GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea
Legislativa 1ra. Sesión
Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 533
10 de abril de 2025
Presentado por la señora Soto Aguilú
Referido a
LEY
Para crear la "Ley para el Acceso Universal a Información Pública en Formatos Accesibles" y establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico el derecho de toda persona con diversidad funcional a acceder a la información pública en formatos accesibles y comprensibles, ordenando a todas las entidades gubernamentales y contratistas públicos a cumplir con criterios de accesibilidad en sus publicaciones y divulgaciones oficiales, tanto electrónicas como impresas.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En Puerto Rico, el derecho de acceso a la información pública está garantizado por la Constitución, la jurisprudencia y la legislación vigente. Sin embargo, ese derecho solo puede ejercerse plenamente si la información está disponible en formatos accesibles para todos los sectores de la población, incluyendo las personas con diversidad funcional. En la actualidad, muchas agencias gubernamentales publican documentos en formatos que no pueden ser leídos por personas ciegas o con baja visión, personas con discapacidades cognitivas, o aquellas sordas o sordociegas que requieren acceso en lengua de señas o con interpretación visual.
De acuerdo con el Censo del 2020, más de 650,000 personas en Puerto Rico viven con algún tipo de discapacidad. Esta cifra representa más del 20% de la población. A pesar de esta realidad, y del mandato de leyes federales como la Sección 508 de la Ley de Rehabilitación y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), muchas entidades públicas continúan incumpliendo con normas básicas de accesibilidad digital.
Este proyecto de ley busca cerrar esa brecha y garantizar el acceso equitativo a la información pública mediante la adopción obligatoria de formatos accesibles. Entre estos se incluyen documentos en PDF etiquetados, texto digital legible por lectores de pantalla, versiones en lectura fácil para personas con discapacidad cognitiva, audiodescripciones, subtítulos e interpretación en lengua de señas, entre otros.
La información pública no debe ser privilegio de quienes no enfrentan barreras sensoriales o cognitivas. En una democracia participativa y justa, el acceso a la información debe ser un derecho igualitario y sin exclusiones. Esta ley no solo reafirma la dignidad de las personas con diversidad funcional, sino que también fortalece la transparencia y el compromiso gubernamental con los derechos humanos.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Título.
Esta Ley se conocerá como la "Ley para el Acceso Universal a Información Pública en Formatos Accesibles".
Artículo 2.- Definiciones.
Se entenderá por:
Información pública: todo documento, archivo, comunicación o contenido generado, recibido o custodiado por una entidad gubernamental.
Formato accesible: aquel que permite a personas con diversidad funcional percibir, entender, navegar e interactuar con la información de forma efectiva. Incluye, pero no se limita a: PDF etiquetado, texto alterno, subtítulos, interpretación en lengua de señas, audiodescripción, lectura fácil y archivos de audio.
Artículo 3. - Aplicabilidad.
Toda agencia, corporación pública, municipio, entidad receptora de fondos públicos o contratista del gobierno tendrá la obligación de emitir, publicar o divulgar información pública en al menos un formato accesible.
4 - Responsabilidad.
Será responsabilidad de cada agencia u organismo asegurarse de que sus publicaciones electrónicas y físicas cumplan con criterios de accesibilidad conforme a los estándares del World Wide Web Consortium (WCAG 2.1) y las normas de accesibilidad de la ADA.
El incumplimiento con las disposiciones de esta Ley conllevará la imposición de multas administrativas y podrá ser causa de responsabilidad civil por violación de derechos fundamentales.Esta Ley comenzará a regir ciento veinte (120) días después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.