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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 517

INFORME POSITIVO

17 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, previo estudio concienzudo y consideración, recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación del Proyecto del Senado 517, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 517 propone enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 171-1968[1], con el propósito de ordenar la creación de un Catálogo Digital de Servicios Sociales en Puerto Rico. Esta herramienta consolidaría, en un solo portal electrónico, información sobre los programas de asistencia y servicios sociales ofrecidos tanto por agencias gubernamentales como por entidades privadas, tales como organizaciones sin fines de lucro, entidades religiosas, entre otras. El catálogo deberá ser público, gratuito, de acceso universal e interoperable con otras plataformas existentes.

INTRODUCCIÓN

Puerto Rico cuenta con una amplia gama de programas y servicios sociales diseñados para atender múltiples necesidades de su población, incluyendo alimentación, vivienda, salud, protección infantil, y apoyo a poblaciones vulnerables. No obstante, la provisión de estos servicios ha estado marcada históricamente por una fragmentación significativa entre agencias públicas, entidades privadas, organizaciones sin fines de lucro e iniciativas municipales. Esta dispersión estructural ha dificultado que las personas identifiquen y accedan oportunamente a los recursos disponibles, generando redundancia de funciones, ineficiencia administrativa y, en muchos casos, el desaprovechamiento de fondos públicos.

Asimismo, esta desconexión ha impactado negativamente la calidad y continuidad de los servicios ofrecidos, particularmente a aquellos sectores que enfrentan mayores retos sociales. La carencia de un sistema integrado ha contribuido a la invisibilidad de programas esenciales y ha perpetuado las desigualdades de acceso en las regiones más empobrecidas o remotas del país. En respuesta a esta problemática, el Proyecto del Senado 517 propone una solución estructural de avanzada: la creación de un catálogo digital unificado que consolide y sistematice toda la información relacionada con servicios sociales disponibles en la Isla. Esta herramienta tecnológica, accesible y centralizada, aspira a facilitar el empoderamiento ciudadano, optimizar la coordinación interagencial y reforzar la planificación basada en datos, elementos indispensables para una política social más equitativa, transparente y eficaz.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Durante la evaluación de la medida, esta Comisión solicitó ponencias a diversas agencias con injerencia en la política pública social y tecnológica[2]. Se recibió ponencia del Departamento de la Familia; sin embargo, el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), pese a haber sido debidamente apercibido en múltiples ocasiones, no compareció al momento del cierre de este informe, por lo que, entendemos que está de acuerdo con la intención que persigue esta pieza legislativa.

DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA

Esencialmente, el Departamento de la Familia expresó su respaldo institucional a la intención del Proyecto del Senado 517, destacando que un catálogo digital unificado facilitaría significativamente el acceso de los ciudadanos a la información sobre servicios disponibles y contribuiría a una mayor eficiencia y transparencia en la gestión gubernamental. La agencia enfatizó que dicha herramienta permitiría empoderar al ciudadano al ofrecerle una vía clara, actualizada y accesible para identificar los recursos sociales aplicables a sus circunstancias particulares.

Además, el Departamento de la Familia subrayó que este catálogo fomentaría una coordinación más efectiva entre agencias gubernamentales y organizaciones del tercer sector, y serviría de instrumento estratégico para detectar brechas de servicios, mejorar la planificación presupuestaria y reducir la duplicidad de funciones. Empero, el Departamento advirtió que la implementación de esta plataforma debe realizarse en estrecha colaboración con las plataformas tecnológicas existentes, en particular aquellas administradas por el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) y la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), para asegurar su compatibilidad, funcionalidad y sostenibilidad a largo plazo.

Del mismo modo, enfatizó que será indispensable establecer una estructura administrativa clara con personal capacitado, así como asignaciones presupuestarias recurrentes que garanticen el desarrollo, mantenimiento, monitoreo y constante actualización del catálogo. Según el Departamento, solo mediante estos elementos estructurales será posible alcanzar el objetivo de transformar la prestación de servicios sociales en la Isla mediante una herramienta digital robusta, accesible y funcional.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En conformidad con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico no solicitó comentarios al Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) ni a la Oficina de Gerencial Municipal, toda vez que el Proyecto del Senado 517 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social concluye que el Proyecto del Senado 517, constituye una medida innovadora, con un potencial transformador en la forma en que el pueblo accede, consulta y participa de los programas de asistencia y servicios sociales. Mediante la centralización y digitalización de la información, se reducen significativamente las barreras burocráticas, se eliminan redundancias institucionales, y se promueve un acceso más equitativo y transparente a los recursos del Estado.

En resumidas cuentas, esta obra legislativa representa una oportunidad para fortalecer la gobernanza digital en el ámbito del bienestar social, sentando un precedente normativo que podría extenderse a otras áreas de política pública. Al establecer un catálogo público, gratuito, universal e interoperable, se mejora la capacidad gubernamental para planificar, monitorear e innovar en la prestación de servicios.

La Comisión acoge las recomendaciones técnicas vertidas por el Departamento de la Familia, particularmente en cuanto a la necesidad de una integración efectiva con las plataformas tecnológicas existentes, la capacitación de personal, y la identificación de recursos fiscales recurrentes. Igualmente, reitera la urgencia de establecer un marco tecnológico sostenible, con responsabilidades claras y fiscalización adecuada, que garantice la viabilidad, integridad y actualización continua del catálogo. Esta visión integrada permitirá maximizar el impacto de la medida y asegurar su relevancia a largo plazo.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Bienestar Social y Vivienda del Senado de Puerto Rico, previo a estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este distinguido Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 517, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Jamie Barlucea Rodríguez

Presidenta

Comisión de Vivienda y Bienestar Social

  1. Ley Núm. 171, de 30 de junio de 1968 (Ley Orgánica del Departamento de la Familia), Art. 3 — codificado como 3 LPRA § 211b: establece que dicho Departamento “será la agencia responsable de llevar a cabo los programas del Estado Libre Asociado dirigidos hacia la solución o mitigación de los problemas sociales de Puerto Rico”.

  2. Esta comisión también le solicitó comentarios a la OPAL, pero al momento del cierre de este informe no han cumplido con la remisión de su ponencia. (OPAL – 603) (24 de abril de 2025).

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