GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 518
INFORME POSITIVO
22 de agosto de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 518, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con las enmiendas incluidas en el Entirillado Electrónico que lo acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 518 tiene como propósito enmendar el Artículo 6 de la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico", a los fines de autorizar a los municipios, agencias, dependencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, a investigar y procurar fondos federales disponibles, que permitan que nuestros adultos mayores participen en programas de voluntariado en el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
El Proyecto del Senado 518 propone enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 261-2004, según enmendada, conocida como la "Ley del Voluntariado de Puerto Rico", con el objetivo de autorizar expresamente a los municipios, agencias, dependencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico a investigar y procurar fondos federales disponibles para impulsar la participación de adultos mayores en programas de voluntariado en el servicio público.
La medida parte del reconocimiento de que las personas de edad avanzada poseen experiencia, memoria histórica y capacidad profesional que pueden aportar significativamente a las funciones del sector público. A tales fines, se busca reforzar el mandato existente en la ley, fomentando que las entidades gubernamentales establezcan alianzas con organizaciones sin fines de lucro, entidades privadas o públicas, a fin de desarrollar iniciativas que integren a los adultos mayores como voluntarios. Esta enmienda viabiliza la inserción de dicha población en estructuras de servicio mediante la utilización de fondos federales, sin más restricción que aquellas derivadas de limitaciones físicas o mentales certificadas por autoridad competente.
El texto dispone, además, que las entidades gubernamentales podrán adoptar reglamentos internos u órdenes administrativas conforme a las disposiciones de esta ley y otras leyes locales o federales aplicables, a fin de operacionalizar esta política pública. La medida también reafirma la intención legislativa de fortalecer la fuerza laboral a través de la integración voluntaria de los adultos mayores, reconociendo su valor como recurso activo dentro del desarrollo económico y social de Puerto Rico.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, en estricto cumplimiento de su responsabilidad constitucional y su deber ministerial de evaluar las medidas ante su consideración, cursó solicitudes formales de memoriales explicativos a diversas agencias concernidas, con el propósito de allegar insumos técnicos y administrativos que permitieran realizar un análisis ponderado del contenido del Proyecto del Senado 518. En específico, se solicitó la comparecencia escrita de la Federación de Alcaldes y Asociación de Alcaldes, Departamento de Recreación y Deportes, Departamento de Educación, Departamento de Salud, Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos, y la Oficina del Procurador de Edad Avanzada, entre otras entidades con jurisdicción incidental sobre los temas que aborda la presente medida.
A continuación, se expone lo expresado por estas entidades.
DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES
El Departamento de Recreación y Deportes (DRD) compareció ante la Comisión de Gobierno mediante memorial explicativo suscrito por su Secretario, el señor Héctor R. Vázquez Muñiz, para expresar su posición institucional sobre el P. del S. 518. En su escrito, la agencia se expresó a favor de la medida y subraya su importancia dentro del marco de esfuerzos dirigidos a ampliar la participación ciudadana de la población adulta mayor en iniciativas de servicio público.
El DRD sostiene que las personas adultas mayores representan un recurso fundamental para el voluntariado gubernamental. Contrario a la percepción común que asocia la vejez con dependencia o pasividad, la agencia resalta que existe un número creciente de adultos mayores interesados en continuar aportando a la sociedad mediante el servicio voluntario. Esta contribución, a juicio del DRD, es altamente valiosa tanto para quienes la ejercen como para las comunidades que la reciben.
El memorial detalla una amplia gama de beneficios asociados a la participación de adultos mayores en el voluntariado. Entre estos, menciona el fortalecimiento del bienestar emocional, la salud física, la autoestima, la estimulación cognitiva y el desarrollo de nuevas relaciones sociales. Además, se destaca que esta participación facilita la integración plena de esta población en el tejido social, promoviendo una percepción digna y activa del envejecimiento.
La agencia subraya que la medida se alinea con esfuerzos actuales del Ejecutivo, como la creación de la Unidad para la Atención Integral del Adulto Mayor, adscrita a La Fortaleza. Esta entidad tiene la encomienda de asesorar a la Rama Ejecutiva en los asuntos relacionados con esta población, cuya proyección demográfica anticipa que representará el 35% de la población para el año 2030.
Desde una perspectiva programática y normativa, el DRD considera que la propuesta fortalece la implementación de la Carta de Derechos a Favor de los Adultos Mayores y habilita la canalización de fondos federales para apoyar iniciativas que fomenten su inserción en proyectos de servicio. Además, se reconoce que su experiencia profesional, sensibilidad social y memoria histórica constituyen activos institucionales que pueden ser aprovechados responsablemente en beneficio del desarrollo social y económico de Puerto Rico.
El DRD respalda la aprobación del P. del S. 518 al considerar que su contenido representa una acción afirmativa coherente con las metas del Gobierno de Puerto Rico en cuanto a inclusión, reconocimiento y participación activa de las personas adultas mayores. La agencia entiende que la medida refuerza los principios de equidad y dignidad que deben guiar la política pública hacia esta población y manifiesta su disponibilidad para colaborar en la implantación de las disposiciones que se adopten.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) compareció mediante memorial explicativo suscrito por su Secretario, el licenciado Eliezer Ramos Parés, para presentar su evaluación del P. del S. 518. En su escrito, la agencia se expresó a favor de la aprobación de la medida.
Según indica el DEPR, el P. del S. 518 constituye una propuesta sencilla y con potencial de ser efectiva para cumplir con el objetivo que persigue. La agencia interpreta que la iniciativa busca ampliar las oportunidades de participación ciudadana para las personas adultas mayores mediante su integración en programas de voluntariado en el Gobierno de Puerto Rico, habilitando la gestión de fondos federales por parte de las entidades gubernamentales correspondientes.
En el memorial se aclara que el DEPR no identifica disposiciones que interfieran con sus funciones ni que impongan cargas adicionales. Por el contrario, reitera su disposición de colaborar en la implementación de las políticas públicas que se adopten, conforme a los deberes y responsabilidades que le impone su ley habilitadora.
El DEPR respalda la aprobación del P. del S. 518. La agencia considera que la medida representa una herramienta útil para facilitar la inclusión activa de personas adultas mayores en iniciativas gubernamentales de servicio voluntario. Asimismo, manifiesta su disposición para colaborar en el desarrollo e implantación de la política pública conforme al marco legal aplicable.
OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL GOBIERNO DE PUERTO RICO
La Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico compareció ante la Comisión de Gobierno mediante memorial explicativo suscrito por su Director Ejecutivo, el señor Fernando Di Mauro. En el escrito, la agencia expresa su apoyo al P. del S. 518 y presenta observaciones enmarcadas en su función como entidad encargada de establecer la política pública de recursos humanos en el Gobierno de Puerto Rico.
La OATRH sostiene que la medida representa una oportunidad para robustecer los esfuerzos gubernamentales dirigidos a la inclusión activa de las personas adultas mayores. La agencia entiende que la enmienda al Artículo 6 de la Ley 261-2004 permitirá a los municipios, agencias, dependencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico investigar y gestionar fondos federales que viabilicen la integración de esta población en programas de voluntariado.
El memorial destaca que el voluntariado de adultos mayores puede fomentar el bienestar físico, emocional y social de quienes participan, al tiempo que fortalece la cultura del servicio público. La agencia resalta que iniciativas como esta promueven el desarrollo de vínculos intergeneracionales y generan espacios de participación que contribuyen a una sociedad más equitativa e inclusiva.
Asimismo, la OATRH indica que la medida se alinea con las proyecciones demográficas de Puerto Rico, las cuales reflejan un crecimiento sostenido en la población adulta mayor durante las próximas décadas. Bajo ese panorama, la agencia considera que se deben adoptar políticas públicas que reconozcan el valor social de esta población y faciliten su integración plena en la vida comunitaria y gubernamental.
No se presentan reservas técnicas ni objeciones administrativas al contenido de la medida. Por el contrario, la agencia expresa apertura para colaborar en su implementación conforme a su peritaje y responsabilidades institucionales.
La Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos apoya la aprobación del Proyecto del Senado 518. La agencia considera que la medida contribuirá a fortalecer el marco institucional que promueve la participación de las personas adultas mayores en la función pública a través del servicio voluntario, y reafirma su compromiso con una política de recursos humanos inclusiva, participativa y sensible a la realidad demográfica de Puerto Rico
DEPARTAMENTO DE SALUD
El Departamento de Salud de Puerto Rico compareció ante la Comisión de Gobierno mediante memorial explicativo suscrito por su Secretario, el doctor Víctor M. Ramos Otero. En el escrito, la agencia se expresó a favor de la aprobación del P. del S. 518 y ofreció observaciones desde su experiencia institucional en materia de salud pública y envejecimiento.
El memorial fue elaborado en consulta con la Sección de Envejecimiento Saludable, adscrita a la División de Salud Integral y Bienestar Comunitario, bajo la Secretaría Auxiliar de Servicios para la Salud Integral. En su escrito, el Departamento destaca que dicha dependencia tiene la encomienda de liderar iniciativas de promoción de la salud dirigidas a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, sus familias y sus comunidades.
Según se expone, la agencia ha observado un aumento sostenido en la mediana de edad en Puerto Rico, pasando de 28.5 años en 1990 a 43.8 años en 2020, con proyecciones que apuntan a una mediana de 52.9 años para 2050. Este fenómeno, según el Departamento, representa una oportunidad para desarrollar estrategias que aseguren un envejecimiento saludable y una mayor participación de esta población en los procesos sociales.
En el memorial se señala que una de las metas institucionales es fomentar la creación de entornos que permitan a los adultos mayores colaborar activamente en sus comunidades. En ese contexto, el Departamento considera que el P. del S. 518 aporta a ese objetivo al promover la participación de personas mayores en programas de voluntariado gubernamental mediante la gestión de fondos federales disponibles para esos fines.
La agencia hace referencia a la adopción del Plan Decenal de Envejecimiento Saludable para Puerto Rico como evidencia de su compromiso con este sector poblacional. Señala además que medidas como la que se evalúa contribuyen a insertar a los adultos mayores en asuntos sociales de forma activa y estructurada.
No obstante, el Departamento formula una recomendación técnica dirigida a promover un lenguaje más respetuoso e inclusivo. Sugiere que en la línea 10 de la página 3 del proyecto se sustituya el término "personas de edad avanzada" por "adultos mayores", con el propósito de reducir el edadismo y promover un trato más equitativo en el lenguaje legislativo.
El Departamento de Salud endosa la aprobación del P. del S. 518, sujeto a la enmienda sugerida en su memorial. La agencia considera que la medida es coherente con las metas de salud pública dirigidas al bienestar de las personas mayores y reafirma su disponibilidad para continuar colaborando en el desarrollo de iniciativas legislativas que promuevan la salud integral de la población.
OFICINA DE LA PROCURADORA DE LAS PERSONAS DE EDAD AVANZADA
La Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada, representada por la Dra. Yolanda Varela Rivera, en su carácter de Procuradora de las Personas de Edad Avanzada, se expresó a favor del P. del S. 518. En su ponencia, se resalta que la medida constituye un paso afirmativo en la validación del rol social de los adultos mayores, al abrir canales formales para su integración voluntaria en funciones institucionales del aparato público.
La funcionaria sostiene que dicha participación fortalece el envejecimiento activo, principio rector de la política pública vigente, y promueve beneficios sustanciales para la salud mental, emocional y física de los participantes. Se subraya que, al permitir la colaboración directa de personas adultas mayores en agencias públicas, se reconoce su experiencia acumulada como un activo estratégico para el desarrollo de servicios y la cohesión comunitaria.
Asimismo, se indica que la medida armoniza con los postulados de la Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada y que la discrecionalidad que otorga a las agencias para establecer reglamentos internos representa una alternativa viable y flexible para su implantación efectiva. Finalmente, la Procuradora respalda sin reservas la aprobación de la iniciativa legislativa, recomendando únicamente considerar el uso de lenguaje inclusivo al momento de referirse a esta población, en concordancia con principios de dignidad, respeto y equidad.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 518 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La medida legislativa bajo análisis constituye una afirmación clara y deliberada del compromiso del Estado con el desarrollo de una política pública que reconozca y promueva la participación activa de la población adulta mayor en los procesos institucionales de Puerto Rico. Mediante una enmienda puntual, estratégicamente diseñada, se faculta a los organismos gubernamentales a investigar y gestionar fuentes de financiamiento federal con el propósito de establecer y sostener programas de voluntariado dirigidos a este sector demográfico. Dicha autorización viabiliza mecanismos concretos de inclusión sin imponer cargas fiscales sobre el erario, al trazar una ruta de implementación sostenible y apoyada en recursos externos.
El articulado proyecta una visión madura, progresista y socialmente responsable, al identificar en los adultos mayores no un segmento dependiente, sino un reservorio de conocimiento, compromiso cívico y potencial transformador. Se desplaza así el abordaje asistencialista tradicional, dando paso a un modelo participativo en el que esta población se integra a estructuras institucionales, comunitarias y gubernamentales, bajo condiciones de respeto, voluntariedad y sin fines de lucro.
Desde el punto de vista jurídico, la propuesta se armoniza con los principios de la Carta de Derechos a Favor de los Adultos Mayores, y mantiene coherencia con el marco normativo vigente en materia de voluntariado. La utilización de lenguaje facultativo en la delegación de funciones reglamentarias, mediante la expresión "podrán establecer", garantiza flexibilidad operativa sin comprometer la finalidad sustantiva de la ley. A su vez, la inclusión de alianzas con entidades sin fines de lucro y con sectores privados refuerza un modelo de gobernanza compartida, acorde con las mejores prácticas contemporáneas en diseño e implementación de política pública.
El análisis técnico de esta Comisión ha sido enriquecido con las valoraciones remitidas por múltiples agencias del Gobierno de Puerto Rico con competencia en las áreas de recreación, educación, salud, administración pública y asuntos del adulto mayor. La coincidencia de criterios favorables entre dichas instrumentalidades valida la viabilidad normativa, operacional y conceptual de la medida. La única recomendación sustantiva recibida consistió en sustituir la expresión "personas de edad avanzada" por "adultos mayores", lo cual esta Comisión acoge en atención a su valor lingüístico, claridad conceptual y consonancia con los principios internacionales de lenguaje inclusivo y dignidad intergeneracional.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 518 con las enmiendas introducidas en el entirillado electrónico que lo acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Ángel Toledo López
Presidente
Comisión de GobiernoDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.