GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 3ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 551
INFORME POSITIVO
29 de mayo de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de
Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 551 (PS 551), tiene a bien someter este Informe Positivo sin enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 551, según aprobado en el Cuerpo Hermano, tiene como propósito enmendar los Artículos 5 y 8 de la Ley 147-1999, según enmendada, conocida como "Ley para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes de Coral en Puerto Rico", con el fin de fortalecer las disposiciones relacionadas con la protección y restauración de los arrecifes de coral; establecer medidas específicas para su conservación y rehabilitación; y para otros fines relacionados.
La Comisión de Recursos Naturales, como parte de la evaluación del P. del S. 551, solicitó al Cuerpo hermano los Memoriales recibidos por éste del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR), el Departamento de Agricultura de Puerto Rico (DAPR) y de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), los cuales nos fueron enviados.
A continuación, presentaremos de forma sintetizada las expresiones de las entidades antes mencionadas, señalando particularmente las recomendaciones de estas.
RESUMEN DE COMENTARIOS
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA)
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) se expresó mediante carta de fecha 10 de septiembre de 2025, sometiendo sus comentarios respecto al P. del S. 551, que propone enmendar los Artículos 5 y 8 de la Ley Núm. 147-1999, conocida como "Ley para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes de Coral en Puerto Rico" la cual tiene como propósito principal reforzar las disposiciones vigentes en torno a la protección y restauración de los arrecifes de coral, mediante el establecimiento de medidas específicas dirigidas a su conservación y rehabilitación.
Indica en su carta el DRNA que el Programa de Conservación y Manejo de Arrecifes de Coral de Puerto Rico, fue establecido para el manejo, la conservación y protección de los arrecifes de coral para el disfrute y beneficio del pueblo de Puerto Rico. A través de este Programa, se coordinan actividades de monitoreo e investigación sobre corales, se desarrollan e implementan estrategias de manejo y se promueven alianzas para reducir amenazas y promover la conservación de estos ecosistemas.
Añade información de diversas iniciativas que se están llevando a cabo incluyendo monitoreos a largo plazo de los arrecifes coralinos, el cual ha evidenciado una disminución significativa en su cobertura, principalmente luego de los pasos de los huracanes Irma y María. Además, menciona iniciativas de restauración mediante la introducción de herbívoros en los arrecifes de coral y la expansión de viveros terrestres en Ceiba con el Instituto de Investigación Socio-Ecológico del Caribe (ISER Caribe) el cual ha fortalecido significativamente la colaboración con instituciones no gubernamentales sin fines de lucro y el financiamiento para la creación de un vivero terrestre en la Universidad Interamericana de Arecibo. En esa misma dirección, el DRNA ha iniciado el desarrollo de un Plan de Restauración de Corales para Puerto Rico, en colaboración con la organización ambiental sin fines de lucro The Nature Conservancy y la NOAA Restoration Center con el objetivo de establecer metas claras de restauración para los próximos diez años a nivel del archipiélago. Actualmente, se encuentra en proceso de preparación de la versión final del mencionado plan, el cual se enfoca en temas clave, como mantener una diversidad y un banco genético viable, especialmente de las especies de corales protegido, así como conservar tamaños reproductivos adecuados.
El DRNA reafirma su compromiso de apoyar los esfuerzos de siembra de corales y el desarrollo de planes de manejo que integren principios restaurativos y holísticos, con el fin de garantizar el mayor éxito en las actividades de conservación y restauración y ratifican como prioridad el promover la educación y sensibilización
sobre la importancia de conservar estos valiosos recursos costeros y marinos. Junto a la Universidad de Puerto Rico y al Puerto Rico Sea Grant, han institucionalizado los programas de formación en respuesta a emergencias relacionadas con corales, que incluyen capacitaciones de rescate y restauración de corales, dirigidas a buzos voluntarios, así como entrenamiento en ciencia ciudadana para capacitar a la población en la toma de datos observacionales sobre el estado de los arrecifes y la calidad del agua.
El Programa de Conservación y Manejo de Corales informa que se mantiene en cumplimiento con las disposiciones de la Ley 147-1999 y las enmiendas propuestas en esta medida legislativa. Señalan que sostener estos esfuerzos y asumir nuevas responsabilidades en restauración requiere una inversión estatal adicional y recomienda sea enmendado el Articulo 10 de la Ley 147-1999, referente a las multas administrativas, para actualizar los pagos por infracciones conforme a las condiciones económicas actuales.
Finalmente, concluye el DRNA que acoge favorablemente la medida por cuanto fortalece los esfuerzos de protección, conservación y restauración de los arrecifes de coral en Puerto Rico y se encuentra alineada con los trabajos y prioridades del Programa de Conservación y Manejo de Arrecifes de Coral del DRNA.
Compañía de Turismo, Gobierno de Puerto Rico
La Compañía de Turismo se expresó mediante carta fechada 19 de mayo de 2025, sometiendo sus comentarios respecto al P. del S. 551, que propone enmendar los Artículos 5 y 8 de la Ley Núm. 147-1999, conocida como "Ley para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes de Coral en Puerto Rico".
La CTPR endosa los objetivos y el espíritu del P. del S. 551, considerándola una medida que representa un paso afirmativo hacia la conservación y recuperación activa de nuestros ecosistemas marinos, en particular los arrecifes de coral. Señala que la inclusión de estrategias de restauración ecológica y la definición de áreas prioritarias para su implantación, basadas en criterios científicos y socioeconómicos representan una mejora sustancial al marco legal vigente.
Informa, además que, figuran como miembro permanente del comité asesor del Programa para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes de Coral y reiteran su disponibilidad para colaborar interagencialmente en la ejecución de proyectos de restauración coralina, promoción de educación ambiental dirigida al turismo costero y evaluación de iniciativas de desarrollo turístico en zonas arrecifales.
Reconocen que la carga principal recae sobre el Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y hacen deferencia al peritaje, conocimiento especializado y la capacidad del DRNA, reconociendo que se le ha delegado la autoridad y responsabilidad de velar por los corales y expresan su respaldo a la medida
P. del S. 551 sujeto a la opinión del DRNA.
Departamento de Agricultura de Puerto Rico
El Departamento de Agricultura de Puerto Rico presenta una ponencia en respaldo al Proyecto del Senado 551, “el cual propone enmendar Los Artículos 5 y 8 de la Ley Núm. 147-1999, conocida coma la "Ley para la Protección, Conservación y Manejo de Los Arrecifes de Coral en Puerto Rico", la cual fortalece el marco legal para la protección de los ecosistemas arrecifales y reconoce la importancia de su restauración activa mediante herramientas científicas y colaborativas.
Reconoce “que el bienestar del sector agrícola y pesquero está estrechamente vinculado con la conservación de los recursos naturales y que la protección de los arrecifes de coral, ecosistemas marinos clave para la pesca artesanal, la seguridad costera y el equilibrio ecológico, es un componente esencial de la sostenibilidad ambiental y alimentaria de la Isla”.
El artículo 6 de la Ley Orgánica del Departamento de Agricultura (Ley Núm. 60-2019) faculta al DAPR a fomentar prácticas sostenibles en el manejo de los recursos naturales que inciden en la agricultura y la pesca, incluyendo las zonas costeras y marinas y que jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico valida la necesidad de legislación ambiental integral que promueva la conservación de recursos naturales en beneficio del interés publico en casos como Pueblo v. Cruz Collazo, 144 D.P.R. 449 (1997).
Señala que el P. del S. 551 propone enmendar la Ley 147-1999 para, entre otros fines:
1. lncluir de manera expresa la restauración ecológica activa como componente complementario a la conservación de los arrecifes de coral.
2. Establecer un programa estructurado con base científica y socioeconómica para la identificación de áreas prioritarias de restauración arrecifal.
3. Reforzar los mecanismos de colaboración interagencial y multisectorial para ejecutar estrategias de restauración, educación ambiental y monitoreo.
4. lncluir metas claras, indicadores de éxito y planes de manejo actualizados como parte del nuevo enfoque restaurativo.
Por tanto, estas disposiciones son altamente compatibles con la política pública agrícola de la administración de la Hon. Jenniffer A. González Colón ya que:
1. Reconocen el vínculo entre los ecosistemas marines saludables y la seguridad alimentaria de las comunidades costeras.
2. Promueven la integración entre agencias para maximizar el impacto de los recurses públicos.
3. Refuerzan la resiliencia frente al cambio climático, que afecta tanto a la agricultura como a los sistemas costeros.
El DAPR apoya firmemente el P. del S. 551 por las siguientes razones:
1. Representa una medida loable y visionaria para atender la degradación de los arrecifes de coral.
2. Mejora la integración de los sectores productivos en la conservación ambiental.
3. Alinea el manejo de los recursos naturales con los principios de sostenibilidad promovidos por la política pública agrícola.
4. Fomenta la restauración activa de ecosistemas que benefician directa o indirectamente al sector agrícola y pesquero local.
5. Impulsa la colaboración entre agencias gubernamentales, universidades, organizaciones no-gubernamentales y comunidades locales, promoviendo un modelo de gobernanza participativa.
El DAPR recomienda enfáticamente la aprobación del Proyecto del Senado 551 ya que “representa un paso firme hacia una política pública de conservación ambiental integrada, con beneficios directos e indirectos al sector agrícola, pesquero y alimentario del país y reitera su disposición para:
1. Participar activamente como miembro del comité asesor.
2. Apoyar esfuerzos interagenciales para la protección de los recursos marinas con impacto en la pesca y la seguridad alimentaria.
3. Facilitar el intercambio de datos y coordinación con proyectos agrícolas costeros que puedan beneficiarse de la restauración ecológica.
Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa suministró el Informe 2026-012 de julio de 2025, en el cual señala que “en síntesis…el P. del S. 551 propone que el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) integre la restauración ecológica de los arrecifes de coral de manera estratégica y medible”.
La OPAL hace referencia al informe de transición del DRNA publicado en 2024, donde se documentan las iniciativas ejecutadas de la Secretaría Auxiliar de Conservación e Investigación y el desarrollo de un programa mediante el cual se han instalado estructuras de arrecifes artificiales en áreas como la Reserva Natural de Arrecifes de la Cordillera en Fajardo. Además, menciona el presupuesto del DRNA para el año fiscal 2025 el cual asciende a $482.9 millones los cuales el 54% proviene de fondos federales.
Concluye que el programa se encuentra actualmente en operación por lo que “las enmiendas propuestas en el P. del S. 551 pudieran ser de carácter técnico, con el objetivo de puntualizar o precisar el alcance de dicho programa”. Por tal razón, de aprobarse el P. del S. 551 no sugiere un efecto fiscal directo. No obstante, expone que de el DRNA no contar con estos fondos, pudiera requerir asignaciones del Fondo General.
CONCLUSIÓN
Contando con el beneficio de los memoriales antes citados, esta Comisión analizó
el Proyecto del Senado 551 y entiende que la enmienda propuesta cumple con su fin de fortalecer las disposiciones relacionadas con la protección y restauración de los arrecifes de coral; establecer medidas específicas para su conservación y rehabilitación. Esto, reconociendo que su importancia, su valor ecológico y su aportación en beneficio al resto de los ecosistemas marinos.
Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Recursos Naturales,
luego del estudio y consideración correspondiente, tiene a bien someter a este
Cuerpo Legislativo su Informe Positivo, recomendando la aprobación del Proyecto del Senado 551, sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
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Hon. Elinette González Aguayo
Presidenta
Comisión de Recursos Naturales
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