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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

R. de la C. 258

INFORME FINAL

11 de noviembre de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender todo asunto dirigido a responder efectivamente a las necesidades de la población y promover el bienestar social en Puerto Rico somete el presente Informe Final con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara 258 tiene el propósito de:

Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar un abarcador estudio sobre la cantidad de centros de cuido prolongado para adultos mayores que operan en Puerto Rico sin permisos; y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara 258 tiene como propósito ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar un estudio abarcador sobre la cantidad de centros de cuido prolongado para adultos mayores que operan en Puerto Rico sin los debidos permisos o licencias. Esta medida surge como respuesta directa a la creciente preocupación social y mediática en torno a la existencia de hogares clandestinos que funcionan al margen de la ley, sin supervisión del Estado, y en condiciones que ponen en riesgo la vida, la salud y la dignidad de las personas adultas mayores.

La resolución parte de un reconocimiento básico: el cuidado prolongado de los adultos mayores constituye una función social esencial y un pilar de la política pública del Estado. Por tanto, toda operación de servicios de alojamiento o atención continua a esta población debe cumplir con los más altos estándares de seguridad, salubridad, capacitación del personal y cumplimiento regulatorio. Operar sin licencia no es una falta administrativa menor, sino una violación directa al marco jurídico protector que rige la prestación de servicios de cuidado en Puerto Rico.

De igual modo, la medida enfatiza que el fenómeno de los hogares clandestinos trasciende el mero incumplimiento de trámites burocráticos: refleja una falla estructural en el sistema de supervisión, fiscalización y otorgamiento de licencias. En la práctica, el funcionamiento de estos hogares representa una amenaza a los derechos fundamentales de los adultos mayores, vulnera la confianza pública en los mecanismos de protección estatal y perpetúa desigualdades entre las instituciones que cumplen con la ley y aquellas que evaden las obligaciones legales.

El análisis de la medida revela además una preocupación doble. Por un lado, se busca proteger la seguridad y el bienestar de los adultos mayores frente a establecimientos que operan en condiciones indignas. Por otro, se reconoce el impacto que estas operaciones ilegales tienen sobre las facilidades debidamente licenciadas, que deben cumplir con exigencias rigurosas de infraestructura, personal, seguros, protocolos médicos y reglamentos de emergencia. Esta disparidad crea un entorno de competencia desleal que desincentiva la inversión responsable y debilita la sostenibilidad del sector formal de cuidado prolongado.

La investigación dispuesta por esta resolución también procura evaluar la efectividad del marco regulatorio vigente, particularmente la Ley Núm. 94-1977, que establece los parámetros para el licenciamiento y fiscalización de hogares de adultos mayores. Más de cuatro décadas después de su aprobación, la realidad demográfica y social de Puerto Rico ha cambiado significativamente: la población mayor de 60 años continúa en aumento, la demanda de servicios especializados crece, y los costos operacionales de las facilidades licenciadas se han elevado de forma considerable. Estas circunstancias hacen necesario revisar y actualizar el marco legal para asegurar que responda a los desafíos actuales del país.

Asimismo, la medida reconoce la importancia de fortalecer la coordinación interagencial entre el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada y los municipios, con el fin de establecer una política pública uniforme, efectiva y sostenible.

En síntesis, la Resolución de la Cámara 258 constituye un paso afirmativo hacia la identificación y corrección de una problemática que afecta tanto la seguridad de miles de adultos mayores como la integridad de un sector esencial de servicios. Su análisis refleja una intención clara del Poder Legislativo de restablecer el control estatal sobre el sistema de cuido prolongado, erradicar la operación ilegal de hogares clandestinos y garantizar que cada adulto mayor en Puerto Rico viva bajo condiciones de dignidad, protección y respeto a su derecho a la vida y al bienestar integral.

METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION

En cumplimiento con lo dispuesto por la Resolución de la Cámara 258, esta Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social adoptó una metodología de investigación mixta, participativa y documental, orientada a recopilar información precisa, actualizada y representativa sobre la magnitud y características del fenómeno de los hogares de cuido prolongado que operan sin permisos en Puerto Rico.

El proceso investigativo se desarrolló entre los meses de junio y octubre de 2025, conforme al término dispuesto en la resolución, y combinó el análisis documental, la recepción de memoriales explicativos de las agencias y entidades pertinentes, y la celebración de vistas públicas en el Capitolio de Puerto Rico.

La Comisión inició los trabajos mediante la solicitud formal de memoriales a las principales agencias con jurisdicción en la materia, incluyendo el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), y el Departamento de Seguridad Pública (DSP). De igual forma, se requirieron ponencias a las organizaciones representativas del sector privado de cuido prolongado, como la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD) y la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FICPRO), con el propósito de integrar la perspectiva del componente operacional y de las entidades que día a día brindan servicios directos a la población envejeciente.

Como parte del proceso, la Comisión celebró la Vista Pública Núm. 033, el lunes, 29 de septiembre de 2025, en la Sala de Audiencias 2 de la Cámara de Representantes, bajo la presidencia del Hon. Ricardo “Chino” Rey Ocasio Ramos. Dicha vista contó con la participación de la Secretaria del Departamento de la Familia, Sra. Suzanne Roig Fuertes, la Dra. Minerva Gómez Ramos, presidenta de la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración, y el Sr. Jonathan Morales Adorno, presidente de la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FIDCO). En la misma, los deponentes expusieron la situación actual del sistema de licenciamiento, los obstáculos operacionales y las recomendaciones de política pública para atender el problema de los hogares clandestinos.

El proceso de investigación se complementó con la revisión de material estadístico, reportes de prensa y documentación administrativa relacionada con el licenciamiento, la supervisión y la fiscalización de centros de cuidado prolongado. Esta revisión permitió a la Comisión contrastar la información oficial con la realidad operacional reportada por los sectores representados, obteniendo así una visión amplia de los factores estructurales que inciden en la proliferación de facilidades ilegales o en procesos irregulares de licenciamiento.

Durante el proceso, la Comisión también emitió requerimientos de información adicionales al Departamento de la Familia, incluyendo:

Toda la información recopilada fue analizada por el personal técnico de la Comisión, integrando tanto las fuentes documentales como los testimonios ofrecidos en vista pública. Este enfoque permitió identificar con claridad las deficiencias sistémicas, los vacíos normativos y las buenas prácticas que pueden servir de base para futuras recomendaciones legislativas y administrativas.

En resumen, la metodología implementada permitió una evaluación integral, equilibrada y participativa, asegurando que el informe final refleje una comprensión realista y multidimensional del estado actual del sistema de cuido prolongado en Puerto Rico y los desafíos asociados a la operación ilegal de hogares clandestinos.

RESUMEN DE LAS PONENCIAS RECIBIDAS

En atención al mandato de la Resolución, esta Comisión recibió memoriales explicativos, ponencias escritas y comparecencias en vista pública de las principales agencias y entidades concernidas con el licenciamiento y fiscalización de los hogares de cuido prolongado en Puerto Rico. A continuación, se presenta un resumen de los planteamientos más relevantes expuestos por cada compareciente.

Departamento De La Familia

El Departamento de la Familia, a través de su Secretaria, la Sra. Suzanne Roig Fuertes, reconoció la existencia de múltiples hogares que operan sin licencia o con licencias vencidas, situación que atribuyó a varios factores administrativos y estructurales.


El Departamento informó que, al mes de septiembre de 2025, existían 688 centros de cuido prolongado activos con licencia vigente, dentro de un universo de 945 facilidades licenciadas en todo Puerto Rico, que en conjunto atienden a más de 16,000 adultos mayores.

La Secretaria explicó que el proceso de licenciamiento enfrenta dificultades logísticas y limitaciones de personal, lo que ha reducido la frecuencia de inspecciones presenciales y ha obligado a priorizar la revisión documental. Ante esta realidad, el Departamento adoptó un proceso de amnistía de 90 días, dirigido a hogares que no renovaron a tiempo, con el objetivo de evitar cierres abruptos que afecten la continuidad de servicios a los residentes.

Asimismo, detalló que el Departamento administra subvenciones federales que benefician a aproximadamente 6,632 adultos mayores, con una inversión mensual de 1.8 millones de dólares. No obstante, reconoció que la fiscalización de dichos fondos y la supervisión de las facilidades requiere fortalecerse mediante mayor personal técnico y colaboración interagencial.

El Departamento reafirmó su compromiso con la política pública de protección al adulto mayor, pero sostuvo que el sistema de licenciamiento necesita modernización, digitalización y recursos adicionales para asegurar cumplimiento efectivo en todo el País.

Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD)

La Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración, Inc., representada por su presidenta Dra. Minerva Gómez Ramos, planteó que la existencia de hogares clandestinos constituye un riesgo inminente para la vida y la dignidad de los adultos mayores, además de representar competencia desleal frente a las facilidades debidamente licenciadas.

La Asociación enfatizó que no se requiere nueva legislación, sino la aplicación rigurosa de las leyes existentes, particularmente la Ley 94-1977 y la Ley 67-1993, que facultan al Estado a inspeccionar y cerrar de inmediato facilidades ilegales. Señalaron que el problema no radica en el marco legal, sino en la falta de ejecución y fiscalización efectiva.

Destacaron que los hogares licenciados son una de las industrias más reguladas del país, sujetas a inspecciones constantes, seguros obligatorios, planes de emergencia certificados y personal adiestrado. En contraste, los centros clandestinos operan sin controles, reducen costos a expensas de la seguridad de los residentes y comprometen la confianza pública en el sistema.

En una comunicación adicional, la Asociación solicitó distinguir entre hogares verdaderamente clandestinos —aquellos desconocidos por el Estado— y aquellos que enfrentan retrasos administrativos en la renovación de licencias, muchas veces ocasionados por demoras en procesos gubernamentales como las certificaciones sanitarias, el “background check” o la inspección de Bomberos. Propusieron que se explore la posibilidad de licencias provisionales para garantizar continuidad de servicios mientras se completan los trámites requeridos.

La ADCCLD también recomendó campañas educativas dirigidas a las familias, un registro público accesible de hogares licenciados y la obligación de que los proveedores externos (hospicios, home care, terapistas y médicos) verifiquen la validez de las licencias antes de ofrecer servicios en las facilidades.

Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FICPRO)

La Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FICPRO), representada por su presidente Sr. Jonathan Morales Adorno, expresó su apoyo a la Resolución y coincidió en la necesidad de erradicar las operaciones ilegales que ponen en riesgo la vida y salud de los adultos mayores. No obstante, advirtieron que la discusión pública debe distinguir con precisión entre los hogares que operan clandestinamente y aquellos que sí cumplen con la reglamentación vigente.

La Federación identificó causas estructurales que contribuyen al surgimiento de estos establecimientos ilegales, tales como la complejidad y costo del proceso de licenciamiento, la escasez de inspectores y recursos técnicos en las agencias reguladoras, y el aumento de la demanda de servicios ante el acelerado envejecimiento poblacional del País.

Entre sus recomendaciones, propusieron fortalecer la fiscalización interagencial, desarrollar programas de orientación para nuevos operadores, establecer campañas educativas para orientar a las familias sobre cómo identificar un hogar autorizado, y considerar periodos de amnistía limitados o incentivos que promuevan la formalización de entidades existentes. También solicitaron que los hogares licenciados sean clasificados legalmente como servicios esenciales, con prioridad en emergencias y desastres naturales.

La Federación reafirmó que la solución requiere una estrategia de colaboración intersectorial entre el Gobierno, las agencias, los municipios y las entidades representativas del sector, enfocada en la prevención, educación y acompañamiento técnico más que en sanciones punitivas.

Departamento de Seguridad Pública (DSP)

El Departamento de Seguridad Pública (DSP) sometió un memorial informativo en el que aclaró el proceso de transición administrativa derivado de la aprobación de la Ley 83-2025, que restableció la autonomía del Negociado de la Policía de Puerto Rico. El DSP indicó que, mientras se completa la reorganización interna, continuará colaborando con las investigaciones remitidas a la Policía, incluyendo las relacionadas con la operación ilegal de facilidades de cuido.

Aunque el DSP no presentó hallazgos específicos sobre la materia, confirmó su disposición a colaborar con el Departamento de la Familia y otras agencias fiscalizadoras en la identificación y cierre de hogares clandestinos cuando medien situaciones de riesgo a la vida o integridad de los residentes.

Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)

La Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA), dirigida por la Dra. Yolanda Varela Rosa, destacó que la proporción de adultos mayores de 60 años o más en Puerto Rico ha alcanzado el 29.6% de la población total, equivalente a cerca de 962,802 personas, según la Encuesta de la Comunidad del Censo 2023. La Procuraduría proyecta que esta cifra continuará en aumento, alcanzando un 35% para el año 2030 y hasta un 47% para el año 2070.

La OPPEA recordó que, conforme a la Ley 121-2019, conocida como la Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores, el Estado tiene el deber de promover un sistema de cuido integral y continuo que garantice inclusión social, autonomía y seguridad para las personas mayores, tanto en sus hogares como en instituciones licenciadas.

En relación con la R. de la C. 258, la Procuraduría informó que, durante los últimos años fiscales, la Oficina ha identificado varios establecimientos de cuidado prolongado que operaban sin licencia vigente a través de investigaciones del Programa Estatal de Cuidado de Larga Duración (CLD). Específicamente, se reportaron 5 casos en 2024-2025, 7 casos en 2023-2024 y 8 casos en 2022-2023, todos referidos para acción inmediata y reubicación de los residentes.

La OPPEA subrayó que, al detectarse un hogar sin licencia, se activa un protocolo de intervención urgente con las agencias de primera respuesta para garantizar la seguridad y reubicación de los adultos mayores. Destacó, además, que no existe un registro formal de hogares clandestinos, lo que dificulta su rastreo y seguimiento, y que la mayoría de los casos se identifican mediante quejas ciudadanas o intervenciones directas del personal de la Oficina.

La Procuraduría enfatizó la necesidad de fortalecer la fiscalización interagencial y desarrollar campañas educativas dirigidas a las familias para orientarles sobre cómo verificar que un establecimiento cuenta con licencia vigente, recomendando que toda licencia se exhiba visiblemente en el área de recepción. Además, denunció que personas inescrupulosas se lucran estableciendo centros sin cumplir con los requisitos básicos de preparación o seguridad, exponiendo a los residentes a condiciones peligrosas.

Finalmente, la OPPEA reafirmó que cualquier acción legislativa que elimine las brechas regulatorias y promueva la aplicación estricta de las leyes contribuirá significativamente a la protección de los adultos mayores en Puerto Rico.

Vista Pública – 29 de septiembre de 2025

La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes, presidida por el Hon. Ricardo “Chino” Rey Ocasio Ramos, celebró el lunes, 29 de septiembre de 2025.

Comparecieron a deponer la Sra. Suzanne Roig Fuertes, Secretaria del Departamento de la Familia; la Dra. Minerva Gómez Ramos, presidenta de la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD); y el Sr. Jonathan Morales Adorno, presidente de la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FIDCO/FICPRO).

Durante la audiencia, la Comisión pudo constatar la gravedad del problema de los hogares clandestinos y las consecuencias que su operación representa para la población adulta mayor del País.

Los deponentes coincidieron en que existen establecimientos que ofrecen servicios sin estar debidamente autorizados, exponiendo a los residentes a condiciones inseguras, carencia de supervisión y ausencia de personal capacitado.

La Secretaria del Departamento de la Familia reconoció que el sistema enfrenta limitaciones significativas. Informó que, al presente, existen 945 centros de cuido prolongado con licencia expedida, de los cuales 688 se mantienen operando activamente. Admitió que la fiscalización depende principalmente de la revisión documental y de las querellas ciudadanas, ya que la agencia carece de suficiente personal para realizar inspecciones presenciales de forma continua.

Ante este panorama, el Departamento implementó una amnistía administrativa de noventa (90) días, permitiendo que las facilidades en incumplimiento iniciaran procesos de renovación sin exponerse a cierres inmediatos, priorizando la continuidad del servicio a los residentes.

Por su parte, la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración sostuvo que la proliferación de hogares clandestinos constituye un problema de cumplimiento, no de legislación, pues las leyes y reglamentos existentes —particularmente la Ley 94-1977 y la Ley 67-1993— otorgan al Estado las herramientas necesarias para cerrar establecimientos ilegales y sancionar su operación.

La Asociación destacó que las facilidades licenciadas enfrentan una carga regulatoria y económica alta, cumpliendo con requisitos de infraestructura, seguros, protocolos de emergencia y personal entrenado, mientras los centros clandestinos operan sin estos estándares, abaratando costos a costa de la seguridad de los adultos mayores.
Asimismo, enfatizaron que no puede equipararse un hogar verdaderamente clandestino con una facilidad que enfrenta retrasos en la renovación de licencia debido a trámites gubernamentales lentos. Propusieron la creación de licencias provisionales que permitan mantener los servicios mientras se completan las certificaciones exigidas por agencias como Bomberos o Salud.

La Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FICPRO) coincidió en la necesidad de atender el problema con urgencia, pero desde una visión estructural e intersectorial. Su presidente, el Sr. Jonathan Morales Adorno, explicó que la falta de recursos, la burocracia y el aumento de la demanda por servicios de cuido —producto del envejecimiento poblacional— han propiciado la aparición de facilidades informales.
Sostuvo que los centros de cuido prolongado deben ser reconocidos como servicios esenciales del Estado, y que la respuesta gubernamental no debe limitarse a sancionar, sino también a educar, orientar y acompañar a los operadores que desean formalizar sus servicios bajo el marco legal.

Durante la sesión de preguntas, los miembros de la Comisión abordaron distintos ángulos del tema.

El representante Ángel Fourquet cuestionó los mecanismos de detección utilizados por el Departamento de la Familia, señalando que depender de querellas ciudadanas como única fuente de información evidencia una debilidad estructural.

El representante Luis Pérez Ortiz indagó sobre los criterios de reubicación de adultos mayores cuando un hogar es cerrado y sobre la confiabilidad de la plataforma SULME, que centraliza la información de licencias.

La representante Wanda del Valle Correa señaló que los atrasos en pagos de subvenciones y los procesos lentos de licenciamiento contribuyen al aumento del clandestinaje.

Mientras, la representante Lisie Burgos Muñiz y la representante Adriana Gutiérrez Colón insistieron en la necesidad de actualizar la Ley 94-1977, fortalecer la inspección presencial y aumentar la coordinación interagencial con Vivienda, ASSMCA y la Procuraduría de Personas de Edad Avanzada (OPPEA).

En conjunto, la vista pública permitió confirmar que no existe una política pública uniforme ni un sistema coordinado de fiscalización que garantice el cumplimiento de las normas aplicables a los centros de cuidado prolongado.

La falta de inspectores, la fragmentación administrativa y la ausencia de registros actualizados han generado una disparidad notable entre las facilidades reguladas y las que operan fuera del marco legal, afectando tanto la seguridad de los residentes como la estabilidad económica del sector.

HALLAZGOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Luego de analizar las ponencias presentadas, los memoriales sometidos por las agencias y las expresiones vertidas durante la vista pública, esta Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social concluye que el problema de los hogares de cuido prolongado que operan sin licencias en Puerto Rico constituye un asunto de alto impacto social que requiere acción inmediata, sostenida y coordinada entre el Estado, los municipios y el sector privado.

La evidencia recopilada revela que no existe una política pública uniforme ni una estructura de fiscalización suficientemente robusta para garantizar el cumplimiento con las leyes que rigen la operación de los centros de cuidado prolongado. Las carencias institucionales, la falta de personal especializado y los procesos administrativos lentos han permitido la proliferación de establecimientos que operan fuera del marco legal, poniendo en riesgo la vida, la salud y la dignidad de las personas adultas mayores.

A continuación, se presentan los principales hallazgos y las recomendaciones de esta Comisión.

Durante el proceso investigativo, la Comisión constató que el Departamento de la Familia, entidad principal encargada del licenciamiento y supervisión, enfrenta limitaciones significativas de recursos humanos y técnicos.


Las inspecciones presenciales no se realizan con la frecuencia necesaria y el sistema depende, en gran medida, de querellas ciudadanas o de intervenciones reactivas. Esta realidad genera brechas en la fiscalización y permite la operación continua de hogares que incumplen con los requisitos mínimos establecidos por ley.

Se recomienda la creación de una unidad interagencial de fiscalización y respuesta rápida, integrada por el Departamento de la Familia, ASSMCA, OPPEA, el Departamento de Salud y la Policía de Puerto Rico, con facultades para realizar inspecciones conjuntas, emitir órdenes de cierre inmediato y asegurar la reubicación de los residentes en casos de incumplimiento.

La Comisión coincide con los planteamientos de la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD) en que es necesario establecer una distinción clara entre:

La confusión entre ambas categorías distorsiona las estadísticas, afecta la reputación del sector licenciado y dificulta la aplicación de medidas correctivas proporcionales.

Se recomienda que el Departamento de la Familia clasifique y mantenga un registro diferenciado de los hogares por estatus de licenciamiento (vigente, en renovación, en incumplimiento o ilegal) y que publique dicha información de forma accesible al público. Además, se sugiere implementar licencias provisionales temporeras bajo supervisión directa mientras se completan los requisitos reglamentarios.

El análisis de esta Comisión demuestra que la Ley 94-1977, que regula los establecimientos para personas de edad avanzada, requiere revisión y modernización. Su estructura normativa no refleja las realidades demográficas actuales ni los nuevos modelos de servicios que han surgido con el tiempo (hogares sustitutos, centros de cuidado diurno, égidas con servicios asistidos, entre otros).

Asimismo, la ausencia de reglamentos uniformes y la fragmentación de competencias entre agencias impiden la aplicación coherente de la política pública de protección al adulto mayor.

Se recomienda una revisión legislativa integral de la Ley 94-1977 y de sus reglamentos aplicables, a fin de armonizarla con la Ley 121-2019 (Carta de Derechos de los Adultos Mayores), la Ley 67-1993 y otros marcos normativos. Dicha actualización debe incluir disposiciones para:

Los testimonios recibidos evidencian que los hogares clandestinos representan un peligro real e inaceptable para la población adulta mayor. Estas facilidades carecen de personal adiestrado, infraestructura segura, protocolos médicos y planes de emergencia, exponiendo a los residentes a condiciones precarias y, en ocasiones, inhumanas.
La Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) confirmó que en los últimos tres años fiscales ha identificado 20 establecimientos sin licencia, lo que demuestra que el problema no es hipotético, sino recurrente y generalizado.

Se recomienda fortalecer los protocolos de detección temprana y respuesta de emergencia, así como establecer un mecanismo permanente de intercambio de información entre las agencias y la Procuraduría. La OPPEA debe continuar desempeñando un rol activo en las investigaciones y en la orientación pública para que las familias puedan verificar la legitimidad de los establecimientos.

CONCLUSIONES FINALES

Tras examinar la información recopilada, esta Comisión reitera que el fenómeno de los hogares de cuido prolongado que operan sin licencia no es un asunto aislado, sino un síntoma de un sistema fragmentado, desactualizado y con recursos limitados.


Los adultos mayores constituyen el grupo demográfico de mayor crecimiento en Puerto Rico, y su seguridad no puede depender de la voluntad individual de operadores o de la capacidad limitada de respuesta gubernamental.

La Comisión concluyó que el problema requiere una respuesta multisectorial, que combine fiscalización, educación y reforma administrativa, así como el fortalecimiento del rol de las agencias fiscalizadoras para salvaguardar el bienestar, la dignidad y los derechos de la población adulta mayor de Puerto Rico.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien someter el Informe Final de la R. de la C. 258 con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,

Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos

Presidente

Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social

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