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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 514

INFORME NEGATIVO

26 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 514, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.  

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 514, tiene como propósito enmendar los Artículos 4 y 46 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, a los fines de incluir a la Escuela de Artes Plásticas y Diseño de Puerto Rico como “Entidad Exenta” de los procesos de adquisición de materiales y servicios a través de la Administración de Servicios Generales (ASG) e incluir al personal docente de las instituciones de educación superior públicas como contratación de servicios profesionales exentos de ciertas disposiciones del Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales, y para otros fines relacionados.[1]

INTRODUCCIÓN

El Proyecto del Senado 514 propone enmendar los los Artículos 4 y 46 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, a los fines de incluir a la Escuela de Artes Plásticas y Diseño de Puerto Rico como “Entidad Exenta” de los procesos de adquisición de materiales y servicios a través de la Administración de Servicios Generales (ASG), entre otros asuntos.

Según expone la exposición de motivos de la medida, la Escuela de Artes Plásticas necesita esta legislación: “[p]ara poder cumplir no solo con las metas académicas y administrativas en la Escuela de Artes Plásticas y Diseño según requeridas por las agencias acreditadoras MSCHE y NASAD, se deben adoptar disposiciones que la eximan de participar obligatoriamente en los procesos de contratación y compra de las agencias del Gobierno de Puerto Rico. Por lo tanto, esta medida legislativa busca enmendar la Ley 73-2019, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019” con los fines eximir a la Escuela de Artes Plásticas y Diseño de los procesos dispuestos por dicha Ley. Las necesidades y la realidad de la Escuela chocan con el esquema de requisitos que impone la Administración de Servicios Generales (ASG).”[2]

Asimismo, el proyecto busca incluir al personal docente de las instituciones de educación superior públicas como contratación de servicios profesionales exentos de ciertas disposiciones del Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales.[3]

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación del Proyecto del Senado 514, realizó un análisis detallado de la medida. La Comisión solicitó comentarios escritos a las siguientes agencias y entidades: la Escuela de Artes Plásticas y Diseños de Puerto Rico, y a la Administración de Servicios Generales.

Al momento de la redacción del presente Informe, esta Comisión recibió los memoriales explicativos de la Escuela de Artes Plásticas el cual forma parte de este informe y cuyo resumen se expone a continuación:

Escuela de Artes Plásticas y Diseños de Puerto Rico

Con relación al P. del S. 514, la Escuela de Artes plásticas señala que: “la aplicación automática de ciertas disposiciones de la Ley Núm. 73-2019, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, ha limitado la ejecución eficaz de esta autonomía. La naturaleza universitaria, especializada y de tamaño reducido de la Escuela hace que los procesos centralizados de contratación y compras resulten en ineficiencias administrativas, dilaciones operacionales y cargas desproporcionadas para una entidad de esta índole.”[4]

Según exponen, “los requerimientos del Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales (RUP) han impactado adversamente la contratación de personal docente. En la Escuela, la mayoría de los recursos docentes se contratan por periodo académico, y muchos de ellos imparten uno o dos cursos por semestre con compensaciones modestas. El requerimiento de renovación anual y pago de aranceles para estar inscritos en el RUP representa una barrera para atraer y retener talento altamente capacitado, esencial para mantener la calidad y continuidad de la oferta académica.”[5]

En síntesis, la Escuela de Artes Plásticas expone que: “[e]l Proyecto del Senado 514 proporciona una solución estructurada y legalmente viable, al incluir a la Escuela como “Entidad Exenta” bajo la Ley 73-2019. Esto permitirá que los procesos de compras y contrataciones puedan efectuarse mediante reglamentación interna, adaptada a la realidad operativa de una universidad artística especializada, sin que ello menoscabe los controles financieros ni los principios de fiscalización pública. Asimismo, al establecer una exención parcial del RUP para el personal docente de las instituciones de educación superior públicas, se atiende directamente uno de los principales obstáculos en la gestión académica, sin comprometer la integridad ni la rendición de cuentas en la contratación.”[6]

Finalmente, la Escuela de Artes Plásticas expresa que: “reafirma su respaldo al Proyecto del Senado 514 y exhorta a esta Honorable Asamblea Legislativa a su aprobación, incluyendo la validación de las contrataciones previamente realizadas bajo el marco institucional vigente.”[7]

HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES

La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, al analizar el P. del S. 514, identificó preocupaciones significativas sobre la falta de mecanismos claros de supervisión y transparencia que podrían surgir si se aprueba esta medida tal como está redactada. Aunque se entiende que la intención es brindar mayor autonomía a la Escuela de Artes Plásticas, esta medida representa un paso atrás en los esfuerzos del gobierno por mantener controles efectivos y procesos de compras más organizados y justos.

La Ley 73-2019 no solo centraliza las compras gubernamentales bajo la Administración de Servicios Generales (ASG), sino que también exige a entidades como la Escuela de Artes Plásticas entregar un Plan Anual de Adquisiciones detallado. Este requisito es fundamental, ya que permite a la ASG y a la Asamblea Legislativa conocer cómo se están utilizando los fondos públicos y preparar informes sobre el gasto del gobierno. Eliminar esta obligación dejaría un vacío de información importante sobre las compras y contrataciones que realiza la Escuela de Artes Plásticas.

Además, la Ley 73-2019 creó herramientas clave como el Registro Único de Licitadores (RUL) y el Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales (RUP). Estos registros aseguran que las contrataciones del gobierno se hagan de forma justa, abierta y transparente. Si la Escuela de Artes Plásticas queda fuera de estas reglas, podrían crearse procesos de contratación por separado, con menos controles, sin registros accesibles al público y sin las garantías necesarias para evitar irregularidades.

Por otra parte, a pesar de que esta Comisión no recibió un memorial explicativo de la Administración de Servicios Generales (ASG), esta si realizó expresiones sobre a proyectos similares como el P. del S. 451 y 464 que ponen a esta Comisión en posición de emitir este informe negativo. Debido a que esta legislación atenta contra los principios de uniformidad, fiscalización y eficiencia que fundamentan la política pública vigente en materia de compras y contratación gubernamental.

En fin, en sus ponencias sobre proyectos similares como el P. del S. 451, la ASG resaltó que la Ley Núm. 73-2019, conocida como la “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico”, fue adoptada con el propósito de corregir deficiencias históricas en los procesos de adquisición de bienes y servicios, mediante la centralización, estandarización y fiscalización adecuada. Destacó que esta ley busca combatir la corrupción, eliminar procesos redundantes y promover la eficiencia administrativa. La ASG también alertó que conceder autonomía absoluta a estas entidades debilitaría la estructura institucional que se ha desarrollado para asegurar que los procesos de contratación gubernamental respondan a criterios objetivos y auditables.[8]

Por estas razones, la Comisión entiende que la aprobación de esta medida representaría un retroceso en los esfuerzos por garantizar transparencia, control fiscal y responsabilidad en el uso de fondos públicos.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como, “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, certifica que el P. del S. 514, no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico concluye que el Proyecto del Senado 514, compromete principios esenciales de transparencia, control fiscal y supervisión pública. La exclusión total de la Escuela de Artes Plásticas y Diseño de Puerto Rico del marco de la Ley Núm. 73-2019 eliminaría mecanismos clave para asegurar procesos de contratación abiertos y regulados, como el Plan Anual de Adquisiciones, el RUL y el RUP.

Excluir a la Escuela de Artes Plásticas de los parámetros establecidos por la Ley 73-2019 implicaría que maneje fondos públicos sin estar sujeta a los procesos y requisitos que garantizan la transparencia, la fiscalización efectiva y el acceso a la información.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomienda a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. del S. 514.

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,

Thomas Rivera Schatz

Presidente

Comisión de Innovación,

Reforma y Nombramientos

del Senado de Puerto Rico

  1. Véase, Título del P. del S. 514

  2. Véase, Exposición de Motivos del P. del S. 514

  3. Véase, Exposición de Motivos del P. del S. 514

  4. Véase, Memorial Explicativo de la Escuela de Artes Plásticas sobre el P. del S. 514

  5. Véase, Memorial Explicativo de la Escuela de Artes Plásticas sobre el P. del S. 514, pág. 2

  6. Id. pág. 2

  7. Id. pág.3

  8. Véase, Memorial Explicativo de la Administracion de Servicios Generales sobre el P. del S. 451

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