a los dentistas, el proyecto sí incluye disposiciones que afectan a los profesionales aliados a la salud, categoría en la que puede entenderse que se incluye al personal dental y otras disciplinas relacionadas.

No obstante, los doctores plantearon que las áreas de digitalización, la mayor disponibilidad de información de licencias a través de portales electrónicos y la centralización y estandarización de la entrega de documentos, serían medidas esencialmente positivas, pues agilizaría los trámites administrativos para los profesionales de la salud.

Para atender la retención de médicos y dentistas en Puerto Rico, recomendaron brindarle especial atención al poder de las aseguradoras y sus bajas tarifas de pago, especialmente considerando que el costo de vida en Puerto Rico es muy alto, incluso por encima de nuestros pares en otras jurisdicciones estadounidenses. Advirtieron, que según el informe de la Asociación de Hospitales de Puerto Rico (2022) y el Consejo de Educación Superior (2021), las tarifas promedio de las aseguradoras en Puerto Rico son entre un 30% y un 40% más bajas que las tarifas de Medicare en estados continentales. Además, el índice de costo de vida en Puerto Rico supera en un 15% al promedio de los estados, lo que agrava la brecha económica para los profesionales de la salud y, en particular, para los dentistas. Sostuvieron, que esto refuerza la necesidad de atender este problema estructural con carácter prioritario antes de considerar cambios en los requisitos de licenciamiento o formación profesional.

Finalmente, acentuaron que la aprobación de este proyecto sin un análisis exhaustivo y la integración de políticas complementarias que aborden el costo de vida, las tarifas de reembolso y la reciprocidad de licencias profesionales podría afectar significativamente la calidad y seguridad de los servicios de salud en Puerto Rico. Por ello, exhortaron a la Asamblea Legislativa a implementar estrategias similares a las de otras jurisdicciones, que han demostrado resultados efectivos, antes de tomar decisiones que puedan comprometer el bienestar de los pacientes y la estabilidad de la profesión odontológica en la Isla.

Vista Pública celebrada el 3 de junio de 2025

En aras de obtener información más detallada sobre la presente pieza legislativa, la Honorable Comisión de Salud, realizó una Vista Pública el pasado 3 de junio de 2025 a las 10:00 a.m. en el Salón de Audiencias Miguel A. García Méndez. Como parte de la Comisión, estuvo presente su Presidente, el Hon. Juan Oscar Morales Rodríguez y la Hon. María de Lourdes Santiago. En cuanto a los deponentes, asistió: la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica, adscrita al Departamento de Salud, representada por el Dr. Ramón Méndez Sexto, Presidente; la Lcda. Cristal Soto Mojica, Asesora Legal; y el Lcdo. Luis Hernández Cardona, Asesora Legal, así como la Asociación de IPAS, representada por el Dr. Jorge Hess, Presidente y el Dr. Ángel Muntaner, Vicepresidente.

La misma se llevó a cabo con un panel compuesto por los funcionarios anteriormente mencionados quienes leyeron sus Memoriales Explicativos (previamente esbozados). Posteriormente, el Presidente de la Comisión le brindó la oportunidad a la Hon. María de Lourdes Santiago de iniciar con las preguntas a los deponentes.  La Senadora resaltó que la medida trata de dos (2) temas principales: (1) acceso de licenciamiento a médicos que no se han preparado académicamente en Puerto Rico y (2) la operacionalidad de la Junta. Asimismo, destacó su preocupación en cuanto a los hallazgos del Informe de la Contralora que indica que existen 415 casos sin resolver en la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica; de esos, 314 son de mala práctica.

Como parte de la Vista y la discusión e intercambio de preguntas y respuestas que se llevó a cabo con el panel de deponentes le fue informado a la Comisión que la actual Directora Ejecutiva de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica es la Sra. Dana Miró. En cuanto a la enmienda propuesta en la medida que requiere que la Directora Ejecutiva de la Junta sea Licenciada, ésta considera que es meritorio toda vez que se rigen por leyes y un licenciado comprende mejor el funcionamiento de la Junta y así le puede dar mayor dirección.

La Junta resaltó, además, el problema con la asignación de recursos de parte del Departamento de Justicia, quien le asigna un solo abogado, por eso no tienen capacidad. Enfatizó en la necesidad de adoptar la enmienda propuesta en el Proyecto donde se asigne dos (2) investigadores o permitan a los licenciados de la Junta ver casos. Ante la pregunta de la Hon. María de Lourdes Santiago, sobre si le traería problemas fiscales, la Junta explicó que actualmente contrata abogados para casos que no sean de impericia. Esto, debido a que la ley dispone que la persona que atienda estos tipos de casos tiene que ser designada por el departamento de Justicia; a eso se debe el retraso en la atención de los casos. Resaltó, que una de las enmiendas de la medida, va dirigida a atender esa problemática.

Además, manifestó, que actualmente, la Junta depende de un acuerdo entre el Departamento de Salud y el Departamento de Justicia. Es el Secretario de Justicia quien nombra el examinador. Incluso, denunció, que se han dado situaciones donde han estado seis (6) meses sin un examinador. Sobre el lenguaje del Proyecto en cuanto a la dilación en el nombramiento, el Presidente de la Comisión recomendó establecer un término máximo de días, los cuales la Junta recomendó fueran 30 hasta un máximo de 60 días. Aclaró, que el abogado que se les asigna no tiene que ser fiscal, la Ley solo dispone que tiene que ser un abogado licenciado. Aunque resaltó, que el que se les asignó al presente, si es fiscal.

La Junta trajo ante la atención de la Comisión que los números de casos sin atender reflejados en el Informe de la Contralora, no son reales, ya que están contabilizando "referidos" a los cuales se les asignó un número de caso sin cumplir con los elementos para ser un caso. Reconoció, que fue un error haberle dado un número de caso a los meros referidos. No obstante, para atender este error, el pasado año, se otorgó la Resolución 2024- 12 Nunc Pro Tunc, de manera que se puedan eliminar como caso a ser atendidos los referidos que erróneamente se les confirió un número de caso. Agregó, que no son casos presentados por quejosos, sino que una base de datos les envía el Informe.

Referente a la pregunta sobre cuántos estudiantes se beneficiarían con la aprobación de este Proyecto, la Junta explicó, que ahora no se le permite estudiar medicina a ninguna persona que no tenga un Bachillerato en Pre-Médica, lo cual limita el que muchas personas puedan estudiar medicina. Añadió, que esto contrasta con la jurisdicción europea que no lo requiere y los estudiantes comienzan a estudiar medicina directo de escuela superior. 

La Junta resaltó, que el USMLE no exige que los estudiantes hayan completado un bachillerato y cuestionó el que Puerto Rico sí lo exija. Enfatizó, que, en el sistema europeo, los estudiantes terminan su carrera y ya tienen un doctorado en medicina y están listos para el Step. Sin embargo, en Puerto Rico, tienen que cumplir 90 créditos de Pre-Médica y sino los cumplen tienen que estudiarlos. Brindó el ejemplo de un estudiante de nacionalidad cubana que tuvo que costear $23,000 en estudios de Pre-Médica para poder estudiar medicina. A raíz de lo anterior, la Junta respondió que la aprobación de esta medida beneficiaría a muchos estudiantes que interesan estudiar medicina. 

De otra parte, la Junta acentuó, que esta medida también ayudaría a que el talento médico con Licencia Estatal no pueda irse fuera de Puerto Rico, ya que no pueden ejercer en otra jurisdicción. Asimismo, aclaró, que no es acertado afirmar que la mitad de los estudiantes de medicina se van de Puerto Rico, esto, debido a que esto tiene que ver con el "Matching Program" el cual incluye estudiantes de Puerto Rico y fuera de Puerto Rico; es decir, muchos de los estudiantes que se van luego de estudiar nunca residieron en la isla, solamente vinieron a estudiar medicina. Esto, no es de aplicación al Recinto de Ciencias Médicas, cuyos estudiantes son todos residentes de Puerto Rico. Mencionó, además, que se han dado situaciones de médicos que estuvieron intentando obtener su licencia en Puerto Rico por 2 años y al no conseguirla, dejan de intentar licenciarse en la Isla.

El Presidente de la Comisión indagó si la redacción actual de la Ley de la Junta de Licenciamiento Médico, es un obstáculo para atraer doctores a Puerto Rico. A lo que la Junta respondió en la afirmativa, asegurando que les crea dificultad. Mencionó, que, con las enmiendas propuestas en este Proyecto, se pretende agilizar el proceso de licenciamiento a médicos nuevos, que más aspirantes puedan tomar la reválida y facilitar que los médicos de a fuera puedan licenciarse en Puerto Rico. Planteó como ejemplo, el Decreto otorgado por el secretario de salud a un cirujano cardiovascular pediátrico que viene al Hospital Cardiovascular a tender pacientes, toda vez que el único que tenemos en Puerto Rico está por retirarse. También, aclaró, que aunque actualmente el registro de médicos en Puerto Rico asciende a 12,000, en la práctica, ese número no es acertado ya que no todos ejercen; algunos viven en Estados Unidos, pero retienen la licencia de Puerto Rico sin practicar aquí u otros se han retirado, pero conservan su licencia.

En cuanto al acceso a las residencias de los médicos beneficiados bajo este Proyecto, la Junta explicó que no podrían. Esto, debido a que AFCME es quien acredita las residencias y ellos exigen que los estudiantes hayan tomado el USMLE y no aceptan los exámenes de reválida estatales. 

Referente al aumento a 1 año de la Licencia provisional a los médicos para que presten ayuda o servicios médicos de forma gratuita, la Junta explicó que se trata de una licencia especial. La misma se otorga por petición de un hospital, el Secretario de Salud o una entidad privada. No obstante, aclaró, que el médico tiene que cumplir con ciertos requisitos. Añadió, que esta licencia se otorga, en su mayoría, a misioneros y que también se otorgó durante la pandemia.

La Junta enfatizó, que, aunque esta Ley va a permitir flexibilización, esto no significa que van a dejar de ser rigurosos. Resaltó, que los médicos tienen que cumplir con poseer sus credenciales. Ante cuestionamientos sobre cómo evaluar la calidad de los médicos, la Junta reveló que tiene una subscripción al "Federation State Medical Board" donde verifican las credenciales, certificaciones y demandas que poseen los médicos. Relacionado a la validación de los estudiantes de Puerto Rico, también se verifican de manera electrónica, pero en su caso, los cualifican mediante los programas de internado o residencia. 

Retomando el tema de los 415 casos sin resolver señalados por la Contralora, la Junta planteó que eso no significa que en Puerto Rico haya médicos incompetentes practicando la medicina. Explicó, que a veces las Sentencias se dan como una negociación para no ver un juicio y cuando la Junta revisa la situación, confirma que el doctor no se apartó de la buena práctica médica. 

El Presidente de la Comisión, también le cuestionó a la Junta sobre los adelantos en cuanto a la inclusión de la tecnología a sus procesos. Sobre esto, esbozó, que llevan varios meses con la compañía XYBO creando un portal para que los médicos puedan verificar el status y cargar documentos sin ir de manera presencial, particular que actualmente dilata el proceso. En el mismo, las universidades pueden cargar directo los documentos. Ante preguntas sobre si han sostenido reuniones con las partes que se beneficiarán de este sistema, la Junta confirmó haberse reunido con las Universidades, más no así con los doctores. Por lo que el Presidente de la Comisión, le recomendó sentarse a dialogar con los médicos y los IPAS para indagar su necesidad para no tener que rediseñar la plataforma luego de implementada.

La Junta aseveró que, durante los próximos 2 meses, se implementará la fase inicial con los médicos, aunque eventualmente estará disponible para las 38 Juntas. Aclaró, que el portal va a estar conectado a la plataforma del Comisionado de Seguros. La Senadora María de Lourdes Santiago, indagó sobre la necesidad de realizar enmiendas reglamentarias para la implementación del portal. La Junta respondió que, en cuanto a los médicos, esta medida atiende la necesidad de enmiendas ya que elimina el requisito de los documentos en papel. En lo concerniente al resto de las Juntas, hay que evaluar caso a caso. Agregó, que ya la LPAU permite utilizar medios electrónicos. Declaró, además, que en la plataforma, los médicos van a poder ver su cuenta y verificar su educación continua. Referente a quien, valida la educación continua de los doctores, la Junta aseveró que la encargada es la Sra. Wanda Rosario y es el Secretario de la Junta quien evalúa los requisitos y determina si cumple.

De otra parte, la Junta aclaró que no son ciertas las alegaciones de que tardan un (1) año en licenciar. Explicó, que la tardanza se debe al tiempo en que los médicos completan la entrega de documentos, pero que una vez entregados todos, solo se demoran dos (2) semanas en entregar la licencia. Referente a las denuncias de que la Junta no atiende las llamadas, reconoció que es una dificultad que enfrenta, no obstante, buscando corregir la situación hace tres (3) meses la Junta implementó un cuadro telefónico en el cual está atendiendo entre 200 a 300 llamadas diarias. Sobre el correo electrónico, sostuvo, que verificará la situación ya que entiende que los correos se están respondiendo.

El Presidente de la Comisión concluyó la Vista puntualizando que se busca atender esta medida durante esta Asamblea Legislativa por la premura de la situación. Resulta alarmante el planteamiento de la Exposición de Motivos que indica que para el año 2030 vamos a tener escasez de médicos o que un cardiólogo tenga a su cargo 17,000 vidas. 

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Salud certifica que el P. del S. 508 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.




HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES

Es por todos reconocido la necesidad apremiante de médicos, no solo en Puerto Rico sino en Estados Unidos. Ante las estadísticas alarmantes de un posible colapso de nuestro sistema de salud en los años venideros, es menester de esta Asamblea Legislativa tomar medidas afirmativas dirigidas a facilitar el acceso a servicios de salud para nuestros constituyentes.

Por tal motivo, que esta Ilustre Comisión de salud coincide con el autor de esta pieza legislativa en que resulta imperativo implementar medidas legislativas que simplifiquen los procesos de obtención y renovación de licencias médicas, eliminen obstáculos innecesarios para el ejercicio de la profesión, y establezcan incentivos para retener y atraer médicos a Puerto Rico. 

Con el propósito de propiciar estos cambios, el Proyecto del Senado 508 propuso enmiendas fundamentales a la Ley 139-2008, entre las que se destacan: (1) eliminar el requisito de premédica o bachillerato en ciencias para tomar la reválida, facilitando la inclusión de médicos graduados de escuelas acreditadas en otras jurisdicciones; (2) reconocer licencias médicas federales y estatales vigentes, permitiendo que médicos con buena reputación puedan establecerse en Puerto Rico sin duplicar procesos; (3) modernizar los procesos administrativos, permitiendo someter documentos electrónicos para solicitud y recertificación de licencias y (4) reforzar la fiscalización disciplinaria, otorgando mayor autonomía a los abogados de la Junta en los casos de impericia profesional.

Luego de realizar un análisis exhaustivo de la pieza legislativa y analizar los argumentos y comentarios esbozados por las diferentes agencias y entidades consultadas, se pudieron identificar algunos cambios que corresponden para lograr una mejor implementación de la medida. Es por esto, que la Comisión de Salud, acogió ciertas sugerencias esbozadas por el Departamento de Salud y la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica clarificando el texto de la medida, así como se hizo más precisa la Exposición de Motivos eliminando la estadística sobre el porcentaje de egresados de las escuelas de medicina locales que deciden quedarse en la Isla, planteamiento traído durante la Vista Pública como incorrecto.  
De igual forma, se estableció, que tras una demora de más de treinta (30) días en la designación del Oficial Investigador por el Secretario(a) de Justicia, los Oficiales Investigadores Auxiliares podrán garantizar la continuidad procesal de los casos activos. 

CONCLUSIÓN

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, luego de la consideración correspondiente, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe, RECOMENDANDO LA APROBACIÓN del Proyecto del Senado 508 con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña. 

Respetuosamente sometido,



Juan Oscar Morales Rodríguez
Presidente
Comisión de Salud

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