GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 2da Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 539
INFORME NEGATIVO CONJUNTO
3 de octubre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
Las Comisiones de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo; y de Salud del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomiendan la aprobación del P. del S. 539.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. del S. 539 tiene como propósito “…crear la “Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en el Turismo Médico de Puerto Rico”; a los fines de establecer un programa de beneficios fiscales y económicos dirigidos a médicos, dentistas, especialistas y demás profesionales licenciados que presten servicios a pacientes internacionales en el marco del turismo médico; disponer los requisitos de elegibilidad; delegar funciones de fiscalización a la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud y el Departamento de Hacienda; y para otros fines relacionados”.
Se nos plantea en la Exposición de Motivos que
[p]uerto Rico posee los atributos necesarios para posicionarse como un destino líder en turismo médico: una ubicación estratégica, capital humano altamente cualificado en el campo de la salud, costos competitivos y una sólida infraestructura hospitalaria y tecnológica. Sin embargo, el desarrollo sostenido de esta industria requiere de políticas públicas que reconozcan y fortalezcan el rol activo de los profesionales de la salud en la exportación de servicios clínicos a pacientes internacionales.
El turismo médico representa una vertiente estratégica de desarrollo económico basada en el conocimiento y los servicios especializados, que permite diversificar la economía, atraer divisas, fomentar empleos de alto valor añadido y promover la acreditación internacional de nuestras instituciones de salud. Jurisdicciones como México, Costa Rica, Colombia y República Dominicana han avanzado significativamente en esta industria, en parte gracias a la implantación de programas de incentivos específicos.
Este proyecto de ley tiene como objetivo establecer un marco legal que provea incentivos contributivos, acceso a capacitación y beneficios fiscales para médicos, dentistas, cirujanos, optómetras, fisiatras, enfermeros y demás profesionales licenciados que presten servicios a pacientes internacionales en Puerto Rico. Mediante este mecanismo, se busca reconocer su aportación al crecimiento del turismo médico, fomentar su integración formal en esta industria, y garantizar estándares de calidad y cumplimiento ético.
Asimismo, la ley delega funciones claras a la Compañía de Turismo, el Departamento de Salud y el Departamento de Hacienda para coordinar la certificación, supervisión y evaluación del programa, promoviendo así una implantación efectiva y transparente.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Para la debida evaluación del Proyecto del Senado 539, se contó con los comentarios de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico, del Colegio de Optómetras de Puerto Rico, del Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico, del Colegio de Cirujanos Dentistas de Puerto Rico, de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, de los departamentos de Desarrollo Económico y Comercio; de Hacienda; y de Salud y con los de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL).
AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y
AGENCIA FISCAL DE PUERTO RICO
La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico “…reconoce que el PS 539 persigue un fin loable, con la intención de posicionar a Puerto Rico como destino de turismo médico, aprovechando y reconociendo la calidad del capital humano y la infraestructura hospitalaria de la Isla. A base de ello, la medida intenta diversificar la economía a través de incentivar el sector del turismo médico. No obstante, el texto adolece de un elemento esencial en toda política pública de incentivos fiscales: el proyecto no incluye ninguna disposición que identifique nuevas fuentes de recaudo o ajustes presupuestarios para compensar los costos que acarrearía la legislación, de ser aprobada, para asegurar así el cumplimiento con el “Principio de Neutralidad Fiscal”. Tampoco está acompañado de un análisis fiscal formal detallando el impacto de la medida, y como sería sufragado por el Gobierno”.
COLEGIO DE OPTÓMETRAS DE PUERTO RICO
No obstante, el Colegio de Optómetras de Puerto Rico si favorece la medida. En ese sentido, Consideran que “…el P. del S. 539 representa una oportunidad significativa para fomentar turismo médico, y así poder fortalecer la infraestructura necesaria para el crecimiento económico de la industria de turismo en Puerto Rico”.
COLEGIO DE MÉDICOS CIRUJANOS DE PUERTO RICO
Igualmente, el Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico endosa el proyecto. Sostienen en su memorial que “…este proyecto de ley reconoce adecuadamente el rol central que tienen los profesionales de la salud en la exportación de servicios médicos y crea un marco para facilitar su integración formal a esta industria. (…)”.
COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE PUERTO RICO
Asimismo, el Colegio de Cirujanos Dentistas de Puerto Rico se expresó a favor del P. del S. 539. Comentaron que “…establecer incentivos para propiciar que profesionales de la salud presten atención a pacientes internacionales responde a propósito legítimos que hacen de la medida legislativa una loable y favorable. En ese sentido, respaldamos la intención de la legislación”.
COMPAÑÍA DE TURISMO DE PUERTO RICO
Respecto a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, opinaron que la medida persigue un fin loable, pero, advirtieron que “…la concesión de nuevos beneficios fiscales implica un impacto económico que debe evaluarse cuidadosamente. Por ello, recomendamos que se ausculte formalmente la opinión de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), el Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto, entidades cuya posición recomendamos acoger”.
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO
De otro lado, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio reconoce la buena intención de la pieza legislativa y los beneficios a la población y a la economía que representa el turismo médico para la isla, pero están impedidos de endosarla. Señalaron sobre eso que “…con el fin de evitar duplicidad de funciones gubernamentales, mantener la coherencia en los procesos de incentivos y fiscalización, no recomendamos que los incentivos económicos, como el que se propone crear el P. del S. 539, se creen mediante leyes con procedimientos distantes a los establecidos en el Código de Incentivos y bajo la jurisdicción y fiscalización de agencias distintas a las establecidas en el Código de Incentivos”.
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
En el caso del Departamento de Hacienda, puntualizaron que “…la Gobernadora ha conformado un comité para evaluar las tasas contributivas existentes y proponer soluciones para simplificar y crear un sistema contributivo más equitativo. Como esta Honorable Comisión conoce, ya se han presentado una serie de medidas que atienden de manera responsable algunos temas puntuales de índole contributivo. Sin embargo, el Comité continua sus esfuerzos para someter recomendaciones a la Gobernadora y la Asamblea Legislativa que persiguen el objetivo de reducir la carga a los contribuyentes en Puerto Rico”.
DEPARTAMENTO DE SALUD
Por su parte, el Departamento de Salud endosó el proyecto bajo el supuesto de que el mismo “…representa un paso positivo en la promoción de Puerto Rico como destino de turismo médico, mediante la integración activa de profesionales licenciados en medicina, odontología, enfermería y otras disciplinas clínicas. El proyecto reconoce el valor de la exportación de servicios de salud como motor económico, al tiempo que busca reforzar estándares de calidad y cumplimiento ético”.
OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
Finalmente, la OPAL concluye que “[d]e aprobarse el P. del S. 539, para el año fiscal 2026, se estima un costo fiscal potencial de $1,058.9 millones por concepto del crédito otorgado si el 30% del ingreso neto de los profesionales de la salud provienen de la actividad incentivada de turismo médico para pacientes internacionales. Notamos que, para propósitos de esta medida, "paciente internacional" incluye cualquier persona que no sea residente de Puerto Rico, por lo que forma parte de ese conjunto los residentes de los Estados Unidos continentales, nuestra principal fuente de turismo”.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
Teniéndose en cuenta los comentarios vertidos por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico, la Compañía de Turismo de Puerto Rico, los departamentos de Desarrollo Económico y Comercio; y de Hacienda y los de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, estas comisiones de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo; y de Salud del Senado de Puerto Rico entienden no procede la aprobación del P. del S. 539, aunque reconocemos lo encomiable de la misma. Lo propuesto conlleva una erogación de fondos no contemplada en el presupuesto vigente.
Así pues, y en consonancia con el Plan Fiscal del Gobierno de Puerto Rico, debemos asegurar que las iniciativas y propuestas legislativas sean fiscalmente neutrales. El principio de neutralidad se encuentra contenido en el Plan Fiscal aprobado. Este requiere que las iniciativas y propuestas contributivas sean fiscalmente neutrales y que sean evaluadas en armonía con el Plan Fiscal del Gobierno de Puerto Rico y a la luz del impacto que la mismas pudiera tener en las proyecciones de recaudos. Conforme a lo anterior, se ha enfatizado sobre la importancia de identificar fuentes alternas de recaudos, para poder aprobar legislación que pudiera tener un efecto fiscal sobre nuestras finanzas.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, las Comisiones de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo; y de Salud del Senado de Puerto Rico, no recomiendan la aprobación del Proyecto del Senado 539.
Respetuosamente sometido,
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Hon. Nitza Morán Trinidad Hon. Juan O. Morales Rodríguez
Presidenta Presidente
Comisión de Desarrollo Económico, Comisión de Salud
Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros
y Cooperativismo
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