GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 2da Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 555
INFORME NEGATIVO
13 de agosto de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales, previo estudio y consideración, no recomienda la aprobación del P. del S. 555.
ALCANCE DE LA MEDIDA
“Para establecer la “Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico”; crear el Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación; disponer los deberes de la Compañía de Turismo y del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 555 (P. del S. 555) tiene como finalidad establecer la “Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico”, con el propósito de promover el desarrollo de este segmento turístico especializado como herramienta para diversificar la economía del país, fortalecer el posicionamiento internacional de sus instituciones educativas y fomentar alianzas estratégicas entre el sector turístico, la comunidad científica y el ámbito académico.
La medida propone la creación del Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación, adscrito a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y coordinado junto al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, el Departamento de Estado y el sistema universitario tanto público como privado. Este programa tendría como objetivo central atraer a la Isla actividades académicas y científicas de carácter internacional, tales como congresos, simposios, pasantías, cursos cortos, escuelas de verano y programas de intercambio estudiantil o profesional.
Entre las funciones asignadas al programa, se encuentran la coordinación con instituciones académicas y centros de investigación, el diseño de estrategias de mercadeo dirigidas a audiencias académicas internacionales, el desarrollo de materiales promocionales bilingües y la creación de una plataforma digital que consolide información sobre eventos, oportunidades de estudio e investigación en Puerto Rico. Asimismo, la medida autoriza a la Compañía de Turismo a ofrecer incentivos promocionales y logísticos a universidades, centros de investigación y entidades sin fines de lucro que organicen en la Isla actividades científicas o educativas de alcance internacional. Estos incentivos incluyen apoyo en la logística de promoción y visibilidad de eventos, coordinación con hoteles y transportistas para tarifas preferenciales, asistencia con requisitos consulares y permisos aplicables.
La legislación también establece un marco de colaboración interagencial, donde se asigna participación directa a la Universidad de Puerto Rico y demás instituciones de educación superior, al Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación, al Departamento de Estado y al Departamento de Educación. Esta coordinación tiene el fin de facilitar procesos de visado, fortalecer vínculos con programas educativos especializados y fomentar la integración de Puerto Rico en redes globales de movilidad académica, turismo educativo y cooperación científica.
Finalmente, el proyecto ordena a la Compañía de Turismo adoptar la reglamentación correspondiente en un plazo no mayor de noventa (90) días tras su aprobación, establece una cláusula de separabilidad y dispone que la ley entre en vigor de forma inmediata.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, como parte de la evaluación del P. del S. 555 solicitó memoriales explicativos al Departamento de Estado, a la Compañía de Turismo, a la Universidad de Puerto Rico, al Departamento de Educación, al Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico y la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa. A continuación, presentamos las posturas de las diferentes agencias gubernamentales y entidades.
Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
En su memorial explicativo, el Departamento de Estado de Puerto Rico (en adelante el “Departamento”) expresó su reconocimiento al valor del Proyecto del Senado 555 como instrumento para fomentar el turismo académico y científico. La agencia resaltó que la medida está alineada con la política pública vigente del Gobierno de Puerto Rico, que busca posicionar a la Isla como un centro atractivo para congresos internacionales, intercambios educativos y actividades académicas de alto nivel. El Departamento de Estado identificó como positivo que la medida reconozca su función en los procesos de visado e intercambio académico, al asignarle explícitamente un rol en la facilitación de estos trámites para los participantes del programa propuesto. La agencia destacó su experiencia como entidad administradora del Programa de Intercambio de Visitantes del Departamento de Estado de los Estados Unidos desde 1963, en el cual participa a través de su Secretaría Auxiliar de Relaciones Exteriores. Este programa federal le otorga a la agencia la responsabilidad de emitir Certificados de Elegibilidad J-1 y registrar información de visitantes en el Sistema SEVIS, lo cual resulta instrumental para el cumplimiento de los fines del P. del S. 555.
Asimismo, el Departamento destacó que ya existen acuerdos colaborativos activos con la Compañía de Turismo y el Departamento de Educación para el desarrollo de proyectos de revitalización y promoción turística, lo que evidencia la capacidad de coordinación interagencial necesaria para implementar la medida. Se reconoció también que actividades como congresos académicos y convenciones profesionales tienen un impacto económico positivo y duradero, particularmente cuando se realizan en conjunto con el Distrito de Convenciones. Aunque el Departamento de Estado se expresó en términos favorables hacia la medida, indicó que, dado que el P. del S. 555 gira en torno a la Compañía de Turismo como eje coordinador, debe concederse deferencia a los comentarios que esa entidad pueda emitir.
Compañía de Turismo de Puerto Rico
La Compañía de Turismo de Puerto Rico (en adelante “CTPR”) reconoció el valor de diversificar la oferta turística del país hacia segmentos especializados como el turismo científico y académico. La CTPR destacó que iniciativas como la atracción de congresos, simposios, pasantías y programas de intercambio pueden generar impactos positivos en la economía local, promover la movilidad académica internacional y fortalecer la imagen de Puerto Rico como centro de conocimiento y cooperación científica.
Como trasfondo, la agencia recordó que fue creada en virtud de la Ley Núm. 10 del 18 de junio de 1971, según enmendada, y que se encuentra adscrita al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Su función principal es estimular, promover y regular el desarrollo del sector turístico local e internacional, fiscalizando estándares de calidad, infraestructura y servicios.
No obstante, la CTPR hizo una advertencia importante sobre el marco jurídico vigente. Señaló que la Ley Núm. 17-2017 creó la Autoridad de la Empresa de Destino de Puerto Rico (conocida como Destination Marketing Organization o DMO), delegándole de forma exclusiva las funciones de mercadeo y promoción del destino turístico en mercados externos. En virtud de esta ley, la CTPR conserva funciones de desarrollo interno del destino, pero no de mercadeo externo. La agencia enfatizó que el presupuesto gubernamental certificado incluye una asignación de $50 millones anuales para el DMO, los cuales se transfieren a través de la CTPR.
Dado lo anterior, la CTPR expresó que el lenguaje del proyecto, al atribuirle funciones de promoción internacional, podría entrar en conflicto con las responsabilidades exclusivas del DMO. Por ello, recomendó enmendar el proyecto para que cualquier disposición relacionada con la promoción en mercados externos sea delegada directamente al DMO, en coordinación con la CTPR. Como alternativa, sugirió considerar una enmienda a la Ley 17-2017 para incluir al turismo académico y científico dentro de la jurisdicción formal del DMO, asegurando coherencia legal y presupuestaria.
Departamento de Educación de Puerto Rico
El Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante el “Departamento”) presentó un memorial explicativo extenso en respuesta a la solicitud de la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado sobre el Proyecto del Senado 555. Desde su apertura, el documento expresa el compromiso de la agencia con los principios constitucionales que rigen la educación pública en la Isla, enfatizando su deber de garantizar una enseñanza que promueva el desarrollo pleno de la personalidad, el respeto a los derechos fundamentales y la preparación del estudiantado para insertarse productivamente en la sociedad. Citando el Artículo II, Sección 5 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y enmarcando su análisis dentro del marco de la Ley 85-2018, mejor conocida como Ley de Reforma Educativa, el Departamento establece el contexto legal y programático desde el cual evalúa la medida propuesta.
Entre los principales aciertos que el Departamento identifica en el proyecto se encuentra el énfasis en la colaboración intersectorial, la participación de las universidades y centros de investigación y el impulso a programas educativos complementarios como escuelas de verano, actividades científicas y estancias académicas. Sin embargo, el Departamento de Educación también expresa preocupaciones concretas sobre la viabilidad de implementar esta política pública, señalando que, aunque no se le asignan nuevas funciones legales de manera directa, sí se anticipa una carga adicional de colaboración técnica e institucional que podría impactar su funcionamiento operativo. Entre los retos más relevantes se identifica el componente económico: la ejecución del programa propuesto requerirá personal especializado, desarrollo de plataformas digitales, capacidades de coordinación interagencial y logística internacional, lo cual podría implicar costos significativos en un contexto de restricciones fiscales. En este sentido, el Departamento insiste en que el éxito del programa dependerá de la capacidad real de las agencias involucradas para ejecutar más allá del nivel reglamentario y comprometerse con una política articulada y sostenible.
El Departamento también advierte que una asignación de nuevas responsabilidades, aunque no formalmente impuesta, podría agravar la carga de trabajo del personal existente, especialmente si no se acompaña de una política de reclutamiento y retención de recursos humanos altamente capacitados. Este señalamiento se hace con miras a evitar que la sobrecarga institucional afecte la calidad y efectividad de los programas existentes, incluyendo aquellos dirigidos a la innovación educativa en áreas STEM y en la internacionalización del currículo. Por tanto, recomienda que el programa se diseñe de forma gradual, con metas realistas, sustentado en alianzas ya existentes para evitar duplicidad de esfuerzos, y con un enfoque que priorice el impacto educativo por encima del simbolismo legislativo.
Universidad de Puerto Rico
La Universidad de Puerto Rico (en adelante “UPR”) respondió a la solicitud de la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado con un memorial en el que evalúa de forma exhaustiva el Proyecto del Senado 555, reconociendo su valor estratégico para el desarrollo del turismo académico y científico en la Isla. En su comunicación, la UPR establece con claridad que respalda toda medida legislativa que promueva su misión institucional y que favorezca la investigación y la educación superior en Puerto Rico. Desde la perspectiva de la UPR, esta legislación reconoce la importancia de posicionar a Puerto Rico como un centro de intercambio global de conocimiento y de colaboración entre el sector educativo, la comunidad científica y la industria turística.
La UPR acogió con buenos ojos el establecimiento del Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación, el cual estaría adscrito a la Compañía de Turismo en coordinación con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, el Departamento de Estado y el sistema universitario público y privado. En su análisis, la UPR destaca que el proyecto establece funciones claras y coherentes para dicho programa, incluyendo la coordinación con instituciones académicas y científicas, el diseño de estrategias de mercadeo específicas, el desarrollo de materiales promocionales en inglés y español, la creación de una plataforma digital de eventos e investigación, la promoción de la participación de Puerto Rico en redes globales de movilidad académica y científica, y el diseño de paquetes turísticos enfocados en la formación académica. Además, valoró positivamente que se disponga la concesión de incentivos logísticos y promocionales para instituciones que organicen actividades académicas internacionales en la Isla, lo cual podría representar un estímulo concreto para la captación de eventos científicos de alto nivel.
Particular énfasis se le dio al Artículo 6 de la medida, donde se establece explícitamente la colaboración entre la UPR, otras instituciones de educación superior, el Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación, el Departamento de Estado y el Departamento de Educación. La Universidad interpretó esta disposición como una oportunidad ideal para fomentar la inserción de sus unidades académicas en este nuevo modelo de turismo especializado, sin que se le impongan responsabilidades administrativas o de diseño conceptual del programa. Esta posición refleja un balance entre el deseo institucional de participar y aportar desde sus fortalezas académicas, sin que ello implique una carga operativa que comprometa sus recursos actuales. En este sentido, se valora que el proyecto respete la autonomía universitaria y delimite claramente los roles de implementación a las entidades gubernamentales correspondientes, particularmente la Compañía de Turismo.
Finalmente, la Universidad reiteró su apoyo a la aprobación del Proyecto del Senado 555 y expresó su disposición a continuar colaborando con la Comisión legislativa y con las agencias concernidas en la discusión y perfeccionamiento de la medida.
Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico
El Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico (en adelante el “Fideicomiso”) respondió al requerimiento de la Comisión del Senado con un memorial en el que enfatizó que la medida se alinea con su misión legal y estratégica. Según destaca en su carta, el Fideicomiso fue creado mediante la Ley 214-2004, según enmendada, con el propósito de contribuir a la formulación e implantación de la política pública del Gobierno de Puerto Rico en los campos de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación. Entre sus facultades se incluye la promoción de capacidades de innovación, la comercialización del conocimiento científico generado en la Isla y el impulso al establecimiento de empresas y empleos relacionados con la ciencia y la tecnología.
Desde esta perspectiva, la entidad reconoce que el Proyecto del Senado 555 representa una iniciativa valiosa para posicionar a Puerto Rico como un destino de alto valor para el turismo científico y académico. A su juicio, la creación del Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación permitiría integrar recursos y fomentar alianzas estratégicas entre instituciones educativas y entidades científicas, promoviendo así una dinámica que puede derivar en beneficios económicos sostenibles y en el fortalecimiento de la base investigativa del país.
Al reiterar su apoyo, el Fideicomiso enmarca su contribución dentro del ecosistema de política pública científica que busca consolidar a Puerto Rico como un centro regional de innovación y de investigación avanzada. El respaldo ofrecido se formula sin reservas y con apertura a futuras colaboraciones, reflejando la visión institucional de que el turismo científico y académico puede ser una palanca para el desarrollo integral del país.
Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (en adelante el “DDEC”) presentó un memorial explicativo evaluando el contenido y alcance del Proyecto del Senado 555. En primer lugar, el DDEC expone el marco legal que justifica su participación en esta discusión legislativa, recordando que su creación responde a la Ley Núm. 4-1994, también conocida como el Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, que le delega la responsabilidad de implantar y supervisar la política pública sobre el desarrollo económico de la Isla. Esta base legal sustenta su rol como colaborador natural en toda iniciativa gubernamental que persiga fomentar sectores estratégicos, incluyendo la investigación, la educación superior, la innovación y el turismo especializado.
El proyecto en cuestión propone crear el Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación, adscrito a la Compañía de Turismo, e incluye al DDEC como uno de los entes colaborativos junto al Departamento de Estado y el sistema universitario. Desde la perspectiva del Departamento, la medida se alinea con las metas institucionales del gobierno para transformar a Puerto Rico en un centro regional de innovación científica, de atracción de talento académico y de exportación de conocimiento. En el memorial se hace referencia a múltiples iniciativas impulsadas por el DDEC en los últimos años para posicionar a la Isla como líder en sectores como la farmacéutica, la biotecnología y, más recientemente, la industria aeroespacial.
El DDEC recomienda que se defina con claridad cuál será la entidad gubernamental que asumirá la responsabilidad primaria de implementación, más allá de la coordinación general, para asegurar un liderato estructurado y coherente. Del mismo modo, solicita que se le solicite a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) un análisis formal del posible impacto fiscal de la medida, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Núm. 1-2023, sobre el proceso presupuestario legislativo. Esta solicitud está fundamentada en la necesidad de establecer con antelación de dónde provendrán los fondos para costear el programa, evitando así problemas de ejecución por falta de asignaciones específicas.
En cuanto a la implementación práctica del proyecto, el DDEC reconoce que la Compañía de Turismo será la agencia principal a cargo, por lo que se reserva el espacio para que esa instrumentalidad pueda hacer recomendaciones más técnicas sobre los aspectos operacionales. El DDEC se limita, en este caso, a respaldar el objetivo general de la medida, expresando que no tiene objeción al proyecto, siempre y cuando se tomen en cuenta las recomendaciones sugeridas en su memorial.
Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (en adelante “OPAL”) presentó su análisis relacionado con el Proyecto del Senado 555 por las agencias concernidas evidencia un amplio consenso interinstitucional sobre la pertinencia, oportunidad y potencial transformador de la medida propuesta. La creación de la “Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico” representa una apuesta estratégica del Estado por diversificar la economía, posicionar a la Isla como un polo de conocimiento e innovación en la región del Caribe y vincular el desarrollo turístico con el fortalecimiento del ecosistema educativo y científico del país.
La OPAL concluye que, de aprobarse la medida según redactada, no se anticipa un impacto fiscal sobre el Fondo General ni sobre el presupuesto de la CTPR por tratarse de funciones que ya deben ser ejecutadas por la Compañía de Turismo o por la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino (DMO). Ahora bien, la OPAL también menciona que el P. del S. 555, podría dar lugar a duplicidad de funciones.
El Proyecto del Senado 555 representa una visión aperturista del Gobierno de Puerto Rico, orientada a convertir la Isla en un nodo estratégico de intercambio académico y científico internacional. Desde esta perspectiva, la medida reconoce que la movilidad intelectual, la cooperación académica y la internacionalización del conocimiento son pilares fundamentales del desarrollo económico y cultural. En este sentido, la iniciativa busca fortalecer los canales de visado para visitantes académicos, asignando al Departamento de Estado de Puerto Rico un rol activo en la facilitación de estos procesos, especialmente a través del manejo del programa de intercambio J-1 y del sistema federal SEVIS.
En cambio, la política de visados promovida por el presidente Donald Trump adoptó una postura más restrictiva y proteccionista, particularmente en torno a los programas de visado no inmigrante, incluyendo el J-1. Durante su mandato, se implementaron limitaciones temporales y trabas burocráticas bajo el argumento de proteger los empleos y la seguridad nacional de Estados Unidos. Estas restricciones afectaron directamente la entrada de investigadores, académicos y estudiantes internacionales, reduciendo la participación de Estados Unidos en el intercambio global de conocimiento. En 2020, por ejemplo, se suspendieron varios tipos de visados, incluyendo el J-1, lo que tuvo un impacto inmediato en programas de intercambio, universidades y centros de investigación.
Considerando que la materia de la concesión de visas y permisos pertenece únicamente al Departamento de Seguridad Nacional y que dicho campo legal se encuentra ocupado el Gobierno de Puerto Rico se encuentra impedido de actuar o conceder los permisos o visados para fomentar el turismo educativo según requiere la medida que se encuentra ante nuestra consideración.
Desde el punto de vista legislativo, es importante destacar que el Proyecto del Senado 555 fue presentado el 22 de abril de 2025, varios meses después de que se radicara el Proyecto del Senado 203. El P. del S. 203 tiene el propósito de añadir un nuevo inciso (r) en el Artículo 3 de la Ley 17-2017, conocida como “Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino”, con el propósito de establecer que, como parte de sus estrategias, la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino, podrá desarrollar iniciativas dirigidas a mercadear a Puerto Rico, como un destino académico o de turismo culinario, deportivo y recreativo, cultural, médico, de naturaleza y aventura, de lujo y de convenciones, entre otros; y para otros fines relacionados. La medida antes mencionada fue aprobada en el Senado el 23 de junio de 2025 y actualmente, se encuentra referida a la Comisión de Turismo de la Cámara de Representantes.
La recomendación y posible aprobación del P. del S. 555 genera un potencial conflicto de interpretación, superposición y coherencia normativa. Aprobar la creación de la “Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico” mientras se encuentra bajo análisis el P. del S. 203, que cumple con un fin similar debilita los principios de técnica legislativa y expone al sistema legal a contradicciones y duplicidad innecesaria. Además, podría sentar un precedente negativo para la tramitación de futuras medidas, incentivando la fragmentación de esfuerzos legislativos sobre asuntos que deben atenderse de forma integrada y coherente.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales certifica que el P. del S. 555 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
Por todo lo anterior, no recomendamos la aprobación del Proyecto del Senado 555, toda vez que al momento se encuentra en el trámite legislativo el P. del S. 203, medida con que tiene el mismo propósito y mandato legislativo de extender las facultades de la Compañía de Turismo para la implantación y ejecución del turismo científico y académico.
Respetuosamente sometido,
Hon. Marissa Jiménez Santoni
Presidenta
Comisión de Turismo, Recursos Naturales
y Ambientales
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