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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del. S. 544

INFORME NEGATIVO

17 de septiembre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 544, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 544 (en adelante, P. del S. 544) propone enmendar los párrafos (A) y (B) del subinciso (4) del apartado (a) de la Sección 5021.01 y la Sección 5023.04 del Subcapítulo C del Capítulo 2 del Subtítulo E de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de permitir y fomentar el desarrollo de la industria del whisky artesanal en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Según se desprende de la Exposición de Motivos de la medida, el mercado global del whisky alcanzó un valor de $65.46 mil millones en 2024, y se proyecta que crecerá a una tasa anual de 4.9% llegando a $100.68 mil millones en 2034. Este crecimiento se atribuye a estrategias innovadoras de mercadeo, mayor nivel de vida y expansión del sector minorista.

Menciona que, en Puerto Rico, el consumo de whisky aumentó 43% en 2021, superando al vodka y otros licores, según datos de IRI Puerto Rico y Méndez & Co. Surge también de la Exposición, el auge del whisky artesanal como una oportunidad para diversificar la economía local, promover el turismo cultural y apoyar a emprendedores y productores locales.

La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, como parte del estudio y evaluación del P. del S. 544, celebró Vistas Públicas el 23 de julio 2025, en el salón de Audiencia Leopoldo Figueroa Carrera, en la que comparecieron el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico; la Asociación de Distribuidores y Elaboradores de Bebidas Alcohólicas (ADEBA; la Destilería, Rectificadores y Productores de Rones Artesanales de Puerto Rico; los Comerciantes, Lebros Destillery; Distribuidores e Importadores de Bebidas Alcohólicas con operaciones en el Municipio de Bayamón, Puerto Rico; B. Fernández y Hnos; y el Departamento de Hacienda.

A continuación, se presenta un resumen de los argumentos y comentarios esbozados por estas.

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO

El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (en adelante, DDEC), representado por su Asesor Legal General, el licenciado Luis B. Méndez del Nido, expresó oposición al proyecto de marras. Señaló que, la medida abre la puerta para que el whisky importado pueda beneficiarse del alivio contributivo sin aportar nada al fisco local, lo que resultaría en un incentivo carente de retorno fiscal.

Además, indicó que, a diferencia del ron, el whisky no genera ingresos por concepto de “cover-over” federal, lo que agravaría el impacto en los recaudos del Gobierno de Puerto Rico.

Según el DDEC, el P. del S. 544 representaría una competencia desleal hacia la industria del ron puertorriqueño, sector históricamente respaldado por la política pública y pieza clave en la economía de exportación.

AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL DE

PUERTO RICO (AFFAF)

La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico advirtió que, el P. del S. 544, según presentado, carece de un análisis de impacto fiscal, presupuestario y económico, lo cual imposibilita una evaluación adecuada de su neutralidad fiscal.

ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES Y ELABORADORES DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

La Asociación de Distribuidores y Elaboradores de Bebidas Alcohólicas (ADEBA), por conducto de su presidente, Vicente Suárez Martiño, se expresó en contra. Argumentó que, el P. del S. 544 privilegia de manera directa a ciertas empresas o productos, configurando una propuesta excluyente e inequitativa. Enfatizó que, la falta de una definición clara de “whisky artesanal” podría propiciar confusión regulatoria y litigios sobre la clasificación de productos. Además, puntualizó que, la diferencia en arbitrios propuesta es desproporcionada (actualmente el arbitrio ronda los $74.39 por caja, pero se reduciría a apenas $2.26, una baja que catalogó como excesiva e injustificada).

Sabor Boricua LLC y Rones Superiores de Puerto Rico— expresaron su rechazo a la medida. Señalaron que el proyecto afectaría directamente la competitividad de sus productos en el mercado internacional, al mismo tiempo que discrimina contra una industria que sí aporta de manera significativa al erario. Los productores resaltaron que el ron puertorriqueño es uno de los principales generadores de ingresos mediante el mecanismo del “cover-over” federal, y que cualquier incentivo al whisky sin similares requisitos de aportación socava los esfuerzos de promoción y exportación del ron local.

LEBROS DISTILLERY

Por otro lado, la empresa Lebros Distillery, representada por su gerente de operaciones, Venus Hernández Ramírez, expresó su apoyo al proyecto, aunque condicionado a la adopción de enmiendas técnicas. La deponente sugirió extender el beneficio a whisky con un contenido alcohólico entre 45% y 50%, alineando así la medida con tendencias de mercado internacional. Esta, además, mencionó que su destilería ha producido whisky en Puerto Rico por más de 16 años y que, con un incentivo justo, la Isla podría posicionarse como líder en destilados de alta calidad.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

El Departamento de Hacienda (en adelante, Departamento), destacó la intención de la medida de promover el crecimiento económico mediante el impulso de la industria del whisky artesanal. No obstante, señaló que, la misma presenta serias deficiencias desde el punto de vista fiscal y presupuestario.

Mencionó además que, el Plan Fiscal certificado el 6 de junio de 2025, establece que toda legislación contributiva debe ser neutral en términos de ingresos o acompañada de medidas compensatorias equivalentes. Puntualizó que, el P. del S. 544, no identifica mecanismos de compensación que garanticen dicha neutralidad, lo que podría traducirse en una reducción de ingresos sin respaldo presupuestario.

Finalmente, el Departamento recomendó, no continuar con el trámite legislativo del P. del S. 544, hasta tanto se cuente con un análisis fiscal completo por parte de la OPAL y se garantice el cumplimiento con los principios de responsabilidad fiscal establecidos en el Plan Fiscal certificado.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

Por tratarse de un Informe Negativo, no es necesaria la evaluación del impacto fiscal municipal.

CONCLUSIÓN

Esta Comisión reconoce el propósito loable de la medida de promover el turismo cultural y apoyar a emprendedores y productores locales. No obstante, del análisis realizado de las ponencias presentadas por los diversos componentes gubernamentales y no gubernamentales, entendemos que su implementación no tendría los resultados deseados.

Puntualizamos que, no podemos perder de perspectiva que, en cumplimiento con los parámetros establecidos en el Plan Fiscal certificado, el Gobierno de Puerto Rico está obligado a garantizar que toda iniciativa legislativa o propuesta de política pública sea evaluada bajo el principio de neutralidad fiscal. Por lo que, cualquier propuesta con efecto fiscal directo debe ser acompañada por mecanismos compensatorios o por la identificación clara de fuentes alternas de recaudo, en concordancia a las disposiciones legales que rigen el proceso de reorganización financiera de Puerto Rico bajo el Título III de PROMESA.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación del P. del S. 544.

Respetuosamente sometido,

Migdalia Padilla Alvelo

Presidenta

Comisión de Hacienda,

Presupuesto y PROMESA

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