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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del S. 515

INFORME POSITIVO

13 de noviembre de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

 

La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración, tiene a bien rendir este Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 515, recomendando a este Alto Cuerpo su aprobación sin enmiendas.

 

ALCANCE DE LA MEDIDA

 

El Proyecto del Senado 515 (P. del S. 515) tiene como objetivo añadir un nuevo Artículo 7 y renumerar los actuales Artículos 7 al 17 como los Artículos 8 al 18, respectivamente, en la Ley 167-2002, según enmendada, conocida como “Ley para Crear Programas de Ayuda al Empleado y su Familia Inmediata”.

La medida dispone que los profesionales de la conducta humana que laboran en un Programa de Ayuda al Empleado (PAE) sean considerados personal de primera respuesta o primeros respondedores en casos de emergencia. Asimismo, se establece la obligación de proveerles material y equipo necesarios para cumplir sus funciones e incluirlos, sujeto a disponibilidad de fondos, en los programas de incentivos que se adopten durante una emergencia.

INTRODUCCIÓN

Los Programas de Ayuda al Empleado (PAE) constituyen parte esencial de la política pública del Gobierno de Puerto Rico para promover la salud integral, la estabilidad emocional y la productividad de los empleados públicos y sus familias. Estos programas realizan funciones de prevención, intervención en crisis, manejo de situaciones emocionales y laborales, referidos, seguimiento, educación y apoyo institucional.

Durante emergencias recientes, incluyendo el COVID-19, huracanes y terremotos, los profesionales de los PAE se desempeñaron como primer punto de contacto con empleados afectados, brindando intervención psicológica, manejo de crisis y apoyo inmediato. Su rol, reconocido por organismos como la OMS y OPS, constituye un servicio crítico para la recuperación social y funcional en escenarios de emergencia.

En vista de ello, el P. del S. 515 reafirma la importancia de reconocer formalmente a estos profesionales como primeros respondedores, garantizando su inclusión en programas de preparación, respuesta, recuperación e incentivos relacionados con emergencias.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la evaluación de la medida objeto de este informe, la Comisión evaluó el informe positivo rendido, así como los memoriales explicativos sometidos por el Departamento de Salud, la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales de Puerto Rico, la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico, el Director del Programa de Ayuda al Empleado del Municipio de Ponce (PAE – Ponce), la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) y la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico. Además, se solicitaron memoriales adicionales a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Colegio de Trabajadores Sociales, la Federación de Alcaldes, la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) y el Departamento de Justicia, pero a la fecha de redacción de este informe, no habían enviado los mismos. 

Departamento de Salud

El Departamento de Salud favoreció la aprobación del proyecto, destacando que se trata de una iniciativa de política pública con un objetivo noble y cónsono con la protección de la salud emocional y el bienestar del recurso humano del Gobierno de Puerto Rico.

Junta Examinadora de Consejeros Profesionales de Puerto Rico

La Junta endosó la medida al reconocer que la labor de los consejeros profesionales es esencial en la prevención, educación y promoción de estilos de vida saludables dentro del escenario laboral. La entidad coincidió en que estos profesionales cumplen una función crítica tanto en situaciones ordinarias como durante emergencias.

Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico

La Junta expresó algunas preocupaciones relacionadas principalmente con los aspectos operacionales de los PAE, incluyendo la disponibilidad de protocolos formalizados para movilización en emergencias, la capacitación especializada requerida y la infraestructura de apoyo (incluidos seguros profesionales). No obstante, la Junta reconoció el valor del servicio que estos profesionales brindan y la relevancia del rol que desempeñan durante situaciones de crisis.

Director del Programa de Ayuda al Empleado del Municipio de Ponce (PAE – Ponce)

El Director del PAE de Ponce señaló que el proyecto amplía responsabilidades sin necesariamente proveer estructuras adicionales o protecciones institucionales para garantizar que las intervenciones se lleven a cabo de manera segura, ética y conforme a principios de salud ocupacional. Aun así, reconoció la importancia del rol de los profesionales del PAE en situaciones de emergencia y la necesidad de fortalecer su marco normativo.

Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA)

La ASSMCA apoyó la medida y reiteró su disponibilidad para colaborar en la implementación de la misma, destacando la pertinencia de reforzar el escenario laboral y la atención temprana de situaciones que afectan la estabilidad emocional de los empleados.

Asociación de Alcaldes de Puerto Rico

La Asociación sostuvo que no tiene objeción a que los profesionales de un PAE sean incluidos en programas de incentivos o en mecanismos de relevo contributivo cuando intervengan en situaciones de emergencia. La entidad reconoció que, a nivel municipal, estos profesionales constituyen un recurso indispensable para atender crisis sociales, emocionales y comunitarias.

En suma, las entidades que comparecieron reconocieron:

  1. El rol esencial que desempeñan los profesionales del PAE como personal especializado en salud mental, intervención en crisis y apoyo emocional.
  2. La importancia de su intervención inmediata durante emergencias para salvaguardar la estabilidad emocional del personal gubernamental y municipal.
  3. La pertinencia de reconocer un estatus formal de primeros respondedores, el cual armoniza la legislación vigente con la práctica observada en emergencias recientes.

Si bien algunas entidades expresaron reservas operacionales y la necesidad de fortalecer estructuras administrativas y de capacitación, ninguna se opuso directamente a la aprobación de la medida, y todas coincidieron en la relevancia del servicio que estos profesionales ofrecen.

A la luz de ello, esta Comisión entiende que el P. del S. 515 es cónsono con la política pública vigente, fortalece los mecanismos de recuperación emocional del Estado y clarifica las funciones críticas del personal PAE en escenarios de emergencia.

IMPACTO FISCAL

Conforme al análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Gobierno entiende que su aprobación no tendrá impacto fiscal sobre los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades o corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico.  La inclusión de estos profesionales en programas de incentivos queda sujeta a la disponibilidad de fondos, por lo que no impone obligaciones automáticas sobre el erario.

CONCLUSIÓN

 

La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, reconociendo la importancia del P. del S. 515 y el apoyo unánime de todas las entidades que comparecieron mediante memoriales, coincide con la necesidad de reconocer a los profesionales de los Programas de Ayuda al Empleado como primeros respondedores en situaciones de emergencia.

Esta medida fortalece la preparación del Estado, protege la salud mental de la fuerza laboral y armoniza la legislación vigente con el rol crítico que estos profesionales ya desempeñan en la práctica.

Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien someter a este Honorable Cuerpo el presente Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 515, recomendando su aprobación sin enmiendas.

Respetuosamente sometido, 

 

Hon. Víctor L. Parés-Otero 

Presidente 

Comisión de Gobierno 

Cámara de Representantes de Puerto Rico  

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