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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea	 	 2da. Sesión
         Legislativa		       Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 515
  INFORME POSITIVO
 11 de septiembre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 515, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con las enmiendas incluidas en el Entirillado Electrónico que lo acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 515 tiene el propósito de añadir un nuevo Artículo 7 a la Ley 167-2002, según enmendada, conocida como "Ley para Crear Programas de Ayuda al Empleado y su Familia Inmediata", con el propósito de establecer que los profesionales de la conducta humana que laboran en un Programa de Ayuda al Empleado sean considerados como personal de primera respuesta o primeros respondedores en casos de emergencias.

INTRODUCCIÓN

El Proyecto del Senado 515 propone añadir el Artículo 7 de la Ley Núm. 167-2002, según enmendada, conocida como "Ley para Crear Programas de Ayuda al Empleado y su Familia Inmediata", con el objetivo de reconocer expresamente al personal que labora en los Programas de Ayuda al Empleado en el Gobierno de Puerto Rico, como personal de primera respuesta o primeros respondedores en casos de emergencias, y que, a esos fines, les aplique todo programa de incentivos que se establezca en consideración a dicha emergencia.

La medida parte del reconocimiento de que en el contexto de la emergencia mundial y local que se originó por el COVID-19, huracanes y terremotos que nuestra jurisdicción ha atravesado, los profesionales PAE fueron convocados en sus escenarios de trabajo y participaron en la implementación de los planes de preparación, respuesta y recuperación en cada una de las mencionadas emergencias. Además, estudiaron las situaciones y los casos bajo su responsabilidad para establecer prioridades y determinar la modalidad (presencial o a distancia) necesaria que garantizara la continuidad de los servicios prioritarios. De igual forma, estos servidores se mantuvieron informando sobre las recomendaciones para proteger la salud y seguridad de las personas a las que ofrece servicios, la de sus familiares y compañeros de trabajo.

El texto dispone, además, que sujeto a la disponibilidad de fondos, todo profesional de la conducta que labore en un PAE de Agencia, Corporación o Municipio del Gobierno de Puerto Rico, será incluido en todo programa de incentivos que se establezca, bajo cualquier circunstancia, o, en la alternativa, se les otorgará un relevo de retención sobre los pagos por los servicios prestados como resultado de una emergencia, sujeto a que el patrono justifique que la persona estuvo desempeñando sus deberes, funciones y responsabilidades en el escenario de la emergencia.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, en estricto cumplimiento de su responsabilidad constitucional y su deber ministerial de evaluar las medidas ante su consideración, cursó solicitudes formales de memoriales explicativos a diversas agencias concernidas, con el propósito de allegar insumos técnicos y administrativos que permitieran realizar un análisis ponderado del contenido del Proyecto del Senado 515. En específico, se solicitó la comparecencia escrita de la Federación de Alcaldes y Asociación de Alcaldes, el Departamento de Seguridad Pública, y la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA).  Comparecieron mediante memorial explicativo la Asociación de Alcalde de Puerto Rico, ASSMCA y el Director del Programa de Ayuda al Empleado del Municipio de Ponce, el Sr. Ángel R. COMAS Nazario, PhD.

A continuación, se expone lo expresado por estas entidades. 

ASOCIACIÓN DE ALCALDES DE PUERTO RICO  

La Asociación de Alcaldes de Puerto Rico compareció ante la Comisión de Gobierno mediante memorial explicativo para expresar su posición institucional sobre el P. del S. 515. En su escrito, la Asociación se expresó a favor de la medida y subrayó que las personas de la conducta humana que labora en un Programa de Ayuda al Empleado atienden una necesidad apremiante en momentos de emergencias.

El memorial detalla los beneficios de los Programas de Ayuda al Empleado. En especificó, expone que este tiene como meta el prevenir, identificar a tiempo y manejar adecuadamente toda la gama de situaciones que provoca problemas ocupacionales.  De igual forma, expone que estos programas asisten en el proceso de educar, prevenir y fomentar estilos de vida saludables para el trabajador y su familia.

La Asociación establece que los Programas de Ayuda al Empleado son una alternativa costo efectiva para promover un mejor ambiente laboral y un instrumento importante para mejorar las condiciones de vida de los empleados.

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD MENTAL Y CONTRA LA ADICCIÓN

La Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMACA) compareció mediante memorial explicativo suscrito por su Administradora, la doctora Catherine I. Oliver Franco, para presentar su evaluación del P. del S. 515. En su escrito, la agencia se expresó a favor de la aprobación de la medida.

Según indica ASSMCA en su memorial, los Programas de Ayuda la Empleado son una alternativa costo efectiva para mejorar las condiciones de vida de los empleados y su ambiente laboral. De igual forma, los profesionales de la PAE son la primera respuesta disponible en el escenario laboral. Así, los programas están compuestos por profesionales en el área de la conducta humana, en las áreas de la psiquiatría, psicología y consejería profesional.

El memorial de la Administración expone que el Programa de Ayuda al Empleado fue creado mediante la Ley 167-2002, según enmendada, conocida como "Ley para Crear Programas de Ayuda la Empleado y su Familia Inmediata", con el propósito de promover un mejor ambiente laboral y mejorar las condiciones de vida en que se desenvuelven los servidores públicos.

ASSMCA expone que la función de los directores y coordinadores de PAE en el manejo de crisis en el área de empleo es crucial para cuidar a la institución, al empleado y al ambiente laboral en tiempos difíciles.

En fin, ASSMACA respalda la aprobación del P. del S. 515. La agencia considera que la medida fortalecerá las funciones de los Programas de Ayuda al Empleado, promoviendo así la salud física, emocional y el bienestar personal y familiar de los trabajadores.

DIRECTOR DEL PROGRAMA DE AYUDA AL EMPLEADO DEL MUNICIPIO DE PONCE

El Sr, Ángel R. Comas Nazario, Phd, en calidad de Director del Programa de Ayuda al Empleado del Municipio de Ponce compareció ante la Comisión de Gobierno mediante memorial explicativo. En el escrito, el señor Comas Nazario expones varias recomendaciones para que sean atendidas por la Comisión.

El memorial expone que "parte de un enfoque fundamentado en la psicología organizacional critica, reconociendo la complejidad estructural que incide en el bienestar emocional, mental y ocupacional de los servidores públicos". El senor Comas Nazario resalta que las emergencias recientemente experimentadas en nuestra jurisdicción mostraron el compromiso del personal PAE. Ahora, este indica que se deben acompañar recursos y preparación para fortalecer e impulsar las funciones del personal PAE.

Respecto a las recomendaciones, el memorial recomienda que se elimine la clasificación de "primer respondedor" y que esta sea sustituida por "personal de apoyo psicoemocional en contexto organizacional". Por otro lado, el señor Comas Nazario recomienda que la medida delimite las áreas donde el personal PAE puedan prestar servicios. Permitiendo que estos solo pueden brindar servicios fuera de sus áreas de empleo mediante acuerdos interagenciales previamente establecidos.

Por último, el memorial recomienda que se incluya una cláusula sobre formación especializada en que se exponga que en toda intervención en escenarios de emergencia externa se requerirá formación previa certificada en intervención en crisis fuera del entorno organizacional.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 515 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

A la luz del análisis realizado, esta Comisión entiende que la aprobación del P. del S. 515 promueve el fortalecimiento de la política pública en materia de salud ocupacional, preparación ante emergencias y bienestar integral de los empleados públicos. Las ponencias recibidas destacan la importancia de los profesionales de la conducta humana que laboran en los Programas de Ayuda al Empleado. De igual forma, la Asociación de Alcalde como ASSMCA reconocen la importancia de clasificar a los profesionales que laboran en PAE como primeros respondedores, en la medida en que su intervención temprana resulta esencial para mitigar crisis, preservar la estabilidad emocional y garantizar la continuidad de los servicios gubernamentales.

El reconocimiento propuesto, además de alinearse con los estándares de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud, atiende las lecciones aprendidas de experiencias recientes en Puerto Rico, tales como huracanes, terremotos y emergencias sanitarias como el COVID-19. En todas esas instancias, la participación activa de psicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales y consejeros profesionales fue determinante para la recuperación social e institucional.

Por lo tanto, esta Comisión recomienda la aprobación del P. del S. 515 por entender que constituye una medida justa, visionaria y de alto impacto social, que reconoce y dignifica el rol esencial de los profesionales de la conducta humana en los Programas de Ayuda al Empleado, al tiempo que fortalece la capacidad del Gobierno para atender con eficacia las emergencias presentes y futuras.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 515 con las enmiendas introducidas en el entirillado electrónico que lo acompaña. 
Respetuosamente sometido,
 
Hon. Ángel Toledo López
Presidente
Comisión de Gobierno

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