GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 136
CUARTO INFORME PARCIAL
17 de octubre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, presenta ante este Alto Cuerpo su Cuarto Informe Parcial en torno a la R. del S. 136, con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones preliminares.
La Resolución del Senado 136 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico a “realizar una investigación exhaustiva sobre la efectividad, implementación y cumplimiento de los Códigos de Orden Público adoptados por los municipios; evaluar el impacto de estos códigos en la seguridad pública, el desarrollo económico local, el turismo y la calidad de vida comunitaria”.
Este Cuarto Informe Parcial aborda la discusión e información recibida durante la Audiencia Pública celebrada el miércoles, 10 de septiembre de 2025, en el Salón de Audiencias Miguel Ángel García Méndez de este Alto Cuerpo. En dicha ocasión, esta Honorable Comisión contó con la comparecencia de la Unidad de Códigos de Orden Público adscrito a la Policía de Puerto Rico, así como del Municipio de San Germán, los cuales expusieron sus comentarios en torno a lo ordenado por la resolución investigativa. Por otro lado, si bien fueron debidamente citados como parte de los trabajos legislativos programados para dicha audiencia, los alcaldes de Cataño, Hormigueros, Trujillo Alto, Florida, Guaynabo, Ponce, Mayagüez y Juncos, y también la Asociación de Comisionados de la Policía Municipal de Puerto Rico, fueron excusados debido a conflictos en sus respectivas agendas.
Tras la celebración de la primera Audiencia Pública al amparo de la R. del S. 136, se ha puesto en discusión tanto la implementación como la efectividad de los Códigos de Orden Público en Puerto Rico. Dichos códigos, adoptados desde finales de la década de 1990, se han convertido en herramientas de gran importancia en el quehacer municipal. Su propósito, pues, radica en regular y salvaguardar la seguridad, la convivencia social y el desarrollo económico de los municipios.
Así las cosas, según datos recopilados por la Policía de Puerto Rico, para el 2023, más de sesenta (60) ayuntamientos contaban con un Código de Orden Público vigente y otros se encontraban en proceso de aprobación. La siguiente imagen hace constar este pronunciamiento:
No obstante, se estima que, en la actualidad, dicha cifra ha aumentado. Este dato refleja no solo una extensión gradual de la política pública municipalista impulsada hace más de 20 años, sino también la aceptación, entre los propios ayuntamientos, de que los códigos han servido como un mecanismo efectivo para atender problemáticas de orden público dentro de sus respectivas jurisdicciones.
Sobre lo anterior, el director de la Unidad de Códigos de Orden Público (UCOP) de la Policía de Puerto Rico, el Sr. Nelson Hernández Mercado, destacó en entrevista con el periódico El Nuevo Día la tendencia positiva de los alcaldes y demás sectores de la sociedad hacia la ampliación de estas medidas. A su juicio, las y los primeros mandatarios municipales han reconocido que se trata de una herramienta útil, enfocada en mejorar la calidad de vida de los comerciantes, visitantes y residentes por igual.[1] La UCOP tiene la encomienda de asesorar a los municipios en la consideración, preparación e implementación de los referidos códigos.
Por otro lado, la efectividad de estas medidas también se ha reflejado en la lucha contra la criminalidad. Por ejemplo, en el Municipio de San Juan, tras la implementación de su nuevo Código de Orden Público en el 2023, se vio reflejado un descenso en la cifra de asesinatos, escalamientos y denuncias de vehículos hurtados. De igual forma, en Caguas se ha observado una baja constante en diversos renglones delictivos, según informó el comisionado de la Policía Municipal, William Marrero Ayala. En Carolina, por su parte, se reportó una merma en los delitos Tipo I luego de la aprobación de una ordenanza dirigida a regular la venta y expendio de alcohol en establecimientos comerciales.
Otros ayuntamientos también han avanzado en este proceso. Por ejemplo, el Municipio de Loíza se encuentra en las etapas finales de evaluación para la implantación de su respectivo código, con el respaldo de la UCOP. Asimismo, en Peñuelas, el alcalde apuesta a que esta herramienta permita atender situaciones relacionadas con el “voceteo” y la operación de negocios fuera de horario en áreas rurales. Por otro lado, en Maricao, se persigue la intención de contar con mayores facultades para intervenir con vehículos todoterreno, caballos realengos y la alimentación de palomas en la plaza pública. Igualmente, en el Municipio de Mayagüez, se evalúa la efectividad del código vigente, el cual sólo es extensivo al casco urbano, y para el cual se consideran enmiendas a los fines de ampliar su aplicación, particularmente en el manejo de eventos y en la regulación del expendio de bebidas alcohólicas —que actualmente es permitido hasta las 2:00 AM. Finalmente, en Luquillo se trabaja en la revisión y actualización del código adoptado en el 2004, con el fin de atemperarlo a las realidades contemporáneas.
Estos detalles siguen arrojando luz sobre la efectividad de los Códigos de Orden Públicos como herramienta de gestión municipal. En consecuencia, resulta necesario continuar con este proceso investigativo, a fin de analizar la correcta aplicación de sus disposiciones.
Ante esta Honorable Comisión comparecieron el Sr. Nelson Hernández Mercado, director de la Unidad de Códigos de Orden Público —adscrito a la Policía de Puerto Rico—, y la Lcda. Omara Arias Nieves, asesora legal del Departamento de Seguridad Pública (DSP). Se hizo constar que, conforme al proceso de transición al amparo del Artículo 40 de la Ley 83-2025, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico”, el DSP se encuentra actualmente asumiendo la representación legal en todos los asuntos de legales y legislativos de la Policía de Puerto Rico hasta la culminación del referido proceso.
En su exposición, el Sr. Hernández informó que, a la fecha, sesenta y nueve (69) municipios han implementado un Código de Orden Público. Algunos de estos solo son extensivos a ciertas áreas o zonas específicas dentro de su jurisdicción territorial. Subrayó, además, que los horarios de cierre de establecimientos comerciales, así como la expedición de bebidas alcohólicas en horario nocturno, dependen exclusivamente del Alcalde y de las Legislaturas Municipales de cada municipio. Por tanto, asuntos sobre esta índole pueden variar de un municipio a otro.
En cuanto al rol de la Policía Estatal, el Sr. Hernández esbozó que el cumplimiento de las disposiciones de los Códigos de Orden Público recae sobre la figura del Comandante de Distrito, quien debe coordinar la ejecución y velar por su efectiva aplicación. Una vez aprobado un código, se realizan diversos adiestramientos dirigidos a los agentes del orden público para garantizar su correcta implementación. Asimismo, señaló que los vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), así como funcionarios municipales, han participado de los adiestramientos impartidos tanto a la Policía de Puerto Rico como a la Policía Municipal.
Por último, respecto a los recursos económicos y posibles asignaciones presupuestarias, se reconoció que, en la actualidad, ni el DSP ni la Policía de Puerto Rico están en posición de asumir una responsabilidad de proveer equipos o asignar fondos recurrentes a los municipios para la efectiva implementación de los Códigos de Orden Público. Dichas funciones recaían sobre la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM) , cuyas facultades y presupuesto fueron absorbidos por la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), lo que implicó la eliminación de las asignaciones que anteriormente se destinaban a los gobiernos municipales.
Por otro lado, el Municipio de San Germán, por conducto del Comisionado de la Policía Municipal, Sr. Braulio Torres Jiménez, expresó que el ayuntamiento cuenta con un Código de Orden Público. Estos cuentan con veintiséis (26) policías municipales, nueve (9) cadetes y dieciséis (16) efectivos estatales. No obstante, a su juicio, la Policía Estatal no pone en cumplimiento las disposiciones establecidas en dichos códigos, entendiendo, pues, que ello recae sobre los componentes de seguridad del municipio.
Asimismo, señaló que el Código de Orden Público vigente se aplica a toda la jurisdicción de San Germán y que el mismo ha favorecido, y propiciado, una mayor integración de la comunidad, a la vez que ha contribuido a mantener una baja tasa criminal en la región. En lo pertinente al horario de cierre de establecimientos comerciales, se estableció que los negocios con doble puerta y seguridad privada operen hasta las 3:00 AM los jueves, viernes y sábados.
Por último, el Comisionado favoreció la implementación de un horario de cierre regional sobre establecimientos, el cual fuere acordado y dialogado entre los alcaldes de la región, y no como una medida impuesta a través de la Asamblea Legislativa. Ello responde a las distintas necesidades de cada ayuntamiento y la flexibilidad que debe existir para atajar propiamente dichas problemáticas.
A la luz de los comentarios, hallazgos y recomendaciones recibidas, la Comisión de Asuntos Municipales de este Alto Cuerpo recomienda, de manera preliminar, lo siguiente:
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, a tenor con los hallazgos, conclusiones y recomendaciones preliminares en torno a la R. del S. 136, presenta ante este Alto Cuerpo su Cuarto Informe Parcial.
Respetuosamente sometido,
José A. “Josian” Santiago Rivera
Presidente
Comisión de Asuntos Municipales
Leysa Caro González, Códigos de Orden Público ganan fuerza en los municipios: Más municipios recurren a los Códigos de Orden Público, El Nuevo Día, 1 de septiembre de 2025, en la pág. 4. ↑
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